Part 15
Section § 8850
Section § 8851
Esta ley permite que un órgano legislativo o una parte interesada, como un tenedor de bonos, solicite al Comisionado de Instituciones Financieras que verifique si los bonos se emitieron correctamente y si tienen suficiente garantía para su reembolso. Si el Comisionado lo aprueba, los bonos pueden declararse aptos para inversión por parte de bancos de ahorro y fiduciarios. El costo de este examen, si es aprobado por el órgano legislativo, puede cubrirse con cualquier dinero extra en el fondo utilizado para amortizar los bonos, siempre y cuando no sea necesario para el pago de sus intereses o capital.