Chapter 1
Section § 10500
Si un agente de policía recibe información confiable de que un vehículo matriculado ha sido robado, sustraído, conducido ilegalmente, o que un vehículo arrendado/alquilado no ha sido devuelto dentro de los cinco días posteriores a la solicitud del propietario, debe reportarlo inmediatamente al Sistema de Vehículos Robados del Departamento de Justicia. Lo mismo aplica si se reportan placas de matrícula perdidas o robadas. Cuando se encuentra dicho vehículo o placas, el agente debe informar tanto al Departamento como a la agencia policial que hizo el informe inicial, quienes luego deben notificar a la persona que hizo el informe sobre la ubicación y el estado del vehículo o las placas recuperadas. Esta notificación debe hacerse por teléfono si es posible, o por correo dentro de las 24 horas si el contacto telefónico no está disponible. Se aplican reglas especiales si el vehículo recuperado ha incurrido en tarifas de almacenamiento o estacionamiento, según otra sección. Esta ley entra en vigor el 1 de enero de 2024.
Section § 10501
Esta ley prohíbe que cualquier persona presente un informe policial falso alegando que su vehículo fue robado con el objetivo de engañar a las autoridades. Si alguien ya ha sido condenado por este delito anteriormente y lo comete de nuevo, puede enfrentar tiempo en la cárcel. La pena podría ser una condena en prisión estatal por 16 meses, dos o tres años, o hasta un año en una cárcel del condado.
Section § 10502
Si su vehículo es robado o apropiado indebidamente, puede informar a la Patrulla de Carreteras de California (CHP). Sin embargo, si se trata de un tipo específico de apropiación indebida (no como el de la Sección 10855), necesita obtener una orden de arresto para el sospechoso antes de informar a la CHP.
Después de haberlo reportado, si recupera su vehículo, tiene que informar a la CHP sobre su recuperación.
Section § 10503
Esta ley establece que cuando el Departamento de Justicia se entera de que un vehículo ha sido robado o tomado y conducido ilegalmente, o si dicho vehículo ha sido recuperado, debe informar al Departamento de Vehículos Motorizados.
Section § 10504
Cuando el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) recibe un informe sobre un vehículo robado o un vehículo tomado ilegalmente, actualiza sus registros electrónicos para marcar estos vehículos. Esto ayuda a identificarlos al procesar solicitudes de nuevos documentos de registro o propiedad. Si un vehículo es marcado, el DMV detiene el papeleo y contacta al Departamento de Justicia (DOJ) para investigar más a fondo. No se emitirán nuevos documentos hasta que el DOJ autorice el vehículo. Una vez marcado, el aviso permanece en el sistema del DMV por al menos un año, o más tiempo si es necesario, hasta que el DOJ proporcione una actualización.