Section § 24400

Explanation
Si usted es propietario u operador y deliberadamente no informa un accidente según lo requerido, puede ser acusado de un delito menor. Si es condenado, podría tener que pagar una multa de hasta $1,000.

Section § 24401

Explanation
Si usted es propietario u opera un negocio y a sabiendas miente o proporciona información falsa en informes o documentos presentados ante el departamento, está cometiendo un delito menor. Si es condenado, puede ser multado con entre $250 y $1,000, enfrentar hasta 90 días de cárcel, o ambas cosas.

Section § 24402

Explanation

Esta ley establece que si usted posee u opera una aeronave en California y no sigue ciertas reglas que comienzan en la Sección 24325 o en la Sección 24360, se considera un delito menor. Esto significa que es ilegal volar la aeronave o permitir que otra persona la vuele sin cumplir con estas regulaciones específicas.

Cualquier propietario u operador que se niegue o no cumpla con las disposiciones del Artículo 2 (que comienza con la Sección 24325) del Capítulo 3 de esta parte o de la Sección 24360, y que sin cumplir con dichas disposiciones opere cualquier aeronave en este estado o a sabiendas permita que cualquier aeronave de su propiedad sea operada por otra persona en este estado, es culpable de un delito menor.

Section § 24403

Explanation

Si alquilas una aeronave a cambio de dinero, debes cumplir con ciertas reglas establecidas en la Sección 24362. Si no lo haces, se considera un delito menor y podrías enfrentar una multa de entre $250 y $1,000, hasta 90 días en la cárcel del condado, o ambas sanciones. Además, si no obtienes un recibo por entregar las certificaciones específicas requeridas por la Sección 24362 al arrendatario, eso se considera prueba de que incumpliste la ley.

Toda persona que permita a otra persona operar una aeronave bajo los términos de cualquier contrato de arrendamiento que prevea cualquier remuneración por el uso de dicha aeronave y que no cumpla con la Sección 24362 es culpable de un delito menor y será sancionada con una multa no inferior a doscientos cincuenta dólares ($250) ni superior a mil dólares ($1,000) o con prisión en la cárcel del condado por no más de 90 días, o con ambas sanciones, multa y prisión.
El incumplimiento por parte de una persona que permite a otra persona operar una aeronave bajo los términos de cualquier contrato de arrendamiento que prevea cualquier remuneración por el uso de dicha aeronave de obtener un recibo por la entrega de la certificación o declaración requerida por la Sección 24362 a la persona que alquila la aeronave será prueba prima facie de una violación de la Sección 24362.