Interpretación de Testamentos, Fideicomisos y Otros InstrumentosCesación
Section § 21400
Section § 21401
Esta ley explica cómo se distribuye la herencia de una persona cuando no hay suficientes bienes para cubrir deudas, gastos y legados específicos después de su fallecimiento. Generalmente, todos los beneficiarios comparten este déficit por igual, y no se da preferencia a los bienes inmuebles sobre los bienes personales. Las excepciones incluyen disposiciones para un cónyuge o hijos que puedan haber sido omitidos del testamento, y ciertas situaciones relacionadas con impuestos.
Section § 21402
Esta ley establece el orden en que los legados o cuotas a los beneficiarios se reducen o eliminan si no hay suficientes bienes en la herencia para satisfacerlos todos, lo que se conoce como 'reducción de legados'. Primero, se ven afectados los bienes no mencionados en el testamento, seguidos por los activos restantes después de que se distribuyen los legados específicos ('legados residuales'). Luego, los legados generales a no parientes, y después los legados generales a parientes. Finalmente, los legados específicos a no parientes se reducen antes que los legados específicos a parientes. Un 'pariente' se refiere a alguien que heredaría según las reglas de California para fallecer sin testamento, asumiendo que ninguna otra persona tiene un derecho de mayor prioridad.
Section § 21403
Section § 21404
Section § 21405
Esta sección explica qué sucede cuando una herencia no tiene suficientes bienes para pagar todas sus deudas y distribuciones, una situación conocida como reducción. El tribunal decidirá cuánto debe ceder cada persona que va a recibir una distribución para ayudar a cubrir estos déficits, y el representante personal ajustará las distribuciones en consecuencia. Si se prometió un artículo o propiedad específica a alguien y debe ser objeto de reducción, esa persona puede usar otros bienes personales para cubrir el déficit en su lugar.
Section § 21406
Esta sección explica que si una donación se realizó antes del 1 de julio de 1989, se aplicarán las reglas que existían antes de la promulgación de esta nueva parte. En esencia, garantiza que las donaciones antiguas se rijan por las leyes antiguas.
Además, especifica que si la donación se realiza a través de un testamento, la fecha oficial de la donación se considera la fecha en que fallece la persona que hizo el testamento.