Chapter 3
Section § 42270
El Departamento de Vehículos Motorizados de California y la Patrulla de Caminos deben informar sus tarifas y multas recaudadas al Contralor cada mes y depositarlas en un fondo estatal específico. Este fondo se utiliza para fines de transporte. Las multas recaudadas se distribuyen según una fórmula específica vinculada a ciertas tarifas. Si alguna multa o tarifa no puede asignarse de esta manera, se distribuyen según asignaciones anteriores y requieren una revisión periódica para ajustes. Cualquier tarifa no asignada dentro de un año se destina a cuentas de transporte designadas según las distribuciones de ingresos anteriores.
Section § 42271
Esta sección establece la Cuenta de Vehículos Motorizados dentro del Fondo Estatal de Transporte en California. Los fondos de esta cuenta son utilizados por el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) para tareas relacionadas con vehículos y la aplicación de las leyes de carreteras. Los agentes de paz del departamento pueden usar estos fondos para comprar documentos de vehículos falsos con fines de investigación; sus identidades pueden mantenerse en secreto si revelarlas pudiera perjudicar la investigación. La Patrulla de Carreteras de California también puede acceder a estos fondos para actividades de aplicación de la ley, utilizando hasta ($100,000) sin recibos detallados por adelantado, pero debe rendir cuentas de este dinero cada año fiscal con la documentación adecuada presentada para auditoría.
Section § 42272
Section § 42273
Cada mes, a más tardar el día 10, cualquier dinero sobrante en la Cuenta de Vehículos Motorizados del mes anterior, después de los reembolsos y gastos necesarios, debe ser transferido a la Cuenta Estatal de Carreteras. Esta transferencia ocurre si los fondos no se necesitan de inmediato y es ordenada por el Contralor Estatal.
Section § 42275
Esta ley permite al Contralor del Estado devolver fondos de la Cuenta de Carreteras Estatales a la Cuenta de Vehículos Motorizados. Esto puede ocurrir después de un período de aviso de 15 días y es específicamente para cubrir costos que fueron cargados por error a la Cuenta de Vehículos Motorizados.
Section § 42276
Cada cuatro años, a partir de 1985, el Secretario de la Agencia de Negocios, Transporte y Vivienda debe presentar un informe a la Legislatura. Este informe revisa las tarifas relacionadas con los vehículos y sugiere cambios si es necesario para asegurar que se recaude suficiente dinero para apoyar las operaciones gubernamentales financiadas por estas tarifas.