A menos que el instrumento fiduciario disponga lo contrario, una facultad conferida a dos o más fideicomisarios solo podrá ejercerse mediante su acción unánime.
FiduciariosCofiduciarios
Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.
Section § 15620
Si un documento de fideicomiso no especifica lo contrario, todos los fideicomisarios deben acordar por unanimidad antes de tomar una decisión bajo las facultades que les han sido otorgadas.
fideicomisarios acción unánime instrumento fiduciario
Section § 15621
Si ocurre una vacante entre dos o más fiduciarios (cofiduciarios) y el documento del fideicomiso no especifica qué hacer, los fiduciarios restantes pueden seguir administrando el fideicomiso como si fueran los únicos responsables.
A menos que el instrumento de fideicomiso disponga lo contrario, si se produce una vacante en el cargo de un cofiduciario, el cofiduciario o los cofiduciarios restantes pueden actuar en nombre del fideicomiso como si fueran los únicos fiduciarios.
vacante de cofiduciario instrumento fiduciario cofiduciarios restantes
Section § 15622
Si un cofiduciario de un fideicomiso no puede temporalmente desempeñar sus funciones, como estar enfermo o ausente, los otros cofiduciarios pueden intervenir y actuar como si fueran los únicos fiduciarios. Pueden hacerlo cuando sea necesario para cumplir los objetivos del fideicomiso o para evitar daños a los bienes del fideicomiso.
A menos que se disponga lo contrario en el instrumento fiduciario, si un cofiduciario no está disponible para desempeñar las funciones del cofiduciario debido a ausencia, enfermedad u otra incapacidad temporal, el cofiduciario o los cofiduciarios restantes pueden actuar en nombre del fideicomiso, como si fueran los únicos fiduciarios, cuando sea necesario para cumplir los propósitos del fideicomiso o para evitar daños irreparables a los bienes del fideicomiso.
ausencia de cofiduciario incapacidad temporal administración del fideicomiso