Chapter 3.4
Section § 370
Esta ley trata sobre un método llamado tarificación del agua de conservación basada en la asignación que los proveedores públicos de agua pueden usar para alentar a las personas a conservar el agua, estableciendo precios según el uso. Su objetivo es reducir el desperdicio de agua y asegurar que el agua se use de manera eficiente en California. La ley fomenta el uso de este método de tarificación, pero no lo exige. También deja claro que los proveedores públicos de agua tienen la libertad de elegir cómo diseñan sus tarifas de agua para promover la conservación, y no están obligados a usar este método de tarificación específico.
Section § 371
Esta sección define términos específicos relacionados con la tarificación y conservación del agua para su uso en el capítulo. Explica qué es la “tarificación del agua para la conservación basada en asignaciones”, y detalla cómo un “cargo básico” es el costo del servicio de agua excluyendo los costos fijos. Un “cargo por conservación” es un costo adicional por exceder el uso básico de agua. Los “costos incrementales” son costos adicionales derivados del uso excesivo de agua y de la implementación de medidas de ahorro de agua, y pueden incluir proyectos como la modernización de sistemas o la obtención de agua adicional durante años secos. Aclara qué entidades califican como “entidad pública”, incluyendo ciudades, condados y otros organismos municipales que suministran agua.
Section § 372
Esta ley permite a las entidades públicas, como los municipios de agua, utilizar precios de agua basados en asignaciones para promover la conservación del agua. Esto significa que pueden cobrar en función de la cantidad de agua que usa un cliente, la cual se mide con medidores. Cada cliente recibe una asignación básica de agua establecida que se supone cubre sus necesidades razonables de agua. Esta asignación puede adaptarse considerando factores como el número de personas que viven en el hogar, el tamaño de la propiedad y el clima local.
Si los clientes usan agua dentro de su asignación básica, pagan una tarifa regular, pero podrían obtener un descuento si usan excepcionalmente poca agua. Cualquier agua utilizada más allá de esta asignación básica conlleva 'cargos por conservación' más altos para fomentar el ahorro de agua. Estos cargos adicionales aumentan progresivamente para desalentar el desperdicio. La entidad pública tiene flexibilidad para diseñar estas estructuras de precios y también puede añadir cargos fijos para cubrir los costos del servicio. Se pueden aplicar diferentes estructuras de precios según el tipo de servicio proporcionado.
Section § 373
Esta ley trata sobre cómo las entidades públicas deben manejar el dinero recaudado por la fijación de precios del agua, basada en el uso y las necesidades de conservación. Básicamente, los ingresos que obtienen de estos precios del agua no pueden ser mayores de lo que cuesta razonablemente proporcionar el servicio de agua. Esto incluye tanto los costos de servicio normales como los adicionales. Es crucial que estos ingresos no superen lo que el uso del agua del cliente en su propiedad le cuesta al proveedor del servicio. Para hacer estos cálculos, consideran diferentes aspectos como el tipo de cliente, el uso típico, el tamaño de su medidor de agua y la cantidad de agua que realmente usa.
Además, la entidad pública puede establecer estos precios del agua considerando también cuánto sobreusan los clientes en comparación con su cantidad asignada y si la estructura de precios puede ayudar a reducir el sobreuso futuro sin necesidad de otros métodos.
Section § 374
Esta ley permite establecer tarifas de agua basadas en el uso, con un enfoque en la conservación. No requiere una emergencia o escasez de agua para ser aplicada. Las entidades públicas pueden usar estas tarifas como una herramienta adicional para fomentar el ahorro de agua. Cualquier cambio en las tarifas debe seguir los procedimientos legales habituales para establecer las tarifas de agua.