Section § 35100

Explanation

Esta ley establece el ancho máximo para vehículos y sus cargas en 102 pulgadas, pero permite excepciones en este capítulo. Los dispositivos de seguridad que el Secretario de Transporte considere necesarios no se cuentan para este límite de ancho. Además, las ciudades y los condados pueden establecer normas locales para restringir vehículos de más de 96 pulgadas de ancho en sus carreteras, pero estas normas solo entran en vigor una vez que se colocan las señales.

(a)CA Vehículos Code § 35100(a) El ancho exterior total de cualquier vehículo o su carga no excederá de 102 pulgadas, salvo que se disponga lo contrario en este capítulo.
(b)CA Vehículos Code § 35100(b) No obstante cualquier otra disposición de la ley, los dispositivos de seguridad que el Secretario de Transporte determine que son necesarios para la operación segura y eficiente de los vehículos motorizados no se incluirán en el cálculo del ancho según lo especificado en la subdivisión (a).
(c)CA Vehículos Code § 35100(c) Cualquier ciudad o condado podrá, mediante ordenanza, prohibir una combinación de vehículos con un ancho total superior a 96 pulgadas en las carreteras bajo su jurisdicción. La ordenanza no será efectiva hasta que se erijan señales apropiadas que indiquen las calles afectadas.

Section § 35100.1

Explanation

Esta ley establece pautas para medir el ancho de los vehículos. La Sección 35100.1 especifica que un ancho de vehículo de 102 pulgadas equivale a 2.6 metros. Además, al medir el ancho de un vehículo, debe hacerse desde las paredes exteriores de los lados del vehículo.

Para los fines de la subdivisión (a) de la Sección 35100, se aplica lo siguiente:
(a)CA Vehículos Code § 35100.1(a) El equivalente métrico de 102 pulgadas, 2.6 metros, cumple con el requisito de la Sección 35100.
(b)CA Vehículos Code § 35100.1(b) La medición del ancho de cualquier vehículo con paredes laterales se realizará desde la pared exterior de los dos lados opuestos del vehículo.

Section § 35100.5

Explanation

Esta ley establece que un transportador de módulos de algodón, que es un tipo de vehículo utilizado para transportar algodón cosechado, no puede tener más de 130 pulgadas de ancho en las carreteras. Sin embargo, las juntas de supervisores de cada condado pueden aprobar resoluciones para limitar aún más o prohibir completamente estos vehículos en sus carreteras del condado si así lo deciden.

El ancho exterior total de un transportador de módulos de algodón operado en las carreteras de conformidad con la Sección 35555 y la carga sobre este no excederá las 130 pulgadas de ancho. Sin embargo, una junta de supervisores del condado, con respecto a cualquiera o todas las carreteras del condado dentro de su jurisdicción o cualquier porción de las mismas, podrá, mediante resolución, prohibir o limitar la operación de transportadores de módulos de algodón que excedan el ancho máximo especificado en la Sección 35100.

Section § 35101

Explanation

Esta ley establece que el ancho máximo de un vehículo con neumáticos, incluyendo ruedas y neumáticos, no debe exceder las 108 pulgadas. Sin embargo, el ancho de la carrocería del vehículo o de su carga no debe ser superior a 102 pulgadas.

Para los vehículos fabricados o modificados después de ciertos cambios a la ley en 1983, estos deben tener ejes, neumáticos y ruedas lo suficientemente anchos para mantener el vehículo estable y seguro. La Patrulla de Caminos de California realizará pruebas en vehículos que tengan más de 96 pulgadas de ancho para ver si se necesitan estándares de rendimiento. Si se establecen estándares, estos coincidirán con las directrices federales de transporte.

Cuando cualquier vehículo esté equipado con neumáticos, el ancho máximo desde el exterior de una rueda y neumático hasta el exterior de la rueda y neumático exterior opuesto no excederá de 108 pulgadas, pero el ancho exterior de la carrocería del vehículo o la carga sobre este no excederá de 102 pulgadas.
Los vehículos fabricados, reconstruidos o modificados después de la fecha de entrada en vigor de las enmiendas a esta sección promulgadas durante la parte de 1983 de la Sesión Regular de la Legislatura de 1983–84, para utilizar la dimensión de ancho máximo de 102 pulgadas, deberán estar equipados con ejes, neumáticos y ruedas de ancho suficiente para estabilizar el vehículo de manera adecuada y segura. El Departamento de la Patrulla de Caminos de California realizará pruebas relacionadas con la estabilidad dinámica de los vehículos que utilicen anchos de carrocería superiores a 96 pulgadas, hasta e incluyendo 102 pulgadas, para determinar la necesidad de establecer estándares de rendimiento bajo la autoridad de la Sección 34500. Dichos estándares, si se establecen, deberán ser consistentes con los estándares de ancho establecidos por o bajo la autoridad del Departamento de Transporte de los Estados Unidos.

Section § 35102

Explanation
Esta ley establece que si un vehículo transporta una carga de productos agrícolas sueltos y sin empaquetar, como heno o paja, el ancho total de la carga y de cualquier estante que la sujete no puede ser superior a 120 pulgadas de ancho.

Section § 35103

Explanation

Esta ley permite que los vehículos recreativos sean un poco más anchos que el ancho máximo normal si el ancho adicional proviene de elementos adheridos al vehículo, como toldos o cámaras, siempre y cuando no sobresalgan más de seis pulgadas a cada lado. Estos accesorios no pueden usarse para transportar cargas.

(a)CA Vehículos Code § 35103(a) Un vehículo utilizado con fines recreativos puede exceder el ancho máximo establecido conforme a la Sección 35100 si el exceso de ancho es atribuible a un apéndice, excluyendo un dispositivo de seguridad, que no exceda de seis pulgadas más allá de cualquiera de las paredes laterales del vehículo.
(b)CA Vehículos Code § 35103(b) Para los fines de la subdivisión (a), un apéndice es una parte integral de un vehículo e incluye, entre otros, toldos, asideros, equipo de iluminación, cámaras y rejillas de ventilación. Un apéndice no puede utilizarse como dispositivo de carga.

Section § 35104

Explanation

Esta sección de la ley establece que ciertos vehículos pueden ser más anchos de lo normal, pero no pueden exceder las 120 pulgadas de ancho. Se aplica a equipos móviles especiales, vehículos de construcción o de mantenimiento de carreteras, y vehículos usados exclusivamente para transportar alimento para ganado, excepto cuando estos vehículos de transporte de alimento operen en una carretera por la noche.

Las limitaciones de anchura no se aplican a los siguientes vehículos, salvo que estos vehículos no excederán una anchura de 120 pulgadas:
(a)CA Vehículos Code § 35104(a) Equipo móvil especial.
(b)CA Vehículos Code § 35104(b) Equipo especial de construcción o de mantenimiento de carreteras.
(c)CA Vehículos Code § 35104(c) Vehículos de motor diseñados para, y utilizados exclusivamente para, transportar alimento para ganado que están exentos de registro por la subdivisión (c) de la Sección 36102, excepto cuando se operen en una carretera durante la oscuridad.

Section § 35105

Explanation

En California, las ciudades con un estatuto especial pueden establecer sus propias reglas que permitan que los vehículos y sus cargas sean más anchos de lo normal, pero solo si los vehículos operan exclusivamente dentro de los límites de la ciudad.

Cualquier ciudad organizada bajo un estatuto de autonomía puede, mediante ordenanza, permitir un ancho exterior total de vehículo y carga que exceda los límites establecidos en las Secciones 35100, 35101, 35102, 35104 y 35106 cuando el vehículo se utilice exclusivamente dentro de los límites territoriales de la ciudad.

Section § 35106

Explanation

Esta ley establece los límites de anchura máxima para autocares y autobuses. Por defecto, estos vehículos pueden tener hasta 102 pulgadas de ancho. Sin embargo, hay una excepción para los autobuses que operan bajo regulaciones de servicios públicos en áreas urbanas o suburbanas, los cuales pueden tener hasta 104 pulgadas de ancho si son aprobados por la Comisión de Servicios Públicos. Los autobuses utilizados por empresas en áreas similares que no están reguladas por la Comisión también pueden tener 104 pulgadas de ancho.

(a)CA Vehículos Code § 35106(a) Los autocares o autobuses podrán tener una anchura máxima no superior a 102 pulgadas.
(b)CA Vehículos Code § 35106(b) No obstante lo dispuesto en la subdivisión (a), los autocares o autobuses operados bajo la jurisdicción de la Comisión de Servicios Públicos en servicio urbano o suburbano podrán tener una anchura exterior máxima no superior a 104 pulgadas, cuando sea aprobado por orden de la Comisión de Servicios Públicos para su uso en rutas designadas por esta. Los autocares o autobuses operados por transportistas comunes de pasajeros a cambio de una tarifa en servicio urbano o suburbano y no bajo la jurisdicción de la Comisión de Servicios Públicos podrán tener una anchura exterior máxima no superior a 104 pulgadas.

Section § 35107

Explanation

Esta ley define lo que significa "servicio urbano y suburbano" en el ámbito del transporte. Se refiere a los servicios de transporte que se ofrecen dentro de zonas urbanas o suburbanas, o entre ciudades cercanas. Sin embargo, estos servicios solo pueden operar rutas de ida que no superen las 50 millas. Si una ruta de autobús en una carretera estatal tiene más de 25 millas pero menos de 50 millas, necesita la aprobación del Departamento de Transporte.

"Servicio urbano y suburbano" significa un servicio prestado en áreas urbanas o suburbanas, o entre municipios muy próximos, excepto que:
(a)CA Vehículos Code § 35107(a) El kilometraje de la ruta de ida del servicio no excederá las 50 millas.
(b)CA Vehículos Code § 35107(b) Las rutas designadas de autobuses sobre carreteras estatales fuera de los límites de las ciudades incorporadas donde el kilometraje de la ruta de ida sea superior a 25 millas, pero no exceda las 50 millas, deberán ser aprobadas por el Departamento de Transporte.

Section § 35109

Explanation

Esta ley permite que ciertos elementos necesarios, como luces, espejos u otros dispositivos que deben instalarse en un vehículo, sobresalgan hasta 10 pulgadas más allá de la anchura del vehículo a cada lado.

Las luces, espejos o dispositivos que deban montarse en un vehículo conforme a este código pueden sobresalir de la anchura permitida del vehículo hasta una distancia que no exceda las 10 pulgadas a cada lado del vehículo.

Section § 35110

Explanation

Esta ley permite ciertas extensiones en los lados de los vehículos de hasta tres pulgadas para elementos específicos como manijas de puertas, bisagras, dispositivos aerodinámicos y sistemas de lona. Los dispositivos aerodinámicos están diseñados para reducir la resistencia y mejorar el flujo de aire, pero no deben afectar la forma en que el vehículo gira. Para los sistemas de lona, todas las partes como las estructuras transversales, los rieles laterales y las puertas traseras pueden encajar dentro de estas extensiones. La ley especifica medidas y requisitos para garantizar la seguridad y regular cómo se fijan y utilizan estos componentes.

(a)CA Vehículos Code § 35110(a) Las manijas de las puertas, bisagras, tensores de cable, tensores de cadena, dispositivos aerodinámicos, soportes para la exhibición de letreros de advertencia de materiales peligrosos, y un sistema de lona y todos los dispositivos o componentes que no transportan carga, pueden sobresalir tres pulgadas a cada lado del vehículo.
(b)CA Vehículos Code § 35110(b) Para los fines de esta sección, “dispositivo aerodinámico” significa un dispositivo que utiliza tecnologías que minimizan la resistencia y mejoran el flujo de aire sobre un vehículo tractor-remolque completo. Estos incluyen carenados de espacio que reducen la turbulencia entre el tractor y el remolque, faldones laterales que minimizan el viento debajo del remolque, y carenados traseros que reducen la turbulencia y la caída de presión en la parte trasera del remolque, siempre que estos dispositivos no afecten negativamente el ancho de barrido y las características de giro del vehículo y que el propósito principal del dispositivo no sea publicitario.
(c)Copy CA Vehículos Code § 35110(c)
(1)Copy CA Vehículos Code § 35110(c)(1) Para los fines de esta sección, “sistema de lona” significa un dispositivo móvil utilizado para encerrar el área de carga de semirremolques de plataforma plana o remolques.
(2)CA Vehículos Code § 35110(c)(2) La subdivisión (a) se aplica a todas las partes componentes de un sistema de lona, incluyendo las siguientes:
(A)CA Vehículos Code § 35110(c)(2)(A) La estructura transversal en la parte delantera del vehículo a la que se fijan las paredes y el techo deslizantes del mecanismo de lona, siempre que la estructura no esté también destinada o diseñada para cumplir con la Sección 393.106 del Título 49 del Código de Regulaciones Federales. La estructura transversal puede tener hasta 108 pulgadas de ancho si está debidamente centrada para que ninguno de los lados sobresalga más de tres pulgadas más allá del borde estructural del vehículo.
(B)CA Vehículos Code § 35110(c)(2)(B) Los rieles laterales que recorren la longitud del vehículo.
(C)CA Vehículos Code § 35110(c)(2)(C) Las puertas traseras, siempre que la única función de las puertas traseras sea sellar el área de carga y anclar las paredes y el techo deslizantes.
(D)CA Vehículos Code § 35110(c)(2)(D) Las “alas” diseñadas para cerrar el espacio entre una cabecera diseñada para cumplir con la Sección 393.106 del Título 49 del Código de Regulaciones Federales y las paredes y el techo móviles de un sistema de lona, siempre que sean piezas adicionales diseñadas para soportar únicamente la carga del propio sistema de lona y no sean partes integrales de la estructura de cabecera portante.
(d)CA Vehículos Code § 35110(d) Para los fines de esta sección, una “cabecera diseñada para cumplir con la Sección 393.106 del Título 49 del Código de Regulaciones Federales” es portante y no excede las 102 pulgadas de ancho.

Section § 35111

Explanation
Esta ley significa que si conduces un coche de pasajeros por una autopista, no puedes llevar nada que sobresalga del guardabarros izquierdo. En el lado derecho, lo que lleves no puede sobresalir más de seis pulgadas del guardabarros. En resumen, mantén las cosas dentro del ancho de tu coche por seguridad.