Section § 11300

Explanation
Si quieres trabajar como verificador de vehículos, primero debes obtener un permiso del departamento. No puedes verificar vehículos si tu permiso está cancelado, suspendido, revocado o inválido.

Section § 11301

Explanation

Si desea convertirse en verificador de vehículos en California, debe presentar una solicitud utilizando un formulario específico del Departamento de Vehículos Motorizados. También necesitará una fianza de $5,000 aprobada por el Fiscal General y respaldada por una compañía de seguros con licencia en California.

La solicitud requiere detalles como su dirección, huellas dactilares e información sobre su carácter y reputación. Una vez que presente la solicitud y pague la tarifa, el departamento tiene 120 días para investigar su solicitud a fondo.

Todo verificador de vehículos deberá presentar una solicitud al departamento en el formulario correspondiente, acompañada de una fianza buena y suficiente, aprobada en cuanto a su forma por el Fiscal General, por la cantidad de cinco mil dólares ($5,000) con una compañía afianzadora, debidamente autorizada para operar dentro del Estado de California.
(a)CA Vehículos Code § 11301(a) El departamento prescribirá y proporcionará formularios para ser utilizados en la solicitud de permisos que se expedirán bajo los términos y disposiciones de este capítulo y requerirá a los solicitantes información que incluya, entre otros, la dirección de residencia, huellas dactilares y declaraciones de antecedentes personales relacionadas con el carácter, la honestidad, la integridad y la reputación del solicitante, según lo considere necesario.
(b)CA Vehículos Code § 11301(b) Al recibir una solicitud en la forma adecuada acompañada de la tarifa correspondiente, el departamento, dentro de los 120 días, realizará una investigación exhaustiva de la información contenida en la solicitud.

Section § 11301.5

Explanation

Esta ley permite al Director del Departamento de Vehículos Motorizados reembolsar un depósito entregado en lugar de una fianza, tres años después de que un verificador de vehículos deje de tener licencia, siempre y cuando no haya reclamaciones pendientes. Un juez puede autorizar un reembolso antes si está convencido de que no hay reclamaciones. Además, si el Director, el Departamento o el Estado están involucrados en una demanda relacionada con el depósito, pueden recuperar los honorarios de abogado y los costos asociados del propio depósito.

Si se entrega un depósito en lugar de la fianza requerida por la Sección 11301:
(a)CA Vehículos Code § 11301.5(a) El Director del Departamento de Vehículos Motorizados podrá ordenar el reembolso del depósito tres años después de la fecha en que un verificador de vehículos haya dejado de tener licencia, si el director está satisfecho de que no existen reclamaciones pendientes contra el depósito. Un juez de un tribunal superior podrá ordenar la devolución del depósito antes de la expiración de los tres años a partir de la fecha en que un verificador de vehículos haya dejado de tener licencia si existe evidencia satisfactoria para el tribunal de que no existen reclamaciones pendientes contra el depósito.
(b)CA Vehículos Code § 11301.5(b) Si el director, el departamento o el estado es demandado en cualquier acción iniciada para recuperar la totalidad o parte del depósito, o si el director, el departamento o el estado inicia cualquier acción para determinar quiénes tienen derecho a cualquier parte del depósito, el director, el departamento o el estado recibirá el pago de honorarios de abogado y costos razonables del depósito. Los costos incluirán aquellos costos administrativos incurridos en el procesamiento de reclamaciones contra el depósito.

Section § 11302

Explanation

Esta sección explica que el departamento puede expedir o negar un permiso de verificador de vehículos por causa justificada. También pueden suspender o revocar un permiso si el titular del permiso viola las reglas, actúa de manera incompetente o proporciona información falsa que resulta en documentos de vehículos inexactos.

Las razones específicas para la negativa o revocación incluyen violaciones de las regulaciones, tener permisos similares de otros estados revocados o suspendidos, involucramiento con vehículos robados, o errores y negligencia en la verificación de vehículos. Si hay una audiencia sobre el permiso, esta sigue ciertos procedimientos gubernamentales.

(a)CA Vehículos Code § 11302(a) El departamento puede expedir, o por causa justificada demostrada, negarse a expedir, un permiso de verificador de vehículos a cualquier solicitante, o puede, después de notificación y audiencia, suspender o revocar el permiso cuando esté satisfecho de que el solicitante o titular del permiso:
(1)CA Vehículos Code § 11302(a)(1) Ha violado cualquiera de las disposiciones de esta división o ha cometido actos que son motivo para la negativa a expedir, o la suspensión o revocación de un permiso o licencia expedido bajo esta división.
(2)CA Vehículos Code § 11302(a)(2) Fue previamente titular de una licencia ocupacional expedida por otro estado, que autoriza las mismas o similares actividades de una licencia expedida bajo esta división; y dicha licencia fue revocada o suspendida por causa justificada y nunca fue reexpedida, o fue suspendida por causa justificada, y los términos de la suspensión no se han cumplido.
(3)CA Vehículos Code § 11302(a)(3) Ha comprado, vendido, o de otra manera adquirido o dispuesto de, un vehículo que fue robado o malversado o ha realizado o presentado al departamento, o a su representante autorizado, documentos que pretenden verificar un vehículo que fue robado o malversado.
(4)CA Vehículos Code § 11302(a)(4) Ha actuado, en el curso de la realización de una verificación de vehículo, con negligencia o incompetencia al informar información errónea al departamento, o a su representante autorizado, y ha causado así que el departamento expida certificados de propiedad o registro inexactos, o cualquier otro documento o índice que de otra manera no habría expedido.
(b)CA Vehículos Code § 11302(b) Toda audiencia según lo dispuesto en este capítulo se llevará a cabo de conformidad con las disposiciones del Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.

Section § 11302.2

Explanation

Si tiene una licencia bajo este capítulo y se muda a un nuevo hogar, debe informar al departamento su nueva dirección dentro de los 10 días. Si solía tener una licencia y se muda de la última dirección que le dio al departamento, aún pueden enviarle avisos legales por correo certificado a esa dirección antigua. Esto deja de ser así solo si les ha informado una nueva dirección donde pueda recibir dichos avisos.

(a)CA Vehículos Code § 11302.2(a) Toda persona con licencia bajo este capítulo deberá informar al departamento cada cambio de dirección de residencia dentro de los 10 días siguientes al cambio.
(b)CA Vehículos Code § 11302.2(b) Cualquier persona con licencia actual o previa bajo este capítulo que ya no resida en la dirección registrada por última vez ante el departamento podrá ser notificada con un proceso emitido de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno por correo certificado en esa residencia, a menos que la persona haya notificado al departamento por escrito otra dirección donde se pueda realizar la notificación.

Section § 11302.5

Explanation

Esta sección de la ley permite al director de California llegar a un acuerdo de conciliación con un titular de licencia después de que se presente una acusación. Ambas partes, junto con el acusador, deben estar de acuerdo con los términos, que podrían incluir libertad condicional o multas de hasta $500 por infracción, reflejando la gravedad de la misma. Este acuerdo puede celebrarse antes, durante o después de una audiencia, pero debe finalizarse antes de que se tome cualquier decisión. El departamento establecerá rangos de sanciones mediante reglamento, y cualquier multa en el acuerdo debe ajustarse a este programa. Todas las partes deben firmar el acuerdo, que luego se presenta ante la Oficina de Audiencias Administrativas. Si un titular de licencia no cumple con los términos del acuerdo, este se anula, permitiendo al departamento emprender acciones adicionales, como volver a presentar la acusación o imponer sanciones a la licencia.

(a)CA Vehículos Code § 11302.5(a) Después de la presentación de una acusación conforme a este capítulo, el director podrá celebrar un acuerdo de transacción estipulado con el consentimiento del titular de la licencia en términos y condiciones mutuamente aceptables para el director, el titular de la licencia demandado y el acusador sin necesidad de audiencia o apelación adicional. El acuerdo podrá incluir, entre otros, un período de libertad condicional o sanciones pecuniarias, o ambos. La sanción pecuniaria no excederá de quinientos dólares ($500) por cada infracción, y se basará en la naturaleza de la infracción y el efecto de la infracción en los propósitos de este capítulo.
(b)CA Vehículos Code § 11302.5(b) Se podrá celebrar un acuerdo de transacción antes, durante o después de la audiencia, pero solo será válido si se ejecuta y presenta conforme a la subdivisión (d) antes de que se adopte la decisión propuesta del oficial de audiencias, si la hubiere, o se decida el caso.
(c)CA Vehículos Code § 11302.5(c) El departamento adoptará, mediante reglamento, un programa de montos máximos y mínimos de sanciones pecuniarias, cuyo pago podrá incluirse como un término o condición de un acuerdo de transacción celebrado conforme a la subdivisión (a). Cualquier sanción pecuniaria incluida en un acuerdo de transacción deberá estar dentro del rango de sanciones pecuniarias de dicho programa.
(d)CA Vehículos Code § 11302.5(d) Cualquier acuerdo de transacción celebrado conforme a esta sección deberá ser firmado por el director, el titular de la licencia demandado y el acusador, o por sus representantes autorizados. El director presentará, o hará que se presente, el acuerdo ante la Oficina de Audiencias Administrativas, junto con el aviso del departamento de retiro de la acusación o la declaración de cuestiones sobre las cuales se inició la acción.
(e)CA Vehículos Code § 11302.5(e) Si el titular de la licencia demandado no cumple con todos los términos y condiciones del acuerdo de transacción, el acuerdo será nulo y el departamento podrá tomar cualquier acción autorizada por ley a pesar del acuerdo, incluyendo, entre otros, volver a presentar la acusación o imponer sanciones a la licencia.

Section § 11305

Explanation

Esta ley prohíbe a cualquier persona con un permiso de verificador de vehículos realizar ciertas acciones que comprometen la verificación vehicular. En primer lugar, el titular del permiso debe inspeccionar físicamente un vehículo antes de presentar cualquier documento de verificación para asegurarse de que todos los números de identificación del vehículo sean correctos. Si encuentran números de identificación o placas faltantes o manipulados, deben informarlo al departamento según las instrucciones.

Además, deben comparar los números de identificación del vehículo con cualquier título o documento de registro. También están prohibidas las acciones que causen a alguien una pérdida debido a fraude o engaño en las operaciones comerciales del verificador. Finalmente, deben cumplir con todas las secciones y reglas relevantes del código vehicular y las secciones relacionadas del código tributario.

Será ilegal y motivo de acción disciplinaria para el titular de un permiso de verificador de vehículos:
(a)CA Vehículos Code § 11305(a) Presentar al departamento, o a su representante autorizado, cualquier documento que pretenda evidenciar la verificación de cualquier vehículo, sin haber inspeccionado físicamente dicho vehículo para determinar la existencia de la identificación vehicular adecuada.
(b)CA Vehículos Code § 11305(b) No informar al departamento, de la manera prescrita por el departamento, la ausencia, alteración o intento obvio de alterar u obliterar cualquier número de identificación o placa de matrícula, o quitar o intentar quitar dicha placa en cualquier vehículo para el cual se realice la verificación.
(c)CA Vehículos Code § 11305(c) No comparar físicamente los números de identificación de un vehículo inspeccionado con la información contenida en cualquier documento de título, registro o cualquier otra forma que describa dicho vehículo.
(d)CA Vehículos Code § 11305(d) Causar a cualquier persona cualquier pérdida o daño por razón de cualquier fraude o engaño practicado sobre dicha persona en el curso de la realización de negocios bajo el permiso de verificador de vehículos.
(e)CA Vehículos Code § 11305(e) Violar uno o más términos y disposiciones de la Sección 20, o de la División 3 (que comienza con la Sección 4000), o de esta división de este código, o cualquier regla o reglamento adoptado de conformidad con los mismos, o de la Parte 5 (que comienza con la Sección 10701) de la División 2 del Código de Ingresos y Tributación.

Section § 11306

Explanation

Esta ley trata sobre los permisos de verificador de vehículos. Si la solicitud de alguien es denegada o emitida con condiciones, puede solicitar una audiencia en un plazo de 60 días. Aunque el departamento puede emitir permisos con condiciones, también puede denegar un permiso basándose en su investigación. El departamento puede suspender temporalmente los permisos por hasta 30 días si es necesario, mientras se celebra una audiencia. Si a alguien se le deniega un permiso, debe esperar al menos un año antes de volver a solicitarlo.

(a)CA Vehículos Code § 11306(a) Si el departamento emite o renueva un permiso de verificador de vehículos que requiere condiciones probatorias, o si el departamento se niega a emitir un permiso de verificador de vehículos, el solicitante tendrá derecho a solicitar, por escrito, una audiencia según lo dispuesto en este capítulo, ante el director, o su representante, dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la denegación o emisión del permiso probatorio.
(b)CA Vehículos Code § 11306(b) Salvo cuando las disposiciones de este código exijan la denegación de la emisión de un permiso, el departamento podrá emitir un permiso probatorio sujeto a condiciones que deberá observar el titular del permiso en el ejercicio del privilegio concedido. Las condiciones que se adjunten al ejercicio del privilegio serán aquellas que, a juicio del departamento, sean de interés público y adecuadas a las cualificaciones del solicitante según lo revelado por la solicitud y la investigación del departamento de la información contenida en la misma.
(c)CA Vehículos Code § 11306(c) El departamento podrá, mientras se celebra una audiencia, suspender temporalmente el permiso emitido a un verificador de vehículos por un período que no exceda de 30 días si el director determina que dicha acción es necesaria en interés público. En cualquier caso, se celebrará una audiencia y se emitirá una decisión al respecto dentro de los 30 días siguientes a la notificación de la suspensión temporal.
(d)CA Vehículos Code § 11306(d) Una persona cuya solicitud de permiso haya sido denegada podrá volver a solicitar dicho permiso después de que haya transcurrido un período no inferior a un año desde la fecha de presentación de dicha denegación.

Section § 11307

Explanation

Esta ley exige que los verificadores de vehículos guarden un registro de cada verificación de vehículo que realicen. El registro debe incluir el nombre y la dirección de la persona que solicitó la verificación, la tarifa cobrada y detalles sobre el vehículo, como su año de modelo, número de identificación del vehículo, número de matrícula y el estado donde fue registrado por última vez. Además, estos registros deben estar disponibles para ser inspeccionados por cualquier oficial de paz.

(a)CA Vehículos Code § 11307(a) Un verificador de vehículos deberá mantener un registro de cada verificación realizada. El registro deberá contener todo lo siguiente:
(1)CA Vehículos Code § 11307(a)(1) El nombre y la dirección de la persona que solicita la verificación y la tarifa cobrada por dicha verificación.
(2)CA Vehículos Code § 11307(a)(2) El año del modelo, el número de identificación del vehículo, el número de matrícula del vehículo verificado y el estado en el que el vehículo fue registrado por última vez.
(b)CA Vehículos Code § 11307(b) Todos los registros mantenidos por un verificador de vehículos estarán abiertos a inspección por cualquier oficial de paz.

Section § 11308

Explanation
Esta ley permite al departamento establecer reglas sobre quién puede obtener un permiso de verificador de vehículos, cómo se usa y cómo se puede renovar. También les permite crear criterios para verificar si alguien está calificado para obtener el permiso.

Section § 11309

Explanation

Esta ley establece las tarifas y los términos para obtener y renovar un permiso de verificador de vehículos. Si solicitas un permiso original, tendrás que pagar una tarifa no reembolsable de $50. Renovar tu permiso cuesta $15. Los permisos se renuevan cada dos años; sin embargo, los permisos originales duran al menos dos años, a menos que sea una licencia probatoria, la cual puede ser por un período más corto.

(a)CA Vehículos Code § 11309(a) Las siguientes tarifas para un permiso de verificador de vehículos se pagarán al departamento:
(1)CA Vehículos Code § 11309(a)(1) Por la solicitud y el permiso original, salvo lo dispuesto en la Sección 42231, una tarifa no reembolsable de cincuenta dólares ($50).
(2)CA Vehículos Code § 11309(a)(2) Por una solicitud de renovación, quince dólares ($15).
(b)CA Vehículos Code § 11309(b) Todos los permisos se renovarán de forma bienal. Todos los permisos originales se expedirán por un período no inferior a dos años, excepto en el caso de una licencia probatoria la cual, a discreción del departamento, podrá expedirse por un plazo más corto.

Section § 11310

Explanation
Si usted tiene un permiso de verificador de vehículos que fue emitido antes de que esta nueva ley comenzara, debe seguir las reglas de esta nueva ley dentro de los tres meses siguientes a su inicio.

Section § 11312

Explanation
Aunque el permiso de un verificador de vehículos esté suspendido, vencido o cancelado, las autoridades aún pueden iniciar acciones para revocarlo o suspenderlo basándose en ciertas normas. Esta decisión podría influir en si la misma persona puede obtener un nuevo permiso o licencia en el futuro.