Part 6
Section § 2930
Esta ley establece que si los propietarios de propiedades que serían responsables económicamente por una mejora o adquisición presentan una objeción escrita antes de que se adopte una ley o resolución local, o durante el período de objeciones, y poseen la mayoría de la propiedad involucrada, el proyecto debe ser abandonado. El gobierno local no puede iniciar procedimientos similares para el mismo proyecto durante al menos un año, a menos que se retiren suficientes objeciones para que ya no representen una mayoría. Los propietarios pueden retirar sus objeciones por escrito antes de que finalice la audiencia de objeciones.
Section § 2931
Esta ley establece que si la mayoría de los propietarios de propiedades protestan contra una parte específica de una mejora o compra de propiedad, entonces la construcción o adquisición de esa parte se detiene por un año. Sin embargo, el órgano legislativo puede iniciar nuevos proyectos que no incluyan la parte protestada. También pueden reconsiderar la parte protestada dentro de la prohibición de un año si obtienen un fuerte apoyo (un voto de cuatro quintas partes) y la mayoría de los propietarios están a favor.
Section § 2932
Esta sección explica que si una ciudad o condado desea construir o mejorar sistemas de alcantarillado o drenaje y considera que es necesario para los residentes locales, puede seguir adelante con el proyecto incluso si la mayoría de la gente se opone. Esta decisión requiere la aprobación de al menos cuatro de cada cinco miembros del gobierno local. Una vez que deciden, la decisión no puede ser impugnada a menos que haya pruebas de fraude.