Chapter 15
Section § 2560
Section § 2560.5
Esta sección explica cómo se establece un sistema de patrulla de servicio en autopistas en áreas urbanas con mucho tráfico. El sistema se financia mediante una fórmula de asignación inicial, que proporciona fondos a agencias locales y regionales que cumplen ciertos requisitos. Además, existe un Programa de Subvenciones Competitivas para Patrullas de Servicio en Autopistas que ofrece financiación adicional para reducir aún más la congestión del tráfico, siempre que haya fondos disponibles en el presupuesto.
Section § 2561
Esta sección define términos relacionados con los programas de ayuda de emergencia en carretera en California. La 'ayuda de emergencia en carretera' se define en una sección específica del Código de Vehículos. Tanto un 'empleador' como un 'conductor de grúa' se definen en el mismo código. La 'patrulla de servicio en autopistas' se describe como un programa gestionado por la Patrulla de Carreteras de California junto con otras agencias locales, para proporcionar ayuda en carretera en las autopistas de las zonas urbanas del estado.
Section § 2561.3
Section § 2561.5
Esta ley describe cómo California financia las patrullas de servicio en autopistas. Establece que la Cuenta Estatal de Carreteras proporciona dinero, pero las entidades locales también deben contribuir al menos el 25% de la cantidad estatal. Los programas existentes no perderán fondos y no pueden ser reemplazados por programas estatales. Los fondos estatales solo están disponibles después de que se firmen los acuerdos. La financiación de las patrullas de autopistas debe mantenerse estable anualmente para permitir contratos plurianuales, y si se añaden nuevos programas de patrulla, deben implementarse gradualmente durante tres años para no interrumpir los compromisos de financiación existentes.
Section § 2562.1
Esta ley explica cómo se distribuyen los fondos para programas de gestión de autopistas en California. La distribución de fondos se basa en varios factores: un 25% se basa en el número de millas de carril de autopista en áreas urbanas en comparación con el total, un 50% se basa en la proporción de la población del área, y el 25% restante depende de los niveles de congestión del tráfico, según lo determine un programa estatal. Las agencias regionales o locales que soliciten fondos después del 1 de julio de 2003 deben demostrar una relación beneficio-costo de 3 a 1, la cual será calculada por el departamento. Si una solicitud de fondos es aprobada antes de fin de año sin que se añadan fondos adicionales a la asignación inicial, los fondos se dividen en tres años: 33.3% en el primer año, 66.6% en el segundo y 100% en el tercer año.
Section § 2562.2
La ley exige que el departamento cree directrices para un Programa de Subvenciones Competitivas para Patrullas de Servicio en Autopistas en un plazo de 90 días. Después de recibir comentarios de las agencias locales, las directrices finales deben publicarse en un plazo de 150 días. Las subvenciones permiten a las agencias locales contratar con empleadores y con la Patrulla de Caminos de California para iniciar o expandir patrullas de servicio en autopistas destinadas a reducir el tráfico. Las agencias locales deben aportar una contrapartida del 25% de la subvención, la cual puede cubrir hasta el 35% del total de fondos disponibles. Las subvenciones se basan en la necesidad y efectividad del proyecto, con servicios nuevos que no estaban disponibles anteriormente. El programa depende de la asignación presupuestaria adecuada.
Section § 2562.3
Esta sección establece que las entidades regionales o locales deben solicitar al departamento siguiendo directrices específicas para determinar su asignación anual de financiación de referencia. Siempre que estas entidades cumplan con los criterios de elegibilidad descritos en las secciones relacionadas, no se les puede negar su parte justa de financiación.