Section § 16480

Explanation

Esta ley explica cuándo el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) de California puede cancelar o eximir del requisito de prueba de responsabilidad financiera, que generalmente se demuestra a través de seguros o fianzas. Esto puede ocurrir si la persona ya no necesita presentar esta prueba, han pasado tres años desde que se exigió por primera vez, la persona ha fallecido, o si está permanentemente incapacitada para conducir y renuncia a su licencia. Sin embargo, si hay reclamaciones pendientes por daños o sentencias impagas relacionadas con la conducción, el DMV no puede liberar la prueba. Una declaración jurada del solicitante que indique la inexistencia de tales reclamaciones puede utilizarse como prueba inicial para respaldar esto.

(a)CA Vehículo Code § 16480(a) El departamento, previa solicitud, o a su propia discreción, cancelará cualquier fianza o cualquier certificado de seguro, o el departamento ordenará la devolución a la persona con derecho a ello de cualquier dinero o valores depositados conforme a este código como prueba de responsabilidad financiera, o el departamento eximirá del requisito de presentar prueba de responsabilidad financiera en cualquiera de los siguientes casos:
(1)CA Vehículo Code § 16480(a)(1) Cuando la persona ya no esté obligada a mantener la prueba según las disposiciones de este código.
(2)CA Vehículo Code § 16480(a)(2) En cualquier momento después de tres años a partir de la fecha en que se exigió la prueba.
(3)CA Vehículo Code § 16480(a)(3) Tras el fallecimiento de la persona en cuyo nombre se presentó la prueba.
(4)CA Vehículo Code § 16480(a)(4) La incapacidad permanente de la persona para operar un vehículo de motor si la persona entrega su licencia de conducir al departamento para su cancelación.
(b)CA Vehículo Code § 16480(b) El departamento no liberará la prueba presentada mediante fianza de fiadores individuales según lo establecido en la Sección 16434, o si se otorga de la manera prescrita por la Sección 16435, si alguna acción por daños y perjuicios sobre una responsabilidad a la que se refiere este código está entonces pendiente o si algún fallo sobre dicha responsabilidad está pendiente e insatisfecho. Una declaración jurada del solicitante sobre la inexistencia de esos hechos será prueba prima facie de ello.

Section § 16482

Explanation

Si la licencia de conducir de alguien fue suspendida porque no pagó una sentencia judicial relacionada con un problema de automóvil durante más de tres años, podría recuperar sus privilegios de conducir si presenta prueba de responsabilidad financiera, incluso si no ha pagado la sentencia.

Además, si alguien ha demostrado responsabilidad financiera durante tres años o ha sido elegible para hacerlo, es posible que ya no necesite seguir probándolo.

(a)CA Vehículo Code § 16482(a) Cualquier persona cuyo privilegio de operar un vehículo motorizado haya sido suspendido debido a la falta de cumplimiento de una sentencia y la sentencia haya estado pendiente por un período de tres años o más, podrá ser eximida de las sanciones allí previstas y el privilegio de la persona para operar un vehículo motorizado podrá ser restaurado en caso de que la persona presente ante el departamento y posteriormente mantenga prueba de responsabilidad financiera, a pesar de que la sentencia que dio origen a la orden de suspensión no haya sido pagada o totalmente satisfecha.
(b)CA Vehículo Code § 16482(b) Cualquier persona que haya presentado prueba de responsabilidad financiera según lo requerido durante tres años, o que haya sido elegible para presentar dicha prueba durante tres años, podrá ser eximida del requisito de presentar prueba según lo dispuesto en el párrafo (2) de la subdivisión (a) de la Sección 16480.

Section § 16483

Explanation

Esta ley establece que si alguien presenta otra forma válida de prueba de que puede cubrir sus responsabilidades financieras, como un seguro de automóvil o una fianza, el departamento cancelará la fianza o el certificado de seguro anterior y devolverá cualquier dinero o valores retenidos. Esto asegura que la prueba de responsabilidad financiera esté siempre actualizada y sea adecuada.

El departamento cancelará cualquier fianza o cualquier certificado de seguro o dirigirá la devolución de cualquier dinero o valores a la persona con derecho a ellos, tras la sustitución y aceptación de otra prueba adecuada de responsabilidad financiera conforme a este código.

Section § 16484

Explanation

Esta ley establece que si la prueba de responsabilidad financiera de alguien, como el seguro de automóvil, ya no cumple con los estándares requeridos, el Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) solicitará una nueva prueba. Si no presenta una nueva prueba, su derecho a conducir será suspendido hasta que lo haga.

Excepto cuando el certificado de un menor no residente o la licencia de un menor sea cancelado según lo requerido por las Secciones 12504 y 17704, respectivamente, siempre que cualquier prueba de responsabilidad financiera presentada por cualquier persona bajo las disposiciones de este código ya no cumpla el propósito para el cual fue requerida, el departamento requerirá otra prueba de responsabilidad financiera según lo requerido por el Artículo 1 (que comienza con la Sección 16430) y suspenderá el privilegio de la persona para operar un vehículo motorizado en una carretera. La suspensión permanecerá en vigor hasta que la persona presente una prueba adecuada de responsabilidad financiera ante el departamento.