El departamento podrá llevar a cabo una investigación para determinar si el privilegio de cualquier persona para operar un vehículo motorizado debe ser suspendido o revocado o si se deben imponer términos o condiciones de libertad condicional al recibir información o al demostrarse por sus registros:
(a)CA Vehículo Code § 13800(a) Que el titular de la licencia ha estado involucrado como conductor en un accidente que cause muerte o lesiones personales o daños graves a la propiedad.
(b)CA Vehículo Code § 13800(b) Que el titular de la licencia ha estado involucrado en tres o más accidentes dentro de un período de 12 meses consecutivos.
(c)CA Vehículo Code § 13800(c) Que la persona en tres años consecutivos ha cometido tres o más infracciones que han resultado en condenas que implican el consumo de una bebida alcohólica o droga, o ambas, mientras operaba un vehículo motorizado, incluyendo, pero no limitado a, infracciones bajo la Sección 23103.5, 23152, 23153, 23222, o 23224; ha estado involucrado en tres o más colisiones en las que los informes de colisión muestran que la persona estaba conduciendo y había consumido bebidas alcohólicas o drogas, o ambas; o tuvo cualquier combinación de tres o más de esas infracciones y colisiones.
(d)CA Vehículo Code § 13800(d) Que el titular de la licencia es un conductor imprudente, negligente o incompetente de un vehículo motorizado.
(e)CA Vehículo Code § 13800(e) Que el titular de la licencia ha permitido un uso ilegal o fraudulento de su licencia de conducir.
(f)CA Vehículo Code § 13800(f) Que existe cualquier motivo por el cual se podría denegar una licencia. La recepción por parte del departamento de un extracto del registro de condena de cualquier infracción que implique el uso o la posesión de sustancias narcóticas controladas bajo la División 10 (que comienza con la Sección 11000) del Código de Salud y Seguridad será una base suficiente para una investigación por parte del departamento para determinar si existen motivos por los cuales se podría denegar una licencia.