Section § 2220

Explanation

Esta sección nombra el capítulo como la Ley del Plan Combinado de Carreteras con Ayuda Federal, lo que significa que así es como se puede hacer referencia a él.

Este capítulo se conocerá y podrá citarse como la Ley del Plan Combinado de Carreteras con Ayuda Federal.

Section § 2221

Explanation

Esta ley trata sobre la creación de un programa para la gestión y planificación de carreteras en California bajo una ley federal de carreteras de 1987. La ley busca alinear este programa con los objetivos existentes relacionados con las carreteras en el estado. Requiere que el departamento pertinente cree y comparta directrices sobre cómo asignar y gestionar fondos para estos proyectos de carreteras. Estas directrices no tienen que seguir el proceso habitual para las regulaciones gubernamentales.

El propósito de este capítulo es implementar el programa de demostración del plan combinado de carreteras, conforme a la Sección 137 de la Ley Federal de Carreteras de 1987, en este estado de una manera compatible y consistente con los objetivos históricos de programación. El departamento establecerá y distribuirá directrices provisionales a los representantes locales apropiados con respecto a la programación y gestión de las asignaciones del plan combinado de carreteras. Las directrices no estarán sujetas al Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.

Section § 2222

Explanation

Esta ley explica que un capítulo específico es responsable de gestionar las finanzas de ciertos programas relacionados con la infraestructura vial y de puentes. Se centra en la gestión de fondos de la Ley de Carreteras de Ayuda Federal de 1987. Estos fondos están destinados a proyectos como carreteras secundarias, carreteras urbanas y diversos programas de puentes.

No obstante los Capítulos 5 (commencing with Section 2200), 7 (commencing with Section 2350) y 9 (commencing with Section 2400), este capítulo se aplica a la administración del Programa de Demostración del Plan Combinado de Carreteras de Ayuda Federal en cuanto a los fondos asignados en virtud de la Ley de Carreteras de Ayuda Federal de 1987, para el programa secundario de ayuda federal, el programa urbano de ayuda federal y los programas de puentes fuera del sistema, puentes urbanos y puentes secundarios.

Section § 2223

Explanation

Esta ley explica cómo California asigna los fondos federales recibidos para proyectos viales bajo la Ley Federal de Carreteras de 1987. El estado distribuye estos fondos a ciudades, condados y áreas urbanas de acuerdo con procedimientos específicos. Además, cualquier fondo relacionado con el programa federal de reconstrucción y reemplazo de puentes debe usarse para proyectos de puentes u otros usos aprobados por el departamento.

Las asignaciones del plan vial combinado recibidas por este estado bajo la Ley Federal de Carreteras de 1987 serán asignadas por el departamento a ciudades, condados y áreas urbanizadas de acuerdo con los procedimientos establecidos en los Capítulos 5 (que comienzan con la Sección 2200) y 7 (que comienzan con la Sección 2350). La porción de las asignaciones del plan vial combinado atribuible al programa federal de reconstrucción y reemplazo de puentes deberá destinarse a la construcción de puentes u otro uso elegible aprobado por el departamento.

Section § 2224

Explanation

Esta sección establece un Comité del Plan Vial Combinado para ayudar con la planificación del transporte en California. El comité incluye miembros de varias agencias regionales, urbanas y rurales, junto con representantes de tránsito y funcionarios de departamentos estatales y federales. Proporciona orientación sobre la asignación y el uso de fondos para la planificación vial bajo un programa de demostración federal. El enfoque es priorizar la reasignación de fondos dentro del mismo condado si estos quedan disponibles. Los comités específicos de cada condado pueden crear directrices locales.

(a)CA Calles y Carreteras Code § 2224(a) Para asistir al departamento en el desempeño de sus funciones al respecto, existe un Comité Estatal del Plan Vial Combinado, que está compuesto por los siguientes miembros:
(1)CA Calles y Carreteras Code § 2224(a)(1) Un representante urbano de una agencia regional de planificación del transporte seleccionado por la Asociación de Consejos de Gobiernos de California.
(2)CA Calles y Carreteras Code § 2224(a)(2) Un representante rural de una agencia regional de planificación del transporte seleccionado por la Asociación de Consejos de Gobiernos de California.
(3)CA Calles y Carreteras Code § 2224(a)(3) Dos representantes de la Asociación de Tránsito de California, uno de los cuales será un representante de un operador ferroviario y otro de los cuales será un representante de un operador de autobuses.
(4)CA Calles y Carreteras Code § 2224(a)(4) Un representante seleccionado por las comisiones de transporte de condado creadas por ley de los Condados de Los Ángeles, Orange, Riverside y San Bernardino.
(5)CA Calles y Carreteras Code § 2224(a)(5) Seis representantes, de los cuales tres serán del norte de California, seleccionados por la Liga de Ciudades de California.
(6)CA Calles y Carreteras Code § 2224(a)(6) Cuatro representantes, de los cuales dos serán del norte de California, seleccionados por la Asociación de Supervisores de Condados de California.
(7)CA Calles y Carreteras Code § 2224(a)(7) Un representante del departamento, quien fungirá como miembro ex officio.
(8)CA Calles y Carreteras Code § 2224(a)(8) El Administrador de la División Regional de la Administración Federal de Carreteras, o el representante designado del administrador, quien fungirá como miembro ex officio.
Los nombres de los miembros del comité se presentarán al director a más tardar 45 días después de la fecha en que esta sección entre en vigor.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 2224(b) El comité asesorará al departamento sobre la administración de las asignaciones del plan vial combinado y el establecimiento de directrices provisionales para el uso de todas las asignaciones disponibles dentro del período de demostración. Las directrices provisionales incluirán, entre otros requisitos, que cualquier fondo asignado bajo el Programa de Demostración del Plan Vial Combinado de Ayuda Federal de conformidad con la Sección 2223 que esté sujeto a reasignación deberá ser, como primera prioridad, reasignado a otra entidad local dentro del mismo condado. El departamento podrá delegar la autoridad para el establecimiento de directrices de área local a los comités de plan vial combinado de condado.

Section § 2225

Explanation
Esta ley establece que las reglas descritas en la Sección 2360 no son aplicables cuando se trata de fondos que se dividen y asignan como parte del programa de demostración del plan combinado de carreteras.

Section § 2226

Explanation
Esta sección de la ley asegura que, durante el programa de demostración del plan vial combinado, ciertos fondos de transporte sigan siendo proporcionados a las agencias. Estos fondos, específicamente los fondos estatales de contrapartida y de intercambio, se mantendrán en los mismos niveles que tenían en el año fiscal 1988-89.

Section § 2227

Explanation
Esta ley seguirá vigente hasta que el director decida que el programa federal de demostración del plan combinado de carreteras ha finalizado. Una vez tomada esta decisión, el director deberá notificar al Secretario de Estado. La ley será entonces derogada el 1 de enero siguiente a la fecha en que el Secretario de Estado reciba dicha notificación.