ProcedimientosEvaluación de alcohol
Section § 23645
Esta ley exige que cualquier persona condenada por conducir bajo la influencia (DUI), lo que incluye infracciones de las Secciones 23152 o 23153, pague una sanción para la educación y prevención del abuso de alcohol de hasta $50. Esta sanción se suma a otras multas o penas de prisión. Si a una persona se le concede la libertad condicional, este pago también es una condición de su libertad condicional, a menos que sea un caso inusual.
El tribunal evaluará si la persona puede permitirse pagar esta sanción. Si no puede pagarla, no se le exigirá que lo haga. El tribunal considera la situación financiera de la persona, incluyendo cualquier otra multa u órdenes de restitución.
Además, una parte de estos fondos apoya programas educativos de prevención del alcohol. Anualmente, el cinco por ciento de los fondos debe utilizarse para evaluar el impacto y la eficacia de estos programas. Las evaluaciones, dirigidas por las oficinas de educación del condado, deben incluir evaluaciones de datos, planificación, rendición de cuentas del programa y análisis de impacto. Esta información se informa a los funcionarios estatales, incluyendo la Legislatura y el Gobernador.
Section § 23646
Esta ley exige que los administradores de programas de alcohol del condado creen y dirijan un programa para evaluar problemas de alcohol y drogas en ciertas personas. Específicamente, afecta a personas a quienes un tribunal ordena participar después de ser condenadas por delitos graves de DUI. Si alguien tiene una condena por DUI dentro de los últimos 10 años de otra infracción similar, el tribunal exige su participación en este programa. Incluso si una infracción anterior ocurrió hace más de 10 años, o si hay una condena relacionada, aún deben asistir. El Departamento Estatal de Servicios de Atención Médica establece los estándares para estas evaluaciones.
Section § 23647
Esta ley se refiere a las personas condenadas por ciertos delitos de conducir bajo los efectos del alcohol o drogas en California. Si alguien es declarado culpable de delitos de DUI como los mencionados en la Sección 23152 o 23153, debe asistir a un programa de evaluación de problemas de alcohol y drogas del condado. Además, si alguien es condenado por conducción imprudente, como se menciona en la Sección 23103.5, también se le podría exigir que asista a este programa, dependiendo de la participación del distrito judicial.
Section § 23648
Esta ley exige que cada condado de California cree o contrate a alguien para crear un informe que evalúe los problemas de alcohol y drogas de ciertas personas involucradas en asuntos legales. El informe debe sugerir tratamiento adicional, si es necesario, y su duración, además de los programas de educación y asesoramiento ya requeridos. El informe debe entregarse al tribunal dentro de los 14 días posteriores a la evaluación. Dentro de los 30 días siguientes a la recepción del informe, el tribunal debe ordenar a la persona que siga las recomendaciones de tratamiento del informe como parte de los términos de su libertad condicional. Si el tribunal decide no seguir estas recomendaciones, debe explicar el motivo.
Section § 23649
Esta ley establece que, en ciertas partes de California, se añade una tarifa adicional de hasta $100 a las multas por delitos específicos de conducir bajo los efectos del alcohol. Esta tarifa financia programas destinados a evaluar problemas de alcohol y drogas. Antes de añadir esta tarifa, el tribunal verifica si el infractor puede pagarla. Si pueden, deben pagarla al condado.
El dinero recaudado se destina a cuentas especiales para los programas de alcohol y drogas del condado. Si queda dinero al final del año o si el programa termina, los fondos se transfieren al fondo general del condado. Además, el condado puede cubrir sus costos administrativos de esta cuenta especial.
Section § 23650
Esta ley exige que la Oficina de Seguridad Vial cree normas y directrices para poner en práctica ciertas secciones de seguridad vial, específicamente las secciones 23646 a 23649.