Regulaciones GeneralesAgentes Generales Administradores
Section § 769.80
Section § 769.81
Esta sección define términos clave relacionados con la industria de seguros en California. Un 'Actuario' es un miembro profesional de sociedades actuariales reconocidas, calificado para evaluar riesgos y reservas de seguros. Un 'Asegurador' se refiere a cualquier entidad con licencia que opera como asegurador en California. Un 'Agente General Administrador' o MGA describe a entidades o individuos que gestionan una parte significativa del negocio de un asegurador, negocian contratos de reaseguro o manejan siniestros por encima de cierta cantidad. Sin embargo, los empleados de los aseguradores, ciertos gerentes o agentes con roles y condiciones definidos no se consideran MGAs. 'Suscribir' significa tener la autoridad para aceptar o rechazar riesgos de seguros en nombre de un asegurador.
Section § 769.82
Esta ley establece que un productor que desee operar como Agente General Administrador (MGA) para riesgos en California, debe tener licencia como agente-corredor de bienes y agente-corredor de seguros de daños, o como agente de seguros de vida. El mismo requisito de licencia se aplica a los productores que representen a aseguradoras con sede en California para riesgos ubicados fuera del estado.
El comisionado de seguros tiene la autoridad para exigir una fianza de fidelidad. Esta fianza sirve como una forma de protección financiera para la aseguradora. Además, el comisionado puede exigir que el MGA tenga una póliza de seguro de errores y omisiones. Si este tipo de seguro no está disponible a un precio razonable, el comisionado puede suspender temporalmente este requisito.
Section § 769.83
Esta ley trata sobre cómo los productores de seguros, en su función de Agente General Administrador (MGA), deben trabajar con las aseguradoras. Necesitan un contrato escrito que describa claramente las responsabilidades de cada parte. Este contrato puede ser rescindido por la aseguradora por una causa válida. El MGA debe proporcionar informes mensuales de transacciones y fondos a la aseguradora. Cualquier fondo recaudado debe mantenerse seguro en un banco, y el MGA solo puede retener una cantidad limitada para cubrir los siniestros estimados durante tres meses.
El MGA debe mantener registros detallados, a los que tanto la aseguradora como el comisionado de seguros pueden acceder. El contrato no puede ser cedido por el MGA, y deben seguirse procedimientos estrictos de suscripción y liquidación de siniestros. Las pólizas pueden ser canceladas por las aseguradoras de acuerdo con estas reglas.
Si al MGA se le permite manejar siniestros, debe informarlos rápidamente a la aseguradora bajo ciertas condiciones, y la propiedad del expediente del siniestro es compartida a menos que la aseguradora sea liquidada. Las ganancias no pueden compartirse prematuramente si son determinadas por las decisiones del MGA sobre las reservas de pérdidas. Los MGA no pueden contratar reaseguros, comprometer a las aseguradoras en sindicatos, nombrar agentes no autorizados, liquidar siniestros grandes sin la aprobación de la aseguradora, o tomar otras decisiones vinculantes sin aprobación.
Section § 769.84
Esta sección de la ley describe varios requisitos que las aseguradoras deben seguir al trabajar con Agentes Generales Administradores (MGAs). Primero, las aseguradoras deben mantener un examen financiero independiente de cada MGA con la que hagan negocios. Luego, deben obtener anualmente la opinión de un actuario si una MGA establece reservas para siniestros, para asegurar que estas reservas sean adecuadas. Las aseguradoras deben realizar regularmente, al menos dos veces al año, revisiones in situ de las operaciones de suscripción y siniestros de la MGA. Además, solo un funcionario no afiliado a la MGA puede tener autoridad sobre los contratos de reaseguro. Las aseguradoras deben notificar al comisionado por escrito dentro de los 30 días si celebran o terminan un contrato con una MGA, y proporcionar detalles sobre las responsabilidades de la MGA. Las aseguradoras también deben verificar trimestralmente si alguno de sus productores se ha convertido en MGA, y notificar tanto al productor como al comisionado si esto ocurre. Finalmente, las aseguradoras no pueden nombrar a ningún funcionario o director de una MGA a su propia junta directiva, excepto bajo excepciones específicas.
Section § 769.85
Esta ley establece que cualquier acción que realice un MGA se considera legalmente como una acción de la compañía de seguros que representa. Además, los MGA pueden ser inspeccionados y revisados como si fueran la propia compañía de seguros.
Section § 769.86
Si alguien infringe las normas de este artículo de seguros, el comisionado puede tomar medidas después de una audiencia formal. Esto puede incluir multas de hasta $25,000 por cada infracción, o la suspensión/revocación de su licencia. Dichas audiencias seguirán los procedimientos gubernamentales establecidos e involucrarán a jueces de derecho administrativo seleccionados. Las decisiones del comisionado pueden ser revisadas en los tribunales. Además, esta sección no limita otras sanciones que el comisionado pueda imponer ni afecta los derechos de los asegurados y de otros.