Cualquier vehículo de motor podrá estar equipado con un sistema de alarma antirrobo que haga destellar las luces del vehículo, o emita una señal sonora, o ambas cosas, y que funcione de la siguiente manera:
(a)CA Vehículo Code § 28085(a) El sistema podrá hacer destellar cualquiera de las luces requeridas o permitidas en el vehículo.
(b)CA Vehículo Code § 28085(b) El sistema podrá emitir una señal sonora.
(c)CA Vehículo Code § 28085(c) Ningún vehículo deberá estar equipado con un sistema de alarma antirrobo que emita el sonido de una sirena.