Disposiciones GeneralesReglas de Práctica
Section § 1000
Esta sección explica cómo los procedimientos sucesorios siguen las mismas reglas que los casos judiciales civiles, a menos que el código sucesorio establezca reglas diferentes. Esto significa que el descubrimiento de pruebas, o el proceso de intercambiar información antes de un juicio, también debe seguir las reglas de los tribunales civiles. En los casos sucesorios, el plazo para iniciar el descubrimiento de pruebas de terceros no partes (personas no directamente involucradas en el caso) comienza cuando la petición y el aviso de audiencia se notifican a todos los que tienen derecho a recibir notificación. Las reglas no cambian cuándo una persona demandada puede iniciar el descubrimiento de pruebas ni la cantidad de información que se puede solicitar a terceros no partes.
Section § 1001
El Consejo Judicial puede establecer reglas sobre cómo funcionan los procedimientos de sucesiones en California, y los tribunales locales también pueden crear sus propias reglas siempre y cuando no contradigan las reglas estatales. El Consejo Judicial también puede decidir cómo deben ser los formularios oficiales para solicitudes y otros documentos esenciales relacionados con estos procedimientos, y usar estos formularios significa que estás cumpliendo con la ley.
Section § 1002
Esta ley permite a un tribunal, ya sea el tribunal superior o un tribunal de apelación, decidir quién debe pagar los costos legales en un caso. El tribunal puede exigir que los costos sean pagados por una de las partes involucradas en el proceso o con cargo a los bienes de la herencia involucrada. La decisión se basa en lo que el tribunal considera justo y equitativo en cada situación específica.
Section § 1003
Esta sección explica cuándo y cómo un tribunal puede nombrar un tutor ad litem. Un tutor ad litem es una persona elegida para proteger los intereses de quienes no pueden representarse a sí mismos en procedimientos legales, como menores, beneficiarios no nacidos o personas que no pueden tomar decisiones legales. El tribunal puede nombrar uno si considera que la representación actual es insuficiente.
El tutor puede representar a varias personas si no hay conflicto de intereses. Sus honorarios son decididos por el tribunal y pueden pagarse con cargo al patrimonio o de otras fuentes. Cualquier posible conflicto de intereses o conexión familiar debe revelarse antes del nombramiento, y cualquier nuevo conflicto debe informarse al tribunal de inmediato.
Section § 1003.5
Esta ley establece que un guardián público solo puede ser nombrado como tutor ad litem, que es una persona designada por el tribunal para representar a alguien en un caso legal, si el tribunal determina que ninguna otra persona adecuada está disponible para asumir este papel. El tribunal debe tomar esta decisión después de dar un aviso razonable y hacer esfuerzos para encontrar a otra persona.