Chapter 1
Section § 4900
Esta sección de la ley define términos clave utilizados dentro de la división. "Departamento" se refiere al Departamento de Desarrollo del Empleo, y "Director" se refiere al Director de Desarrollo del Empleo.
Section § 4901
El director debe elaborar un informe cada dos años para la Legislatura, a partir de 1994. Este informe, que debe presentarse a más tardar el 1 de febrero de cada año par, debe cubrir los planes de automatización del departamento, incluyendo cualquier sugerencia de mejora. Estos están destinados a ser revisados por los comités legislativos de política y financieros.
Section § 4902
Esta regulación exige que un informe específico sea entregado a varias entidades gubernamentales antes del 1 de febrero de cada año par. Este informe debe incluir: 1) Un plan tecnológico estratégico a largo plazo que describa los objetivos y estrategias para mejorar cómo el departamento utiliza la tecnología de la información durante un período de 10 años. Debe alinearse con los objetivos de negocio del departamento y detallar sus principios y visión de gestión de la información. 2) Un plan táctico a corto plazo que cubra proyectos específicos durante los próximos tres años, incluyendo detalles del proyecto, costos, beneficios y cualquier ahorro esperado en personal y operación. 3) Aclara que este informe no reemplaza los informes existentes proporcionados al Departamento de Tecnología de California.
Section § 4903
Esta sección de la ley exige que 30 días antes de publicar un informe específico, el director debe enviarlo al Departamento de Tecnología de California para su revisión. El departamento luego comentará sobre el informe y sus comentarios deben adjuntarse para su distribución. En su revisión, el departamento debe verificar si el informe cumple con los estándares requeridos, coincide con el plan estratégico que recibieron por separado, y si los costos y beneficios se alinean con los proyectos aprobados o enumerados en los planes anuales.