Tasadores de SucesionesNombramiento y Revocación
Section § 400
Esta ley exige que el Contralor nombre al menos un tasador testamentario en cada condado. Un tasador testamentario es responsable de ayudar con la evaluación de los valores de las propiedades en casos de sucesión. Si un condado tiene menos de tres candidatos calificados, el Contralor puede nombrar a alguien de otro condado o hacer un nombramiento temporal hasta que el puesto sea ocupado por una persona calificada.
Section § 401
Si apruebas un examen de cualificación, puedes ser nombrado para un puesto por hasta cinco años. La selección se basa en la capacidad, y no se permite la discriminación por factores como el género, la raza, la religión o la política.
Section § 402
Esta sección de la ley explica cómo se organiza en California el examen de cualificación para los tasadores testamentarios. El examen es organizado por el Contralor, quien puede contratar a otra agencia para gestionarlo. Las responsabilidades de la agencia incluyen establecer los criterios de aprobación, redactar las preguntas, administrar y calificar el examen. Los solicitantes deben pagar una cuota para realizar la prueba. Una vez calificado, la agencia envía al Contralor una lista de quienes aprobaron, y esta lista es accesible al público.
Section § 403
Esta ley explica los mandatos y la elegibilidad para la reelección de los tasadores testamentarios en California. El mandato de un tasador testamentario dura cuatro años y finaliza el 30 de junio. Si el nombramiento de un tasador testamentario termina antes de tiempo, otra persona puede ser nombrada para completar su mandato. Además, un antiguo tasador testamentario puede ser nombrado de nuevo dentro de los cinco años posteriores al fin de su mandato. Si se añaden más tasadores testamentarios en un condado, sus mandatos se escalonarán para que aproximadamente una cuarta parte de ellos venzan cada año sucesivamente, lo que permite la continuidad.
Section § 404
Esta sección de la ley explica que el Contralor es responsable de establecer y actualizar las reglas y estándares de capacitación, desempeño y ética para los tasadores de sucesiones, y que estas reglas son de acceso público. Si un tasador de sucesiones no cumple con estos estándares establecidos, el Contralor puede destituirlo de su cargo de inmediato, sin previo aviso ni audiencia. Sin embargo, la decisión de revocación puede ser impugnada en los tribunales.
Section § 405
Section § 406
Esta ley explica cuándo termina la autoridad de un tasador testamentario, por ejemplo, cuando su mandato expira o su nombramiento es revocado. Cuando esto sucede, el Contralor estatal informa al tribunal superior local. Luego, el tribunal asigna cualquier caudal hereditario del que el tasador era responsable a un nuevo tasador testamentario.
Section § 407
Esta sección define la "actividad política prohibida" como participar en la recaudación de fondos o contribuir con más de $200 a campañas políticas partidistas estatales, o cualquier contribución a campañas para el cargo de Contralor estatal. Un árbitro testamentario debe revelar anualmente si ha participado en tales actividades. El Contralor no puede (re)nombrar a árbitros testamentarios que hayan participado en actividades políticas prohibidas en los dos años anteriores, y debe revocar el nombramiento si se realiza durante su mandato. Estas reglas no se aplican a acciones anteriores al 1 de julio de 1989. Violar la prohibición durante la solicitud o el mandato es un delito menor.