Section § 8650

Explanation

Esta sección explica cómo se emiten y reembolsan los bonos cuando se financian ciertos proyectos de mejora. Los bonos deben reembolsarse en cuotas anuales a partir de un año después de su emisión, y este pago continúa hasta que se salda el monto total, incluidos los intereses. Los intereses no excederán el máximo legal y comenzarán a acumularse 31 días después de la fecha de registro de la evaluación o a partir de la fecha de emisión del bono. Los pagos de intereses se realizan dos veces al año, el 2 de marzo y el 2 de septiembre, y el primer pago se realiza seis meses antes del vencimiento de la primera serie de bonos. El cuerpo legislativo puede ajustar la primera fecha de pago de intereses si alguna parte de los intereses está financiada.

(a)CA Calles y Carreteras Code § 8650(a) Salvo que el cuerpo legislativo disponga lo contrario conforme a la Sección 8650.1, los bonos se emitirán en series y una proporción anual uniforme de la suma principal total de los mismos será pagadera el segundo día de septiembre de cada año siguiente a los primeros 12 meses después de su fecha, hasta que se pague la totalidad. Los bonos devengarán intereses a una tasa que no exceda la tasa máxima permitida por la ley a partir del día 31 después de registrar la evaluación si la evaluación se impuso bajo la Ley de Mejoras de 1911, o a partir de su fecha si la evaluación se impuso bajo la Ley de Mejoras Municipales de 1913 u otra ley, sobre todas las sumas impagas, hasta que se pague la totalidad de la suma principal y los intereses.
(b)CA Calles y Carreteras Code § 8650(b) Los intereses serán pagaderos semestralmente el segundo día de marzo y septiembre, respectivamente, de cada año. El primer pago de intereses vencerá en la fecha de pago de intereses que sea seis meses antes del vencimiento de la primera serie de bonos, pero, si alguna porción de los intereses está financiada, el cuerpo legislativo podrá especificar que el primer pago de intereses vencerá en cualquier fecha de pago de intereses anterior a la fecha de los bonos. Los intereses serán pagaderos a los tenedores registrados de los bonos según sus nombres y direcciones aparecían en los registros de la agencia emisora o de su agente de registro el día 15 del mes calendario anterior a la fecha de pago de intereses.

Section § 8650.1

Explanation

Esta ley permite a un órgano legislativo tomar decisiones sobre cómo se estructuran y pagan los bonos para proyectos de mejora. Pueden elegir diferentes opciones sobre cuánto capital e intereses se pagan cada año para que los montos de pago sean iguales de un año a otro, excepto por el primer pago, que considera los intereses devengados. También deciden la forma y la fecha de los bonos, y pueden organizar los bonos en grupos separados con diferentes calendarios de pago.

Además, pueden clasificar las evaluaciones para que las más pequeñas se paguen más rápidamente. La fecha de vencimiento de la última cuota de los bonos también puede establecerse como un plazo máximo en lugar de una fecha exacta.

El órgano legislativo, a su discreción, podrá determinar, ya sea (a) en la resolución de intención que describe el trabajo de mejora, o (b) posteriormente en cualquier procedimiento de cambio realizado conforme y de acuerdo con las disposiciones de la misma ley bajo la cual se adoptó la resolución de intención, que el monto principal de los bonos que venzan o queden sujetos a rescate anticipado obligatorio cada año sea diferente de un monto igual a una proporción anual uniforme del principal agregado de los bonos, y podrá determinar que el monto del principal que venza o quede sujeto a rescate anticipado obligatorio cada año más el monto de los intereses pagaderos en ese año será un monto agregado sustancialmente igual cada año, excepto por los fondos que venzan en la primera fecha de vencimiento o de rescate anticipado obligatorio de los bonos, los cuales se ajustarán para reflejar el monto de los intereses devengados desde la fecha en que los bonos devengan intereses hasta la fecha en que se paguen los primeros intereses de los bonos. No obstante la Sección 8651.5, en la medida en que la determinación de emitir bonos conforme a la Sección 8570 incluya bonos a plazo, el órgano legislativo deberá prever el rescate anticipado obligatorio de dichos bonos, sin prima, mediante cuotas anuales de fondo de amortización que se ajusten a los requisitos de esta sección.
No obstante la Sección 8652, el órgano legislativo podrá prescribir la forma de los bonos y fijará la fecha de los bonos. El órgano legislativo podrá dividir el monto principal de cualquier emisión en dos o más divisiones y fijar diferentes fechas para el pago de los bonos de cada división. Los bonos de una división podrán hacerse pagaderos en momentos diferentes a los bonos de cualquier otra división.
El órgano legislativo, a su discreción, podrá determinar de manera similar clasificar las evaluaciones en diferentes plazos de vencimiento para que las evaluaciones más pequeñas puedan vencer en un período de tiempo más corto y, en ese caso, la declaración de bonos en la resolución de intención, o en los procedimientos de cambio realizados conforme y de acuerdo con las disposiciones de la misma ley bajo la cual se adoptó la resolución de intención, en la evaluación, y en el aviso de registro de la evaluación podrá establecer que la última cuota de los bonos vencerá en un número máximo, en lugar de un número exacto, de años a partir del segundo día de septiembre siguiente a los 12 meses de su fecha.

Section § 8651

Explanation
Esta ley establece que el último pago de estos bonos debe vencer a más tardar 39 años después del 2 de septiembre del año siguiente a la fecha de emisión del bono.

Section § 8651.5

Explanation

Esta ley establece que los bonos pueden ser rescatados antes de su fecha de vencimiento en una fecha de pago de intereses. Para hacerlo, el propietario del bono recibirá el monto principal, cualquier interés acumulado hasta esa fecha de rescate y una prima de rescate que equivale al 5% del capital. Sin embargo, el órgano legislativo puede reducir esta prima durante los primeros cinco años a un mínimo del 3%, y después de ese período a cualquier cantidad, incluso a cero.

Cada bono, o cualquier porción del bono en una cantidad fija o cualquier múltiplo entero de la cantidad fija, estará sujeto a rescate anticipado antes de su vencimiento en cualquier fecha de pago de intereses, mediante el pago al titular registrado del capital y los intereses devengados hasta la fecha de rescate, junto con una prima de rescate equivalente al 5 por ciento del capital. Antes de la emisión de los bonos, el órgano legislativo podrá establecer una reducción de la prima de rescate a una cantidad no inferior al 3 por ciento del capital durante los primeros cinco años del plazo de los bonos o a cualquier cantidad, incluido cero, después de los primeros cinco años del plazo de los bonos, o ambas cosas.

Section § 8652

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Esta sección describe la forma estándar y las disposiciones de los Bonos de Mejora emitidos por una ciudad o condado en California bajo la Ley de Bonos de Mejora de 1915. Estos bonos se utilizan para financiar obras públicas, como mejoras o adquisiciones, y están garantizados por fondos recaudados de contribuciones especiales a los propietarios que se benefician de estas mejoras.

El bono especifica detalles clave como la tasa de interés, la fecha de vencimiento y los términos de pago. Son registrados y transferibles a nuevos propietarios bajo las condiciones establecidas en la resolución de emisión. Los intereses se pagan semestralmente, y el bono es válido una vez completada la autenticación y el registro. Se permite la amortización anticipada del bono antes de su vencimiento con el debido aviso previo al tenedor.

Los bonos deberán tener sustancialmente la siguiente forma:
Estados Unidos de América
Estado de California
Condado de ______
REGISTRADO
Número
REGISTRADO
$
BONO DE MEJORA
Ciudad (o Condado) de (nombrarla)
__________
SERIE NÚM. ______
TASA DE
INTERÉS
FECHA DE
VENCIMIENTO
FECHA DEL
BONO
____,  20__
NÚMERO
CUSIP
En virtud de la Ley de Bonos de Mejora de 1915, División 10 (que comienza con la Sección 8500) del Código de Calles y Carreteras (la “Ley”), la Ciudad (o Condado) de ____, Condado de ____, Estado de California, (la “Ciudad” o “Condado”) pagará, con cargo al fondo de amortización para el pago de los bonos emitidos sobre la porción impaga de las contribuciones especiales realizadas para la adquisición, obra y mejoras descritas más detalladamente en los procedimientos iniciados de conformidad con la Resolución de Intención Núm. ____, adoptada por el (órgano legislativo) de la Ciudad (o Condado) de ____ el día ____ de ____ de 20__, (según se modifique posteriormente), a ____ o a sus cesionarios registrados, en la fecha de vencimiento indicada anteriormente, la suma principal de ____, en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América y, de igual manera, pagará intereses desde la fecha de pago de intereses inmediatamente anterior a la fecha en que se autentique este bono, a menos que este bono se autentique y registre a partir de una fecha de pago de intereses, en cuyo caso devengará intereses a partir de dicha fecha de pago de intereses, o a menos que este bono se autentique y registre antes del ____ de 20__, (primera fecha de pago de intereses) en cuyo caso devengará intereses a partir de su fecha, hasta que se haya liquidado el pago de dicha suma principal, a la tasa anual indicada anteriormente, pagadera semestralmente el 2 de marzo y el 2 de septiembre de cada año a partir del ____ de 20__. Tanto el principal del presente como la prima de amortización del mismo son pagaderos en ____ como Agente de Transferencia, Registrador y Agente Pagador, en ____, California, y los intereses del presente son pagaderos mediante cheque o giro postal enviado al propietario del presente a la dirección del propietario tal como aparece en los registros de la ____ (agencia emisora o agente de registro) o a una dirección que se haya presentado ante la ____ (agencia emisora o agente de registro) para tal fin, a partir del día 15 del mes calendario inmediatamente anterior a cada fecha de pago de intereses.
Este bono continuará devengando intereses después del vencimiento a la tasa indicada anteriormente; siempre que se presente al vencimiento y se deniegue su pago por el único motivo de que no existen fondos suficientes en dicho fondo de amortización para pagarlo. Si no se presenta al vencimiento, los intereses sobre el mismo se devengarán hasta el vencimiento.
Este bono no tendrá derecho a ningún beneficio en virtud de la Ley o de la Resolución que Autoriza la Emisión de Bonos (la “Resolución de Emisión”), ni será válido u obligatorio para ningún propósito, hasta que el certificado de autenticación y registro aquí endosado haya sido fechado y firmado por la ____ (agencia emisora o agente de registro).
EN FE DE LO CUAL, la Ciudad (o Condado) de ____ ha hecho que este bono sea firmado en facsímil por el Tesorero de la Ciudad (o Condado) y por su Secretario, y ha hecho que su sello corporativo sea reproducido en facsímil en el presente, todo ello a partir del día ____ de ____ de 20__.
CIUDAD (O CONDADO) DE ________
Secretario
Tesorero
[SELLO]
Certificado de Autenticación
y Registro
Este es uno de los bonos descritos
en la Resolución de Emisión mencionada
en el presente, que ha sido
autenticado y registrado
el
Por 
Este bono es uno de varias series anuales de bonos de igual fecha, tenor y efecto, pero que difieren en montos, vencimientos y tasas de interés, emitidos por la Ciudad (o Condado) de ____ en virtud de la Ley y la Resolución de Emisión, con el propósito de proporcionar los medios para pagar las mejoras descritas en los procedimientos, y está garantizado por los fondos en el fondo de amortización y por la porción impaga de las contribuciones especiales realizadas para el pago de esas mejoras, y, incluyendo el principal y los intereses, es pagadero exclusivamente con cargo al fondo de amortización.
Este bono es transferible por su propietario registrado, en persona o por el abogado del propietario debidamente autorizado por escrito, en la oficina de la ____ (agencia emisora o su agente de registro), sujeto a los términos y condiciones previstos en la Resolución de Emisión, incluido el pago de ciertos cargos, si los hubiere, previa entrega y cancelación de este bono. Tras la transferencia, se emitirá un nuevo bono o bonos registrados, de cualquier denominación o denominaciones autorizadas, del mismo vencimiento, por el mismo importe principal agregado, al cesionario a cambio del mismo.
Los bonos se registrarán únicamente a nombre de una persona física (incluidos los copropietarios), una corporación, una sociedad o un fideicomiso.
Ni la agencia emisora ni el agente de registro estarán obligados a canjear o registrar la transferencia de bonos durante los 15 días inmediatamente anteriores a cualquier fecha de pago de intereses.
La agencia emisora y el agente de registro podrán tratar al propietario del presente como el propietario absoluto para todos los fines, y la agencia emisora y el agente de registro no se verán afectados por ninguna notificación en contrario.
Este bono o cualquier porción del mismo por un monto de cinco mil dólares ($5,000), o cualquier múltiplo entero del mismo, podrá ser amortizado y pagado antes de su vencimiento el segundo día de marzo o septiembre de cualquier año, mediante un aviso de al menos 30 días por correo certificado o registrado o mediante entrega personal al propietario registrado del presente en la dirección del propietario tal como aparece en los libros de registro de la ____ (agencia emisora o agente de registro), pagando el principal y los intereses devengados junto con una prima igual al ____ por ciento del principal.
Este bono no está sujeto a refinanciamiento de conformidad con los procedimientos de la División 11 (que comienza con la Sección 9000) o la División 11.5 (que comienza con la Sección 9500) del Código de Calles y Carreteras antes del ______, ___. (Si corresponde).
Por la presente certifico que la siguiente es una copia correcta de la opinión legal firmada de _____.

Section § 8653

Explanation

Esta ley permite que los bonos sean firmados manualmente por el tesorero y el secretario del órgano legislativo. Alternativamente, el órgano legislativo puede aprobar el uso de firmas y sellos impresos o grabados en los bonos en lugar de los manuscritos.

Los bonos serán firmados por el tesorero y el secretario del órgano legislativo. Sin embargo, el órgano legislativo podrá, mediante orden, autorizar el uso en los bonos de una firma grabada, impresa o litografiada del tesorero y del secretario del órgano legislativo en lugar de una firma manuscrita. También podrá autorizar que el sello se coloque de manera similar en los bonos.

Section § 8654

Explanation
Esta ley establece que los bonos tendrán una tasa de interés que se especifica o se determina a través de ciertos procedimientos. Cada año, una serie de bonos vencerá, y esta serie anual tendrá un capital total (la cantidad original prestada) que coincidirá con la porción anual del capital total del grupo completo de bonos emitidos anteriormente.

Section § 8655

Explanation
Esta sección establece que, una vez emitidos los bonos, se confirma que todos los pasos tomados antes de su emisión se realizaron correctamente de acuerdo con las leyes y procedimientos pertinentes.