Part 8
Section § 8680
Esta ley explica cómo las evaluaciones impagas, que son básicamente cargos que no se han pagado a tiempo, se liquidan con el tiempo mediante pagos anuales. Estos pagos coinciden con el calendario y los montos necesarios para pagar los bonos a medida que vencen o se hacen exigibles para un pago anticipado. El monto anual adeudado, más los intereses, se paga de la misma manera y al mismo tiempo que los impuestos municipales sobre la propiedad. Si los pagos se retrasan, generalmente conllevan las mismas multas que los impuestos sobre la propiedad, a menos que la ciudad decida aplicar multas diferentes de antemano.
Específicamente, la ciudad puede imponer una multa mensual del 2% sobre los pagos atrasados. Esta multa comienza justo después de que la cuota se retrasa y sigue aumentando un 2% cada mes hasta que se paga todo. Esta multa reemplaza cualquier otra multa. El tesorero de la ciudad u otra parte designada recauda estas multas, que se destinan a un fondo específico para pagar estos bonos.
Section § 8681
Section § 8682
Esta ley describe el proceso para gestionar las evaluaciones pendientes de pago que se utilizan como garantía para bonos. Primero, una copia de la orden sobre las evaluaciones pendientes de pago debe presentarse al auditor, quien lleva un registro de las cuotas de capital e intereses que vencen cada año. El auditor anota estas cuotas en el padrón de evaluaciones fiscales de cada propiedad afectada.
Además, el auditor puede incluir una tarifa de hasta el 5% sobre estas cuotas para cubrir los gastos de cobro, aunque este importe no puede exceder los $8 por propiedad por cuota, a menos que el propietario del terreno lo consienta. Estas tarifas ayudan a cubrir los gastos administrativos y de cobro en los que incurre la ciudad. Existen limitaciones sobre lo que la ciudad puede cobrar a los propietarios por el cobro.
Finalmente, para los distritos de evaluación creados antes de 1988, los gastos de cobro se limitan a lo que estaba permitido según el estatuto antes de las enmiendas de 1986.
Section § 8682.1
Esta ley explica cómo una ciudad puede gestionar los gastos relacionados con el registro de bonos. Cada año, los costos adicionales asociados con el registro de bonos se añaden a la factura del impuesto sobre la propiedad para cada lote o parcela de terreno. Estos costos pueden incluir tarifas pagadas a agentes que se encargan de tareas de los bonos como el registro, la transferencia y los pagos. Si la ciudad realiza estas tareas por sí misma, los costos pueden incluir los salarios de los empleados municipales y otros gastos relacionados.
Alternativamente, la ciudad puede decidir calcular e incluir el total estimado de los gastos para todo el plazo de los bonos en la contribución inicial de los bonos y usar un fondo especial para cubrir estos costos anualmente. Cualquier dinero restante en este fondo se maneja según otra ley específica una vez que los bonos se han pagado.