Distribución entre Herederos o BeneficiariosIdentidad de Herederos
Section § 248
Si la propiedad debe pasar a herederos o hijos sin que se les nombre claramente, cualquier persona que tenga derecho a heredar puede pedir al tribunal local que ayude a determinar quiénes son exactamente esos herederos. Deben mostrar al tribunal cómo están relacionados con el propietario original de la propiedad, describir la propiedad y proporcionar cualquier detalle que conozcan sobre los herederos, como sus nombres y dónde viven.
Section § 248.5
Section § 249
Section § 249.5
Esta ley explica cómo un hijo concebido y nacido después del fallecimiento de uno de sus padres puede seguir siendo considerado hijo del difunto a efectos de herencia. Para que esto ocurra, deben cumplirse varias condiciones: el difunto debe haber dejado un documento escrito, firmado y fechado que indique que su material genético puede utilizarse para la concepción después de su muerte, y haber designado a alguien para gestionar esto. Además, la persona que controla el material genético debe notificar al administrador de la herencia en un plazo de cuatro meses desde la confirmación del fallecimiento. Por último, el hijo debe ser concebido en un plazo de dos años desde el fallecimiento del padre. Esta ley no ampara los derechos de herencia para los hijos nacidos mediante clonación.
Section § 249.6
Esta ley aborda lo que sucede cuando alguien controla la distribución de la propiedad o los beneficios por fallecimiento de una persona fallecida. Generalmente, deben esperar dos años después de la emisión del certificado de defunción de la persona o de que se dicte una sentencia de fallecimiento antes de distribuir la propiedad o los beneficios. Sin embargo, si un hijo concebido después del fallecimiento de la persona no afectará la distribución, entonces se aplican las reglas normales. Si la persona que puede usar el material genético del difunto envía un aviso certificado diciendo que no lo usará para concebir un hijo, el período de espera no se aplica. Si alguien distribuye propiedad o beneficios antes de saber sobre posibles hijos póstumos, no es responsable por hacerlo. Pero si otra persona tiene un derecho más fuerte sobre la propiedad, el receptor podría tener que reembolsar el valor de lo que recibió. Hay una mayor responsabilidad por obtener la propiedad de forma fraudulenta, y solo se pueden impugnar estos asuntos dentro de los tres años siguientes a la distribución o al descubrimiento del fraude.
Section § 249.7
Section § 249.8
Esta ley permite a cualquier persona interesada solicitar al tribunal la distribución de los bienes o beneficios por fallecimiento de una persona fallecida, incluso si hay demoras según otra norma (Sección 249.6). Durante una audiencia, el tribunal puede aprobar esta distribución si no perjudica a nadie que tenga interés en la herencia, incluidos los hijos concebidos después del fallecimiento de la persona, es decir, que aún no habían nacido cuando la persona falleció. Sin embargo, la distribución no se realizará hasta que se presente cualquier fianza que el tribunal requiera.