(a)CA Vehículo Code § 28150(a) Ningún vehículo deberá estar equipado con ningún dispositivo diseñado para, o capaz de, interferir, codificar, neutralizar, deshabilitar o de cualquier otra forma obstaculizar el radar, el láser o cualquier otro dispositivo electrónico utilizado por una agencia de aplicación de la ley para medir la velocidad de objetos en movimiento.
(b)CA Vehículo Code § 28150(b) Ninguna persona deberá usar, comprar, poseer, fabricar, vender o de cualquier otra forma distribuir ningún dispositivo diseñado para interferir, codificar, neutralizar, deshabilitar o de cualquier otra forma obstaculizar el radar, el láser o cualquier otro dispositivo electrónico utilizado por una agencia de aplicación de la ley para medir la velocidad de objetos en movimiento.
(c)CA Vehículo Code § 28150(c) Salvo lo dispuesto en la subdivisión (d), una violación de la subdivisión (a) o (b) es una infracción.
(d)CA Vehículo Code § 28150(d) Cuando una persona posea cuatro o más dispositivos en violación de la subdivisión (b), la persona es culpable de un delito menor.
(e)CA Vehículo Code § 28150(e) No obstante cualquier otra disposición de la ley, una persona que tenga una licencia federal válida para operar los dispositivos descritos en esta sección podrá transportar uno o más de esos dispositivos si la licencia se lleva en el vehículo que transporta el dispositivo en todo momento mientras se transporta el dispositivo.