Section § 11200

Explanation

Si desea dirigir o enseñar en una escuela para infractores de tránsito, necesita una licencia válida del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV). Las personas que asisten a estas escuelas deben firmar una declaración de divulgación al consumidor, que los padres deben firmar en el caso de menores. Este documento, que indica que los cursos están aprobados por el DMV, debe ser conservado por la escuela durante tres años. Las escuelas deben informar al tribunal sobre las finalizaciones exitosas utilizando la base de datos en línea del DMV. Al finalizar el curso y aprobar el examen, los asistentes reciben un recibo con la información de contacto de la escuela. Las normas aquí descritas están en vigor desde el 1 de septiembre de 2011.

(a)CA Vehículos Code § 11200(a) El departamento otorgará licencias a las escuelas para infractores de tránsito para los fines de la Sección 41501 o 42005 y para proporcionar instrucción de seguridad vial a otras personas que decidan asistir. Ninguna persona podrá poseer u operar una escuela para infractores de tránsito o, excepto según lo dispuesto en la Sección 11206, impartir instrucción a cambio de una remuneración en una escuela para infractores de tránsito sin una licencia vigente emitida por el departamento.
(b)Copy CA Vehículos Code § 11200(b)
(1)Copy CA Vehículos Code § 11200(b)(1) Toda persona que decida asistir a una escuela para infractores de tránsito deberá recibir de la escuela para infractores de tránsito y firmar una copia de la siguiente declaración de divulgación al consumidor antes del pago de la tarifa de la escuela y de asistir a la escuela:
“El contenido del curso se limita a los planes de estudio para infractores de tránsito aprobados por el Departamento de Vehículos Motorizados. Los estudiantes en el aula incluyen infractores de tránsito, infractores de tránsito reincidentes, adultos y adolescentes, y aquellos que han sido y aquellos que no han sido remitidos por un tribunal. La capacitación de instructores, las normas reglamentarias comerciales y los requisitos del Código de Vehículos de las escuelas para infractores de tránsito no son iguales a la capacitación, las normas y los requisitos del Código de Vehículos de las escuelas de manejo con licencia (Sección 11200(b)(1) del Código de Vehículos de California).”
(2)CA Vehículos Code § 11200(2) En el caso de un menor que decida asistir a una escuela para infractores de tránsito, el padre o tutor del menor deberá firmar la declaración de divulgación al consumidor.
(3)CA Vehículos Code § 11200(3) La escuela para infractores de tránsito deberá conservar una copia de cada declaración de divulgación firmada por un mínimo de 36 meses.
(c)CA Vehículos Code § 11200(c) Los reglamentos departamentales nuevos y modificados requeridos por esta sección deberán adoptarse y entrar en vigor a más tardar el 1 de septiembre de 2011.
(d)CA Vehículos Code § 11200(d) Una escuela para infractores de tránsito con licencia deberá notificar al tribunal publicando en la base de datos en línea del departamento, establecida de conformidad con el inciso (b) de la Sección 11205, información sobre las finalizaciones exitosas del curso.
(e)CA Vehículos Code § 11200(e) Una escuela para infractores de tránsito con licencia deberá entregar a toda persona que asista a la escuela para los fines de las Secciones 41501 o 42005, tras la finalización exitosa del plan de lecciones y la aprobación del examen de conocimientos posterior a la lección, un recibo que indique la finalización exitosa. El recibo deberá incluir información de contacto, incluyendo el nombre de la escuela para infractores de tránsito, la dirección de la ubicación comercial de la escuela, el nombre del instructor del curso si es presencial, el número de teléfono, la dirección de correo electrónico si corresponde, el horario de atención y cualquier otra información que pueda utilizarse para confirmar la finalización del curso.
(f)CA Vehículos Code § 11200(f) Esta sección entrará en vigor el 1 de septiembre de 2011.

Section § 11202

Explanation

Esta ley describe los requisitos para poseer y operar una escuela para infractores de tránsito en California. Para obtener una licencia, una escuela debe tener un lugar de negocios dedicado que no esté cerca de tribunales u otras escuelas, mantener un horario comercial regular y tener personal presente. El nombre de la escuela no debe incluir referencias engañosas de costos, y debe cumplir con las regulaciones del departamento, incluyendo tener un plan de lecciones aprobado y el equipo adecuado. Se requiere una fianza de $15,000 para prevenir el fraude. El propietario debe autorizar al director a aceptar documentos legales en su nombre, y cumplir con ciertos requisitos si el propietario es también el operador o instructor. Deben seguir las pautas de la ADA para acomodar a los estudiantes con discapacidades. Las escuelas tienen un año para cumplir con estos requisitos. Las escuelas públicas están exentas de algunas de estas reglas. Finalmente, debe exhibirse un aviso sobre las sanciones por obtener falsamente certificados de finalización.

(a)CA Vehículos Code § 11202(a) El propietario de una escuela para infractores de tránsito deberá cumplir con todos los siguientes criterios antes de que se pueda emitir una licencia para la escuela para infractores de tránsito:
(1)CA Vehículos Code § 11202(a)(1) Mantener un lugar de negocios establecido en este estado que esté abierto al público. Una oficina o lugar de negocios de una escuela para infractores de tránsito, incluyendo cualquier sucursal o ubicación de aula de una escuela para infractores de tránsito, no deberá estar situado a menos de 500 pies de cualquier tribunal de justicia o a menos de 50 pies de otra escuela para infractores de tránsito con licencia. La oficina o lugar de negocios deberá ser un espacio separado y cerrado que consista en un mínimo de 100 pies cuadrados y deberá tener una puerta de entrada con cerradura.
(2)CA Vehículos Code § 11202(a)(2) Estar abierto al público y mantener un horario comercial regular de lunes a viernes, ambos inclusive, excluyendo los días festivos estatales y federales. El horario comercial deberá publicarse en el lugar de negocios establecido y en cualquier sitio web de internet utilizado o mantenido por la escuela para infractores de tránsito.
(3)CA Vehículos Code § 11202(a)(3) Tener un operador o empleado en cada oficina o lugar de negocios durante el horario comercial regular.
(4)CA Vehículos Code § 11202(a)(4) Tener un nombre que no incluya un costo, precio o monto del curso de la escuela para infractores de tránsito, a menos que ese nombre refleje con precisión el costo del curso.
(5)CA Vehículos Code § 11202(a)(5) Cumplir con los estándares establecidos por la reglamentación del departamento. Al adoptar los estándares, el departamento deberá considerar aquellas prácticas y programas de instrucción que puedan fomentar razonablemente los conocimientos, habilidades y juicio necesarios para el cumplimiento de las leyes de tránsito. El departamento deberá establecer estándares para cada modalidad de instrucción, que pueden incluir requisitos específicos para cada modalidad. Los estándares pueden incluir, entre otros, instalaciones de aula, personal de la escuela, equipo, plan de estudios, procedimientos para la evaluación y examen de los estudiantes, mantenimiento de registros y prácticas comerciales.
(6)CA Vehículos Code § 11202(a)(6) Obtener y presentar ante el departamento una fianza de quince mil dólares ($15,000) otorgada por un fiador admitido y condicionada a que el solicitante no cometa fraude ni haga una representación fraudulenta que cause una pérdida monetaria a una persona que reciba instrucción del solicitante o al estado o a cualquier autoridad local.
(7)CA Vehículos Code § 11202(a)(7) Tener el equipo adecuado necesario para impartir instrucción a los infractores de tránsito.
(8)CA Vehículos Code § 11202(a)(8) Tener un plan de lecciones aprobado por el departamento y proporcionar no menos del tiempo mínimo de instrucción especificado en el plan aprobado. El plan aprobado deberá incluir un examen de conocimientos posterior a la lección. El plan de lecciones para cada modalidad de instrucción requerirá aprobación separada por parte del departamento.
(9)Copy CA Vehículos Code § 11202(a)(9)
(A)Copy CA Vehículos Code § 11202(a)(9)(A) Otorgar y presentar ante el departamento un instrumento que designe al director como agente del solicitante para la notificación de procesos, según lo dispuesto en este párrafo, en cualquier acción iniciada contra el solicitante que surja de una reclamación por daños sufridos por una persona debido a la violación por parte del solicitante de una disposición de este código cometida en relación con las especificaciones de la escuela para infractores de tránsito del solicitante o una condición de la fianza requerida por el párrafo (6).
(B)CA Vehículos Code § 11202(a)(9)(A)(B) El solicitante deberá estipular en el instrumento que un proceso dirigido al solicitante, cuando la notificación personal no pueda realizarse en este estado después de la debida diligencia, podrá ser notificado en su lugar al director o, en ausencia del director de las oficinas principales del departamento, a un empleado a cargo de la oficina del director, y que esta notificación sustituida tiene el mismo efecto que la notificación personal al solicitante. El instrumento estipulará además que la agencia creada por la designación continuará durante el período cubierto por la licencia emitida de conformidad con esta sección y por tanto tiempo después como el solicitante pueda ser obligado a responder por daños y perjuicios por una violación de este código por la cual el fiador pueda ser considerado responsable o una condición de la fianza.
(C)CA Vehículos Code § 11202(a)(9)(A)(C) El instrumento que designe al director como agente para la notificación de procesos deberá ser reconocido por el solicitante ante un notario público.
(D)CA Vehículos Code § 11202(a)(9)(A)(D) Si el director o un empleado del departamento, en lugar del director, recibe una citación y demanda en nombre del licenciatario, una copia de la citación y demanda deberá dejarse con el director o en la oficina del director en Sacramento o enviarse por correo a la oficina del director en Sacramento. También se deberá pagar una tarifa de cinco dólares ($5) al director o empleado en el momento de la notificación de la copia de la citación y demanda, o deberá incluirse con una citación y demanda notificada por correo.
(E)CA Vehículos Code § 11202(a)(9)(A)(E) La notificación al director o empleado del departamento de conformidad con este párrafo es notificación suficiente al licenciatario si un aviso de la notificación y una copia de la citación y demanda son, el mismo día de la notificación o envío por correo de la citación y demanda, enviados por correo certificado por el demandante o el abogado del demandante al licenciatario. Una copia de la citación y demanda también deberá ser enviada por correo por el demandante o el abogado del demandante al fiador de la fianza del licenciatario a la dirección del fiador indicada en la fianza, con franqueo pagado y certificado con solicitud de acuse de recibo.
(F)CA Vehículos Code § 11202(a)(9)(A)(F) El director deberá mantener un registro de todos los procesos notificados de conformidad con este párrafo, indicando el día y la hora de la notificación, y deberá conservar los documentos notificados en los archivos del departamento.
(G)CA Vehículos Code § 11202(a)(9)(A)(G) Si el licenciatario es notificado de un proceso mediante notificación al director o a un empleado del departamento en lugar del director, el licenciatario tiene 30 días después de dicha notificación para responder a cualquier demanda u otro escrito presentado en la causa. Para fines de competencia territorial, si el licenciatario es notificado de un proceso mediante notificación al director o a un empleado del departamento en lugar del director, se considera que la notificación se ha realizado al licenciatario en el condado en el que el licenciatario tiene o tuvo por última vez un lugar de negocios establecido.
(10)Copy CA Vehículos Code § 11202(a)(10)
(A)Copy CA Vehículos Code § 11202(a)(10)(A) Cumplir con los requisitos de la Sección 11202.5, relativos a los operadores de escuelas para infractores de tránsito, si el propietario es también el operador de la escuela para infractores de tránsito. Si el propietario no es el operador de la escuela para infractores de tránsito, el propietario deberá designar a un empleado como operador que deberá cumplir con los requisitos de la Sección 11202.5.
(B)CA Vehículos Code § 11202(a)(10)(A)(B) Una persona puede ser operador de más de una escuela para infractores de tránsito si (i) las escuelas tienen un propietario o propietarios comunes y (ii) las escuelas comparten una única dirección comercial establecida.
(C)CA Vehículos Code § 11202(a)(10)(A)(C) Una escuela para infractores de tránsito con múltiples sucursales puede designar un operador con licencia separado para cada ubicación, pero deberá designar a uno de los operadores con licencia como contacto principal para el departamento.
(11)CA Vehículos Code § 11202(a)(11) Tener un instructor que cumpla con los requisitos de la Sección 11206. Un propietario que sea designado como operador de la escuela está autorizado para actuar como instructor sin cumplir con los requisitos de la Sección 11206. La licencia del propietario también puede incluir autorización para actuar como instructor si el propietario no es designado como operador pero cumple con los requisitos de la Sección 11206. La licencia del propietario deberá especificar si el propietario está autorizado para ofrecer instrucción. Si el propietario no está aprobado para actuar como instructor, la escuela debe emplear a un instructor con licencia de conformidad con la Sección 11206.
(12)CA Vehículos Code § 11202(a)(12) Proporcionar al departamento una garantía por escrito de que la escuela cumplirá con las disposiciones aplicables del Subcapítulo II o III de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (42 U.S.C. Sec. 12101 y ss.), y cualquier otra ley federal y estatal que prohíba la discriminación contra personas con discapacidades. El cumplimiento puede incluir proporcionar intérpretes de lenguaje de señas u otras adaptaciones para estudiantes con discapacidades.
(b)CA Vehículos Code § 11202(b) Los requisitos de calificación especificados en la subdivisión (a) deberán cumplirse dentro de un año a partir de la fecha de solicitud de una licencia, o se requerirá una nueva solicitud y tarifa.
(c)CA Vehículos Code § 11202(c) Los párrafos (6) y (9) de la subdivisión (a) no se aplican a las escuelas públicas u otras agencias públicas, a las cuales tampoco se les exigirá que depositen una fianza en efectivo de conformidad con la Sección 11203.
(d)CA Vehículos Code § 11202(d) Los párrafos (1), (2), (3) y (10) de la subdivisión (a) no se aplican a las escuelas públicas u otras instituciones educativas públicas.
(e)CA Vehículos Code § 11202(e) Se deberá publicar un aviso aprobado por el departamento en cada escuela para infractores de tránsito, sucursal y ubicación de aula, y exhibirse de manera destacada en un programa de estudio en casa o por internet, indicando que cualquier persona involucrada en la oferta o solicitud de un certificado de finalización por asistencia a un programa de escuela para infractores de tránsito en el que la persona no asiste o no completa la cantidad mínima de tiempo de instrucción puede ser culpable de violar la Sección 134 del Código Penal.
(f)CA Vehículos Code § 11202(f) Esta sección entrará en vigor el 1 de julio de 2020.

Section § 11202.5

Explanation

Esta ley de California establece los requisitos para la obtención de licencias para operadores de escuelas para infractores de tránsito. Para operar una escuela de este tipo, una persona debe tener una licencia válida del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV), a menos que sea un propietario/operador y esté registrado como tal en la licencia del propietario. Para calificar para una licencia, una persona no debe haber cometido actos que pudieran resultar en la suspensión o revocación de la licencia, debe aprobar un examen requerido en un máximo de tres intentos, tener al menos 21 años de edad, completar un programa educativo de cuatro horas y contar con una certificación del propietario que confirme que posee los conocimientos necesarios. Todos estos criterios deben cumplirse dentro de un año desde la fecha de solicitud de la licencia, o la solicitud caducará, aunque se permite volver a presentarla previo pago de la tarifa.

(a)CA Vehículos Code § 11202.5(a) El departamento otorgará licencias a los operadores de escuelas para infractores de tránsito. Ninguna persona podrá ejercer como operador de una escuela para infractores de tránsito sin una licencia vigente expedida por el departamento, a menos que la persona sea un propietario/operador y esté así designado en la licencia del propietario. Toda persona, para calificar como operador de una escuela para infractores de tránsito, deberá cumplir con todos los siguientes criterios para que se le expida una licencia de operador de escuela para infractores de tránsito:
(1)CA Vehículos Code § 11202.5(a)(1) No haber cometido ningún acto que, si el solicitante tuviera licencia como operador de una escuela para infractores de tránsito, sería motivo de suspensión o revocación de la licencia.
(2)CA Vehículos Code § 11202.5(a)(2) En un máximo de tres intentos, aprobar un examen que el departamento exige sobre leyes de tránsito, prácticas de conducción segura, operación de vehículos motorizados, métodos y técnicas de enseñanza, estatutos y reglamentos de las escuelas para infractores de tránsito, y procedimientos de oficina y mantenimiento de registros.
(3)CA Vehículos Code § 11202.5(a)(3) Tener 21 años de edad o más.
(4)CA Vehículos Code § 11202.5(a)(4) Haber completado satisfactoriamente un programa educativo de no menos de cuatro horas. El programa deberá incluir, entre otros, las responsabilidades del operador, las leyes vigentes y los reglamentos del Artículo 4 del Título 13 del Código de Reglamentos de California. La instrucción podrá ser impartida por instituciones educativas generalmente acreditadas, escuelas vocacionales privadas y programas educativos y seminarios ofrecidos por sociedades profesionales, organizaciones, asociaciones comerciales y otros programas educativos y técnicos que cumplan con los requisitos de esta sección.
(5)CA Vehículos Code § 11202.5(a)(5) Presentar una certificación del propietario de que el solicitante posee los conocimientos necesarios para desempeñar las funciones del operador.
(b)CA Vehículos Code § 11202.5(b) Todos los requisitos de calificación especificados en esta sección deberán cumplirse dentro de un año a partir de la fecha de solicitud de la licencia o la solicitud caducará. Sin embargo, el solicitante podrá presentar posteriormente una nueva solicitud previo pago de la tarifa requerida.

Section § 11203

Explanation

Si desea establecer una escuela para infractores de tránsito y, en lugar de presentar una fianza, puede depositar dinero como garantía. Este depósito puede ser devuelto después de tres años si su negocio ha cerrado o su licencia ha vencido, siempre y cuando no haya reclamaciones pendientes en su contra. Si un tribunal confirma que no hay reclamaciones, podría permitirle recuperar su depósito antes. Sin embargo, si hay acciones legales relacionadas con el depósito, el director o el estado pueden deducir los honorarios de abogados y los costos administrativos del mismo.

En lugar de la fianza requerida de otro modo por el párrafo (3) de la subdivisión (a) de la Sección 11202, el solicitante podrá realizar un depósito conforme al Artículo 7 (que comienza con la Sección 995.710) del Capítulo 2 del Título 14 de la Parte 2 del Código de Procedimiento Civil. El director podrá ordenar la devolución del depósito al vencimiento de tres años a partir de la fecha en que un titular de licencia de escuela para infractores de tránsito haya cesado sus actividades comerciales, o tres años a partir de la fecha en que un titular de licencia haya dejado de estar licenciado, si el director está satisfecho de que no existen reclamaciones pendientes contra el depósito. Un tribunal superior podrá, previa petición, ordenar la devolución del depósito antes del vencimiento de los tres años, previa presentación de pruebas satisfactorias para el tribunal de que no existen reclamaciones pendientes contra el depósito. Si el director, el departamento o el estado es demandado en cualquier acción civil iniciada para recuperar la totalidad o parte del depósito, o si el director, el departamento o el estado inicia cualquier acción civil para determinar quiénes tienen derecho a cualquier parte del depósito, se pagarán al director, al departamento o al estado honorarios de abogado y costas razonables con cargo al depósito. Las costas incluirán aquellos costos administrativos incurridos en el procesamiento de reclamaciones contra el titular de la licencia recuperables del depósito.

Section § 11203.5

Explanation
Si el propietario de una escuela para infractores de tránsito realiza actividades fraudulentas o infringe la ley, lo que causa pérdidas o daños al estado o a sus subdivisiones, el estado puede emprender acciones legales. Esta acción puede ser tanto contra el propietario de la escuela como contra la aseguradora que respalda su fianza.

Section § 11204

Explanation

Esta sección explica los requisitos de licencia para propietarios y operadores de escuelas para infractores de tráfico. Las licencias tienen una duración de un año y deben renovarse anualmente, siguiendo pautas de cumplimiento específicas. En lugar de un examen escrito, los operadores pueden presentar pruebas de educación profesional continua para renovar su licencia. El departamento puede emitir licencias provisionales con condiciones especiales si considera que es de interés público, aunque dichas condiciones no aparecerán en la licencia. Si un titular de licencia fallece, el departamento puede otorgar una licencia temporal a su albacea, administrador o herederos para mantener la escuela en funcionamiento y gestionar los asuntos comerciales por hasta un año, prorrogable si es necesario. Cualquier licencia temporal puede tener restricciones para garantizar la seguridad pública.

(a)CA Vehículos Code § 11204(a) El departamento emitirá un certificado de licencia a cada propietario de escuela para infractores de tráfico y a cada operador de escuela para infractores de tráfico con licencia conforme a este capítulo. La vigencia de la licencia será por un período de un año a partir de la fecha de emisión, a menos que sea cancelada, suspendida o revocada por el departamento. La licencia se renovará anualmente. El departamento exigirá el cumplimiento de la Sección 11202 para la renovación de la licencia de un propietario de escuela para infractores de tráfico. El departamento exigirá el cumplimiento de la Sección 11202.5 para la renovación de la licencia de un operador de escuela para infractores de tráfico.
(b)Copy CA Vehículos Code § 11204(b)
(1)Copy CA Vehículos Code § 11204(b)(1) En lugar del examen requerido por la Sección 11202.5 para la renovación de la licencia de un operador de escuela para infractores de tráfico, el departamento podrá aceptar la presentación de pruebas por parte del titular de la licencia de educación profesional continua.
(2)CA Vehículos Code § 11204(b)(2) Por “educación profesional”, tal como se utiliza en el párrafo (1), se entiende la finalización satisfactoria de cursos aceptables para el departamento relacionados con la seguridad vial, técnicas de enseñanza o la enseñanza de instrucción para conductores, o la participación en seminarios profesionales aprobados por el departamento.
(c)CA Vehículos Code § 11204(c) Siempre que, a su juicio, el interés público así lo requiera, el departamento podrá emitir una licencia provisional sujeta a condiciones especiales que deberá observar el titular de la licencia en la gestión de la escuela para infractores de tráfico. Las condiciones que se adjunten a la licencia serán cualquiera que, a juicio del departamento, sean de interés público y adecuadas a las cualificaciones del solicitante según lo revelado por la solicitud y la investigación por parte del departamento de la información contenida en ella. Las condiciones no podrán aparecer en el certificado de licencia.
(d)CA Vehículos Code § 11204(d) Tras la notificación del fallecimiento de un titular de licencia de escuela para infractores de tráfico, el departamento podrá emitir una licencia temporal al albacea o administrador del patrimonio de un titular fallecido de una licencia válida y vigente para operar una escuela para infractores de tráfico, o si no se ha nombrado albacea o administrador y hasta que se presente una copia certificada de una orden de nombramiento ante el departamento, se podrá emitir una licencia temporal al cónyuge sobreviviente u otro heredero con derecho a dirigir el negocio del fallecido. La licencia temporal permitirá al titular operar la escuela para infractores de tráfico por un período de un año a partir de la fecha del fallecimiento del titular original de la licencia, y se podrán conceder las extensiones de un año necesarias para permitir la disposición del negocio y la cualificación para una licencia de un comprador del negocio o del cónyuge sobreviviente o heredero. El departamento podrá restringir o condicionar una licencia temporal y adjuntar al ejercicio del privilegio bajo la misma cualquier término y condición que, a juicio del departamento, sean necesarios para la protección del público.

Section § 11205

Explanation

Esta ley de California exige que el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) proporcione una lista actualizada diariamente de escuelas de infractores de tráfico con licencia en su sitio web. La lista incluirá los tipos de instrucción ofrecidos y las ciudades donde las clases están disponibles.

Los tribunales o programas de asistencia de tráfico solo pueden entregar listas impresas si están actualizadas, siendo la más reciente de no más de 60 días. Además, el DMV debe tener un sistema basado en la web para el 1 de abril de 2012, para monitorear e informar la participación y finalización de cursos. Esta norma entró en vigor el 1 de septiembre de 2011.

(a)CA Vehículos Code § 11205(a) El departamento proporcionará una lista de escuelas de infractores de tráfico con licencia en su sitio web de Internet. Para cada escuela con licencia, la lista indicará las modalidades de instrucción ofrecidas y especificará las ciudades donde se ofrece instrucción en el aula. La lista secuencial de escuelas con licencia se aleatorizará diariamente.
(b)CA Vehículos Code § 11205(b) Cuando un tribunal o programa de asistencia de tráfico (TAP) proporcione una lista impresa de escuelas de infractores de tráfico con licencia a un infractor de tráfico, el tribunal o TAP proporcionará solo una lista actual con sello de fecha descargada del sitio web de Internet del departamento. La lista impresa deberá ser lo más actual posible, pero en ningún caso se distribuirá una lista con un sello de fecha de más de 60 días de antigüedad.
(c)CA Vehículos Code § 11205(c) El departamento, a más tardar el 1 de abril de 2012, desarrollará una base de datos basada en la web que permitirá al departamento, a los tribunales y a las escuelas de infractores de tráfico monitorear, informar y rastrear la participación y la finalización de cursos. Las escuelas de infractores de tráfico actualizarán la información del curso dentro de los tres días hábiles posteriores a la finalización de la clase y proporcionarán a los tribunales información sobre la finalización de la clase diariamente.
(d)CA Vehículos Code § 11205(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de septiembre de 2011.

Section § 11205.1

Explanation
Antes del 1 de enero de 2013, se aplicaba una tarifa mencionada en otra sección cuando alguien elegía o se le exigía asistir a la escuela de tráfico debido a una infracción de tráfico. Después del 1 de enero de 2013, se aplica una tarifa diferente, según lo actualizado en la otra sección, bajo las mismas condiciones.

Section § 11205.2

Explanation

Esta ley explica qué es un Programa de Asistencia de Tráfico (TAP) y cómo funciona en California. Un TAP es una agencia pública o privada sin fines de lucro que colabora con los tribunales para ayudar a tramitar casos de infractores de tráfico o asiste al departamento en actividades de supervisión.

Los tribunales pueden usar los TAP para realizar servicios como la gestión de casos de infracciones de tráfico y pueden incluir tareas administrativas como la impresión de listas específicas del condado, la asistencia a infractores de tráfico u otras actividades legales relacionadas con la gestión de casos de tráfico.

Los tribunales pueden cobrar tarifas a los infractores de tráfico para cubrir los costos administrativos del TAP, pero estas tarifas no pueden exceder el costo real de los servicios prestados. Los tribunales también tienen control sobre la aprobación y regulación de estas tarifas, y pueden permitir que los TAP las cobren. Esta ley está en vigor desde el 1 de enero de 2013.

(a)CA Vehículos Code § 11205.2(a) Según se utiliza en este capítulo, un programa de asistencia de tráfico (TAP) es una agencia pública o privada sin fines de lucro que proporciona servicios, bajo contrato con un tribunal para procesar a infractores de tráfico o bajo contrato con el departamento para asistir en actividades de supervisión.
(b)CA Vehículos Code § 11205.2(b) Un tribunal puede utilizar un TAP para asistir al tribunal en la prestación de servicios relacionados con el procesamiento de infractores de tráfico. Según se utiliza en esta sección, “servicios” significa aquellos servicios relacionados con el procesamiento de casos de infracciones de tráfico en, y para, el tribunal, incluyendo la impresión y provisión al tribunal y a los infractores de tráfico de listas impresas específicas del condado obtenidas del sitio web de Internet del departamento, asistir administrativamente a los infractores de tráfico, y cualquier otra actividad legal relacionada con la administración de la carga de casos de infracciones de tráfico del tribunal.
(c)CA Vehículos Code § 11205.2(c) El tribunal puede cobrar a un infractor de tráfico una tarifa para sufragar los costos incurridos por un TAP por los servicios de administración de casos de tráfico proporcionados al tribunal de conformidad con la subdivisión (b). El tribunal puede delegar la recaudación de la tarifa al TAP. Las tarifas serán aprobadas y reguladas por el tribunal. La tarifa no excederá los costos reales incurridos por el TAP por las actividades autorizadas bajo la subdivisión (b).
(d)CA Vehículos Code § 11205.2(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2013.

Section § 11205.4

Explanation

Esta ley permite al departamento usar un Programa de Asistencia de Tráfico (TAP) para supervisar las escuelas de infractores de tráfico. Esto incluye tareas como auditorías e inspecciones de registros comerciales y de clases, prácticas comerciales, y el contenido y la calidad de la instrucción impartida. Pueden inspeccionar las oficinas comerciales y las aulas, y observar la enseñanza real de las clases de seguridad vial para asegurar que la educación cumpla con altos estándares. Esta autoridad comenzó el 1 de septiembre de 2011.

(a)CA Vehículos Code § 11205.4(a) El departamento podrá utilizar un programa de asistencia de tráfico (TAP), o hasta el 1 de enero de 2013, un CAP establecido de conformidad con la Sección 11205.2, para la supervisión de escuelas de infractores de tráfico con licencia, incluyendo, entre otros, auditorías, inspecciones, revisión y examen de registros comerciales, registros de clases, prácticas comerciales, el contenido del programa de instrucción establecido en el plan de lecciones o el currículo de un licenciatario. La inspección incluye, entre otros, la revisión de la oficina comercial, la sucursal y las instalaciones de aula aplicables de un licenciatario. La supervisión incluye la revisión in situ de la presentación real de la instrucción de seguridad vial impartida en un aula y cualquier otra actividad que se considere necesaria para garantizar una educación de alta calidad para los infractores de tráfico.
(b)CA Vehículos Code § 11205.4(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de septiembre de 2011.

Section § 11206

Explanation

Esta sección de la ley describe los requisitos para convertirse en instructor con licencia de una escuela para infractores de tránsito en California. Para calificar, una persona debe tener educación secundaria completa, aprobar un examen requerido por el departamento sobre leyes de tránsito y prácticas de conducción en un máximo de tres intentos, poseer una licencia de conducir de California válida y tener al menos 18 años de edad. Los requisitos para la licencia deben cumplirse en el plazo de un año, o la solicitud caducará, pero se puede presentar una nueva solicitud pagando la tarifa necesaria. Se hace una excepción para las personas con una credencial de enseñanza válida que imparten instrucción en escuelas públicas; ellas están exentas de necesitar esta licencia específica.

(a)CA Vehículos Code § 11206(a) El departamento deberá otorgar licencias a instructores de escuelas para infractores de tránsito. Salvo lo eximido por esta sección, ninguna persona podrá actuar como instructor de una escuela para infractores de tránsito sin una licencia de instructor actualmente válida expedida por el departamento. Toda persona, para calificar como instructor de una escuela para infractores de tránsito, deberá cumplir con todos los siguientes requisitos antes de que se pueda expedir una licencia de instructor:
(1)CA Vehículos Code § 11206(a)(1) Tener educación secundaria completa.
(2)CA Vehículos Code § 11206(a)(2) Dentro de tres intentos, aprobar un examen, según lo requiera el departamento, sobre leyes de tránsito, prácticas de conducción segura, operación de vehículos motorizados y métodos y técnicas de enseñanza.
(3)CA Vehículos Code § 11206(a)(3) Poseer una licencia de conducir de California actualmente válida que no esté sujeta a libertad condicional conforme a la Sección 14250 debido a que el solicitante sea un operador negligente según el significado de la Sección 12810 o 12810.5. El historial de conducción del solicitante no deberá tener ningún aviso pendiente por violar una promesa escrita de comparecer ante el tribunal o por no pagar intencionalmente una multa legalmente impuesta, según lo dispuesto en la antigua Sección 40509.
(4)CA Vehículos Code § 11206(a)(4) Tener 18 años de edad o más.
(b)CA Vehículos Code § 11206(b) Todos los requisitos de calificación especificados por esta sección deberán cumplirse dentro de un año a partir de la fecha de solicitud de una licencia o la solicitud caducará. Sin embargo, el solicitante podrá presentar posteriormente una nueva solicitud previo pago de la tarifa requerida.
(c)CA Vehículos Code § 11206(c) No se requiere una licencia expedida conforme a esta sección para impartir instrucción a infractores de tránsito en una escuela pública u otra institución educativa pública por una persona que posea una credencial de enseñanza válida con capacitación o experiencia satisfactoria en el área temática, según lo determine el departamento. Las personas exentas de licencia conforme a esta sección no están obligadas a obtener un certificado de licencia conforme a la Sección 11207.

Section § 11206.5

Explanation
Si desea obtener una licencia como propietario, operador o instructor de una escuela para infractores de tránsito en California, debe presentar una solicitud utilizando los formularios específicos proporcionados por el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV). Como parte de su solicitud, debe proporcionar información sobre su carácter, honestidad, integridad y reputación, que el DMV puede requerir para evaluar su idoneidad para el puesto.

Section § 11207

Explanation

Esta ley explica los requisitos para obtener y renovar una licencia como instructor de escuela para infractores de tránsito en California. Cuando alguien califica por primera vez, el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) expide una licencia válida por tres años, a menos que sea cancelada, suspendida o revocada. Los instructores pueden renovar sus licencias antes de que venzan presentando una solicitud. Para renovar, deben cumplir ciertas condiciones, como aprobar un examen o presentar pruebas de educación continua. El DMV también puede expedir licencias provisionales con condiciones especiales si es en interés público.

(a)CA Vehículos Code § 11207(a) El departamento expedirá un certificado de licencia a cada instructor de escuela para infractores de tránsito cuando esté satisfecho de que ha cumplido con los requisitos exigidos en este capítulo. La licencia original de instructor y cualquier licencia renovada de conformidad con las subdivisiones (b) y (c) serán válidas por un período de tres años a partir de la fecha de expedición, a menos que sean canceladas, suspendidas o revocadas por el departamento.
(b)CA Vehículos Code § 11207(b) Toda solicitud de renovación de una licencia de instructor de escuela para infractores de tránsito podrá ser presentada por el titular de la licencia antes de la fecha de vencimiento de la licencia, presentando al departamento una solicitud completa en un formulario proporcionado por el departamento. En ningún caso un instructor de escuela para infractores de tránsito renovará la licencia después de la fecha de vencimiento.
(c)CA Vehículos Code § 11207(c) El departamento exigirá todo lo siguiente para la renovación de la licencia de un instructor:
(1)CA Vehículos Code § 11207(c)(1) Cumplimiento de la Sección 11206, excepto la subdivisión (c) de la misma.
(2)CA Vehículos Code § 11207(c)(2) Aprobación satisfactoria de un examen según lo dispuesto en la Sección 11206 al menos una vez durante cada período subsiguiente de tres años después de la expedición inicial de la licencia. Sin embargo, en lugar del examen para la renovación de la licencia, el departamento podrá aceptar la presentación por parte del titular de la licencia de pruebas de educación profesional continua.
(d)CA Vehículos Code § 11207(d) Cuando, a su juicio, el interés público así lo requiera, el departamento podrá expedir una licencia provisional sujeta a condiciones especiales que deberá observar el titular de la licencia en el ejercicio del privilegio concedido. Las condiciones que se adjuntarán a la licencia serán aquellas que, a juicio del departamento, sean de interés público y adecuadas a las cualificaciones del solicitante, según lo revelado por la solicitud y la investigación por parte del departamento de la información contenida en la misma.

Section § 11208

Explanation

Esta sección explica las tarifas relacionadas con el funcionamiento y la gestión de las escuelas para infractores de tránsito en California. El Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) establece estas tarifas, que cubren la emisión, renovación y duplicación de licencias para los propietarios, operadores, instructores de las escuelas de tránsito y sus ubicaciones. También incluye tarifas por la aprobación del contenido de los cursos y la administración de exámenes. Estos cargos deben cubrir todos los costos administrativos, excepto el monitoreo regular.

Además, se cobra una tarifa aparte a los conductores que deben asistir a estas escuelas, la cual cubre el costo del monitoreo regular. Estas disposiciones están vigentes desde el 1 de septiembre de 2011.

(a)CA Vehículos Code § 11208(a) El departamento cobrará una tarifa, a ser determinada por el departamento, por las siguientes actividades del programa de escuelas para infractores de tránsito:
(1)CA Vehículos Code § 11208(a)(1) Emisión original de una licencia de propietario, operador, instructor y de sucursal o ubicación de aula de una escuela para infractores de tránsito.
(2)CA Vehículos Code § 11208(a)(2) Renovación de una licencia de propietario, operador, instructor y de sucursal o ubicación de aula de una escuela para infractores de tránsito.
(3)CA Vehículos Code § 11208(a)(3) Emisión de una licencia duplicada o corregida de propietario, operador, instructor y de sucursal o ubicación de aula de una escuela para infractores de tránsito.
(4)CA Vehículos Code § 11208(a)(4) Transferencia de una licencia de operador o instructor de una escuela para infractores de tránsito a otra.
(5)CA Vehículos Code § 11208(a)(5) Aprobación de planes de estudio, basada en la modalidad de instrucción del plan de estudios.
(6)CA Vehículos Code § 11208(a)(6) Tarifas por la administración de los exámenes conforme a las Secciones 11206 y 11207.
(b)CA Vehículos Code § 11208(b) Las tarifas autorizadas bajo la subdivisión (a) serán suficientes para sufragar el costo real para el departamento de administrar el programa de escuelas para infractores de tránsito, excepto por el monitoreo rutinario de la instrucción.
(c)CA Vehículos Code § 11208(c) Se impondrá una única tarifa administrativa a, y será cobrada por el tribunal conforme a la Sección 42007.1 de, cada conductor al que se le permita u ordene asistir a una escuela para infractores de tránsito. En esta tarifa se incluirá un monto determinado por el departamento como suficiente para sufragar el costo del monitoreo rutinario de la instrucción de las escuelas para infractores de tránsito.
(d)CA Vehículos Code § 11208(d) Esta sección entrará en vigor el 1 de septiembre de 2011.

Section § 11209

Explanation
Si usted es propietario, opera o enseña en una escuela para infractores de tránsito y su licencia vence sin ser renovada, no podrá renovarla, pero puede solicitar una nueva. Si su licencia es cancelada, no puede ser renovada. Si está suspendida o revocada, la renovación no es posible hasta que sea restablecida. Si la suspensión o revocación dura más allá del vencimiento de la licencia, deberá solicitar una nueva licencia después.

Section § 11210

Explanation

Si estás solicitando una licencia para operar o trabajar en una escuela para infractores de tránsito, el Departamento de Vehículos Motorizados de California (DMV) podría otorgarte un permiso temporal mientras revisan tu solicitud. Este permiso temporal te permite operar la escuela o enseñar por un período de hasta 120 días mientras el DMV verifica tus cualificaciones.

Sin embargo, el DMV puede cancelar este permiso si encuentra errores en tu solicitud o si esta parece incompleta. El permiso temporal pierde su validez una vez que el DMV te expide la licencia o la deniega formalmente.

Pendiente de la determinación por parte del departamento de que un solicitante de una licencia cumple plenamente los requisitos de este capítulo, el departamento podrá expedir un permiso temporal al solicitante. Un permiso temporal podrá autorizar la operación de una escuela para infractores de tránsito o el desempeño como operador o instructor de una escuela para infractores de tránsito por un período no superior a 120 días mientras el departamento completa su investigación y determinación de todos los hechos relativos a las cualificaciones del solicitante para la licencia.
El departamento podrá cancelar un permiso temporal cuando haya determinado o tenga causa razonable para creer que la solicitud es incorrecta o incompleta o que el permiso temporal fue expedido por error. Un permiso temporal es inválido tras su cancelación o una vez que al solicitante se le haya expedido o denegado la licencia solicitada.

Section § 11211

Explanation

Si estás solicitando una licencia específica bajo este capítulo, el departamento puede rechazar tu solicitud por varias razones. Esto incluye si ya te han revocado o suspendido una licencia similar, ya sea en California o en otro estado, o si has hecho algo que causaría la suspensión de una licencia según la Sección 11215. Si eres parte de un negocio, un historial dudoso de tus socios comerciales también podría afectar tu solicitud. El departamento también puede negarse si mentiste u ocultaste detalles importantes en tu solicitud, o si has sido condenado por un delito relacionado con las funciones de la licencia. Sin embargo, si tu solicitud es rechazada, puedes pedir una audiencia en un plazo de 60 días para impugnar esta decisión. Si tu licencia fue revocada, puedes volver a solicitarla después de un año.

(a)CA Vehículos Code § 11211(a) El departamento podrá denegar la expedición de una licencia a cualquier solicitante conforme a este capítulo cuando determine que existe cualquiera de las siguientes circunstancias:
(1)CA Vehículos Code § 11211(a)(1) El solicitante fue previamente titular de una licencia conforme a este capítulo que fue revocada o suspendida.
(2)CA Vehículos Code § 11211(a)(2) El solicitante fue previamente titular de una licencia ocupacional expedida por otro estado, que autorizaba las mismas o similares actividades de una licencia expedida conforme a esta división; y dicha licencia fue revocada o suspendida por causa justificada y nunca fue reexpedida, o fue suspendida por causa justificada, y los términos de la suspensión no han sido cumplidos.
(3)CA Vehículos Code § 11211(a)(3) El solicitante ha realizado cualquier acto o serie de actos que sería motivo de suspensión o revocación de la licencia conforme a la Sección 11215, independientemente de si el solicitante estaba licenciado conforme a este capítulo en el momento del acto o actos.
(4)CA Vehículos Code § 11211(a)(4) Si el solicitante es una empresa, un representante de la empresa fue titular de una licencia previamente expedida conforme a este capítulo que fue suspendida o revocada o ha realizado cualquier acto o serie de actos que sería motivo de suspensión o revocación de una licencia conforme a la Sección 11215, independientemente de si el representante de la empresa estaba licenciado conforme a este capítulo en el momento del acto o actos.
(5)CA Vehículos Code § 11211(a)(5) Debido a los hechos y circunstancias relacionados con la organización, control y gestión de la empresa, es probable que ocurran ambas de las siguientes situaciones:
(A)CA Vehículos Code § 11211(a)(5)(A) La política u operación de la empresa será dirigida, controlada o gestionada por un individuo que, debido a un acto, serie de actos o conducta descritos en el párrafo (3) o (4), sería inelegible para una licencia.
(B)CA Vehículos Code § 11211(a)(5)(B) Al licenciar la empresa, los propósitos de esta división serían frustrados.
(6)CA Vehículos Code § 11211(a)(6) El solicitante ha hecho a sabiendas una declaración falsa o ha ocultado a sabiendas un hecho material al solicitar una licencia conforme a este capítulo.
(7)CA Vehículos Code § 11211(a)(7) El solicitante, o un representante de la empresa si el solicitante es una empresa, ha sido condenado por un delito, o ha cometido cualquier acto o incurrido en conducta que implique depravación moral que esté sustancialmente relacionado con las cualificaciones, funciones o deberes de la actividad licenciada. Una condena después de una declaración de nolo contendere es una condena dentro del significado de esta sección.
(b)CA Vehículos Code § 11211(b) Tras la denegación del departamento a expedir una licencia conforme a este capítulo, el solicitante tiene derecho a una audiencia previa solicitud por escrito presentada al departamento dentro de los 60 días siguientes a la notificación de la denegación. La audiencia se llevará a cabo conforme al Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
(c)CA Vehículos Code § 11211(c) Una persona cuya licencia ha sido revocada o cuya solicitud de licencia ha sido denegada podrá volver a solicitar la licencia después de que haya transcurrido un período no inferior a un año a partir de la fecha de entrada en vigor de la decisión de revocación de la licencia o de denegación de la solicitud.

Section § 11212

Explanation

Esta sección de la ley describe los requisitos de mantenimiento de registros para las escuelas de infractores de tránsito en California. Todo propietario de una escuela debe mantener registros detallados en la ubicación principal de su negocio para cada estudiante. Los registros deben incluir la información de la escuela y del estudiante, los detalles de la instrucción impartida, el costo para el estudiante y cualquier número de expediente judicial relevante. Estos registros deben conservarse durante al menos tres años y pueden ser inspeccionados por ciertos organismos gubernamentales. Si una escuela cierra o suspende sus operaciones, debe entregar estos registros al departamento para su revisión. La dirección del estudiante solo puede ser utilizada por la escuela para fines administrativos.

(a)CA Vehículos Code § 11212(a) Todo propietario con licencia bajo este capítulo deberá mantener un registro en la ubicación principal del negocio de la escuela para infractores de tránsito que muestre todo lo siguiente para cada estudiante:
(1)CA Vehículos Code § 11212(a)(1) El nombre, la dirección y el número de licencia de la escuela para infractores de tránsito que imparte la instrucción.
(2)CA Vehículos Code § 11212(a)(2) El nombre y la dirección de cada persona que recibió instrucción.
(3)CA Vehículos Code § 11212(a)(3) El número de permiso de instrucción o el número de licencia de conducir de cada persona que recibió instrucción.
(4)CA Vehículos Code § 11212(a)(4) El nombre y el número de la licencia emitida conforme a la Sección 11207 del instructor de la escuela para infractores de tránsito.
(5)CA Vehículos Code § 11212(a)(5) El tipo particular de instrucción impartida y la fecha o fechas de la instrucción.
(6)CA Vehículos Code § 11212(a)(6) Una declaración sobre si se siguió el plan de lecciones aprobado.
(7)CA Vehículos Code § 11212(a)(7) El número total de horas de instrucción.
(8)CA Vehículos Code § 11212(a)(8) El costo total de la instrucción para el estudiante, que no excederá el monto de la tarifa representada o anunciada por la escuela para infractores de tránsito en el momento de la inscripción del estudiante.
(9)CA Vehículos Code § 11212(a)(9) El número de expediente judicial bajo el cual el estudiante fue remitido a una escuela para infractores de tránsito.
(10)CA Vehículos Code § 11212(a)(10) El número del certificado de finalización emitido al estudiante conforme a la subdivisión (e) de la Sección 11208 y, si es diferente, el número de cualquier copia del mismo emitida al estudiante.
(b)CA Vehículos Code § 11212(b) Los registros deberán conservarse por un mínimo de tres años y estarán abiertos a la inspección durante el horario comercial y en todos los demás momentos razonables por parte del departamento, el tribunal, una entidad privada que proporcione supervisión conforme a la Sección 11222, el Analista Legislativo y el Auditor del Estado o sus empleados autorizados, pero serán únicamente para uso confidencial.
(c)CA Vehículos Code § 11212(c) Siempre que un titular de licencia suspenda o termine la actividad con licencia, el titular de la licencia deberá entregar los registros especificados en la subdivisión (a) al departamento para su examen a más tardar al final del tercer día, excluyendo sábados, domingos y días festivos, después de la fecha de suspensión o terminación. El departamento podrá duplicar o registrar cualquier información contenida en ellos. Todos estos registros serán devueltos al titular de la licencia a más tardar 30 días después de la fecha de entrega.
(d)CA Vehículos Code § 11212(d) La dirección de cualquier persona mantenida conforme al párrafo (2) de la subdivisión (a) solo será utilizada por la escuela para fines administrativos escolares.

Section § 11213

Explanation

Si eres propietario de una escuela para infractores de tráfico, debes informar al departamento en un plazo de 10 días si hay un cambio en la propiedad o en la estructura de la empresa. Si cambias la ubicación principal de tu escuela o añades o eliminas sucursales o aulas, debes notificar al departamento de inmediato. Los instructores y operadores deben informar al departamento sobre los cambios de dirección de su casa en un plazo de cinco días. El departamento también puede solicitar informes adicionales si es necesario.

(a)CA Vehículos Code § 11213(a) Todo propietario de una escuela para infractores de tráfico con licencia conforme a este capítulo deberá notificar al departamento dentro de los 10 días cualquier cambio en la propiedad o estructura corporativa del titular de la licencia.
(b)CA Vehículos Code § 11213(b) Todo propietario de una escuela para infractores de tráfico deberá notificar de inmediato al departamento las siguientes actividades:
(1)CA Vehículos Code § 11213(b)(1) Cambio del sitio o ubicación del lugar principal de negocios establecido de la escuela.
(2)CA Vehículos Code § 11213(b)(2) Adición o eliminación de una sucursal o ubicación de aula de la escuela para infractores de tráfico.
(c)CA Vehículos Code § 11213(c) Todo operador de escuela para infractores de tráfico e instructor de escuela para infractores de tráfico con licencia conforme a este capítulo deberá informar al departamento cada cambio de dirección de residencia dentro de los cinco días del cambio.
(d)CA Vehículos Code § 11213(d) El departamento puede requerir que las personas con licencia conforme a este capítulo presenten informes adicionales según lo determine necesario el departamento para cumplir los propósitos de este capítulo.

Section § 11214

Explanation

Esta ley permite al departamento realizar auditorías, inspecciones y supervisión de las escuelas de infractores de tráfico con licencia. Las auditorías pueden realizarse anualmente para verificar los registros comerciales, los registros de clases y el currículo. Las inspecciones pueden implicar la revisión de los espacios físicos de la empresa y las aulas. La supervisión significa observar cómo se imparte realmente la instrucción de seguridad vial en las aulas.

(a)CA Vehículos Code § 11214(a) Salvo lo dispuesto en este capítulo, el departamento puede auditar, inspeccionar y supervisar todas las escuelas de infractores de tráfico con licencia.
(b)CA Vehículos Code § 11214(b) El departamento puede auditar anualmente los registros de un licenciatario. La auditoría incluye, entre otros, la revisión y el examen de los registros comerciales, los registros de clases cuando corresponda, las prácticas comerciales y el contenido del programa de instrucción establecido en el plan de lecciones o el currículo de un licenciatario.
(c)CA Vehículos Code § 11214(c) La inspección incluye, entre otros, la revisión de la oficina comercial, la sucursal y las instalaciones de aula aplicables de un licenciatario.
(d)CA Vehículos Code § 11214(d) La supervisión incluye la revisión in situ de la presentación real del programa de instrucción de seguridad vial impartido en un modo de instrucción en el aula.

Section § 11215

Explanation

Esta sección permite al departamento suspender o revocar la licencia de una escuela para infractores de tránsito si se cumplen ciertas condiciones. Las condiciones incluyen que la escuela no cumpla con los requisitos de licencia o su participación en actividades fraudulentas. La licencia también puede ser revocada si la escuela se presenta falsamente como parte del departamento, realiza anuncios engañosos, cobra o solicita tarifas ilegalmente, o enseña seguridad vial sin un instructor con licencia.

Otras razones para la revocación incluyen la condena de la escuela por delitos graves específicos, o no mantener las fianzas o depósitos requeridos. Además, presentarse como empleado del departamento o publicitar de manera engañosa puede resultar en la suspensión o revocación de la licencia.

El departamento, previa notificación y audiencia, podrá suspender o revocar una licencia emitida conforme a este capítulo si se presenta alguna de las siguientes circunstancias:
(a)CA Vehículos Code § 11215(a) El departamento encuentra y determina que el titular de la licencia deja de cumplir con cualquier requisito para obtener una licencia conforme a este capítulo.
(b)CA Vehículos Code § 11215(b) El titular no cumple con, o de otra manera viola, una disposición de este capítulo o una reglamentación o requisito del departamento adoptado conforme a este capítulo.
(c)CA Vehículos Code § 11215(c) El titular de la licencia participa en prácticas fraudulentas con respecto a sus actividades licenciadas conforme a este capítulo o induce o no informa prontamente al departamento sobre cualquier fraude o práctica fraudulenta conocida por parte de un empleado de la escuela para infractores de tránsito.
(d)CA Vehículos Code § 11215(d) El titular de la licencia se presenta como agente o empleado del departamento o utiliza publicidad diseñada para crear la impresión, o que razonablemente tendría el efecto de llevar a las personas a creer que el titular de la licencia era de hecho un empleado o representante del departamento, o cuando el titular de la licencia anuncia, de cualquier manera o por cualquier medio, una declaración que es falsa o engañosa y que se sabe, o que por el ejercicio de un cuidado razonable debería saberse, que es falsa o engañosa.
(e)CA Vehículos Code § 11215(e) El titular de la licencia o un empleado o agente del titular de la licencia cobra tarifas o preinscribe a una persona en una escuela para infractores de tránsito o solicita instrucción de escuela para infractores de tránsito en una oficina del departamento o en un tribunal o dentro de los 500 pies de un tribunal.
(f)CA Vehículos Code § 11215(f) El titular de la licencia es condenado por violar la Sección 20001, 20002, 20003, 20004, 20006, 20008, 23103, 23104, 23105, 23152 o 23153 de este código o la subdivisión (b) de la Sección 191.5 o la Sección 192 del Código Penal. Una condena después de una declaración de nolo contendere es una condena dentro del significado de esta sección.
(g)CA Vehículos Code § 11215(g) El propietario de la escuela para infractores de tránsito enseña, o permite que un empleado enseñe, instrucción de seguridad vial sin una licencia de instructor válida.
(h)CA Vehículos Code § 11215(h) El propietario de la escuela para infractores de tránsito no tiene en vigor una fianza según lo dispuesto en el párrafo (3) de la subdivisión (a) de la Sección 11202 o un depósito en lugar de la fianza, según lo especificado en la Sección 11203.

Section § 11215.5

Explanation

Esta ley permite al Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) de California suspender o revocar la licencia de una escuela para infractores de tránsito bajo ciertas condiciones. Estas condiciones incluyen: si la oficina principal de la escuela no mantiene un horario de atención al público en un condado con una gran población, excluyendo las escuelas públicas; si la escuela está vendiendo o permitiendo la venta de certificados de finalización falsos; si la escuela está acortando intencionalmente el tiempo de enseñanza; y si la escuela está redirigiendo a los estudiantes a una escuela de tránsito diferente sin informarles, utilizando la lista de escuelas con licencia del DMV.

El departamento, previa notificación y audiencia, también podrá suspender o revocar cualquier licencia expedida conforme a este capítulo cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
(a)CA Vehículos Code § 11215.5(a) Si la oficina principal de la escuela para infractores de tránsito está ubicada en cualquier condado con una población de 400,000 o más en el que la escuela para infractores de tránsito lleva a cabo su programa de instrucción, y la oficina principal no mantiene horario de oficina durante el tiempo en que los tribunales diurnos de ese condado están abiertos al público. Esta subdivisión no se aplicará a las escuelas públicas.
(b)CA Vehículos Code § 11215.5(b) Si el titular de la licencia es hallado por el departamento vendiendo, o permitiendo a sabiendas la venta de, certificados de finalización.
(c)CA Vehículos Code § 11215.5(c) Si el titular de la licencia es hallado por el departamento acortando intencionalmente el tiempo de instrucción.
(d)CA Vehículos Code § 11215.5(d) Si el titular de la licencia es hallado por el departamento desviando intencionalmente a cualquier estudiante a una escuela de tránsito distinta de la escuela contactada inicialmente por dicho estudiante, sin revelación a dicho estudiante, mediante el uso de la lista del departamento de escuelas para infractores de tránsito con licencia.

Section § 11215.7

Explanation
Si hay un motivo en este capítulo para denegar una licencia a alguien, ese mismo motivo puede utilizarse para suspender o retirar una licencia ya existente.

Section § 11216

Explanation

Esta ley establece que la licencia de un propietario de una escuela para infractores de tránsito en California puede ser cancelada automáticamente por varias razones. Estas incluyen abandonar el negocio o mudarse sin avisar al departamento, no mantener la fianza requerida, entregar la licencia, cambiar la persona registrada como licenciatario, o tener el estatus corporativo suspendido o cancelado. Incluso si la licencia es entregada, el departamento aún puede intentar revocarla.

Cualquier licencia emitida a un propietario de escuela para infractores de tránsito bajo este capítulo será automáticamente cancelada al ocurrir cualquiera de los siguientes eventos:
(a)CA Vehículos Code § 11216(a) El abandono del lugar de negocio establecido o el cambio del mismo sin previo aviso al departamento conforme a la Sección 11213.
(b)CA Vehículos Code § 11216(b) La falta de mantenimiento de una fianza adecuada o de obtención y presentación de otra fianza, según lo exige la Sección 11202, antes de la fecha de entrada en vigor de la terminación por parte del fiador de cualquier fianza existente.
(c)CA Vehículos Code § 11216(c) La entrega voluntaria o involuntaria de la licencia, excepto que una entrega o cese de negocio por parte del licenciatario, o la suspensión o revocación del estatus corporativo del licenciatario, no impide que el departamento presente una acusación para la revocación o suspensión de la licencia entregada, según lo dispuesto en la Sección 11215 o 11215.5, ni afecta la decisión del departamento de suspender o revocar la licencia.
(d)CA Vehículos Code § 11216(d) La notificación al departamento de que la persona designada como licenciatario ha cambiado.
(e)CA Vehículos Code § 11216(e) La suspensión o cancelación del estatus corporativo del licenciatario.

Section § 11216.2

Explanation

Esta ley establece que si una escuela para infractores de tránsito viola los derechos de un estudiante bajo la Ley de Estadounidenses con Discapacidades o leyes similares más de una vez, su licencia será suspendida automáticamente por 30 días. Esta decisión se considera final cuando ya no se pueden presentar más apelaciones. Si la escuela infractora es administrada por un operador que también gestiona otras escuelas, las licencias de esas otras escuelas también serán suspendidas por 30 días.

(a)CA Vehículos Code § 11216.2(a) Cualquier licencia emitida al propietario u operador de una escuela para infractores de tránsito conforme a este capítulo será suspendida automáticamente por 30 días por el departamento si el departamento ha sido notificado de que se ha emitido más de una determinación final de que la escuela para infractores de tránsito ha violado los derechos de un estudiante conforme a la Ley federal de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (42 U.S.C. Sec. 12101, et seq.) o cualquier otra ley federal o estatal que prohíba la discriminación contra personas con discapacidades. La determinación final será emitida por un tribunal federal o estatal de jurisdicción competente o una agencia administrativa federal o estatal apropiada, incluyendo, entre otros, el Departamento de Derechos Civiles, o cualquier combinación de los mismos.
Para los fines de esta subdivisión, “determinación final” significa que no se puede interponer ningún recurso adicional contra una determinación ante ningún tribunal porque el plazo para el recurso ha expirado.
(b)CA Vehículos Code § 11216.2(b) Si una escuela para infractores de tránsito sujeta a suspensión conforme a esta sección es operada por un operador de escuelas de tránsito con licencia conforme a la Sección 11202.5 que opera otras escuelas de tránsito, las licencias de los propietarios de esas escuelas de tránsito operadas por dicho operador de escuelas de tránsito también serán suspendidas por el período de 30 días.

Section § 11216.5

Explanation

El departamento puede negar o suspender una licencia de forma temporal si el titular de la licencia o el representante de la empresa ha sido condenado por un delito grave relacionado con sus funciones licenciadas, especialmente si la condena no es firme o está en apelación. Una declaración de 'no me opongo' (nolo contendere) cuenta como condena aquí.

Si la condena es confirmada o se vuelve firme, la suspensión o denegación temporal se convierte en una denegación o revocación permanente de la licencia. Si las medidas temporales eran condiciones de libertad condicional, esas condiciones continúan hasta que termine la libertad condicional.

Si la condena es anulada en apelación, el departamento debe revertir inmediatamente la suspensión o denegación.

(a)CA Vehículos Code § 11216.5(a) El departamento, previa notificación y audiencia, de forma provisional, podrá negarse a emitir o podrá suspender una licencia emitida conforme a este capítulo cuando el solicitante o licenciatario, o un representante comercial si el solicitante o licenciatario es una empresa, haya sido condenado por un delito que implique depravación moral que esté sustancialmente relacionado con las cualificaciones, funciones o deberes de la actividad con licencia, si una apelación de la condena está pendiente o la condena no ha adquirido firmeza de otro modo. Una condena después de una declaración de nolo contendere es una condena en el sentido de esta sección.
(b)CA Vehículos Code § 11216.5(b) Si una condena, en la que se basa una denegación provisional de emisión o suspensión conforme a la subdivisión (a), es confirmada en apelación o adquiere firmeza de otro modo, la denegación de emisión o la suspensión entrará automáticamente en vigor como una denegación o revocación, según sea el caso, de la licencia. Si la denegación provisional de emisión o suspensión fue suspendida bajo términos y condiciones de libertad condicional, la subsiguiente denegación o revocación automática también será suspendida bajo los mismos términos y condiciones por un período que no exceda el período original de libertad condicional para la denegación provisional de emisión o suspensión.
(c)CA Vehículos Code § 11216.5(c) Si una condena, en la que se basa una denegación provisional de emisión o suspensión conforme a la subdivisión (a), es revocada en apelación, la denegación o suspensión será anulada inmediatamente por el departamento.

Section § 11217

Explanation

En California, si tu licencia como propietario, operador o instructor de una escuela para infractores de tráfico está en riesgo de ser suspendida o revocada, el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) debe notificarte y darte la oportunidad de una audiencia primero. Sin embargo, si hay un problema inmediato, como fraude, tu licencia puede ser suspendida de inmediato sin previo aviso.

Si tu licencia es suspendida debido a ciertas acciones graves, debes pagar una tarifa de $5 para que sea restablecida una vez que los problemas se resuelvan. Todas las audiencias y notificaciones se manejan según procedimientos gubernamentales específicos.

Si el DMV toma medidas contra tu licencia, puedes solicitar una revisión judicial. El DMV también puede suspender temporalmente tu licencia sin una audiencia si es de interés público, pero deben celebrar una audiencia y tomar una decisión dentro de los 30 días posteriores a la notificación de suspensión.

Incluso si tu licencia está suspendida, vencida o cancelada, el DMV aún puede presentar cargos para revocarla o suspenderla aún más. Esta situación puede influir en si obtienes o no una licencia en el futuro.

(a)CA Vehículos Code § 11217(a) Todo licenciatario conforme a este capítulo tiene derecho a notificación y audiencia antes de la suspensión o revocación de la licencia por parte del departamento, excepto que el departamento suspenderá inmediatamente la licencia conforme al apartado (e) por cualquier acto de fraude especificado en el apartado (c) o (d) de la Sección 11215.
(b)CA Vehículos Code § 11217(b) Antes de la reincorporación de cualquier licencia suspendida conforme al apartado (a) de la Sección 11215, el licenciatario pagará al departamento una tarifa de reincorporación de cinco dólares ($5).
(c)CA Vehículos Code § 11217(c) La notificación y las audiencias previstas en esta división se realizarán conforme al Capítulo 5 (que comienza con la Sección 11500) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
(d)CA Vehículos Code § 11217(d) Cualquier acción del departamento, al suspender, cancelar, revocar o no renovar una licencia emitida conforme a este capítulo, puede ser revisada por cualquier tribunal de jurisdicción competente.
(e)CA Vehículos Code § 11217(e) El departamento puede, pendiente de una audiencia, suspender temporalmente la licencia o el permiso de cualquier propietario, operador o instructor de una escuela para infractores de tráfico por un período no mayor de 30 días si el director determina que el interés público así lo requiere. En ese caso, se celebrará una audiencia y se emitirá una decisión dentro de los 30 días posteriores a la emisión de la notificación de suspensión temporal.
(f)CA Vehículos Code § 11217(f) La suspensión, vencimiento o cancelación de una licencia emitida conforme a este capítulo no impide la presentación de una acusación para la revocación o suspensión de la licencia suspendida, vencida o cancelada, y no invalida ni impide de otro modo una decisión del departamento de suspender o revocar la licencia, y esta determinación puede ser considerada por el departamento al otorgar o negarse a otorgar cualquier licencia posterior conforme a este capítulo al mismo licenciatario o a cualquier representante comercial del mismo licenciatario.

Section § 11217.5

Explanation
Esta ley establece que si el propietario de un negocio con licencia bajo este capítulo ha cerrado su negocio, o si un operador o instructor se ha mudado de su última dirección conocida, pueden recibir documentos legales por correo certificado en la última dirección conocida del negocio o del domicilio. Sin embargo, si han informado al departamento por escrito sobre una nueva dirección para dichos documentos, entonces los documentos deben enviarse a la dirección actualizada.

Section § 11218

Explanation

Este apartado legal permite al director llegar a un acuerdo con el propietario, operador o instructor de una escuela para infractores de tránsito si enfrentan una acusación. Este acuerdo, llamado acuerdo de transacción, evita más audiencias o apelaciones y puede incluir un período de prueba o multas económicas. Estas multas pueden ser de hasta mil dólares ($1,000) por infracción para los propietarios de escuelas y de quinientos dólares ($500) por infracción para los operadores o instructores, dependiendo de la gravedad de la infracción.

El acuerdo se puede realizar antes, durante o después de una audiencia, pero debe firmarse y presentarse correctamente antes de que se tome una decisión final. El departamento establecerá reglas para los montos de las multas que se pueden incluir en estos acuerdos. Todas las partes involucradas deben firmar el acuerdo, y este debe presentarse ante la Oficina de Audiencias Administrativas junto con cualquier documentación relacionada.

Si el licenciatario no cumple con los términos del acuerdo, este se anula y el departamento puede proceder con otras acciones, como volver a presentar la acusación o imponer sanciones a la licencia.

(a)CA Vehículos Code § 11218(a) Después de la presentación de una acusación conforme a este capítulo, el director podrá celebrar un acuerdo de transacción estipulado con el consentimiento del licenciatario, en términos y condiciones mutuamente acordados por el director, el licenciatario interpelado y el acusador, sin necesidad de audiencia o apelación adicional. El acuerdo podrá incluir, entre otros, un período de prueba o sanciones pecuniarias, o ambos. La sanción pecuniaria no excederá de mil dólares ($1,000) por infracción para un propietario de escuela para infractores de tránsito o de quinientos dólares ($500) por infracción para operadores o instructores de escuelas para infractores de tránsito, y se basará en la naturaleza de la infracción y el efecto de la infracción en los propósitos de este capítulo.
(b)CA Vehículos Code § 11218(b) Se podrá celebrar un acuerdo de transacción antes, durante o después de la audiencia, pero solo será válido si se ejecuta y presenta de conformidad con el apartado (d) antes de que se adopte la decisión propuesta del oficial de audiencias, si la hubiere, o se resuelva el caso.
(c)CA Vehículos Code § 11218(c) El departamento adoptará, mediante reglamento, un programa de montos máximos y mínimos de sanciones pecuniarias, cuyo pago podrá incluirse como un término o condición de un acuerdo de transacción celebrado conforme al apartado (a). Cualquier sanción pecuniaria incluida en un acuerdo de transacción deberá estar dentro del rango de sanciones pecuniarias de dicho programa.
(d)CA Vehículos Code § 11218(d) Cualquier acuerdo de transacción celebrado conforme a esta sección deberá ser firmado por el director, el licenciatario interpelado y el acusador, o por sus representantes autorizados. El director presentará, o hará que se presente, el acuerdo ante la Oficina de Audiencias Administrativas, junto con el aviso del departamento de retiro de la acusación o declaración de cuestiones sobre las cuales se inició la acción, a menos que dicha acusación o declaración aún no haya sido remitida a la Oficina de Audiencias Administrativas.
(e)CA Vehículos Code § 11218(e) Si el licenciatario interpelado incumple todos los términos y condiciones del acuerdo de transacción, el acuerdo será nulo y el departamento podrá tomar cualquier acción autorizada por ley a pesar del acuerdo, incluyendo, entre otras, volver a presentar la acusación o imponer sanciones a la licencia.

Section § 11219

Explanation

Esta ley permite al director establecer normas y reglamentos para las escuelas de infractores de tráfico, que enseñan a los conductores sobre seguridad vial. Estas escuelas deben cubrir temas como los derechos y deberes de conductores y peatones en relación con las leyes de tráfico. El director también puede establecer normas para los programas de formación de instructores en estas escuelas.

El director podrá prescribir normas y reglamentos para las escuelas de infractores de tráfico en cuanto a la impartición de cursos de educación, incluyendo el plan de estudios, las instalaciones y el equipo. El plan de estudios deberá incluir, sin limitarse a, los derechos y deberes de un automovilista en lo que respecta a los peatones y los derechos y deberes de un peatón en relación con las leyes de tráfico y la seguridad vial. El director también podrá prescribir normas y reglamentos para la impartición de cursos de formación de instructores.

Section § 11219.3

Explanation

Esta ley exige que los cursos de educación vial incluyan lecciones sobre los derechos y responsabilidades de conductores y peatones. El plan de estudios debe cubrir cómo los automovilistas deben interactuar con los peatones, así como enseñar a los peatones sus propios derechos y responsabilidades según las leyes de tránsito. Además, enfatiza la importancia de respetar el derecho de paso de peatones, ciclistas y motociclistas.

El plan de estudios prescrito conforme a la Sección 11219 incluirá, entre otros, lo siguiente:
(a)CA Vehículos Code § 11219.3(a) Los derechos y deberes de un automovilista en relación con los peatones.
(b)CA Vehículos Code § 11219.3(b) Los derechos y deberes de un peatón en relación con las leyes de tránsito y la seguridad vial.
(c)CA Vehículos Code § 11219.3(c) Información que enfatice el respeto al derecho de paso de los demás, particularmente con respecto a los peatones, ciclistas y motociclistas.

Section § 11219.5

Explanation

Esta sección exige que las escuelas de tránsito emitan un recibo cuando alguien paga para inscribirse, asistir o completar un curso de seguridad vial. Si se cancela una clase, la escuela no tiene que ofrecer una clase de reemplazo con descuento si notifica a los estudiantes con al menos 72 horas de antelación o si la cancelación se debe a circunstancias inesperadas fuera de su control.

(a)CA Vehículos Code § 11219.5(a) Una escuela para infractores de tránsito emitirá un recibo por una tarifa cobrada por la escuela para infractores de tránsito a una persona que se inscribe en, asiste a, o completa un programa de instrucción en seguridad vial en la escuela para infractores de tránsito con licencia.
(b)CA Vehículos Code § 11219.5(b) En caso de cancelación de una clase programada, el departamento no requerirá que un licenciatario conforme a este capítulo proporcione un programa de instrucción en seguridad vial a una persona por una tarifa inferior a la tarifa estándar normalmente cobrada por el licenciatario por su programa, si se notifica la cancelación de una clase a un estudiante con al menos 72 horas de antelación al inicio de la clase, o si la clase fue cancelada debido a circunstancias apremiantes fuera del control del licenciatario.

Section § 11220

Explanation
Esta ley establece que si hay una razón para creer que un instructor de manejo no está cualificado, podría tener que hacer una prueba para demostrar que aún puede enseñar. Si se niega o no hace la prueba, su licencia para instruir puede ser suspendida temporalmente sin una audiencia. La suspensión comienza tan pronto como recibe la notificación.

Section § 11222

Explanation

Esta sección de la ley permite al departamento contratar a una empresa privada para gestionar aspectos de las escuelas para infractores de tráfico, pero el contrato no puede durar más de tres años. La empresa contratada no puede realizar otras actividades comerciales con estas escuelas y debe limitarse a presentar informes estadísticos al departamento y a la Legislatura cada año. También deben mantener sus registros abiertos para la inspección por parte de funcionarios estatales designados.

El departamento podrá contratar con una entidad no gubernamental para administrar cualquier parte de este capítulo, sujeto a las limitaciones de otras leyes relativas a la contratación externa de servicios. Ningún contrato excederá los tres años de duración. La entidad contratante, y cualquier filial o subsidiaria de la misma que supervise las escuelas para infractores de tráfico, deberá cumplir con todos los siguientes requisitos:
(a)CA Vehículos Code § 11222(a) No realizar ninguna otra actividad comercial con las escuelas para infractores de tráfico o con cualquiera de los directores de las escuelas para infractores de tráfico, incluida la prestación de servicios o el suministro de materiales.
(b)CA Vehículos Code § 11222(b) Presentar informes en formato estadístico al departamento y a la Legislatura según las instrucciones del departamento. Estos informes se emitirán con una frecuencia no inferior a la anual.
(c)CA Vehículos Code § 11222(c) Poner sus registros a disposición para su inspección por representantes autorizados del departamento, el Analista Legislativo y el Auditor del Estado.

Section § 11223

Explanation

Esta ley de California permite que un programa de capacitación en seguridad para motociclistas, que esté autorizado como escuela para infractores de tránsito, imparta cursos de capacitación para motociclistas. Estos cursos pueden incluir tanto el plan de estudios estándar del departamento como capacitación adicional sobre cómo operar una motocicleta de manera segura y legal, basándose en regulaciones específicas.

Un programa de capacitación en seguridad para motociclistas establecido de conformidad con el Artículo 2 (que comienza con la Sección 2930) del Capítulo 5 de la División 2, que esté autorizado por el departamento como escuela para infractores de tránsito, puede administrar un curso de capacitación para motociclistas. Además del plan de estudios prescrito por el departamento de conformidad con la Sección 11219, el curso de capacitación para motociclistas puede incluir instrucción específica sobre la operación segura y legal de motocicletas de acuerdo con la Sección 2932.