Section § 2450

Explanation

Esta sección define términos relacionados con proyectos de separación de niveles para carreteras y ferrocarriles. Una 'separación de niveles' es una estructura que separa una carretera de las vías del tren, siguiendo estándares de diseño específicos. El término 'proyecto' abarca toda la construcción necesaria para lograr esta separación, como rampas o drenaje, y puede incluir instalaciones para el tráfico no motorizado a menos que se considere innecesario. Si solo hay una vía pero potencial para dos, el proyecto debe permitir una futura expansión. 'Carretera' incluye calles de la ciudad y carreteras estatales o del condado que no son autopistas. 'Ferrocarril' se refiere a las corporaciones ferroviarias.

Para los fines de este capítulo:
(a)CA Calles y Carreteras Code § 2450(a) “Separación de niveles” significa, a los efectos de calcular la contribución ferroviaria al proyecto, la estructura teórica necesaria para separar la calzada del nivel ferroviario para el número de carriles de la carretera existente y para todo el ancho del corredor ferroviario, de conformidad con las normas de diseño actuales del departamento.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 2450(b) “Proyecto” significa la separación de niveles y otras estructuras que realmente separan la calzada vehicular de las vías férreas, y todos los accesos, rampas, conexiones, drenaje y otras construcciones necesarias para que la separación de niveles sea operativa y para efectuar la separación de niveles. Un proyecto de separación de niveles puede incluir la provisión para la separación del tráfico no motorizado de la calzada vehicular y las vías férreas. Si no se va a incluir una separación de tráfico no motorizado en un proyecto, deberá haber una determinación afirmativa de que la separación de tráfico no motorizado no redunda en el interés público. En cualquier proyecto donde exista una sola vía férrea, el proyecto se construirá de manera que prevea la expansión a dos vías cuando el Director de Transporte determine que el proyecto se encuentra en un corredor ferroviario de pasajeros principal existente o potencial. El proyecto puede consistir en:
(1)CA Calles y Carreteras Code § 2450(b)(1) La alteración o reconstrucción de separaciones de niveles existentes.
(2)CA Calles y Carreteras Code § 2450(b)(2) La construcción de nuevas separaciones de niveles para eliminar cruces a nivel existentes.
(c)CA Calles y Carreteras Code § 2450(c) “Carretera” significa calle de la ciudad, una carretera del condado o una carretera estatal que no sea una autopista tal como se define en la Sección 257.
(d)CA Calles y Carreteras Code § 2450(d) “Ferrocarril” significa una corporación ferroviaria.

Section § 2451

Explanation

Esta sección define lo que es una "agencia local" para incluir ciudades, condados, distritos de separación de niveles y cualquier entidad pública que ofrezca servicios de transporte ferroviario de pasajeros. También establece que, antes de que un distrito de separación de niveles pueda solicitar fondos para un proyecto, primero debe consultar y obtener el consentimiento por escrito de la ciudad o el condado local donde se realizará el proyecto.

(a)CA Calles y Carreteras Code § 2451(a) Para los fines de este capítulo, “agencia local” incluye una ciudad, un condado, un distrito de separación de niveles y cualquier entidad pública que preste servicios de transporte ferroviario de pasajeros.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 2451(b) Antes de que un distrito de separación de niveles pueda solicitar a la comisión, de conformidad con este capítulo, una asignación para un proyecto, el distrito deberá consultar y obtener el consentimiento por escrito de la ciudad en la que se encuentre el proyecto, o del condado si el proyecto se encuentra en territorio no incorporado.

Section § 2452

Explanation
Cada año, antes del 1 de julio, la Comisión de Servicios Públicos debe crear una lista priorizada de proyectos que necesitan separación o alteración. Los proyectos se clasifican según criterios específicos establecidos por la Comisión.

Section § 2453

Explanation

Esta ley establece que la Comisión de Transporte de California es responsable de distribuir los fondos reservados de la Sección 190 y otras fuentes para proyectos de transporte. Estos proyectos deben estar en la lista de prioridades según la Sección 2452. El dinero se puede usar tanto para los costos previos a la construcción como para los costos de construcción. Si los fondos se destinan a una agencia local, primero deben cumplirse ciertos requisitos de las Secciones 2456 y 2457.

De los fondos reservados conforme a la Sección 190, así como de cualesquiera otros fondos que puedan ser reservados para los fines de este capítulo, la Comisión de Transporte de California realizará asignaciones para proyectos contenidos en la lista de prioridades más reciente establecida conforme a la Sección 2452. Dichas asignaciones se realizarán para costos de preconstrucción y costos de construcción. Cuando se realicen asignaciones a una agencia local, primero deberán cumplirse los requisitos de las Secciones 2456 y 2457.

Section § 2453.5

Explanation
Esta ley permite al departamento proporcionar su opinión y sugerencias a la comisión sobre cualquier proyecto que esté recibiendo financiación.

Section § 2454

Explanation

Esta ley explica cómo se determina la financiación para ciertos proyectos de transporte, específicamente aquellos relacionados con la eliminación de cruces o las separaciones de nivel ferroviarias. En general, el estado cubrirá el 80% del costo estimado de un proyecto, pero esta cantidad disminuye si las contribuciones de otras fuentes superan el 20%.

Para los proyectos que afectan cruces existentes, el ferrocarril debe aportar el 10% de los costos. Normalmente, estas asignaciones tienen un tope de $5 millones por proyecto, a menos que el proyecto sea la máxima prioridad en la lista de la Comisión de Servicios Públicos, en cuyo caso podría recibir hasta $15 millones. Los proyectos que cuestan entre $5 y $20 millones pueden ser considerados si cumplen criterios específicos, como evitar futuros proyectos y ahorrar al menos el 50% en costos.

Además, hay un límite sobre cuánto se puede asignar anualmente sin aprobación legislativa y solo un proyecto por agencia cada diez años, a menos que queden fondos disponibles. Asimismo, cuando se utilizan fondos federales o estatales, la contribución del ferrocarril puede calcularse de manera diferente según los requisitos de la ley federal o estatal.

Las asignaciones realizadas conforme a la Sección 2453 se harán sobre la base de lo siguiente:
(a)CA Calles y Carreteras Code § 2454(a) Se hará una asignación del 80 por ciento del costo estimado del proyecto; excepto que cuando las contribuciones de otras fuentes excedan el 20 por ciento del costo estimado, la asignación se reducirá por la cantidad que exceda el 20 por ciento del costo estimado.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 2454(b) En proyectos que eliminen un cruce existente, o alteren o reconstruyan una separación de nivel existente, no se hará ninguna asignación a menos que el ferrocarril acepte contribuir con el 10 por ciento del costo del proyecto.
(c)Copy CA Calles y Carreteras Code § 2454(c)
(1)Copy CA Calles y Carreteras Code § 2454(c)(1) No obstante lo dispuesto en los incisos (a) y (b), el total de estas asignaciones para un solo proyecto no excederá de cinco millones de dólares ($5,000,000) sin autorización legislativa específica. Las asignaciones acumuladas para un solo proyecto no excederán el 80 por ciento del costo de construcción del proyecto.
(2)CA Calles y Carreteras Code § 2454(c)(2) No obstante lo dispuesto en el párrafo (1), la Comisión de Transporte de California podrá asignar hasta quince millones de dólares ($15,000,000) a un solo proyecto si ese proyecto es el proyecto de mayor prioridad en la lista de prioridades establecida por la Comisión de Servicios Públicos conforme a la Sección 2452.
(d)Copy CA Calles y Carreteras Code § 2454(d)
(1)Copy CA Calles y Carreteras Code § 2454(d)(1) No obstante lo dispuesto en los incisos (a) a (c), ambos inclusive, un solo proyecto que exceda de cinco millones de dólares ($5,000,000), pero que no exceda de veinte millones de dólares ($20,000,000), se considerará sin autoridad legislativa específica, si el proyecto (A) está incluido en la lista de prioridades de proyectos de la Comisión de Servicios Públicos programados para ser financiados, (B) elimina la necesidad de futuros proyectos relacionados de separación de nivel, (C) proporciona ahorros de costos proyectados de al menos el 50 por ciento al estado o a la jurisdicción local, o a ambos, al eliminar la necesidad de proyectos futuros, y (D) alivia los problemas de tráfico y seguridad o proporciona un servicio ferroviario mejorado que de otro modo no sería posible. Los proyectos aprobados conforme a este inciso se financiarán durante un período plurianual, que no excederá de cinco años, y la asignación para cualquiera de esos años no excederá la cantidad prescrita por el inciso (c) para un solo proyecto.
(2)CA Calles y Carreteras Code § 2454(d)(2) No más de la mitad de la asignación total disponible en cualquier año fiscal para proyectos de separación de nivel podrá utilizarse para los fines de este inciso. Una agencia que haya recibido una asignación para un proyecto aprobado conforme a este inciso no será elegible para una asignación para otro proyecto bajo este inciso por un período de 10 años a partir de la fecha de aprobación de ese proyecto. Sin embargo, si hay fondos disponibles para asignación, según lo determine el Departamento de Transporte, una agencia podrá ser elegible para una asignación para otro proyecto.
(e)CA Calles y Carreteras Code § 2454(e) No obstante cualquiera de las disposiciones de esta sección o cualquier otra disposición de la ley, cuando el estado o una agencia local utilice fondos derivados de fuentes federales para financiar su parte de los costos del proyecto, la contribución del ferrocarril, cuando lo exija la ley o regulación federal, se calculará conforme a la ley federal.
(f)CA Calles y Carreteras Code § 2454(f) No obstante cualquiera de las disposiciones de esta sección o cualquier otra disposición de la ley, cuando el estado o una agencia local utilice fondos estatales para financiar una parte de los costos del proyecto, la contribución del ferrocarril, en la medida determinada conforme a esta sección, se calculará basándose únicamente en el costo de la separación de nivel, y no en el costo de cualquier otra parte del proyecto.

Section § 2454.2

Explanation

Esta ley trata sobre el retiro y reemplazo de las vías del tren utilizadas por el Ferrocarril Sacramento Northern en Pittsburg, California, para mejorar la seguridad al redirigir los trenes que transportan materiales peligrosos, como explosivos, a través de una ruta más segura. Permite la financiación de una asignación específica incluso si el ferrocarril no contribuye financieramente al proyecto. La decisión sobre la contribución del ferrocarril a los costos la tomará la Comisión de Servicios Públicos, pero el hecho de no contribuir no descalifica el proyecto para recibir financiación. Esto es importante porque los trenes cruzan zonas residenciales, lo que representa riesgos para la vida y seguridad de los residentes locales.

El retiro planificado del trazado de vías del Ferrocarril Sacramento Northern, la construcción de vías sustitutas y conexiones de vías, la eliminación de 10 cruces a nivel existentes, la adquisición de los derechos de vía necesarios y todos los trabajos asociados y accesorios necesarios, para permitir que los trenes del Ferrocarril Sacramento Northern operen a través del trazado de vías existente del Ferrocarril Atchison, Topeka & Santa Fe, en y adyacente a la Ciudad de Pittsburg, será elegible para una asignación conforme a la Sección 2453. La Comisión de Servicios Públicos determinará en qué medida, si la hay, el ferrocarril contribuirá al proyecto. Dicha elegibilidad no dependerá de si el ferrocarril acepta contribuir, y la Comisión de Carreteras de California no denegará una asignación por tales motivos.
La Legislatura por la presente encuentra y declara que es necesario promulgar esta ley especial con respecto al proyecto de retiro de vías y eliminación de cruces a nivel de Pittsburg debido a la existencia de los siguientes hechos y circunstancias especiales:
El tráfico predominante transportado por el Ferrocarril Sacramento Northern consiste en altos explosivos, bombas, proyectiles y municiones destinados al depósito de municiones de la Armada de los Estados Unidos en Port Chicago. Dichos trenes atraviesan zonas residenciales, cruzan 10 calles a nivel y constituyen un grave peligro para la vida y la seguridad de los residentes de Pittsburg. El Ferrocarril Sacramento Northern está dispuesto a retirar sus vías y operar sus trenes a través de las vías del Ferrocarril Atchison, Topeka & Santa Fe, que ya está parcialmente a desnivel y que ofrece una ruta más segura. Sin embargo, el Ferrocarril Sacramento Northern sacrificará algunas de sus propias instalaciones, no recibirá beneficios y, por lo tanto, no está dispuesto a contribuir con ninguna parte del costo incidental al retiro de su trazado de vías o a la construcción de conexiones de vías sustitutas y accesorios o a la adquisición de derechos de vía.
Basándose en lo anterior, la Legislatura por lo tanto encuentra y declara que es necesario que el proyecto de retiro y reubicación de vías del Sacramento Northern en y adyacente a la Ciudad de Pittsburg sea elegible para una asignación para separación de niveles, y que la subdivisión (d) de la Sección 2454, relacionada con una contribución del ferrocarril, no se aplicará a los efectos de calificar para una asignación conforme a la Sección 2453.

Section § 2455

Explanation
Cuando una agencia local recibe fondos de la comisión, debe acordar con el departamento cómo administrar y llevar un registro del dinero. Esto incluye establecer sistemas para pagar rápidamente el trabajo realizado, para que la agencia no tenga que usar más dinero de lo que le corresponde de los costos del proyecto. También pueden planificar cómo avanzará el trabajo para aprovechar al máximo los fondos proporcionados por la Legislatura.

Section § 2456

Explanation

Para que una agencia local pueda obtener financiación para costos de construcción, debe demostrar varias cosas al departamento. Tienen que mostrar que la Comisión de Servicios Públicos ha aprobado todo, confirmar que los fondos locales están disponibles según se necesiten y haber cerrado acuerdos con los ferrocarriles si forman parte del proyecto. Si es necesario, deben prepararse y aprobarse los informes de impacto ambiental. Todos estos pasos deben poder completarse dentro de los dos años siguientes a la asignación de los fondos. Si hay bonos de obligación general autorizados pero no vendidos, estos se consideran fondos disponibles si la agencia puede venderlos en cualquier momento.

Una asignación para costos de construcción, incluidos los costos de preconstrucción si aún no se han asignado, se hará a una agencia local solo si esta presenta pruebas satisfactorias al departamento de que todas las órdenes necesarias de la Comisión de Servicios Públicos han sido ejecutadas, que se dispondrá de fondos locales suficientes a medida que avance el trabajo del proyecto, que todos los acuerdos necesarios con el ferrocarril o ferrocarriles afectados han sido celebrados, que, si se requiere, todos los informes de impacto ambiental han sido preparados y las aprobaciones obtenidas, y que todos los demás asuntos previos a la adjudicación del contrato de construcción pueden realizarse dentro de los dos años posteriores a la asignación. Los fondos locales se considerarán disponibles por el monto de cualquier bono de obligación general autorizado pero no vendido si se determina que dichos bonos pueden ser emitidos y vendidos por la agencia local en cualquier momento.

Section § 2457

Explanation
Esta ley explica que los gastos incurridos por una agencia local antes de iniciar la construcción de proyectos públicos, como la planificación y la preparación de informes, pueden contarse como parte del costo total del proyecto. La agencia local debe demostrar que puede cumplir con los requisitos de financiación futuros para que estos costos sean aprobados. Incluso si el proyecto comienza antes de obtener financiación, la agencia aún puede recibir el dinero más tarde, siempre y cuando obtenga la aprobación en el mismo año fiscal.

Section § 2458

Explanation
Si un proyecto no ha iniciado la construcción dentro de los dos años posteriores a la asignación de fondos, la comisión puede cancelar la financiación y el dinero regresa al fondo original. Si la preconstrucción no avanza adecuadamente, esa financiación también puede ser cancelada y devuelta. La agencia local debe reembolsar cualquier fondo no revertido, y el momento del reembolso se decidirá con el departamento.

Section § 2459

Explanation
Esta ley explica cómo se gestionan los fondos para ciertos proyectos. Si el costo real del proyecto es menor de lo esperado, cualquier dinero sobrante regresa al fondo para uso futuro. Si el costo del proyecto es mayor, se pueden otorgar fondos adicionales para cubrirlo, pero solo si la comisión cree que el proyecto habría recibido inicialmente los fondos adicionales según su clasificación de prioridad.

Section § 2460

Explanation

Si hay más proyectos que cumplen los criterios de los que se pueden financiar con el dinero disponible, los proyectos que estén más arriba en la lista de prioridades establecida recibirán financiación primero. La comisión puede asignar fondos a cualquier proyecto si cree que habrá suficiente dinero disponible para todos los proyectos de mayor prioridad que se espera que califiquen en ese año financiero.

Si el número de proyectos que cumplen con los requisitos de este capítulo excede la capacidad de financiación de los fondos reservados para los fines de este capítulo, las asignaciones se realizarán a aquellos proyectos que ocupen los primeros puestos en la lista de prioridades establecida de conformidad con la Sección 2452. La comisión podrá realizar asignaciones para cualquier proyecto cuando determine, en el momento de la asignación, que hay fondos suficientes disponibles para todos los proyectos que ocupen un puesto superior en la lista de prioridades y que son, o se espera razonablemente que lleguen a ser, elegibles durante el año fiscal.

Section § 2460.5

Explanation

Después de completar las asignaciones para proyectos de mayor prioridad, la comisión ofrecerá los fondos restantes al siguiente proyecto elegible, incluso si no hay suficiente para cubrir completamente lo que la agencia local tiene derecho a recibir. El siguiente año fiscal, la comisión proporcionará los fondos adicionales necesarios para alcanzar la cantidad a la que la agencia tiene derecho. Sin embargo, la financiación total para un solo proyecto no puede exceder un cierto límite a menos que la legislatura lo permita específicamente.

De los fondos restantes después de las asignaciones para proyectos de mayor prioridad en la lista de prioridades, la comisión ofrecerá asignar los fondos restantes para el siguiente proyecto elegible en la lista de prioridades, aunque la cantidad de los fondos restantes sea menor que la cantidad a la que la agencia local tiene derecho para ese proyecto.
La comisión, en el siguiente año fiscal, asignará a la agencia local una cantidad adicional igual a la diferencia entre la cantidad que la agencia local era elegible para recibir y la cantidad de la asignación reducida.
El total de la cantidad de asignaciones para un solo proyecto, incluyendo, entre otras, cualquier asignación conforme a esta sección, no excederá la cantidad prescrita por la subdivisión (c) de la Sección 2454 sin autorización legislativa específica.

Section § 2460.7

Explanation

Esta ley establece que si una agencia local tiene un proyecto en la lista de prioridades, puede optar por comenzar a construirlo antes de que reciba financiación prioritaria. El proyecto seguirá siendo elegible para financiación futura una vez que alcance oficialmente una prioridad lo suficientemente alta. Si y cuando califique para financiación, la agencia local será reembolsada por los costos de construcción, al igual que cualquier otro proyecto financiado, pero esto solo si se cumplen dos condiciones: el trabajo debe seguir las reglas del departamento y el proyecto necesita la aprobación previa de la Comisión de Transporte de California.

Un proyecto que se encuentre en la lista de prioridades podrá ser construido por una agencia local antes de que alcance una prioridad lo suficientemente alta para recibir financiación bajo este capítulo. El proyecto conservará su elegibilidad para ser incluido en listas de prioridades subsiguientes establecidas por la Comisión de Servicios Públicos de conformidad con la Sección 2452, aplicando las condiciones de tráfico, accidentes y otras existentes en la ubicación del proyecto en el momento inmediatamente anterior al inicio de la construcción.
Si el proyecto posteriormente alcanza una prioridad lo suficientemente alta para recibir financiación bajo este capítulo, los fondos serán asignados y pagados a la agencia local de la misma manera, y bajo los mismos términos y condiciones, que cualquier otro proyecto financiado bajo este capítulo, sobre la base del costo de construcción del proyecto. Para ser elegible para financiación subsiguiente bajo esta sección, deberán cumplirse ambos de los siguientes requisitos:
(a)CA Calles y Carreteras Code § 2460.7(a) El trabajo en el proyecto deberá realizarse bajo los términos y condiciones establecidos por el departamento.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 2460.7(b) El proyecto ha recibido la aprobación previa de la Comisión de Transporte de California.

Section § 2461

Explanation
El dinero destinado a proyectos específicos en las carreteras estatales se contará como gasto para el condado donde se ubica el proyecto. Esto es importante para cumplir con ciertas reglas sobre cómo se utilizan los fondos de carreteras en diferentes áreas.