Section § 42270

Explanation

El Departamento de Vehículos Motorizados de California y la Patrulla de Caminos deben informar sus tarifas y multas recaudadas al Contralor cada mes y depositarlas en un fondo estatal específico. Este fondo se utiliza para fines de transporte. Las multas recaudadas se distribuyen según una fórmula específica vinculada a ciertas tarifas. Si alguna multa o tarifa no puede asignarse de esta manera, se distribuyen según asignaciones anteriores y requieren una revisión periódica para ajustes. Cualquier tarifa no asignada dentro de un año se destina a cuentas de transporte designadas según las distribuciones de ingresos anteriores.

(a)CA Vehículos Code § 42270(a) El Departamento de Vehículos Motorizados y el Departamento de la Patrulla de Caminos de California presentarán, al menos mensualmente al Contralor, un informe del dinero recibido por el departamento que cubra todas las tarifas por solicitudes aceptadas por el departamento y todos los demás dineros recibidos por el departamento bajo este código y, al mismo tiempo, remitirán todo el dinero así informado al Tesorero. Por orden del Contralor, el Tesorero depositará en la Cuenta de Vehículos Motorizados del Fondo Estatal de Transporte, en la cual se fusiona la Cuenta de Vehículos Motorizados del Fondo de Impuestos de Transporte, todos los dineros así informados y remitidos.
Cualquier referencia en cualquier ley o reglamento al Fondo de Vehículos Motorizados, o a la Cuenta de Vehículos Motorizados del Fondo de Impuestos de Transporte, se considerará que se refiere a la Cuenta de Vehículos Motorizados del Fondo Estatal de Transporte, la cual es creada por la subdivisión (a) de la Sección 42271.
(b)CA Vehículos Code § 42270(b) El monto de cualquier multa cobrada por el departamento conforme a las Secciones 9553 y 9554 de este código y las Secciones 10770 y 10854 del Código de Ingresos y Tributación se considerará, para los fines de la subdivisión (a), un porcentaje de la tarifa por peso, la tarifa de registro y la tarifa de licencia de vehículo obtenido al aplicar el total de estas tarifas cobradas, excluyendo el impuesto de uso, contra las tarifas individuales por peso, tarifas de registro y tarifas de licencia de vehículo cobradas en cada solicitud. Las multas que no puedan asignarse de acuerdo con esta subdivisión se asignarán de acuerdo con la subdivisión (c).
(c)CA Vehículos Code § 42270(c) El monto de cualquier multa cobrada por el departamento, según lo dispuesto en las Secciones 9553 y 9554 de este código y las Secciones 10770 y 10854 del Código de Ingresos y Tributación que no pueda asignarse de acuerdo con la subdivisión (b), se considerará, para los fines de la subdivisión (a), un porcentaje del total de las tarifas asignadas bajo esta sección y bajo la Sección 11001 del Código de Ingresos y Tributación igual a ese porcentaje de la proporción basada en las tarifas previamente asignadas bajo esta sección y bajo la Sección 11001 del Código de Ingresos y Tributación en el año fiscal anterior al año calendario para el cual se asignarán las multas. Esa proporción se reevaluará periódicamente y se ajustará para reflejar cualquier cambio en la estructura de tarifas que pueda establecerse en este código o en la Parte 5 (que comienza con la Sección 10701) de la División 2 del Código de Ingresos y Tributación.
(d)CA Vehículos Code § 42270(d) Siempre que cualquier tarifa pagada al departamento no haya sido asignada dentro de un año de la fecha de cobro, la tarifa se asignará a la Cuenta de Tarifas de Licencia de Vehículos Motorizados del Fondo de Impuestos de Transporte, y a la Cuenta de Vehículos Motorizados y la Cuenta de Carreteras Estatales del Fondo Estatal de Transporte, en proporción a los ingresos asignados a esas cuentas por el departamento en el año fiscal anterior.

Section § 42271

Explanation

Esta sección establece la Cuenta de Vehículos Motorizados dentro del Fondo Estatal de Transporte en California. Los fondos de esta cuenta son utilizados por el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) para tareas relacionadas con vehículos y la aplicación de las leyes de carreteras. Los agentes de paz del departamento pueden usar estos fondos para comprar documentos de vehículos falsos con fines de investigación; sus identidades pueden mantenerse en secreto si revelarlas pudiera perjudicar la investigación. La Patrulla de Carreteras de California también puede acceder a estos fondos para actividades de aplicación de la ley, utilizando hasta ($100,000) sin recibos detallados por adelantado, pero debe rendir cuentas de este dinero cada año fiscal con la documentación adecuada presentada para auditoría.

(a)CA Vehículos Code § 42271(a) Por la presente se crea la Cuenta de Vehículos Motorizados en el Fondo Estatal de Transporte.
(b)CA Vehículos Code § 42271(b) Los fondos depositados a crédito de la Cuenta de Vehículos Motorizados en el Fondo Estatal de Transporte que sean asignados en la Ley de Presupuesto o cualquier otra ley de asignaciones para el apoyo o el gasto del Departamento de Vehículos Motorizados serán gastados por el departamento en la ejecución de las disposiciones de este código y en la aplicación de cualquier otra ley relacionada con vehículos o el uso de carreteras.
Los agentes de paz empleados regularmente del departamento podrán, cuando lo autorice el director, gastar las sumas autorizadas para la compra de certificados de propiedad, tarjetas de registro, certificados, licencias o placas o permisos especiales, o licencias de conducir falsificados, falsos, forjados o ficticios previstos por este código como prueba, o para gastos relacionados con la obtención de dichas pruebas, o para gastos realizados para investigar otras violaciones de leyes administradas por el departamento. Cuando lo apruebe el director, no será necesario revelar la identidad de un agente de paz que presente una reclamación si la divulgación pudiera perjudicar materialmente la investigación.
Las sumas así gastadas serán reembolsadas al agente de paz que realizó el gasto previa aprobación de las reclamaciones por parte del director. Las reclamaciones, una vez aprobadas, se pagarán con fondos asignados o puestos a disposición por ley para el apoyo del departamento.
(c)CA Vehículos Code § 42271(c) Los fondos depositados a crédito de la Cuenta de Vehículos Motorizados en el Fondo Estatal de Transporte que sean asignados en la Ley de Presupuesto o cualquier otra ley de asignaciones para el apoyo o el gasto del Departamento de la Patrulla de Carreteras de California serán gastados por el departamento en la ejecución de las disposiciones de este código y en la aplicación de cualquier otra ley relacionada con vehículos o el uso de carreteras. El Departamento de la Patrulla de Carreteras de California podrá retirar, sin presentar en ese momento comprobantes y estados detallados, sumas que no excedan en total cien mil dólares ($100,000), las sumas así retiradas se utilizarán como fondo rotatorio donde los anticipos en efectivo sean necesarios. Al cierre de cada año fiscal, los fondos así retirados serán contabilizados y justificados mediante comprobantes y estados detallados presentados y auditados por el Contralor Estatal.

Section § 42272

Explanation
Durante el año fiscal 2012-13, el Director de Finanzas de California instruyó al Contralor que prestara 432.2 millones de dólares de la Cuenta de Vehículos Motorizados al Fondo General. Este préstamo debía ser devuelto a la Cuenta de Vehículos Motorizados antes del 30 de junio de 2016.

Section § 42273

Explanation

Cada mes, a más tardar el día 10, cualquier dinero sobrante en la Cuenta de Vehículos Motorizados del mes anterior, después de los reembolsos y gastos necesarios, debe ser transferido a la Cuenta Estatal de Carreteras. Esta transferencia ocurre si los fondos no se necesitan de inmediato y es ordenada por el Contralor Estatal.

A más tardar el día 10 de cada mes calendario, el saldo restante a favor de la Cuenta de Vehículos Motorizados en el Fondo Estatal de Transporte al cierre de operaciones del último día del mes calendario anterior, después de los pagos de reembolsos y de administración y cumplimiento, que no sea necesario para uso inmediato de la Cuenta de Vehículos Motorizados, se transferirá, por orden del Contralor Estatal, a favor de la Cuenta Estatal de Carreteras en el Fondo Estatal de Transporte.

Section § 42275

Explanation

Esta ley permite al Contralor del Estado devolver fondos de la Cuenta de Carreteras Estatales a la Cuenta de Vehículos Motorizados. Esto puede ocurrir después de un período de aviso de 15 días y es específicamente para cubrir costos que fueron cargados por error a la Cuenta de Vehículos Motorizados.

No obstante la Sección 42273, el Contralor del Estado podrá, después de un aviso previo de al menos 15 días, transferir de vuelta a la Cuenta de Vehículos Motorizados en el Fondo Estatal de Transporte las cantidades transferidas a la Cuenta de Carreteras Estatales en el Fondo Estatal de Transporte de conformidad con dicha sección para pagar los costos incurridos contra otras asignaciones de la Cuenta de Vehículos Motorizados.

Section § 42276

Explanation

Cada cuatro años, a partir de 1985, el Secretario de la Agencia de Negocios, Transporte y Vivienda debe presentar un informe a la Legislatura. Este informe revisa las tarifas relacionadas con los vehículos y sugiere cambios si es necesario para asegurar que se recaude suficiente dinero para apoyar las operaciones gubernamentales financiadas por estas tarifas.

A más tardar el 10 de enero de 1985, y a más tardar el 10 de enero de cada período de cuatro años subsiguiente, el Secretario de la Agencia de Negocios, Transporte y Vivienda presentará un informe a la Legislatura sobre un estudio de las tarifas impuestas bajo este código, incluyendo cualquier hallazgo o recomendación sobre cambios en las tarifas necesarios para generar ingresos suficientes para la Cuenta de Vehículos Motorizados en el Fondo Estatal de Transporte para financiar aquellas operaciones del gobierno estatal que deben financiarse con esos ingresos.

Section § 42277

Explanation
Esta ley establece que el dinero de la Cuenta de Vehículos Motorizados, que forma parte del Fondo Estatal de Transporte, no puede utilizarse para pagar la capacitación de conductores de automóviles.