Los siguientes actos quedan por la presente derogados:
AñoCap. Pág.
1913: 592: 1049
1937: 469: 1410
1913: 592: 1049
1937: 469: 1410
Esta sección simplemente establece que ciertos actos, específicamente de los años 1913 y 1937, han sido oficialmente cancelados o anulados. En términos sencillos, la ley ya no reconoce estos actos como válidos.
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