Section § 2540

Explanation
Esta ley establece que California tiene como objetivo adquirir líneas ferroviarias abandonadas si pueden ser utilizadas para el transporte público, como carreteras, carriles bici o senderos peatonales.

Section § 2542

Explanation
Esta sección de la ley establece la Cuenta de Ferrocarriles Abandonados dentro del Fondo Estatal de Transporte, y el dinero de esta cuenta se asigna al departamento responsable de cumplir los objetivos de este capítulo.

Section § 2544

Explanation

Esta ley exige que el departamento cree y presente una lista de líneas ferroviarias abandonadas antes del 1 de julio de 1976, priorizando aquellas que podrían usarse para transporte público.

El departamento debe considerar el Plan Ferroviario Estatal y consultar con los gobiernos y agencias locales sobre estas líneas.

Las contribuciones locales para comprar estos derechos de vía ferroviarios pueden influir en su clasificación en la lista de prioridades.

El departamento preparará y presentará a la Legislatura, a más tardar el 1 de julio de 1976, una lista de prioridades de líneas ferroviarias abandonadas que posean derechos de vía que puedan desarrollarse para usos de transporte público.
Al preparar la lista, el departamento considerará el Plan Ferroviario Estatal preparado de conformidad con la Sección 7701 del Código de Servicios Públicos y también consultará con cualquier ciudad, condado, distrito de tránsito o entidad regional de planificación del transporte dentro de cuyos límites se encuentren esas líneas ferroviarias abandonadas.
El departamento podrá considerar las contribuciones de las agencias locales para la compra de esos derechos de vía como un factor para clasificar los derechos de vía en la lista de prioridades.

Section § 2546

Explanation
Esta ley permite al departamento comprar terrenos de una lista de prioridades y ofrecerlos a los gobiernos locales para proyectos de transporte público. Si los gobiernos locales muestran interés, el departamento hará un trato con ellos por el terreno. Si no se llega a un acuerdo en un plazo de tres años, el terreno se vende al mejor postor y el dinero se destina a una cuenta especial. El departamento debe comprar las propiedades en orden, a menos que surjan problemas como precios altos, falta de interés de entidades públicas o fondos insuficientes.

Section § 2548

Explanation
Esta ley permite al estado de California, o a los gobiernos locales de ciudades o condados, usar la expropiación forzosa para adquirir terrenos que solían ser líneas ferroviarias, con el fin de destinarlos a transporte público. Pueden hacerlo cuando consideren que la propiedad del terreno es necesaria para el uso público. La legislatura declara que la adquisición de dichos terrenos sirve al mejor interés público, procurando minimizar el impacto sobre los propietarios privados.

Section § 2549

Explanation

Esta ley permite a ciudades, condados, operadores de tránsito o al departamento solicitar fondos para comprar derechos de vía ferroviarios abandonados. Estas solicitudes se evalúan según criterios establecidos por la comisión, que incluyen el uso potencial del terreno para tránsito, la participación financiera local y el riesgo de que el desarrollo invada el área. Cada año, se crea una lista de prioridad para la financiación, y los fondos se distribuyen según esta lista. Cualquier fondo recibido debe ser devuelto en un plazo de tres años, con intereses vinculados a un fondo de inversión específico.

(a)CA Calles y Carreteras Code § 2549(a) Cualquier ciudad, condado, operador de tránsito o el departamento podrá presentar una solicitud al departamento para un adelanto de fondos para la compra de derechos de vía ferroviarios abandonados conforme a la Sección 99317 del Código de Servicios Públicos. El departamento evaluará las solicitudes de acuerdo con los criterios y procedimientos adoptados por la comisión y presentará las solicitudes y sus recomendaciones a la comisión a más tardar el 1 de febrero de cada año.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 2549(b) La comisión adoptará criterios y procedimientos para la evaluación de solicitudes por parte del departamento. Los criterios incluirán, entre otros, todos los siguientes:
(1)CA Calles y Carreteras Code § 2549(b)(1) La viabilidad del derecho de vía como corredor de tránsito.
(2)CA Calles y Carreteras Code § 2549(b)(2) El grado de participación financiera local en la adquisición.
(3)CA Calles y Carreteras Code § 2549(b)(3) El grado en que el derecho de vía no adquirido está en peligro por el desarrollo invasor.
(c)CA Calles y Carreteras Code § 2549(c) La comisión adoptará anualmente una lista de prioridades para el adelanto de fondos disponibles para los fines de esta sección. La comisión establecerá y enviará a todos los solicitantes una lista preliminar al menos 30 días antes de la fecha de una audiencia de la comisión sobre la lista. La comisión adoptará la lista de prioridades, tal como se proponga o se modifique, en una audiencia posterior de la comisión después de la audiencia inicial. La comisión adelantará los fondos disponibles para los fines de esta sección de acuerdo con la lista de prioridades adoptada.
(d)CA Calles y Carreteras Code § 2549(d) Cualquier adelanto de fondos conforme a esta sección deberá ser reembolsado en un período de tres años y deberá ser reembolsado con intereses a una tasa igual a la tasa de interés obtenida sobre el dinero en el Fondo de Inversión de Dinero Mancomunado.