Section § 22450

Explanation

Esta ley exige que los conductores se detengan en las señales de alto al acercarse a intersecciones o cruces ferroviarios. Si hay una línea marcada, los conductores deben detenerse allí; de lo contrario, deben detenerse antes de entrar en cualquier paso de peatones o en la entrada de la carretera o las vías. Además, las autoridades locales pueden instalar señales de alto en cualquier lugar necesario para mejorar la seguridad del tráfico.

(a)CA Vehículos Code § 22450(a) El conductor de cualquier vehículo que se aproxime a una señal de alto en la entrada o dentro de una intersección deberá detenerse en una línea de detención, si está marcada, o de lo contrario antes de entrar en el paso de peatones del lado cercano de la intersección.
Si no hay línea de detención o paso de peatones, el conductor deberá detenerse en la entrada de la vía de intersección.
(b)CA Vehículos Code § 22450(b) El conductor de un vehículo que se aproxime a una señal de alto en un cruce ferroviario a nivel deberá detenerse en una línea de detención, si está marcada, o de lo contrario antes de cruzar la primera vía o la entrada al cruce ferroviario a nivel.
(c)CA Vehículos Code § 22450(c) No obstante cualquier otra disposición de la ley, una autoridad local podrá adoptar normas y reglamentos mediante ordenanza o resolución que prevean la colocación de una señal de alto en cualquier lugar de una carretera bajo su jurisdicción donde la señal de alto mejore la seguridad del tráfico.

Section § 22451

Explanation

Si usted está conduciendo o caminando cerca de un cruce de ferrocarril o de tránsito ferroviario, debe detenerse al menos a 15 pies del riel más cercano si hay una señal o un abanderado advirtiendo que se acerca un tren u otro equipo ferroviario.

También debe detenerse si un tren es visible o si escucha su señal audible y está lo suficientemente cerca o rápido como para ser peligroso. No pase por debajo o alrededor de las barreras de cruce cerradas.

Si hay un sistema automatizado que detecta a las personas que infringen estas reglas, los procedimientos de la Sección 40518 se aplicarán a las infracciones. 'Equipo sobre rieles' incluye cualquier tren o vehículo de tipo ferroviario que circule sobre vías fijas.

(a)CA Vehículos Code § 22451(a) El conductor de cualquier vehículo o peatón que se acerque a un cruce a nivel de ferrocarril o de tránsito ferroviario deberá detenerse a no menos de 15 pies del riel más cercano y no deberá avanzar hasta que pueda hacerlo de manera segura, siempre que existan las siguientes condiciones:
(1)CA Vehículos Code § 22451(a)(1) Un dispositivo de señalización eléctrico o mecánico claramente visible o un abanderado advierta sobre la aproximación o el paso de un tren, vagón o equipo sobre rieles.
(2)CA Vehículos Code § 22451(a)(2) Un tren, vagón o equipo sobre rieles que se aproxima es claramente visible o está emitiendo una señal audible y, debido a su velocidad o proximidad, constituye un peligro inmediato.
(b)CA Vehículos Code § 22451(b) Ningún conductor o peatón deberá pasar a través, alrededor o por debajo de ninguna barrera de cruce de ferrocarril o de tránsito ferroviario mientras la barrera esté cerrada.
(c)CA Vehículos Code § 22451(c) Siempre que un cruce de ferrocarril o de tránsito ferroviario esté equipado con un sistema de cumplimiento automatizado, una notificación de una infracción de esta sección estará sujeta a los procedimientos establecidos en la Sección 40518.
(d)CA Vehículos Code § 22451(d) Para los fines de esta sección, "equipo sobre rieles" significa cualquier locomotora o cualquier otro vagón, material rodante, equipo u otro dispositivo que, solo o acoplado a otros, opere sobre rieles fijos.

Section § 22452

Explanation

Esta ley establece las reglas para vehículos específicos al cruzar vías de tren. Se aplica principalmente a autobuses con pasajeros, camiones con empleados, autobuses escolares, vehículos que transportan materiales peligrosos y ciertos vehículos cisterna. Los conductores de estos vehículos deben detenerse entre 15 y 50 pies del riel más cercano, verificar si se acercan trenes y solo avanzar cuando sea seguro. No se permite cambiar de marcha mientras se cruza. Hay excepciones en las que no es necesario detenerse, como cuando lo indican los agentes de tráfico o ciertas señales que indican que es seguro. La ley también aclara qué significa 'equipo sobre la vía', refiriéndose a cualquier dispositivo que opere sobre rieles.

(a)CA Vehículos Code § 22452(a) Los apartados (b) y (d) se aplican a la operación de los siguientes vehículos:
(1)CA Vehículos Code § 22452(a)(1) Un autobús o vehículo de transporte de trabajadores agrícolas que transporte pasajeros.
(2)CA Vehículos Code § 22452(a)(2) Un camión que transporte empleados además de los que viajan en la cabina.
(3)CA Vehículos Code § 22452(a)(3) Un autobús escolar y un autobús de actividades para alumnos escolares que transporte alumnos escolares, salvo que se disponga lo contrario en el párrafo (4) del apartado (d).
(4)CA Vehículos Code § 22452(a)(4) Un vehículo motorizado comercial que transporte cualquier cantidad de cloro de la División 2.3, según la clasificación del Título 49 del Código de Regulaciones Federales.
(5)CA Vehículos Code § 22452(a)(5) Un vehículo motorizado comercial que deba estar marcado o señalizado de acuerdo con las regulaciones del Título 49 del Código de Regulaciones Federales con una de las siguientes clasificaciones federales:
(A)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(A) División 1.1.
(B)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(B) División 1.2, o División 1.3.
(C)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(C) División 2.3 Gas venenoso.
(D)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(D) División 4.3.
(E)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(E) Clase 7.
(F)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(F) Clase 3 Inflamable.
(G)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(G) División 5.1.
(H)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(H) División 2.2.
(I)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(I) División 2.3 Cloro.
(J)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(J) División 6.1 Veneno.
(K)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(K) División 2.2 Oxígeno.
(L)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(L) División 2.1.
(M)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(M) Clase 3 Líquido combustible.
(N)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(N) División 4.1.
(O)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(O) División 5.1.
(P)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(P) División 5.2.
(Q)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(Q) Clase 8.
(R)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(R) Clase División 1.4.
(S)CA Vehículos Code § 22452(a)(5)(S) Un vehículo motorizado cisterna, cargado o vacío, utilizado para el transporte de un material peligroso, según se define en las Partes 107 a 180, inclusive, del Título 49 del Código de Regulaciones Federales.
(6)CA Vehículos Code § 22452(a)(6) Un vehículo motorizado cisterna que transporte una mercancía que, en el momento de la carga, tenga una temperatura superior a su punto de inflamación, según lo determinado en la Sección 173.120 del Título 49 del Código de Regulaciones Federales.
(7)CA Vehículos Code § 22452(a)(7) Un vehículo motorizado cisterna, cargado o vacío, que transporte una mercancía bajo exención de acuerdo con la Subparte B de la Parte 107 del Título 49 del Código de Regulaciones Federales.
(b)CA Vehículos Code § 22452(b) Antes de cruzar un paso a nivel ferroviario, el conductor de un vehículo descrito en el apartado (a) deberá detener dicho vehículo a no menos de 15 ni más de 50 pies del riel más cercano de la vía y, mientras esté detenido, deberá escuchar y mirar en ambas direcciones a lo largo de la vía, en busca de un tren o equipo sobre la vía que se aproxime y de señales que indiquen la aproximación de un tren o equipo sobre la vía, y no deberá avanzar hasta que pueda hacerlo de manera segura. Al avanzar, las marchas no deberán cambiarse manualmente mientras se cruzan las vías.
(c)CA Vehículos Code § 22452(c) El conductor de un vehículo motorizado comercial, que no sea de los enumerados en el apartado (a), al aproximarse a un paso a nivel ferroviario, deberá conducir a una velocidad que permita que el vehículo comercial se detenga antes de llegar al riel más cercano de dicho cruce, y no deberá conducir sobre o a través del cruce hasta que se haya tomado la debida precaución para asegurarse de que el camino está despejado.
(d)CA Vehículos Code § 22452(d) No será necesario detenerse en un cruce en las siguientes circunstancias:
(1)CA Vehículos Code § 22452(d)(1) De vías férreas que discurran a lo largo y sobre la calzada dentro de un distrito comercial o residencial.
(2)CA Vehículos Code § 22452(d)(2) Donde un agente de tráfico o una señal oficial de control de tráfico dirija el tráfico para que avance.
(3)CA Vehículos Code § 22452(d)(3) Donde una señal de exención fue autorizada por la Comisión de Servicios Públicos antes del 1 de enero de 1978.
(4)CA Vehículos Code § 22452(d)(4) Donde una señal oficial de exención de parada en paso a nivel ferroviario, en cumplimiento con la Sección 21400, haya sido colocada por el Departamento de Transporte o una autoridad local de conformidad con la Sección 22452.5. Este párrafo no se aplica a un autobús escolar ni a un autobús de actividades para alumnos escolares que transporte alumnos escolares.
(e)CA Vehículos Code § 22452(e) Para los fines de esta sección, “equipo sobre la vía” significa cualquier locomotora o cualquier otro vagón, material rodante, equipo u otro dispositivo que, solo o acoplado a otros, opere sobre rieles estacionarios.

Section § 22452.5

Explanation
Esta ley permite al Departamento de Transporte y a las autoridades locales instalar señales en los cruces ferroviarios que permiten a ciertos vehículos cruzar sin detenerse. Estas señales deben seguir las directrices establecidas por la Comisión de Servicios Públicos. Antes de colocar las señales, debe haber una consulta con la Patrulla de Carreteras de California, las compañías ferroviarias relevantes y otros operadores involucrados. Además, si la colocación afecta a una compañía ferroviaria bajo la jurisdicción de la Comisión de Servicios Públicos, se necesita su permiso, y también deben obtener la aprobación de la Patrulla de Carreteras de California.

Section § 22453

Explanation
Esta ley significa que si un conductor que transporta pasajeros, que están pagando por el viaje, no se detiene según lo exigido por otra ley (Sección 22452), a los pasajeros no se les puede culpar por esta infracción. La responsabilidad recae únicamente en el conductor.

Section § 22454

Explanation

Cuando veas un autobús escolar con luces rojas intermitentes y un brazo de señal de alto, debes detener tu vehículo inmediatamente y no pasar el autobús hasta que las luces y el brazo de alto se apaguen. Esto se aplica si te acercas al autobús desde cualquier dirección, ya sea que lo encuentres o lo adelantes.

Si estás en una carretera dividida o de múltiples carriles, no tienes que detenerte si el autobús está en el otro lado de la carretera. Una carretera de múltiples carriles significa que hay al menos dos carriles en cada dirección.

Si adelantas ilegalmente un autobús escolar y el conductor del autobús te ve, puede reportarte a la policía en un plazo de 24 horas. La policía puede entonces enviar una carta de advertencia al propietario del vehículo, pero esto no afectará el historial de conducción del conductor. Sin embargo, otras sanciones aún pueden aplicarse.

Esta regla también se aplica en caminos privados.

(a)CA Vehículos Code § 22454(a) El conductor de cualquier vehículo, al encontrarse o adelantar, desde cualquier dirección, cualquier autobús escolar equipado con las señales requeridas en este código, que esté detenido con el propósito de cargar o descargar escolares y muestre una señal de luz roja intermitente y un brazo de señal de alto, según se define en el párrafo (4) de la subdivisión (b) de la Sección 25257, si está equipado con un brazo de señal de alto, visible desde la parte delantera o trasera, deberá detener el vehículo inmediatamente antes de pasar el autobús escolar y no deberá continuar más allá del autobús escolar hasta que la señal de luz roja intermitente y el brazo de señal de alto, si está equipado con un brazo de señal de alto, dejen de funcionar.
(b)Copy CA Vehículos Code § 22454(b)
(1)Copy CA Vehículos Code § 22454(b)(1) El conductor de un vehículo en una carretera dividida o una carretera de múltiples carriles no necesita detenerse al encontrarse o pasar un autobús escolar que se encuentre en la otra calzada.
(2)CA Vehículos Code § 22454(b)(2) Para los fines de esta subdivisión, una carretera de múltiples carriles es cualquier carretera que tiene dos o más carriles de circulación en cada dirección.
(c)Copy CA Vehículos Code § 22454(c)
(1)Copy CA Vehículos Code § 22454(c)(1) Si se observó un vehículo adelantando un autobús escolar en violación de la subdivisión (a), y el conductor del autobús escolar presenció la violación, el conductor podrá, dentro de las 24 horas, reportar la violación y proporcionar el número de matrícula del vehículo y su descripción, así como la hora y el lugar de la violación, a la agencia local de aplicación de la ley que tenga jurisdicción sobre la infracción. Esa agencia de aplicación de la ley emitirá una carta de advertencia preparada de acuerdo con el párrafo (2) con respecto a la supuesta violación al propietario registrado del vehículo. La emisión de una carta de advertencia bajo este párrafo no se registrará en el historial de conducción de la persona a quien se le emite, pero no excluye la imposición de cualquier otra sanción aplicable.
(2)CA Vehículos Code § 22454(c)(2) El Fiscal General preparará y proporcionará a cada agencia de aplicación de la ley en el estado una carta modelo para los fines del párrafo (1), y la agencia de aplicación de la ley podrá emitir esas cartas en la forma exacta preparada por el Fiscal General. El Fiscal General podrá cobrar una tarifa a cualquier agencia de aplicación de la ley que solicite una copia de la carta modelo para recuperar los costos de preparación y suministro de dicha copia.
(d)CA Vehículos Code § 22454(d) Esta sección también se aplica a una calzada en propiedad privada.

Section § 22454.5

Explanation

Si te sorprenden infringiendo la ley descrita en la Sección 22454 por primera vez, tendrás que pagar una multa de entre $150 y $250. Si la infringes de nuevo, la multa aumenta a entre $500 y $1,000. Si te sorprenden por tercera vez en un plazo de tres años, no podrás conducir durante un año porque tu licencia de conducir será suspendida por el DMV.

No obstante la Sección 42001, una persona condenada por una primera infracción de la Sección 22454 será sancionada con una multa no menor de ciento cincuenta dólares ($150) ni mayor de doscientos cincuenta dólares ($250). Una persona condenada por una segunda infracción separada de la Sección 22454 será sancionada con una multa no menor de quinientos dólares ($500) ni mayor de mil dólares ($1,000). Si una persona es condenada por una tercera o subsiguiente infracción de la Sección 22454 y la infracción ocurrió dentro de los tres años de dos o más infracciones separadas de la Sección 22454, el Departamento de Vehículos Motorizados suspenderá el privilegio de la persona para operar un vehículo motorizado por un año.

Section § 22455

Explanation

Esta ley explica que para que un vehículo comercial de venta pueda vender productos en una calle de una zona residencial, primero debe detenerse por completo y estacionarse legalmente junto a la acera. Esto debe cumplir con las normas de estacionamiento existentes y las leyes locales.

Además, las autoridades locales pueden imponer más reglas por razones de seguridad sobre dónde, cuándo y cómo se puede realizar la venta desde estos vehículos, independientemente de otros códigos estatales de salud y seguridad.

(a)CA Vehículos Code § 22455(a) El conductor de cualquier vehículo comercial dedicado a la venta en una calle podrá vender productos en una calle de un distrito residencial solo después de detener completamente el vehículo y estacionarlo legalmente junto a la acera, de conformidad con los requisitos del Capítulo 9 (que comienza con la Sección 22500) y las ordenanzas locales adoptadas en virtud del mismo.
(b)CA Vehículos Code § 22455(b) No obstante lo dispuesto en el apartado (a) de la Sección 114315 del Código de Salud y Seguridad o cualquier otra disposición legal, una autoridad local podrá, mediante ordenanza o resolución, adoptar requisitos adicionales para la seguridad pública que regulen el tipo de venta y el momento, lugar y forma de venta desde vehículos en cualquier calle.

Section § 22456

Explanation

La Ley Conmemorativa Destiny Nicole Stout se centra en la seguridad de los niños alrededor de los camiones de helados en áreas residenciales. Exige que los camiones de helados, definidos como vehículos que venden helados y golosinas similares a niños menores de 12 años, tengan letreros visibles de "ADVERTENCIA" y "NIÑOS CRUZANDO". Los letreros deben estar tanto en la parte delantera como en la trasera del camión, y ser legibles desde 100 pies de distancia.

Además, los camiones de helados no pueden detenerse, estacionarse o vender en calles con límites de velocidad superiores a 25 mph, cerca de intersecciones con carreteras más rápidas, o donde el conductor no pueda ver al menos 200 pies en ambas direcciones.

(a)CA Vehículos Code § 22456(a) Esta sección se conocerá y podrá citarse como la Ley Conmemorativa Destiny Nicole Stout.
(b)CA Vehículos Code § 22456(b) La Legislatura encuentra y declara que los vehículos motorizados dedicados a la venta de helados y productos alimenticios similares en vecindarios residenciales pueden aumentar el peligro para los niños, y es necesario que estos vehículos sean claramente vistos y notados por automovilistas y peatones para proteger la seguridad pública.
(c)CA Vehículos Code § 22456(c) Tal como se utiliza en esta sección, el término “camión de helados” significa un vehículo motorizado dedicado a la venta ambulante o venta en la acera de postres, dulces o novedades congelados o refrigerados comúnmente conocidos como helados, o dulces preenvasados, aperitivos preenvasados o refrescos, destinados principalmente a la venta a niños menores de 12 años.
(d)CA Vehículos Code § 22456(d) Cualquier camión de helados deberá estar equipado en todo momento, mientras se dedique a la venta en un área residencial, con letreros montados tanto en la parte delantera como en la trasera y claramente legibles desde una distancia de 100 pies bajo condiciones de luz diurna, incorporando las palabras “ADVERTENCIA” y “NIÑOS CRUZANDO”. Cada letrero deberá tener al menos 12 pulgadas de alto por 48 pulgadas de ancho, con letras de color oscuro y de al menos cuatro pulgadas de altura, un borde sólido de una pulgada de ancho y un fondo que contraste marcadamente.
(e)CA Vehículos Code § 22456(e) Una persona no podrá vender desde un camión de helados que esté detenido, estacionado o parado en cualquier calle pública, callejón o carretera bajo cualquiera de las siguientes condiciones:
(1)CA Vehículos Code § 22456(e)(1) En una calle, callejón o carretera con un límite de velocidad publicado superior a 25 millas por hora.
(2)CA Vehículos Code § 22456(e)(2) Si la calle, callejón o carretera se encuentra a menos de 100 pies de una intersección con una carretera opuesta que tenga un límite de velocidad publicado superior a 25 millas por hora.
(3)CA Vehículos Code § 22456(e)(3) Si el vendedor no tiene una vista despejada de 200 pies en ambas direcciones a lo largo de la carretera y de cualquier tráfico en la carretera.