Section § 3100

Explanation

La Sección 3100 proporciona definiciones de términos clave utilizados en el contexto de las contribuciones especiales y los procedimientos de bonos en California. Explica qué son las contribuciones y los distritos de evaluación, y define a un titular de gravamen como alguien con derecho a hacer cumplir un gravamen sobre terrenos dentro de dicho distrito. La sección también aclara términos relacionados con las leyes de bonos, las ciudades, los distritos de instalaciones comunitarias, los órganos legislativos y la cartografía de estos distritos. Cubre los procedimientos para mejoras públicas financiadas por contribuciones especiales y explica qué constituye una venta o ejecución hipotecaria relacionada con contribuciones especiales o impuestos sobre una propiedad dentro de un distrito.

A menos que la disposición particular o el contexto requieran lo contrario, las definiciones y disposiciones generales contenidas en esta parte rigen la interpretación de esta división:
(a)CA Calles y Carreteras Code § 3100(a) “Contribución” o “contribución especial” significa la contribución original y cualquier reevaluación o contribución suplementaria sobre terrenos dentro del distrito de evaluación.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 3100(b) “Distrito de evaluación” significa el territorio que contiene los terrenos a ser objeto de contribuciones especiales.
(c)CA Calles y Carreteras Code § 3100(c) “Titular de gravamen” significa cualquier persona o ciudad que, como resultado de procedimientos iniciados bajo la ley principal y cualquier ley de bonos utilizada en conjunto con esta, posee o tiene derecho a hacer cumplir un gravamen contra un lote, parcela o porción de terreno específicamente descrito dentro del distrito.
(d)CA Calles y Carreteras Code § 3100(d) “Ley de bonos” significa cualquier estatuto, carta constitutiva u ordenanza de procedimiento bajo la cual se emiten bonos (1) para representar contribuciones especiales impagas impuestas en procedimientos iniciados conforme a la ley principal o (2) que están garantizados por la autoridad para imponer impuestos especiales conferida en procedimientos iniciados conforme a la ley principal.
(e)CA Calles y Carreteras Code § 3100(e) “Ciudad” significa cualquier ciudad, condado, ciudad y condado, distrito, corporación pública o entidad pública autorizada para utilizar la ley principal.
(f)CA Calles y Carreteras Code § 3100(f) “Distrito de instalaciones comunitarias” significa el territorio dentro de un distrito formado conforme a la Ley Mello-Roos de Distritos de Instalaciones Comunitarias de 1982, Capítulo 2.5 (que comienza con la Sección 53311) de la Parte 1 de la División 2 del Título 5 del Código de Gobierno.
(g)CA Calles y Carreteras Code § 3100(g) “Distrito” significa un distrito de evaluación o un distrito de instalaciones comunitarias.
(h)CA Calles y Carreteras Code § 3100(h) “Órgano legislativo” significa el órgano legislativo o la junta directiva de una ciudad.
(i)CA Calles y Carreteras Code § 3100(i) “Mapa del distrito” significa un plano o mapa que indica mediante una línea limítrofe la extensión del territorio incluido en el distrito.
(j)CA Calles y Carreteras Code § 3100(j) “Ley principal” significa el estatuto, carta constitutiva u ordenanza de procedimiento bajo la cual se están llevando a cabo los procedimientos.
(k)CA Calles y Carreteras Code § 3100(k) “Procedimientos” significa procedimientos iniciados conforme a la ley principal para la construcción de cualquier mejora pública o la adquisición de cualquier propiedad para uso público, o ambos, o para la prestación de servicios conforme a la Ley Mello-Roos de Distritos de Instalaciones Comunitarias de 1982, Capítulo 2.5 (que comienza con la Sección 53311) de la Parte 1 de la División 2 del Título 5 del Código de Gobierno, donde (1) cualquier parte de su costo debe ser pagada mediante contribuciones especiales impuestas sobre lotes, parcelas o porciones de terreno dentro de un distrito en proporción a los beneficios que cada lote, parcela o porción de terreno reciba de dicha mejora o adquisición, o (2) cualquier parte de su costo debe ser pagada mediante impuestos especiales impuestos o autorizados a ser impuestos sobre lotes, parcelas o porciones de terreno dentro de un distrito de instalaciones comunitarias.
(l)CA Calles y Carreteras Code § 3100(l) “Venta o ejecución hipotecaria” significa cualquier acción o procedimiento por parte de cualquier funcionario municipal o en cualquier tribunal para el cumplimiento del pago de impuestos especiales, capital o intereses adeudados sobre cualquier contribución especial o bono que constituya un gravamen contra bienes inmuebles mediante la venta o ejecución hipotecaria de la totalidad o parte de los bienes inmuebles o del gravamen.

Section § 3101

Explanation
Esta ley establece que todas las reglas y medidas correctivas de la legislación principal, así como cualquier ley de bonos relacionada, se aplicarán automáticamente aquí. Esto incluye cómo interpretar las reglas, los plazos para iniciar acciones legales y qué sucede si hay errores o equivocaciones. También cubre cuestiones como las reevaluaciones y situaciones en las que alguien renuncia a su derecho a impugnar algo o no puede impugnarlo debido a una aceptación previa (renuncia y estoppel).