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Aviso de Traducción: Las traducciones de leyes se proporcionan solo para conveniencia y no están destinadas a ser utilizadas como referencia ni citadas. Para fines legales oficiales, consulte el texto original en inglés.

Section § 2780

Explanation

Esta ley describe qué es una 'microutilidad eléctrica' en California. Una microutilidad eléctrica es un tipo de compañía eléctrica que es supervisada por la comisión y está establecida para generar, distribuir y vender electricidad de forma exclusiva. Sin embargo, solo puede atender a una base de clientes de menos de 2,000 personas.

Según se utiliza en este capítulo, el término «microutilidad eléctrica» significa cualquier corporación eléctrica que está regulada por la comisión y organizada con el propósito de proporcionar generación, distribución y venta de electricidad de fuente única exclusivamente a una base de clientes de menos de 2,000 clientes.

Section § 2780.1

Explanation
Esta sección de la ley destaca la intención de la Legislatura de California de que la Comisión de Servicios Públicos (PUC) tenga en cuenta los costos relativos más altos que enfrentan las pequeñas microutilidades eléctricas cuando participan en audiencias legales. Estos costos pueden incluir honorarios legales, gastos administrativos e interrupciones operativas. Debido a sus recursos limitados, estas microutilidades tienen más dificultades en comparación con las corporaciones eléctricas más grandes. Por lo tanto, antes de exigir que una microutilidad responda en audiencias generales para corporaciones eléctricas, la PUC debe considerar estas cargas financieras.
(a)CA Servicios Públicos Code § 2780.1(a) Es la intención de la Legislatura que la comisión considere los costos legales, administrativos y operativos que enfrenta una microutilidad eléctrica si es nombrada como parte respondiente en una audiencia generalmente aplicable a las corporaciones eléctricas. Los recursos limitados de una microutilidad se ven desproporcionadamente sobrecargados por el costo de la respuesta.
(b)CA Servicios Públicos Code § 2780.1(b) Además, es la intención de la Legislatura que la comisión considere los costos descritos en la subdivisión (a) antes de nombrar a una microutilidad eléctrica como parte respondiente en una audiencia generalmente aplicable a las corporaciones eléctricas.