Section § 2100

Explanation

Esta ley establece que si un transportista común (como un servicio de autobús o de entrega) cobra menos de lo que registró en sus cuadros tarifarios oficiales, o da descuentos sin aprobación, debe cobrar los montos no pagados. Además, el transportista también puede ser multado con una cantidad igual a estos cobros insuficientes, y esta multa se destina al Fondo General. Esta ley se suma a cualquier otra sanción o acción que la comisión pueda tomar.

Siempre que la comisión, después de una audiencia, determine que cualquier transportista común, que no sea una corporación ferroviaria, ha cobrado, recaudado o recibido una compensación menor por el transporte de personas o bienes, o por cualquier servicio relacionado con ello, que las tarifas, precios y cargos aplicables especificados en sus cuadros tarifarios registrados y en vigor en ese momento, o que el transportista ha reembolsado o remitido de cualquier manera o por cualquier medio cualquier porción de las tarifas, precios o cargos así especificados sin una orden de la comisión que lo autorice, o ha cobrado, recaudado o recibido una compensación menor que la establecida por la comisión conforme a la subdivisión (b) de la Sección 493, la comisión exigirá al transportista que cobre los cobros insuficientes involucrados y podrá imponer al transportista una multa igual al monto de los cobros insuficientes. Estas multas se depositarán en el Fondo General.
El recurso y la sanción previstos en esta sección serán acumulativos y no constituirán un impedimento ni afectarán cualquier otro recurso o sanción previstos en esta parte, ni el ejercicio por parte de la comisión de su facultad para sancionar por desacato.

Section § 2101

Explanation

Esta ley establece que la comisión es responsable de asegurar que se cumplan las leyes de servicios públicos de California. Si ocurren infracciones, la comisión debe tomar acciones legales para corregirlas y asegurar que se apliquen las sanciones. La comisión incluso puede presentar demandas en nombre de los ciudadanos de California para lograrlo. Además, el Fiscal General o los fiscales de distrito locales pueden ayudar a investigar y procesar estos casos según sea necesario.

La comisión velará por que se cumplan y obedezcan las disposiciones de la Constitución y los estatutos de este Estado que afectan a los servicios públicos, cuya aplicación no esté específicamente conferida a otro funcionario o tribunal, y por que las infracciones de las mismas sean prontamente perseguidas y las sanciones adeudadas al Estado por ellas recuperadas y cobradas, y para este fin podrá demandar en nombre del pueblo del Estado de California. A solicitud de la comisión, el Fiscal General o el fiscal de distrito del condado o ciudad y condado correspondiente ayudará en cualquier investigación, audiencia o juicio celebrado conforme a las disposiciones de esta parte, e iniciará y llevará a cabo acciones o procedimientos para la aplicación de las disposiciones de la Constitución y los estatutos de este Estado que afectan a los servicios públicos y para el castigo de todas las infracciones de los mismos.

Section § 2102

Explanation

Esta ley establece que si una empresa de servicios públicos en California no está haciendo lo que debe según la ley o una decisión de la comisión, o si está violando alguna ley o directriz de la comisión, esta puede emprender acciones legales. El abogado de la comisión iniciará un caso judicial para detener la violación o evitar que ocurra, utilizando herramientas legales como el mandamus (una orden judicial para obligar a una acción) o una injunción (una orden judicial para detener una acción).

Siempre que la comisión considere que una empresa de servicios públicos está incumpliendo u omitiendo, o está a punto de incumplir u omitir, hacer algo que se le exige por ley, o por cualquier orden, decisión, norma, directriz o requisito de la comisión, o está haciendo algo o está a punto de hacer algo, o permitiendo algo o está a punto de permitir que se haga algo, en violación de la ley o de cualquier orden, decisión, norma, directriz o requisito de la comisión, deberá ordenar al abogado de la comisión que inicie una acción o procedimiento en el tribunal superior en y para el condado, o ciudad y condado, en el que surgió la causa o parte de ella, o en el que la corporación objeto de la queja tiene su domicilio principal de negocios, o en el que reside la persona objeto de la queja, con el propósito de que dichas violaciones o violaciones amenazadas sean detenidas y prevenidas, ya sea mediante mandamus o injunción. El abogado de la comisión deberá entonces iniciar dicha acción o procedimiento en nombre del pueblo del Estado de California, mediante petición a dicho tribunal superior, alegando la violación o la violación amenazada objeto de la queja, y solicitando la reparación adecuada mediante mandamus o injunción.

Section § 2103

Explanation

Esta ley describe el proceso que un tribunal debe seguir al tratar con peticiones contra empresas de servicios públicos. Una vez presentada una petición, el tribunal establece un plazo para que la empresa de servicios públicos responda, que no puede exceder los 20 días. Durante este período, la empresa de servicios públicos puede ser restringida temporalmente. Si la empresa de servicios públicos no responde a tiempo, el tribunal investigará rápidamente los detalles del caso y podrá añadir a otras partes si es necesario para asegurar un juicio justo. La decisión final del tribunal puede desestimar el caso o hacer cumplir acciones como un mandamus (una orden para realizar un deber) o un interdicto (una orden para dejar de hacer algo). Las apelaciones de estas decisiones pueden presentarse ante el Tribunal Supremo como cualquier otro caso de mandamus o interdicto.

Tras la presentación de una petición conforme a la Sección 2102, el tribunal especificará un plazo, no superior a 20 días después de la notificación de la copia de la petición, dentro del cual la empresa de servicios públicos objeto de la queja deberá responder a la petición, y mientras tanto, la empresa de servicios públicos podrá ser restringida. En caso de incomparecencia en la respuesta, o después de la respuesta, el tribunal investigará inmediatamente los hechos y circunstancias del caso. Las corporaciones o personas que el tribunal considere necesarias o apropiadas para ser incluidas como partes, a fin de hacer efectivo su fallo, orden o auto, podrán ser incluidas como partes. La sentencia definitiva en cualquier acción o procedimiento de este tipo desestimará la acción o el procedimiento o dispondrá que se emita o se haga permanente el auto de mandamus o la orden de interdicto según lo solicitado en la petición, o en la forma modificada o de otro tipo que proporcione el alivio apropiado. Se podrá interponer un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo contra dicha sentencia definitiva de la misma manera y con el mismo efecto, sujeto a las disposiciones de esta parte, como se interponen los recursos de apelación contra las sentencias del tribunal superior en otras acciones de mandamus o interdicto.

Section § 2104

Explanation

Esta ley describe cómo se manejan las sanciones relacionadas con los servicios públicos o los transportistas comunes en California. Especifica que las acciones para recuperar multas son presentadas por el abogado o agente del estado en el tribunal superior local donde ocurrió el problema o donde se encuentra la oficina principal de la corporación involucrada. Las multas pueden ser perseguidas de manera similar a las acciones de un acreedor, y existe la posibilidad de detener la venta de activos para cubrir multas impagas. Si alguien intenta transferir activos fraudulentamente para evadir sanciones, podría enfrentar cargos legales adicionales. Las multas recuperadas se envían al Fondo General del estado. El tribunal puede aprobar acuerdos o la descontinuación de acciones a solicitud de la comisión. Esta ley entró en vigor a partir del 1 de enero de 2014.

(a)CA Servicios Públicos Code § 2104(a) Salvo lo dispuesto por las Secciones 2100 y 2107.5, las acciones para recuperar multas bajo esta parte se interpondrán en nombre del pueblo del Estado de California, en el tribunal superior del condado, o ciudad y condado, en el que surgió la causa o parte de ella, o en el que la corporación demandada tiene su principal lugar de negocios, o en el que reside la persona demandada. La acción será iniciada y procesada hasta sentencia definitiva por el abogado o agente de la comisión. Todas las multas y sanciones pueden ser demandadas y recuperadas. La comisión puede prohibir la venta de activos de una empresa de servicios públicos o de un transportista común para satisfacer multas y sanciones impagas. La comisión puede utilizar cualquiera de los recursos otorgados a un acreedor bajo la Ley Uniforme de Transacciones Anulables (Chapter 1 (que comienza con la Sección 3439) del Título 2 de la Parte 2 de la División 4 del Código Civil). Los demandados que transfieran fraudulentamente activos para evitar el pago de multas o sanciones impuestas por la comisión están sujetos a enjuiciamiento bajo las Secciones 154, 531 y 531a del Código Penal. En todas estas acciones, el procedimiento y las reglas de prueba serán los mismos que en las acciones civiles ordinarias, excepto para los enjuiciamientos bajo el Código Penal o según se disponga lo contrario en este documento. Todas las multas y sanciones recuperadas por el estado en cualquier acción, junto con los costos de las mismas, se pagarán a la Tesorería del Estado a crédito del Fondo General. Cualquier acción puede ser transigida o descontinuada a solicitud de la comisión bajo los términos que el tribunal apruebe y ordene.
(b)CA Servicios Públicos Code § 2104(b) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2014.

Section § 2104.5

Explanation

Esta ley permite a la comisión negociar o ajustar las sanciones por infracciones relacionadas con la seguridad de los gasoductos y el transporte de gas en California. Al fijar el monto de la sanción, se tienen en cuenta factores como el tamaño del negocio del infractor, la gravedad de la infracción y los esfuerzos para cumplir después de ser notificado.

La sanción acordada o determinada puede luego ser reclamada mediante una demanda civil, dirigida a la residencia del individuo o a la ubicación principal del negocio de la corporación. Las reglas de acción civil se aplican a estos casos, y cualquier sanción recaudada se destina al Fondo General del estado.

Cualquier sanción por infracción de cualquier disposición de esta ley, o de cualquier norma, reglamento, orden general u orden de la comisión, que involucre estándares de seguridad para instalaciones de gasoductos o el transporte de gas en el Estado de California, podrá ser transigida por la comisión. Al determinar el monto de dicha sanción, o el monto acordado en transacción, se considerará la idoneidad de dicha sanción al tamaño del negocio de la persona imputada, la gravedad de la infracción y la buena fe de la persona imputada al intentar lograr el cumplimiento, después de la notificación de una infracción. El monto de cualquier dicha sanción, cuando se determine finalmente, o el monto acordado en transacción, podrá recuperarse en una acción civil en nombre del Pueblo del Estado de California en el tribunal superior en y para el condado, o ciudad y condado en el que surgió la causa o parte de ella, o en el que la corporación denunciada tiene su domicilio principal o reside la persona denunciada. En cualquier acción de este tipo, todas las sanciones incurridas, o los montos acordados en transacción por infracciones cometidas hasta el momento de iniciar la acción, podrán ser demandadas y recuperadas. En todas estas acciones, el procedimiento y las reglas de prueba serán los mismos que en las acciones civiles ordinarias, salvo que se disponga lo contrario en el presente. Todas las multas y sanciones recuperadas por el estado en cualquier acción de este tipo, junto con los costos correspondientes, se pagarán a la Tesorería del Estado a crédito del Fondo General.

Section § 2104.7

Explanation

Esta ley establece que todo el dinero recaudado de multas, sanciones o acuerdos relacionados con la falla del pozo de 2015 en la instalación de almacenamiento de gas de Aliso Canyon en Los Ángeles debe depositarse en un fondo especial llamado Cuenta de Recuperación de Aliso Canyon. Este dinero está destinado a ayudar con la calidad del aire local, la salud pública y los costos para los consumidores afectados por el incidente, si la Legislatura de California aprueba su uso. La ley también aclara que la 'Cuenca de Los Ángeles' se refiere a un área específica detallada en un informe técnico de 2016.

(a)CA Servicios Públicos Code § 2104.7(a) No obstante la Sección 2104, todos los fondos recaudados conforme a cualquier acuerdo, a menos que un tribunal los restrinja para otro fin, órdenes de mitigación, multas o sanciones por parte de la comisión de una corporación de gas que presta servicios en la Cuenca de Los Ángeles conforme a un procedimiento administrativo de ejecución o legal relacionado con la falla del pozo en la instalación de almacenamiento de gas natural de Aliso Canyon, informada por primera vez a la comisión en octubre de 2015, se depositarán en la Cuenta de Recuperación de Aliso Canyon, la cual se crea por la presente en la Tesorería del Estado. Los fondos de la cuenta podrán asignarse, previa asignación por la Legislatura, con el fin de mitigar los impactos en la calidad del aire local, la salud pública y los usuarios que pagan tarifas resultantes de la falla del pozo en Aliso Canyon, incluida la evaluación de cualquier efecto negativo en la salud pública y mejorando la rentabilidad y viabilidad de la implementación de las Secciones 380.6 y 2836.7.
(b)CA Servicios Públicos Code § 2104.7(b) Para los fines de esta sección, “Cuenca de Los Ángeles” significa el área identificada como el “Área de Entrega de Aliso Canyon” en la página 11 del Informe Técnico de Evaluación de Riesgos de Aliso Canyon, con fecha del 5 de abril de 2016.

Section § 2105

Explanation
Esta sección explica que las sanciones por infracciones son acumulativas, lo que significa que pueden sumarse con el tiempo. Presentar una demanda para cobrar una sanción no detiene la imposición de otras sanciones o cargos penales contra empresas de servicios públicos o sus empleados. Además, no impide que la comisión utilice su autoridad para sancionar por desacato.

Section § 2106

Explanation

Esta ley establece que si una empresa de servicios públicos hace algo prohibido o no hace algo requerido por la ley, la constitución estatal o las órdenes de la comisión, es responsable de cualquier daño o pérdida causada a personas o empresas. Si el tribunal determina que las acciones fueron intencionales, también puede otorgar daños adicionales como castigo. Las personas o empresas afectadas pueden demandar por daños y perjuicios en cualquier tribunal apropiado.

Además, esta ley no interferirá con el derecho del estado a imponer sanciones por separado ni con la autoridad de la comisión para tratar el desacato.

Cualquier empresa de servicios públicos que realice, cause que se realice o permita cualquier acto, asunto o cosa prohibida o declarada ilegal, o que omita realizar cualquier acto, asunto o cosa que deba realizarse, ya sea por la Constitución, cualquier ley de este Estado o cualquier orden o decisión de la comisión, será responsable ante las personas o corporaciones afectadas por ello por toda pérdida, daño o perjuicio causado por ello o que resulte de ello. Si el tribunal determina que el acto o la omisión fue intencional, podrá, además de los daños reales, conceder daños ejemplares. Cualquier corporación o persona podrá interponer una acción para recuperar dicha pérdida, daño o perjuicio ante cualquier tribunal de jurisdicción competente.
Ninguna recuperación según lo dispuesto en esta sección afectará de ninguna manera una recuperación por parte del Estado de las sanciones previstas en esta parte o el ejercicio por parte de la comisión de su facultad para sancionar por desacato.

Section § 2107

Explanation

Si una empresa de servicios públicos en California incumple una norma de la constitución estatal o cualquier parte específica de las órdenes o regulaciones de la comisión, y no hay otra sanción establecida, pueden ser multadas. Las multas oscilan entre $500 y $100,000 por cada infracción.

Cualquier empresa de servicios públicos que viole o incumpla cualquier disposición de la Constitución de este estado o de esta parte, o que incumpla o descuide cumplir con cualquier parte o disposición de cualquier orden, decisión, decreto, norma, directriz, demanda o requisito de la comisión, en un caso en el que no se haya previsto una sanción de otro modo, estará sujeta a una sanción de no menos de quinientos dólares ($500), ni más de cien mil dólares ($100,000), por cada infracción.

Section § 2107.5

Explanation

Si una persona o empresa ayuda a un transportista a incumplir ciertas normas o incumple las normas por sí misma, puede ser multada con hasta $5,000 por cada infracción. Además, si no pagan la multa a tiempo, se añadirán intereses a una tasa especificada por la constitución estatal. Los intereses comienzan a acumularse en el momento en que la multa está atrasada.

Cuando la comisión determine, después de una audiencia, que cualquier persona o corporación ha ayudado o instigado a sabiendas a un transportista común a violar la Sección 458 o ha violado la Sección 459, o cualquier orden, decisión, norma, reglamento, directriz, requerimiento o exigencia emitida bajo esas disposiciones, la comisión podrá imponer una multa por cada violación que no exceda los cinco mil dólares ($5,000). Además de la multa, la comisión podrá imponer intereses sobre la multa, que no excedan la tasa máxima de interés prevista en la Sección 1 del Artículo XV de la Constitución. Los intereses comenzarán a acumularse en la fecha en que el pago de la multa se vuelva moroso.

Section § 2108

Explanation

Esta ley explica que si una corporación o persona incumple cualquier norma u orden de la comisión, se considera una infracción separada. Si la infracción continúa durante varios días, cada día se trata como una nueva infracción, lo que la hace más grave con cada día que pasa.

Toda violación de las disposiciones de esta parte o de cualquier parte de cualquier orden, decisión, decreto, norma, directriz, demanda o requisito de la comisión, por parte de cualquier corporación o persona, constituye una infracción separada y distinta, y en caso de una violación continuada, la continuación de la misma cada día constituirá una infracción separada y distinta.

Section § 2109

Explanation

Esta sección de la ley establece que si un funcionario, agente o empleado de una empresa de servicios públicos hace algo incorrecto, no hace algo que debería o incumple sus deberes mientras realiza sus tareas oficiales, la propia empresa de servicios públicos es considerada responsable de esta acción o inacción.

Al interpretar y hacer cumplir las disposiciones de esta parte relativas a las sanciones, el acto, omisión o falta de cualquier funcionario, agente o empleado de cualquier empresa de servicios públicos, actuando dentro del ámbito de sus funciones oficiales o empleo, será en todo caso el acto, omisión o falta de dicha empresa de servicios públicos.

Section § 2110

Explanation

Esta sección establece que si un servicio público o sus empleados violan ciertas normas o ayudan a otros a hacerlo, pueden enfrentar consecuencias legales. Específicamente, si infringen partes de la Constitución de California o no cumplen las órdenes de la comisión pertinente, sin que ya exista una pena específica, pueden ser acusados de un delito menor. La pena puede ser una multa de hasta $5,000, hasta un año en la cárcel del condado, o ambas.

Todo servicio público y todo funcionario, agente o empleado de cualquier servicio público que viole o incumpla, o que procure, ayude o incite a cualquier violación por parte de cualquier servicio público de cualquier disposición de la Constitución de California o de esta parte, o que incumpla cualquier parte de cualquier orden, decisión, norma, directriz, demanda o requisito de la comisión, o que procure, ayude o incite a cualquier servicio público a la violación o incumplimiento en un caso en el que no se haya previsto otra pena, es culpable de un delito menor y será sancionado con una multa que no exceda de cinco mil dólares ($5,000), o con prisión en una cárcel del condado por un período no superior a un año, o con ambas, multa y prisión.

Section § 2111

Explanation

Esta ley establece que si una persona o empresa (excluyendo a las empresas de servicios públicos y sus empleados) a sabiendas infringe o no cumple las normas relacionadas con los servicios públicos en California, o ayuda a otros a hacerlo, pueden ser multados. Las multas oscilan entre $500 y $50,000 por cada infracción si no existe ya una sanción específica.

Toda corporación o persona, que no sea una empresa de servicios públicos y sus funcionarios, agentes o empleados, que a sabiendas viole o incumpla, o procure, ayude o instigue cualquier violación de cualquier disposición de la Constitución de California relativa a los servicios públicos o de esta parte, o incumpla cualquier parte de cualquier orden, decisión, norma, directriz, demanda o requisito de la comisión, o que procure, ayude o instigue a cualquier empresa de servicios públicos en la violación o el incumplimiento, en un caso en el que no se haya previsto otra sanción para la corporación o persona, estará sujeta a una sanción de no menos de quinientos dólares ($500) ni más de cincuenta mil dólares ($50,000) por cada infracción.

Section § 2112

Explanation
Si usted es un individuo o trabaja para una empresa (que no sea de servicios públicos) y rompe alguna regla, orden o demanda establecida por la comisión, o ayuda a una empresa de servicios públicos a hacerlo, podría ser acusado de un delito menor. Esto significa que podría tener que pagar una multa de hasta $1,000, pasar hasta un año en la cárcel del condado, o ambas cosas, a menos que ya se haya especificado una pena diferente.

Section § 2112.5

Explanation
Esta ley establece que si alguien rompe intencionalmente las reglas establecidas en la Sección 588, está cometiendo un delito menor, que es un crimen menos grave. La multa por esta infracción oscila entre $500 y $2,000 por cada violación.

Section § 2113

Explanation
Esta ley establece que si una empresa de servicios públicos o corporación no sigue las normas u órdenes establecidas por la comisión, pueden ser sancionadas por desacato, de manera similar a cómo los tribunales sancionan el desacato. Esta sanción es una opción adicional y no reemplaza ninguna otra acción legal o sanción que pueda aplicarse.

Section § 2114

Explanation

Esta ley establece que si un agente o funcionario de una empresa de servicios públicos miente bajo juramento ante la comisión sobre un asunto importante, está cometiendo un delito grave. Si proporcionan a sabiendas testimonios o declaraciones falsas bajo pena de perjurio, podrían enfrentar una multa de hasta ($500,000).

Cualquier empresa de servicios públicos en cuyo nombre cualquier agente o funcionario de la misma que, habiendo prestado juramento de que testificará, declarará, depondrá o certificará la verdad ante la comisión, voluntariamente y en contra de dicho juramento declare o presente como verdadero cualquier asunto material que sepa que es falso, o quien testifique, declare, deponga o certifique bajo pena de perjurio y voluntariamente declare como verdadero cualquier asunto material que sepa que es falso, es culpable de un delito grave y será castigado con una multa que no exceda los quinientos mil dólares ($500,000).

Section § 2115

Explanation
Si una compañía ferroviaria incumple las normas de seguridad o condición establecidas por la comisión, la compañía puede ser multada con hasta $2,000 por cada infracción. Alternativamente, pueden ser multados con $200 por cada día que el problema no se solucione. Además, la compañía podría deber intereses sobre cualquier pago de multa atrasado.

Section § 2117

Explanation

Esta ley explica qué sucede cuando se envía un aviso de comparecencia judicial al propietario de un vehículo de transporte de pasajeros, como un autobús. Si el propietario recibe el aviso y desea declararse culpable, ese aviso puede servir como la denuncia en el tribunal.

Pero si el propietario no comparece, no deposita fianza o niega el cargo, se debe presentar una denuncia formal de acuerdo con procedimientos legales específicos. A partir de ese momento, el juicio sigue el proceso legal habitual. Sin embargo, el propietario puede optar por que el caso continúe solo con el aviso por escrito, mediante un acuerdo por escrito.

(a)CA Servicios Públicos Code § 2117(a) Cuando se haya enviado por correo un aviso de comparecencia por escrito al propietario de un vehículo de transporte de pasajeros, una copia duplicada exacta y legible del aviso, cuando se presente ante el magistrado en lugar de una denuncia verificada, constituye una denuncia a la que el acusado puede declararse culpable.
(b)CA Servicios Públicos Code § 2117(b) Si, sin embargo, el acusado no comparece, no deposita fianza o se declara no culpable del delito imputado, se presentará una denuncia que se ajuste al Capítulo 2 (que comienza con la Sección 948) del Título 5 de la Parte 2 del Código Penal y que se considerará una denuncia original, y a partir de entonces el procedimiento se llevará a cabo según lo dispuesto por la ley, excepto que el acusado podrá, mediante un acuerdo por escrito, suscrito por el acusado y presentado ante el tribunal, renunciar a la presentación de una denuncia verificada y elegir que la acusación proceda con un aviso de comparecencia por escrito.

Section § 2119

Explanation

Esta ley establece que si una corporación de transporte de pasajeros (como un servicio de autobús o de transporte) o sus empleados utilizan símbolos de identificación no autorizados en sus vehículos, o no los retiran cuando se les indica, pueden ser acusados de un delito menor. Esto significa que podrían enfrentar una multa de hasta $1,000, hasta un año en la cárcel del condado, o ambas penas.

Toda corporación de transporte de pasajeros y todo funcionario, director, agente o empleado de una corporación de transporte de pasajeros que exhiba en cualquier vehículo cualquier símbolo de identificación que no sea uno prescrito por la comisión conforme a la Sección 1038.5, o que no retire un símbolo de identificación cuando lo exija la comisión, es culpable de un delito menor y será sancionado con una multa no mayor de mil dólares ($1,000), con prisión en la cárcel del condado por no más de un año, o con ambas penas.

Section § 2120

Explanation

Esta ley establece que la comisión no puede usar dinero proveniente de procesos legales, acuerdos o reclamaciones hasta que se cumplan dos condiciones. Primero, deben notificar por escrito al Director de Finanzas sobre la recepción del dinero y el motivo por el cual lo obtuvieron. Segundo, el Director de Finanzas debe informar a los presidentes de los comités legislativos correspondientes sobre la recepción del dinero con al menos 60 días de antelación antes de que se tome cualquier medida. Sin embargo, esta norma no se aplica a las tarifas para fines regulatorios, a los usos financieros ordenados por un tribunal, o a situaciones en las que otras leyes especifican cómo debe usarse el dinero, como ciertos fondos relacionados con la energía o el alivio de tarifas.

(a)CA Servicios Públicos Code § 2120(a) La comisión no distribuirá, gastará ni gravará ningún fondo recibido por la comisión como resultado de cualquier procedimiento de la comisión o acción judicial, incluyendo la transacción o el acuerdo de una reclamación, hasta que se cumplan las dos condiciones siguientes:
(1)CA Servicios Públicos Code § 2120(a)(1) La comisión haya proporcionado al Director de Finanzas una notificación por escrito de la recepción de los fondos y el fundamento por el cual la comisión recibió dichos fondos.
(2)CA Servicios Públicos Code § 2120(a)(2) El Director de Finanzas proporcione un aviso por escrito de no menos de 60 días al Presidente del Comité Conjunto de Presupuesto Legislativo y a los presidentes de los subcomités de presupuesto apropiados del Senado y la Asamblea sobre la recepción de los fondos y el fundamento por el cual la comisión recibió dichos fondos.
(b)CA Servicios Públicos Code § 2120(b) Esta sección no se aplica a las tarifas de solicitud o licencias cobradas por la comisión para sufragar gastos regulatorios.
(c)CA Servicios Públicos Code § 2120(c) Esta sección no se aplica a los fondos recibidos por la comisión en un acuerdo aprobado por un tribunal o como resultado de una sentencia judicial donde el tribunal ordene que los fondos se utilicen para fines específicos.
(d)CA Servicios Públicos Code § 2120(d) Esta sección no se aplica a los fondos recibidos por la comisión cuando los estatutos disponen expresamente cómo deben pagarse o utilizarse los fondos, incluyendo todos los siguientes:
(1)CA Servicios Públicos Code § 2120(d)(1) Pago a cualquier fondo creado por Chapter 1.5 (commencing with Section 270).
(2)CA Servicios Públicos Code § 2120(d)(2) Pago a cualquier cuenta o fondo conforme a Chapter 2.5 (commencing with Section 401).
(3)CA Servicios Públicos Code § 2120(d)(3) Pago al Fondo de Alivio para los Contribuyentes conforme a Article 9.5 (commencing with Section 16428.1) of Chapter 2 of Part 2 of Division 4 of Title 2 of the Government Code.