Chapter 4
Section § 13050
Si usted es un empleador en California y necesita retener impuestos del salario de un empleado, debe proporcionarle a ese empleado una declaración escrita a más tardar el 31 de enero del año siguiente, o antes si deja de trabajar para usted durante el año. Esta declaración debe incluir su nombre, el nombre del empleado y su número de seguro social, el total de salarios, el total de impuestos retenidos, las contribuciones del trabajador y la compensación diferida. De manera similar, si usted gestiona el subsidio por enfermedad de terceros, debe proporcionar los detalles relevantes al empleador principal del empleado a más tardar el 15 de enero, quien luego debe transmitir esta información al empleado a más tardar el 31 de enero. La Junta de Impuestos de Franquicia puede acceder a estos registros.
Section § 13052
Esta ley establece que los empleadores o individuos que deben proporcionar un estado de cuenta de pago a los empleados enfrentarán una multa de $50 cada vez que entreguen información falsa o no proporcionen el estado de cuenta según lo exige la ley. Esta multa se aplica a menos que haya una excusa razonable para el incumplimiento. La multa se cobra como un impuesto.
Section § 13052.5
Esta sección de la ley establece sanciones por no declarar los pagos por servicios personales según lo exigen las normativas de California y federales. Si alguien no informa estos pagos antes de la fecha de vencimiento, se le puede imponer una multa. El monto de la multa se calcula multiplicando el pago no declarado por la tasa impositiva más alta especificada en el código tributario de California. Esta multa reemplazará otra multa específica si se superpone. Además, esta sección permite que una multa se aplique en lugar de, o además de, otras multas por no entregar declaraciones de retención a los empleados.
Section § 13055
Section § 13056
Esta sección de la ley exige que las personas o empleadores incluyan números de identificación, según lo determine el departamento, al presentar declaraciones, informes u otros documentos. Si necesita presentar un documento sobre usted mismo, debe tener su identificador. Si el documento se refiere a otra persona, debe incluir su número, el cual esa persona debería proporcionarle si se lo solicita. Una excepción importante es cuando se trata de herencias o fideicomisos; en este caso, los documentos presentados deben incluir los números de identificación de todos los beneficiarios. Finalmente, el departamento puede solicitar la información necesaria para asignar estos números de identificación.
Section § 13057
Esta ley establece que si a alguien se le exige proporcionar un número de identificación (como un número de identificación fiscal) en ciertos documentos y no lo hace sin una buena razón, tendrá que pagar una multa de $5 por cada vez que no lo proporcione. Esto se aplica a varias situaciones: no incluir su número de identificación en ninguna declaración, informe o estado; no proporcionar su número de identificación a otra persona; no incluir el número de identificación de otra persona en los documentos requeridos; o no proporcionar el número de identificación fiscal de una agencia. La multa se cobra de la misma manera que se cobraría un impuesto.
Section § 13058
Section § 13059
Si el Gobernador declara un estado de emergencia, los empleadores afectados por ella pueden obtener más tiempo para presentar la documentación necesaria y pagar los impuestos. Esta prórroga queda a discreción del director y es solo para aquellos que no pueden cumplir con los plazos debido a las condiciones de emergencia.