Todos los implementos agrícolas, remolques agrícolas o cualquier otro vehículo sujeto a las disposiciones de esta división, y cualquier propietario, operador o conductor de dichos vehículos, también deberán cumplir con y estarán sujetos a todas las demás disposiciones de este código que no estén en conflicto con las disposiciones específicas contenidas en esta división.
Aperos de LabranzaOtros Requisitos
Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.
Section § 36700
Esta ley establece que los equipos agrícolas, los remolques agrícolas y los vehículos relacionados están sujetos a las reglas generales del Código de Vehículos de California, siempre y cuando esas reglas no entren en conflicto con las reglas específicas que se aplican a este tipo de vehículos.
implementos agrícolas remolques agrícolas vehículos agrícolas
Section § 36705
Esta ley dice que no se puede conducir una empacadora automática de balas que tenga más de 96 pulgadas de ancho o que transporte una carga de más de 100 pulgadas de ancho en las carreteras por la noche.
Ninguna empacadora automática de balas que exceda las 96 pulgadas de ancho o que transporte una carga que exceda las 100 pulgadas de ancho podrá ser operada en ninguna carretera durante la oscuridad.
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