No se puede impugnar la validez de los bonos de refinanciamiento emitidos bajo esta ley si se espera más de 30 días después de que se adopte la resolución para emitirlos. Cualquier acción legal debe iniciarse dentro de este período de 30 días.
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(Added by Stats. 1984, Ch. 496, Sec. 1. Effective July 17, 1984.)
Una vez que se finaliza una reevaluación, no puedes impugnarla, salvo lo especificado en este conjunto de reglas. Las conclusiones y decisiones tomadas por el órgano legislativo durante este proceso son definitivas, a menos que haya pruebas de fraude real.
Una vez confirmada la reevaluación, no podrá ser impugnada de ninguna otra manera que no sea en el momento y de la forma especificados en esta división, y en cualquier acción, todos los hallazgos, conclusiones y determinaciones del órgano legislativo que llevó a cabo los procedimientos de reevaluación serán concluyentes en ausencia de fraude real.
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(Added by Stats. 1984, Ch. 496, Sec. 1. Effective July 17, 1984.)
Esta sección de la ley establece que si hay errores en cómo se lleva a cabo o se registra una reevaluación o un refinanciamiento, esos errores no invalidan la reevaluación o los bonos de refinanciamiento. Esencialmente, pequeños errores en el proceso no anularán ni invalidarán la reevaluación o los bonos.
Ningún defecto en la forma de cualquier reevaluación impuesta conforme a esta división y ningún defecto legal en cualquiera de los procedimientos relacionados con la reevaluación y el refinanciamiento invalidará de ninguna manera cualquier reevaluación o cualquier bono de refinanciamiento.
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(Added by Stats. 1984, Ch. 496, Sec. 1. Effective July 17, 1984.)
Esta ley establece que si hay un pequeño error al calcular el monto adeudado por un bono, una reevaluación o una cuota, incluyendo cualquier interés o multa, esto no invalida el pago ni los documentos resultantes, como un certificado de venta o una escritura. El error debe ser menor o debe beneficiar al propietario del inmueble.
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(Added by Stats. 1984, Ch. 496, Sec. 1. Effective July 17, 1984.)
Esta ley de California establece que, si desea impugnar la validez de una reevaluación o de cualesquiera bonos que se estén refinanciando a causa de ella, puede presentar una demanda basándose en directrices específicas que se encuentran en otra parte del código legal. La reevaluación se considera oficialmente en vigor una vez que se confirma.
Una acción para determinar la validez de una reevaluación y de cualesquiera bonos de refinanciamiento emitidos o por emitirse al respecto podrá interponerse conforme al Capítulo 9 (que comienza con la Sección 860) del Título 10 de la Parte 2 del Código de Procedimiento Civil. Para tal fin, la reevaluación se considerará existente tras su confirmación.
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(Added by Stats. 1984, Ch. 496, Sec. 1. Effective July 17, 1984.)
Esta ley explica que si cualquier tasación (que es un tipo de cargo o impuesto) o bono de refinanciamiento se considera ilegal o inválido por razones que afectan a toda la tasación o emisión de bonos, los bonos originales que se suponía que serían reemplazados por los nuevos siguen siendo válidos. Si los bonos originales ya fueron cancelados, el tesorero de la ciudad debe emitir nuevos bonos que sean exactamente como los cancelados para reemplazarlos.
Si cualquier reevaluación o cualquier bono de refinanciamiento es declarado ilegal o inválido en cualquier acción o procedimiento por cualquier motivo que se aplique a la totalidad de la reevaluación o a la totalidad de la emisión de bonos de refinanciamiento, entonces los bonos no pagados refinanciados permanecen en pleno vigor y efecto. Si los bonos no pagados han sido cancelados, el tesorero de la ciudad que llevó a cabo los procedimientos inválidos de refinanciamiento o reevaluación emitirá nuevos bonos del mismo tenor, fuerza y efecto que los bonos no pagados cancelados.
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(Added by Stats. 1984, Ch. 496, Sec. 1. Effective July 17, 1984.)
Si los bonos destinados a reemplazar bonos antiguos son declarados ilegales o inválidos, los bonos originales y cualquier nuevo bono emitido para reemplazarlos seguirán rigiéndose por las mismas reglas establecidas en esta ley.
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(Added by Stats. 1984, Ch. 496, Sec. 1. Effective July 17, 1984.)
Esta ley establece que si alguien desea impugnar o cuestionar una reevaluación o procedimientos relacionados, debe iniciar la acción legal dentro de los 30 días posteriores a la adopción de la resolución para la emisión de bonos de refinanciamiento. Después de este período, no se puede cuestionar la validez de la reevaluación ni detener la emisión de bonos relacionados.
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(Added by Stats. 1984, Ch. 496, Sec. 1. Effective July 17, 1984.)