Section § 2560

Explanation
Esta ley se conoce como la Ley de Patrulla de Servicio en Autopistas.

Section § 2560.5

Explanation

Esta sección explica cómo se establece un sistema de patrulla de servicio en autopistas en áreas urbanas con mucho tráfico. El sistema se financia mediante una fórmula de asignación inicial, que proporciona fondos a agencias locales y regionales que cumplen ciertos requisitos. Además, existe un Programa de Subvenciones Competitivas para Patrullas de Servicio en Autopistas que ofrece financiación adicional para reducir aún más la congestión del tráfico, siempre que haya fondos disponibles en el presupuesto.

(a)CA Calles y Carreteras Code § 2560.5(a) El propósito de este capítulo es establecer la implementación de un sistema de patrulla de servicio en autopistas mediante una asignación basada en una fórmula, denominada asignación de fondos de referencia, a todas las agencias regionales y locales elegibles para autopistas urbanas congestionadas por el tráfico en todo el estado, lo que implica un esfuerzo cooperativo entre agencias estatales y locales. Todos los programas de agencias regionales o locales que cumplan con los requisitos mínimos de elegibilidad establecidos en esta sección y en la Sección 2562.1 recibirán financiación inicial de la asignación de fondos de referencia.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 2560.5(b) Además del programa de asignación basado en una fórmula establecido, sujeto a la asignación de fondos en la Ley de Presupuesto anual, en el inciso (a), por la presente se establece un Programa de Subvenciones Competitivas para Patrullas de Servicio en Autopistas para proporcionar financiación a un sistema de patrulla de servicio en autopistas con el fin de reducir la congestión del tráfico.

Section § 2561

Explanation

Esta sección define términos relacionados con los programas de ayuda de emergencia en carretera en California. La 'ayuda de emergencia en carretera' se define en una sección específica del Código de Vehículos. Tanto un 'empleador' como un 'conductor de grúa' se definen en el mismo código. La 'patrulla de servicio en autopistas' se describe como un programa gestionado por la Patrulla de Carreteras de California junto con otras agencias locales, para proporcionar ayuda en carretera en las autopistas de las zonas urbanas del estado.

Según se utiliza en este capítulo, cada uno de los siguientes términos tiene el siguiente significado:
(a)CA Calles y Carreteras Code § 2561(a) “Ayuda de emergencia en carretera” tiene el mismo significado que se define en la Sección 2436 del Código de Vehículos.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 2561(b) “Empleador” tiene el mismo significado que se define en la Sección 2430.1 del Código de Vehículos.
(c)CA Calles y Carreteras Code § 2561(c) “Patrulla de servicio en autopistas” significa un programa administrado por el Departamento de la Patrulla de Carreteras de California, el departamento, y una entidad regional o local que proporciona ayuda de emergencia en carretera en una autopista en un área urbana.
(d)CA Calles y Carreteras Code § 2561(d) “Entidad regional o local” tiene el mismo significado que se define en la Sección 2430.1 del Código de Vehículos.
(e)CA Calles y Carreteras Code § 2561(e) “Conductor de grúa” tiene el mismo significado que se define en la Sección 2430.1 del Código de Vehículos.

Section § 2561.3

Explanation
Esta sección establece que la operación de una patrulla de servicio en autopistas en cualquier área requiere un acuerdo entre la Patrulla de Caminos de California, el Departamento de Transporte y el organismo rector regional o local pertinente.

Section § 2561.5

Explanation

Esta ley describe cómo California financia las patrullas de servicio en autopistas. Establece que la Cuenta Estatal de Carreteras proporciona dinero, pero las entidades locales también deben contribuir al menos el 25% de la cantidad estatal. Los programas existentes no perderán fondos y no pueden ser reemplazados por programas estatales. Los fondos estatales solo están disponibles después de que se firmen los acuerdos. La financiación de las patrullas de autopistas debe mantenerse estable anualmente para permitir contratos plurianuales, y si se añaden nuevos programas de patrulla, deben implementarse gradualmente durante tres años para no interrumpir los compromisos de financiación existentes.

(a)CA Calles y Carreteras Code § 2561.5(a) Financiación para las patrullas de servicio en autopistas establecidas conforme a este capítulo se proporcionará, previa asignación en la Ley de Presupuesto anual, de la Cuenta Estatal de Carreteras en el Fondo Estatal de Transporte. Además, la entidad regional o local apropiada asegurará que los recursos locales se gasten en patrullas de servicio en autopistas en una cantidad no menor al 25 por ciento de la cantidad proporcionada de la Cuenta Estatal de Carreteras.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 2561.5(b) En los lugares donde exista una patrulla de servicio en autopistas, el departamento coordinará e integrará los fondos asignados conforme a esta sección en el programa existente. En la asignación de estos fondos, ninguna entidad local podrá ser penalizada por tener un programa existente de patrulla de servicio en autopistas.
(c)CA Calles y Carreteras Code § 2561.5(c) Ningún fondo estatal podrá ser liberado antes de la ejecución del acuerdo desarrollado bajo la Sección 2561.3.
(d)CA Calles y Carreteras Code § 2561.5(d) Ningún programa financiado bajo este capítulo podrá suplantar los servicios de remolque de respuesta de emergencia proporcionados por el departamento a partir del 1 de enero de 1992.
(e)CA Calles y Carreteras Code § 2561.5(e) Es la intención de la Legislatura que la financiación proporcionada bajo la subdivisión (a) de la Sección 2560.5 sea consistente de año en año para facilitar la adjudicación de contratos plurianuales entre las entidades regionales y locales participantes y los proveedores de servicios de patrulla en autopistas. El departamento solo reconocerá compromisos de contratos plurianuales iguales o inferiores a tres años. Si se añaden nuevos programas de entidades regionales o locales de patrulla de servicio en autopistas a la asignación de fondos de referencia, según se describe en la Sección 2560.5, esos programas se implementarán gradualmente para no afectar los compromisos de contratos plurianuales. Sin embargo, una vez que se presente y apruebe una nueva solicitud de una entidad regional o local elegible, la parte de la asignación de fondos de referencia a la agencia regional o local se implementará gradualmente dentro de los tres años siguientes a la fecha de aprobación de la solicitud.

Section § 2562.1

Explanation

Esta ley explica cómo se distribuyen los fondos para programas de gestión de autopistas en California. La distribución de fondos se basa en varios factores: un 25% se basa en el número de millas de carril de autopista en áreas urbanas en comparación con el total, un 50% se basa en la proporción de la población del área, y el 25% restante depende de los niveles de congestión del tráfico, según lo determine un programa estatal. Las agencias regionales o locales que soliciten fondos después del 1 de julio de 2003 deben demostrar una relación beneficio-costo de 3 a 1, la cual será calculada por el departamento. Si una solicitud de fondos es aprobada antes de fin de año sin que se añadan fondos adicionales a la asignación inicial, los fondos se dividen en tres años: 33.3% en el primer año, 66.6% en el segundo y 100% en el tercer año.

(a)CA Calles y Carreteras Code § 2562.1(a) La financiación para el programa establecido en la subdivisión (a) de la Sección 2560.5 en un área participante se basará en un 25 por ciento en el número de millas de carril de autopista urbana en el área participante con respecto al número total de millas de carril de autopista en todas las áreas participantes, en un 50 por ciento en función de la proporción de la población del área participante con respecto a la población total de todas las áreas participantes, y en un 25 por ciento en función de la congestión del tráfico según lo determinado por el departamento de conformidad con el Programa Estatal de Monitoreo de la Congestión del Tráfico en Carreteras más reciente. Una agencia regional o local que presente una solicitud de financiación después del 1 de julio de 2003 deberá demostrar en la solicitud una relación beneficio-costo general de 3 a 1. El departamento determinará la metodología de la relación beneficio-costo.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 2562.1(b) Si una agencia regional o local presenta una solicitud de financiación que es aprobada por el departamento antes del 31 de diciembre de cualquier año y no se proporciona financiación adicional a la asignación de financiación de referencia, el departamento asignará la asignación de financiación en un máximo de tres años de la siguiente manera:
(1)CA Calles y Carreteras Code § 2562.1(b)(1) Treinta y tres y tres décimas por ciento del monto total de la asignación durante el año fiscal inmediatamente siguiente.
(2)CA Calles y Carreteras Code § 2562.1(b)(2) Sesenta y seis y seis décimas por ciento del monto total de la asignación durante el año fiscal que sigue inmediatamente al año fiscal descrito en el párrafo (1).
(3)CA Calles y Carreteras Code § 2562.1(b)(3) Cien por ciento del monto total de la asignación durante el año fiscal que sigue inmediatamente al año fiscal descrito en el párrafo (2).

Section § 2562.2

Explanation

La ley exige que el departamento cree directrices para un Programa de Subvenciones Competitivas para Patrullas de Servicio en Autopistas en un plazo de 90 días. Después de recibir comentarios de las agencias locales, las directrices finales deben publicarse en un plazo de 150 días. Las subvenciones permiten a las agencias locales contratar con empleadores y con la Patrulla de Caminos de California para iniciar o expandir patrullas de servicio en autopistas destinadas a reducir el tráfico. Las agencias locales deben aportar una contrapartida del 25% de la subvención, la cual puede cubrir hasta el 35% del total de fondos disponibles. Las subvenciones se basan en la necesidad y efectividad del proyecto, con servicios nuevos que no estaban disponibles anteriormente. El programa depende de la asignación presupuestaria adecuada.

(a)CA Calles y Carreteras Code § 2562.2(a) A más tardar 90 días después de la fecha de entrada en vigor de esta sección, el departamento deberá preparar directrices para la implementación de un Programa de Subvenciones Competitivas para Patrullas de Servicio en Autopistas y deberá presentar esas directrices a cada agencia regional o local que opere una patrulla de servicio en autopistas. A más tardar 30 días después de la recepción de las directrices, la agencia regional o local deberá presentar sus comentarios por escrito al departamento.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 2562.2(b) A más tardar 150 días después de la fecha de entrada en vigor de esta sección, el departamento deberá publicar las directrices finales para el Programa de Subvenciones Competitivas para Patrullas de Servicio en Autopistas y comenzar la implementación del programa. Las directrices no constituirán una reglamentación para los fines del Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno.
(c)CA Calles y Carreteras Code § 2562.2(c) Las directrices preparadas de conformidad con esta sección deberán cumplir con los siguientes requisitos:
(1)CA Calles y Carreteras Code § 2562.2(c)(1) Subvenciones que se otorgarán a un solicitante de agencia regional o local de forma competitiva para contratar con un empleador para la provisión de un servicio de patrulla de servicio en autopistas nuevo o ampliado y para contratar con el Departamento de la Patrulla de Caminos de California para la provisión de únicamente servicios de supervisión directa justificados por estándares de carga de trabajo para reducir la congestión del tráfico.
(2)CA Calles y Carreteras Code § 2562.2(c)(2) La subvención requerirá una participación de contrapartida por parte de la agencia regional o local equivalente a no menos del 25 por ciento del monto proporcionado de la Cuenta Estatal de Carreteras.
(3)CA Calles y Carreteras Code § 2562.2(c)(3) La subvención se otorgará sobre la base de la necesidad y efectividad del proyecto calculadas mediante un análisis de costo-beneficio.
(4)CA Calles y Carreteras Code § 2562.2(c)(4) El monto de una subvención que se otorgará a una agencia regional o local no excederá el 35 por ciento del monto total de los fondos de subvención disponibles.
(5)CA Calles y Carreteras Code § 2562.2(c)(5) La agencia regional o local demuestre que los servicios que propone financiar con la subvención son nuevos servicios de patrulla de servicio en autopistas que no se proporcionaban anteriormente en su jurisdicción.
(6)CA Calles y Carreteras Code § 2562.2(c)(6) La agencia regional o local demuestre su capacidad para apoyar y supervisar los servicios nuevos o ampliados proporcionados por el Departamento de la Patrulla de Caminos de California.
(d)CA Calles y Carreteras Code § 2562.2(d) Esta sección será operativa solo si se asignan fondos para sus fines en la Ley de Presupuesto anual.

Section § 2562.3

Explanation

Esta sección establece que las entidades regionales o locales deben solicitar al departamento siguiendo directrices específicas para determinar su asignación anual de financiación de referencia. Siempre que estas entidades cumplan con los criterios de elegibilidad descritos en las secciones relacionadas, no se les puede negar su parte justa de financiación.

Para determinar la asignación anual de financiación de referencia, las entidades regionales o locales deberán solicitar al departamento de acuerdo con los estándares operativos descritos en las directrices del programa y de acuerdo con los requisitos de elegibilidad descritos en las Secciones 2561.5 y 2562.1. A una entidad regional o local que cumpla con los requisitos de elegibilidad no podrá serle denegada su parte justa de la asignación anual de referencia realizada por el departamento.

Section § 2562.5

Explanation
Las grúas que forman parte de una patrulla de servicio de autopistas deben llevar un logotipo específico. Este logotipo debe incluir un círculo, un triángulo y la silueta de una grúa, junto con la frase "Patrulla de Servicio de Autopistas". Debe identificar tanto al Departamento de la Patrulla de Carreteras de California como al otro departamento involucrado. Las entidades locales o regionales también pueden añadir sus logotipos aprobados si están participando.

Section § 2563

Explanation
Esta ley establece que los conductores de grúas y sus empleadores que forman parte de una patrulla de servicio en autopistas deben cumplir con ciertos estándares y cualificaciones. Estos estándares se detallan en una sección específica del Código de Vehículos.

Section § 2564

Explanation
Esta ley establece que no más del 2% de los fondos estatales destinados a este capítulo en particular pueden usarse para gastos administrativos por parte de las agencias estatales. Además, las entidades locales y regionales que participan no pueden usar ningún fondo estatal para sus costos administrativos.

Section § 2565

Explanation
Esta ley exige que el Departamento de Transporte, la Patrulla de Caminos de California y las entidades regionales o locales creen y actualicen directrices para las operaciones de sus programas. Estas directrices deben centrarse en los detalles operativos y no deben restringir la participación de ninguna entidad regional o local en el programa.