Facultades y DeberesSupervisión de Tarifas
Section § 12990
Section § 12991
Section § 12992
Esta ley exige que el departamento determine el costo real de realizar los exámenes de seguros y luego establezca las tarifas para esos exámenes basándose en dicho costo. Además, para tareas administrativas y operaciones específicas bajo un determinado artículo relacionado con seguros, el departamento también debe calcular los costos reales incurridos y establecer las tarifas correspondientemente. La idea es asegurar que las tarifas reflejen los costos verdaderos en lugar de ser arbitrarias.
Section § 12993
Section § 12994
Esta ley exige que, a más tardar el 1 de octubre de 1995, el departamento debe publicar una lista de todas las tarifas establecidas bajo ciertas secciones. Estas tarifas deben calcularse según reglas específicas. A más tardar el 15 de enero de 1996, se debe realizar una auditoría oficial para verificar si estas tarifas cumplen con las reglas.
Section § 12995
Esta sección establece las reglas para los cargos por mora en las facturas o evaluaciones departamentales impagas relacionadas con seguros que no se abonan 45 días después de la fecha de la factura. Si una factura no se paga, se aplicará un cargo por mora mensual del 1.5% a menos que el departamento decida eximirlo o modificarlo. Las facturas deben enviarse dentro de los cinco días siguientes a la fecha de la factura, y si se envían tarde, el pago vence 45 días después de la fecha del matasellos. Los aseguradores pueden impugnar las facturas notificando al departamento por escrito antes de la fecha de vencimiento, y los cargos por mora no se aplicarán a la parte impugnada durante la revisión. El comisionado tiene 30 días para decidir sobre las facturaciones impugnadas y notificar al asegurador. Los cargos por mora se destinarán al Fondo General, y esta regla no se aplica al Cuadro de Tasas y Cargos del Departamento de Seguros.