Section § 10900

Explanation

Esta sección describe lo que debe incluirse en una cuenta para casos de sucesión testamentaria. Incluye tanto un estado financiero como un informe de administración. El informe de administración debe detallar cualquier deuda conocida, cómo se gestionan y el estado de las reclamaciones de los acreedores. Esto incluye notificar a los acreedores si es necesario, enumerar las reclamaciones presentadas y detallar cualquier reclamación impaga. Para las reclamaciones impagas, debe aclarar si son exigibles, si se emitieron rechazos y si los acreedores han presentado alguna demanda. El informe también debe especificar cualquier propiedad utilizada como garantía para estas reclamaciones. Finalmente, una enmienda legislativa anterior afectó la operación de esta sección a partir de mediados de 1997.

(a)CA Sucesiones Code § 10900(a) Una cuenta deberá incluir tanto un estado financiero como un informe de administración según lo dispuesto en el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 1060) de la Parte 1 de la División 3, y esta sección.
(b)CA Sucesiones Code § 10900(b) El estado de pasivos en el informe de administración deberá incluir la siguiente información:
(1)CA Sucesiones Code § 10900(b)(1) Si se dio aviso a los acreedores conforme a la Sección 9050.
(2)CA Sucesiones Code § 10900(b)(2) Reclamaciones de acreedores presentadas, incluyendo la fecha de presentación de la reclamación, el nombre del reclamante, el monto de la reclamación y la acción tomada sobre la reclamación.
(3)CA Sucesiones Code § 10900(b)(3) Reclamaciones de acreedores no pagadas, satisfechas o para las que no se ha provisto adecuadamente. En cuanto a cada una de dichas reclamaciones, el estado deberá indicar si la reclamación es exigible y la fecha de vencimiento, la fecha en que se dio cualquier aviso de rechazo y si el acreedor ha iniciado una acción sobre la reclamación. El estado deberá identificar cualquier propiedad mueble o inmueble que sirva de garantía para la reclamación, ya sea mediante hipoteca, escritura de fideicomiso, gravamen u otra carga.
(c)CA Sucesiones Code § 10900(c) Las enmiendas a esta sección realizadas por el Proyecto de Ley de la Asamblea 2751 de la Sesión Regular 1995–96 entrarán en vigor el 1 de julio de 1997.

Section § 10901

Explanation
Si usted está involucrado en un asunto de herencia y el tribunal lo ordena o usted lo solicita, la persona encargada de administrar la herencia del difunto debe mostrarle a usted o al tribunal los documentos que respaldan sus cuentas financieras.

Section § 10902

Explanation
Esta ley permite que un representante personal, quien administra los asuntos de alguien que ha fallecido, utilice un informe contable del curador (un tutor para adultos) o tutor (un tutor para niños) de la persona fallecida sin necesidad de verificarlo dos veces. El representante personal puede simplemente referirse a este informe para cualquier transacción financiera que haya ocurrido después del fallecimiento de la persona y no tiene que investigar los detalles por sí mismo.