Section § 1

Explanation

Esta sección simplemente establece que el nombre oficial de la ley es el Código de Seguros. Es básicamente como darle un título a la ley.

Esta ley se conocerá como el Código de Seguros.

Section § 2

Explanation
Si esta sección del código de seguros es muy similar a cualquier ley existente sobre el mismo tema, debe considerarse como una continuación de esas leyes, no como algo completamente nuevo.

Section § 3

Explanation
Si usted ocupa un cargo bajo una ley que está siendo reemplazada por este nuevo código, y su cargo todavía existe bajo el nuevo código, usted puede mantener su cargo tal como antes.

Section § 4

Explanation
Esta sección significa que si se inició una acción legal o se estableció un derecho antes de que el código de educación entrara en vigor, estos no serán modificados por el nuevo código. Sin embargo, los pasos futuros en esos casos deberán seguir las nuevas reglas en la medida de lo posible.

Section § 5

Explanation

Esta sección explica que las normas generales que se mencionan a continuación se usarán para interpretar el significado de este código de seguros, salvo que una situación particular requiera algo distinto.

Salvo que el contexto exija otra cosa, las disposiciones generales que se establecen a continuación regirán la interpretación de este código.

Section § 6

Explanation

Esta sección aclara que los títulos o encabezados utilizados en esta parte de la ley de seguros no influyen ni cambian el significado o la intención de los términos y disposiciones reales de la ley. Son solo etiquetas y no deben usarse para interpretar la ley en sí misma.

Los encabezados de división, parte, capítulo, artículo y sección contenidos en el presente no se considerarán que rigen, limitan, modifican o afectan de manera alguna el alcance, significado o intención de las disposiciones de cualquier división, parte, capítulo, artículo o sección del presente.

Section § 7

Explanation

Esta sección establece que si una ley otorga una facultad o un deber a un funcionario público, ese funcionario puede hacer que otra persona, como un adjunto o una persona autorizada, realice la acción, a menos que la ley especifique lo contrario.

Siempre que, por las disposiciones de este código, se conceda una facultad a un funcionario público o se imponga un deber a dicho funcionario, la facultad podrá ser ejercida o el deber cumplido por un adjunto del funcionario o por una persona autorizada conforme a la ley por el funcionario, a menos que se disponga expresamente lo contrario.

Section § 8

Explanation
Esta ley establece que cualquier comunicación, como un aviso o informe, que deba presentarse según este código, debe ser por escrito y comprensible mediante su lectura visual. Además, debe estar en inglés a menos que haya una autorización específica para otro idioma.

Section § 9

Explanation

Esta regla significa que si una ley menciona una parte del código de seguros o cualquier otra ley estatal, automáticamente incluye cualquier cambio o nuevas partes que se añadan a esas leyes en el futuro.

Siempre que se haga referencia a cualquier parte de este código o de cualquier otra ley de este Estado, dicha referencia se aplicará a todas las enmiendas y adiciones a la misma hechas ahora o en el futuro.

Section § 10

Explanation
Esta sección aclara la terminología utilizada en el código. Cuando dice «Sección», se refiere a una sección del código actual a menos que se mencione otra ley. De manera similar, «subdivisión» o «subsección» se refiere a la parte específica de la sección donde se usa el término, a menos que se especifique otra sección.

Section § 11

Explanation
Esta regla significa que, al interpretar documentos legales, las referencias a acciones en tiempo presente también pueden aplicarse a esas acciones si ocurrieron en el pasado o ocurrirán en el futuro.

Section § 12

Explanation
Esta sección significa que las palabras en la ley que parecen referirse a hombres (como "él" o "le") deben entenderse que también se refieren a mujeres y personas o cosas no específicas de género.

Section § 12.2

Explanation

Esta ley establece que cada vez que se utiliza el término "cónyuge", también debe incluir a las "parejas de hecho registradas" de acuerdo con las normas de otra parte del Código de Familia.

"Cónyuge" incluye "pareja de hecho registrada", según lo exige la Sección 297.5 del Código de Familia.

Section § 13

Explanation
Esta ley significa que cuando ves una palabra en singular en un documento legal, también puede referirse a más de uno, y cuando ves una palabra en plural, también puede referirse a solo uno. Se trata de asegurar que el lenguaje legal cubra tanto las formas singulares como las plurales.

Section § 14

Explanation

Esta ley simplemente establece que, siempre que vea la palabra «condado» en este contexto, también se refiere a «ciudad y condado».

«Condado» incluye «ciudad y condado».

Section § 15

Explanation

Esta ley aclara que cada vez que se utiliza el término “ciudad”, también se refiere a los lugares que se consideran “ciudad y condado” conjuntamente.

“Ciudad” incluye “ciudad y condado.”

Section § 16

Explanation

En esta sección del Código de Seguros de California, cuando vea la palabra "shall", significa que algo es obligatorio. Si ve "may", significa que algo es opcional o está permitido, a menos que el contexto muestre claramente un significado diferente.

Según se utiliza en este código, la palabra "shall" es obligatoria y la palabra "may" es permisiva, a menos que del contexto se desprenda lo contrario.

Section § 17

Explanation

En este contexto, el término “juramento” también se refiere a una afirmación. Básicamente, ya sea que preste un juramento o haga una afirmación, legalmente significa lo mismo.

“Juramento” incluye afirmación.

Section § 18

Explanation

Esta ley explica que si alguien no puede escribir, puede usar una marca como su firma. Un testigo debe escribir el nombre de la persona cerca de la marca y también firmar su propio nombre junto a ella. Para cualquier reconocimiento legal o un documento jurado, se requieren dos testigos para firmar sus propios nombres cerca de la marca.

“Firma” o “suscripción” incluye una marca cuando el firmante o suscriptor no puede escribir, siendo el nombre de dicho firmante o suscriptor escrito cerca de la marca por un testigo que escribe su propio nombre cerca del nombre del firmante o suscriptor; pero una firma o suscripción por marca puede ser reconocida o puede servir como firma o suscripción a una declaración jurada solo cuando dos testigos firman sus propios nombres en ella.

Section § 19

Explanation

Esta sección de la ley de seguros de California define el término "persona" para incluir no solo a individuos, sino también a asociaciones, organizaciones, sociedades, fideicomisos mercantiles, sociedades de responsabilidad limitada y corporaciones.

“Persona” significa cualquier persona, asociación, organización, sociedad, fideicomiso mercantil, sociedad de responsabilidad limitada o corporación.

Section § 20

Explanation

Esta sección define el término “Comisionado” como el Comisionado de Seguros del estado.

“Comisionado” significa el Comisionado de Seguros de este Estado.

Section § 20.5

Explanation
Esta sección actualiza la terminología utilizada en los textos legales que se refieren a la 'Comisión Estatal de Accidentes Industriales' o a la 'Comisión de Accidentes Industriales'. Siempre que vea estos términos, ahora significan la 'División de Accidentes Industriales', que podría incluir al director administrativo de la división o a la junta de apelaciones, dependiendo del contexto.
Siempre que en este código aparezcan los términos “Comisión Estatal de Accidentes Industriales” o “Comisión de Accidentes Industriales” o “comisión”, en relación con dicha “Comisión Estatal de Accidentes Industriales” o dicha “Comisión de Accidentes Industriales”, dichos términos significarán “División de Accidentes Industriales”, incluyendo al “director administrativo” de dicha división o a la “junta de apelaciones”, o a ambos, según lo requiera el contexto.

Section § 21

Explanation

Esta ley aclara que cuando se utilizan los términos "División" o "departamento" en relación con el gobierno estatal, se refieren específicamente al Departamento de Seguros.

“División” y “departamento”, en referencia al gobierno de este estado, significan el Departamento de Seguros de este estado.

Section § 21.5

Explanation

Esta sección define qué es una 'oficina de derecho administrativo' en el Departamento de Seguros, destacando su función de proporcionar audiencias administrativas. Especifica que un juez de derecho administrativo que trabaje en esta oficina debe ser contratado de acuerdo con las normas de la función pública. Es importante destacar que estos jueces no deben ser supervisados directamente por el comisionado de seguros ni por nadie de la rama legal del departamento para garantizar la imparcialidad e independencia.

(a)CA Seguro Code § 21.5(a) “Oficina de derecho administrativo” o “oficina de audiencias administrativas” significa la unidad dentro del Departamento de Seguros que proporciona audiencias administrativas.
(b)CA Seguro Code § 21.5(b) Un juez de derecho administrativo nombrado por el comisionado de conformidad con las normas de la función pública será empleado dentro de la oficina de derecho administrativo y no será supervisado directamente por el comisionado ni supervisado directa o indirectamente por un empleado de la rama legal del departamento.

Section § 22

Explanation

Esta sección define el seguro como un contrato en el que una parte se compromete a proteger a otra de pérdidas, daños o responsabilidades debido a eventos inciertos. Básicamente, es una promesa de protección financiera contra lo inesperado.

El seguro es un contrato mediante el cual uno se compromete a indemnizar a otro contra pérdida, daño o responsabilidad que surja de un evento contingente o desconocido.

Section § 23

Explanation

Esta ley define los roles en un contrato de seguro. El 'asegurador' es la parte que proporciona el seguro, mientras que el 'asegurado' es la persona que recibe protección del seguro.

La persona que se compromete a indemnizar a otra mediante un seguro es el asegurador, y la persona indemnizada es el asegurado.

Section § 24

Explanation

Esta ley define lo que significa que una persona o entidad sea 'admitida' para realizar negocios de seguros en California. Exige el cumplimiento de las condiciones estatales para llevar a cabo dicho negocio. El Fondo Estatal de Seguros de Compensación se considera admitido porque la Legislatura le permite específicamente ofrecer seguros de compensación para trabajadores. Además, el comisionado de seguros no tiene la facultad de revocar o suspender esta autoridad.

“Admitido,” en relación con una persona, significa con derecho a realizar negocios de seguros en este estado, habiendo cumplido con las leyes que imponen condiciones previas para la realización de dicho negocio. El Fondo Estatal de Seguros de Compensación se considerará admitido conforme a la autoridad para realizar seguros de compensación para trabajadores otorgada por la Legislatura. El comisionado no revocará ni suspenderá la autoridad del Fondo Estatal de Seguros de Compensación para realizar seguros de compensación para trabajadores.

Section § 25

Explanation
Si a alguien se le etiqueta como "no admitido" en el contexto de seguros de California, significa que no se le permite llevar a cabo negocios de seguros en el estado. Esto podría ser porque no ha cumplido ciertos requisitos o simplemente no puede cumplirlos.

Section § 26

Explanation
En este contexto, «nacional» se refiere a algo que está establecido o creado conforme a las leyes del estado de California, independientemente de si es oficialmente aceptado o reconocido.

Section § 27

Explanation

En este contexto, "extranjero" se refiere a cualquier entidad, como una empresa u organización, que no está constituida según las leyes de California, independientemente de si está autorizada para operar allí.

“Extranjero” significa no organizado conforme a las leyes de este Estado, sea o no admitido.

Section § 28

Explanation

Esta ley define a qué se refiere 'Estado'. Normalmente, significa el Estado de California. Sin embargo, cuando se habla de diferentes partes de los Estados Unidos, 'Estado' también incluye el Distrito de Columbia, así como las mancomunidades y los territorios.

“Estado” significa el Estado de California, a menos que se aplique a las diferentes partes de los Estados Unidos. En este último caso, incluye el Distrito de Columbia, las mancomunidades y los territorios.

Section § 29

Explanation

En este contexto, cuando la ley habla de una 'hipoteca', también se refiere a una escritura de fideicomiso, que es un tipo de acuerdo común en el sector inmobiliario. Si ves 'hipotecante', se refiere a la persona que creó esa escritura de fideicomiso, también llamada fideicomitente. Si ves 'acreedor hipotecario', incluye tanto a la persona que se beneficia de la escritura de fideicomiso (el beneficiario) como al fiduciario, que tiene ciertas responsabilidades según ese documento. Por último, cuando la ley menciona un 'gravamen', se refiere a una reclamación o carga que surge de una escritura de fideicomiso sobre una propiedad, ya sea inmueble o mueble.

“Hipoteca” incluye una escritura de fideicomiso, “hipotecante” incluye un fideicomitente bajo dicha escritura de fideicomiso, “acreedor hipotecario” incluye un beneficiario bajo dicha escritura de fideicomiso, o un fiduciario que ejerce facultades o cumple deberes que le han sido otorgados o impuestos en virtud de la misma, y “gravamen” con respecto a bienes inmuebles o muebles incluye una carga o gravamen que surge de una escritura de fideicomiso.

Section § 30

Explanation

Esta ley define a un 'residente' como alguien que vive en el estado, mientras que un 'no residente' es alguien que no vive en el estado.

“Residente” significa residir en este Estado, “no residente” significa no residir en este Estado.

Section § 31

Explanation

Un agente de seguros es alguien a quien se le permite gestionar diferentes tipos de seguros, excepto los de vida, incapacidad o salud, para una compañía de seguros que está oficialmente reconocida.

“Agente de seguros” significa una persona autorizada, por y en nombre de una aseguradora, para realizar transacciones de todas las clases de seguros que no sean seguros de vida, de incapacidad o de salud, en nombre de una compañía de seguros admitida.

Section § 32

Explanation

Esta ley explica que un licenciatario de seguros de vida, accidentes y salud o enfermedad es alguien autorizado para actuar como agente de seguros de vida para aseguradoras de vida y aseguradoras de discapacidad. Estos agentes pueden manejar seguros de vida, seguros de accidentes y salud, o ambos. Los detalles de sus licencias se describen en la Sección 1626. Además, los agentes de seguros de vida pueden ser autorizados para gestionar la cobertura de atención las 24 horas, pero deben cumplir ciertos requisitos descritos en otras secciones.

(a)CA Seguro Code § 32(a) Un licenciatario de seguros de vida, accidentes y salud o enfermedad es una persona autorizada para actuar como agente de seguros de vida en nombre de una aseguradora de vida o una aseguradora de discapacidad para realizar cualquiera de las siguientes transacciones:
(1)CA Seguro Code § 32(a)(1) Seguro de vida.
(2)CA Seguro Code § 32(a)(2) Seguro de accidentes y salud o enfermedad.
(3)CA Seguro Code § 32(a)(3) Seguro de vida y accidentes y salud o enfermedad.
(b)CA Seguro Code § 32(b) Las licencias para actuar como agente de seguros de vida conforme a este capítulo serán de los tipos establecidos en la Sección 1626.
(c)CA Seguro Code § 32(c) Un agente de seguros de vida puede ser autorizado para realizar transacciones de cobertura de atención las 24 horas, según se define en la Sección 1749.02, de conformidad con los requisitos de la subdivisión (d) de la Sección 1749 o la subdivisión (b) de la Sección 1749.33.

Section § 32.5

Explanation

Un 'analista de seguros de vida y discapacidad' es alguien que, a cambio de una tarifa pagada por alguien que no es una compañía de seguros, ofrece o dice ofrecer asesoramiento sobre pólizas de seguro de vida o discapacidad. Ayudan a las personas a comprender sus pólizas, derechos o intereses relacionados.

“Analista de seguros de vida y discapacidad” significa una persona que, a cambio de una tarifa o compensación de cualquier tipo, pagada por o derivada de cualquier persona o fuente que no sea una aseguradora, asesora, pretende asesorar u ofrece asesorar a cualquier persona asegurada bajo, nombrada como beneficiaria de, o que tenga algún interés en, un contrato de seguro de vida o discapacidad, de cualquier manera con respecto a dicho contrato o a sus derechos al respecto.

Section § 33

Explanation
Un corredor de seguros es alguien a quien se le paga para ayudar a las personas a comprar o gestionar pólizas de seguro, excepto seguros de vida, discapacidad o salud. Trabajan con compañías de seguros, pero no las representan.

Section § 33.5

Explanation

Esta ley define dos tipos de agentes de seguros. Un 'corredor-agente de seguros de daños' y un 'corredor-agente de seguros de propiedad' son ambos individuos que han obtenido una licencia de acuerdo con las regulaciones de licencia específicas de la Sección 1625.

(a)CA Seguro Code § 33.5(a) “Corredor-agente de seguros de daños” significa una persona con licencia conforme a la Sección 1625.
(b)CA Seguro Code § 33.5(b) “Corredor-agente de seguros de propiedad” significa una persona con licencia conforme a la Sección 1625.

Section § 34

Explanation

Un solicitador de seguros es una persona contratada para ayudar a un corredor-agente de seguros de propiedad y accidentes. Esta persona se ocupa de seguros que no incluyen los de vida, incapacidad o salud.

"Solicitador de seguros" significa una persona natural empleada para asistir a un corredor-agente de seguros de propiedad y accidentes que actúa como agente de seguros o corredor de seguros en la tramitación de seguros que no sean de vida, de incapacidad o de salud.

Section § 35

Explanation

Esta ley define lo que significa “realizar operaciones” de seguros en California. Incluye cuatro actividades principales: preguntar a las personas si desean un seguro (solicitud), discutir y acordar los detalles antes de firmar un contrato de seguro (negociaciones), la firma o creación real del contrato de seguro (ejecución), y gestionar cualquier tarea relacionada con el seguro que surja después de la firma del contrato (realización de asuntos).

“Realizar operaciones” o “Transar”, aplicado a los seguros, incluye cualquiera de los siguientes:
(a)CA Seguro Code § 35(a) Solicitud.
(b)CA Seguro Code § 35(b) Negociaciones preliminares a la ejecución.
(c)CA Seguro Code § 35(c) Ejecución de un contrato de seguro.
(d)CA Seguro Code § 35(d) Realización de asuntos posteriores a la ejecución del contrato y que surjan del mismo.

Section § 36

Explanation

Esta sección explica qué significa 'capital desembolsado' en diferentes contextos para las compañías de seguros. Para una aseguradora mutua extranjera (una que opera sin capital social), es el valor de sus activos menos los pasivos, siempre que tengan al menos $200,000 en efectivo. Las aseguradoras conjuntas de acciones y mutuas extranjeras pueden optar por calcular su capital desembolsado como una aseguradora mutua o basándose en el valor de sus acciones. Para otras aseguradoras, es el menor entre el valor de sus activos excedentes sobre los pasivos o el valor total de sus acciones emitidas. Tenga en cuenta que las acciones no se tratan como pasivos al calcular el capital desembolsado.

“Capital desembolsado” o “capital pagado” significa:
(a)CA Seguro Code § 36(a) En el caso de una aseguradora mutua extranjera que no emita o no tenga acciones de capital en circulación, el valor de sus activos en exceso de la suma de sus pasivos por pérdidas reportadas, gastos, impuestos y todas las demás deudas y reaseguro de riesgos pendientes según lo dispuesto por la ley. Sin embargo, dicha aseguradora mutua extranjera no será admitida a menos que su capital desembolsado esté compuesto por activos en efectivo disponibles que asciendan al menos a $200,000.00.
(b)CA Seguro Code § 36(b) En el caso de una aseguradora extranjera de capital social y mutua, su capital desembolsado calculado, según su deseo, de conformidad con las disposiciones de la subdivisión (a) o la subdivisión (c) de esta sección. Si se calcula de conformidad con las disposiciones de la subdivisión (a), su admisión está sujeta a la calificación allí expresada.
(c)CA Seguro Code § 36(c) En el caso de todas las demás aseguradoras, la menor de las siguientes cantidades:
(1)CA Seguro Code § 36(c)(1) El valor de sus activos en exceso de la suma de sus pasivos por pérdidas reportadas, gastos, impuestos y todas las demás deudas y reaseguro de riesgos pendientes según lo dispuesto por la ley.
(2)CA Seguro Code § 36(c)(2) El valor nominal agregado de sus acciones emitidas, incluidas las acciones en tesorería.
Para el propósito de calcular el capital desembolsado o capital pagado, las acciones no se consideran pasivos.

Section § 37

Explanation
Esta ley establece que si existe una norma sobre un tipo específico de seguro o compañía de seguros, esa norma específica es más importante que cualquier norma general sobre seguros o compañías.

Section § 38

Explanation
Esta ley establece que si se necesita enviar algún tipo de aviso formal a alguien según las reglas de este código, se puede hacer simplemente enviándolo por correo a su domicilio o dirección principal de negocio en California. La persona que lo envía por correo solo necesita redactar una declaración jurada, que es básicamente una declaración que confirma que enviaron el aviso, y esto sirve como prueba inicial de que el aviso fue enviado.

Section § 38.6

Explanation

Esta ley explica cómo los licenciatarios de seguros (como agentes y corredores) en California pueden enviar ciertos registros a los clientes electrónicamente. Para que puedan hacerlo, los clientes deben aceptar recibir los registros de esta manera, y el licenciatario debe mantener un registro de este consentimiento. La ley incluye pasos específicos para optar por la recepción electrónica, cómo mantener los registros y qué hacer si la entrega electrónica falla. Los clientes pueden optar por recibir registros en papel sin costo adicional, y los licenciatarios no pueden incentivar la comunicación exclusivamente electrónica.

También hay reglas sobre cómo deben entregarse los registros para confirmar la recepción y los plazos para hacerlo. Además, la ley describe las consecuencias si un licenciatario no cumple con las regulaciones, incluyendo multas y sanciones de licencia. La ley exige un informe anual sobre el cumplimiento y especifica los procedimientos legales para cualquier violación, detallando la autoridad del comisionado para celebrar audiencias e imponer sanciones.

(a)Copy CA Seguro Code § 38.6(a)
(1)Copy CA Seguro Code § 38.6(a)(1) Un registro escrito que un licenciatario debe entregar o enviar por correo a una persona, incluyendo una oferta de renovación requerida por las Secciones 663 y 678, el aviso de cambio o cancelación de póliza solicitado por el asegurado según lo requerido por la Sección 667.5, el aviso de renovación condicional requerido por la Sección 678.1, la oferta de cobertura o renovación o una divulgación requerida por la Sección 10086, la oferta de renovación para una póliza de compensación para trabajadores, la Sección 662, el párrafo (2) de la subdivisión (a) de la Sección 663, la Sección 664, 667.5, 673, 677, el párrafo (2) de la subdivisión (a) de la Sección 678, las subdivisiones (a), (b) y (c) de la Sección 678.1, o un registro escrito que un licenciatario debe entregar o enviar por correo a una persona relacionado con el negocio de seguros de vida, según se define en la Sección 101 de este código, podrá, si no está excluido por la subdivisión (b) o (c) de la Sección 1633.3 del Código Civil, ser proporcionado por transmisión electrónica de conformidad con el Título 2.5 (que comienza con la Sección 1633.1) de la Parte 2 de la División 3 del Código Civil, si cada parte ha acordado realizar la transacción por medios electrónicos de conformidad con la Sección 1633.5 del Código Civil, y si el licenciatario cumple con esta sección. Una firma electrónica válida es suficiente para cualquier ley que requiera una firma escrita.
(2)CA Seguro Code § 38.6(a)(2) Para los fines de esta sección, se aplican las definiciones establecidas en la Sección 1633.2 del Código Civil. El término “licenciatario” significa una aseguradora, agente, corredor o cualquier otra persona que deba tener licencia del departamento.
(3)CA Seguro Code § 38.6(a)(3) No obstante la subdivisión (l) de la Sección 1633.2 del Código Civil, para los fines de esta sección, “persona” incluye, entre otros, al propietario de la póliza, tomador de la póliza, solicitante, asegurado o cesionario o designado de un asegurado.
(b)CA Seguro Code § 38.6(b) Para transmitir electrónicamente un registro enumerado en la subdivisión (a), un licenciatario deberá cumplir con todo lo siguiente:
(1)CA Seguro Code § 38.6(b)(1) Un licenciatario, o el representante de un licenciatario, obtiene el consentimiento de la persona para optar por recibir el registro por transmisión electrónica, y la persona no ha retirado ese consentimiento, antes de proporcionar el registro por transmisión electrónica. El consentimiento de una persona puede obtenerse verbalmente, por escrito o electrónicamente. Si el consentimiento se obtiene verbalmente, el licenciatario deberá confirmar el consentimiento por escrito o electrónicamente. El licenciatario deberá conservar un registro del consentimiento de la persona para recibir el registro por transmisión electrónica con la información de la póliza para que sea recuperable a solicitud del departamento mientras la póliza esté vigente y durante cinco años a partir de entonces.
(2)CA Seguro Code § 38.6(b)(2) Un licenciatario divulga, por escrito o electrónicamente, a la persona todo lo siguiente:
(A)CA Seguro Code § 38.6(b)(2)(A) La opción de recibir el registro por transmisión electrónica es voluntaria.
(B)CA Seguro Code § 38.6(b)(2)(B) Que la persona puede optar por no recibir el registro por transmisión electrónica en cualquier momento, y el proceso o sistema para que la persona opte por no hacerlo.
(C)CA Seguro Code § 38.6(b)(2)(C) Una descripción del registro que la persona recibirá por transmisión electrónica.
(D)CA Seguro Code § 38.6(b)(2)(D) El proceso o sistema para informar un cambio o corrección en la dirección de correo electrónico de la persona.
(E)CA Seguro Code § 38.6(b)(2)(E) La información de contacto del licenciatario, que incluye, entre otros, un número gratuito o la dirección del sitio web de internet del licenciatario.
(3)CA Seguro Code § 38.6(b)(3) La divulgación de consentimiento de opción de entrada requerida por el párrafo (2) puede establecerse en la solicitud o en un documento separado que forme parte de la póliza aprobada por el comisionado y deberá estar en negrita o de otra manera establecida de manera conspicua. La firma de la persona deberá establecerse inmediatamente debajo de la divulgación de consentimiento de opción de entrada. Si el licenciatario busca el consentimiento en cualquier momento antes de la finalización de la solicitud, el consentimiento y la firma deberán obtenerse antes de que se complete la solicitud. Si la persona no ha optado por la opción de entrada en el momento en que se completa la solicitud, el licenciatario puede recibir el consentimiento de opción de entrada en cualquier momento posterior, de conformidad con los mismos requisitos de opción de entrada que se aplican en el momento de la solicitud. El licenciatario deberá conservar una copia de la divulgación de consentimiento de opción de entrada firmada con la información de la póliza para que cada una sea recuperable a solicitud del departamento mientras la póliza esté vigente y durante cinco años a partir de entonces.
(4)CA Seguro Code § 38.6(b)(4) La dirección de correo electrónico de la persona que ha consentido la transmisión electrónica deberá figurar en la divulgación de consentimiento. Además, si la persona que consintió recibe un estado de cuenta anual, la dirección de correo electrónico de la persona que ha consentido deberá figurar en ese registro.
(5)CA Seguro Code § 38.6(b)(5) El licenciatario deberá proporcionar anualmente una copia impresa gratuita de cualquier registro descrito en esta subdivisión a solicitud de la persona.
(6)CA Seguro Code § 38.6(b)(6) Si una disposición de este código requiere que un licenciatario transmita un registro por correo de primera clase, correo ordinario, no especifica un método de entrega, o es un registro que debe proporcionarse de conformidad con el Artículo 6.6 (que comienza con la Sección 791), y si al licenciatario no se le prohíbe de otro modo transmitir el registro electrónicamente conforme a la subdivisión (b) de la Sección 1633.8 del Código Civil, entonces el registro puede transmitirse por transmisión electrónica si el licenciatario cumple con todos los requisitos de las Secciones 1633.15 y 1633.16 del Código Civil.
(7)CA Seguro Code § 38.6(b)(7) No obstante la subdivisión (b) de la Sección 1633.8 del Código Civil, si una disposición de este código requiere que un licenciatario transmita un registro por acuse de recibo, correo certificado, correo registrado, recibo de entrega escrito firmado, u otro método de entrega que evidencie la recepción real por parte de la persona, y si al licenciatario no se le prohíbe de otro modo transmitir el registro electrónicamente conforme a la Sección 1633.3 del Código Civil y esta sección, entonces el licenciatario deberá mantener un proceso o sistema que demuestre la prueba de entrega y la recepción real del registro por parte de la persona de conformidad con este párrafo. El licenciatario deberá documentar y retener información que demuestre la entrega y la recepción real para que sea recuperable, previa solicitud, por el departamento al menos cinco años después de que la póliza ya no esté en vigor. El registro proporcionado por transmisión electrónica se tratará como si hubiera sido realmente recibido si el licenciatario entrega el registro a la persona en cumplimiento de los plazos de entrega legales aplicables. Un licenciatario puede demostrar la entrega y recepción real por cualquiera de los siguientes medios:
(A)CA Seguro Code § 38.6(b)(7)(A) La persona acusa recibo de la transmisión electrónica del registro mediante la ejecución de una firma electrónica.
(B)CA Seguro Code § 38.6(b)(7)(B) El registro se publica en el sitio web seguro de internet del licenciatario, y existe evidencia que demuestra que la persona inició sesión en el sitio web seguro de internet del licenciatario y descargó, imprimió o de otro modo acusó recibo del registro.
(C)CA Seguro Code § 38.6(b)(7)(C) El registro se transmite al asegurado nombrado a través de una aplicación en un dispositivo electrónico personal que está protegido por contraseña, identificador biométrico u otra tecnología, y existe evidencia que demuestra que la persona inició sesión en la aplicación y vio o de otro modo acusó recibo del registro.
(D)CA Seguro Code § 38.6(b)(7)(D) Si un licenciatario no puede demostrar la entrega y recepción real conforme a este párrafo, el licenciatario deberá reenviar el registro por correo ordinario a la persona de la manera originalmente especificada por la disposición subyacente de este código.
(8)CA Seguro Code § 38.6(b)(8) No obstante cualquier otra ley, un aviso de caducidad, no renovación, cancelación o terminación de cualquier producto sujeto a esta sección puede transmitirse electrónicamente si el licenciatario demuestra prueba de entrega según lo establecido en el párrafo (7) y cumple con las demás disposiciones de esta sección.
(9)CA Seguro Code § 38.6(b)(9) Si el registro no se entrega directamente a la dirección electrónica designada por la persona sino que se coloca en una dirección electrónica accesible a la persona, un licenciatario deberá notificar a la persona en lenguaje sencillo, claro y visible en la dirección electrónica designada por la persona que describa el registro, informe a esa persona que está disponible en otra ubicación y le proporcione instrucciones sobre cómo obtener el registro.
(10)Copy CA Seguro Code § 38.6(b)(10)
(A)Copy CA Seguro Code § 38.6(b)(10)(A) Cuando un licenciatario reciba información que indique que el registro enviado por transmisión electrónica no fue recibido por la persona, el licenciatario deberá, dentro de los cinco días hábiles, cumplir con la cláusula (i) o (ii):
(i)CA Seguro Code § 38.6(b)(10)(A)(i) Contactar a la persona para confirmar o actualizar la dirección de correo electrónico de la persona y reenviar el registro por transmisión electrónica. Si el licenciatario opta por reenviar el registro por transmisión electrónica, el licenciatario deberá demostrar que la transmisión fue recibida por la persona, conforme al párrafo (6), (7) u (8). Si el licenciatario no puede confirmar o actualizar la dirección de correo electrónico de la persona, el licenciatario deberá reenviar el registro por correo ordinario al licenciatario a la dirección que figura en la póliza, o, si el estatuto subyacente requiere la entrega de una manera específica, enviar el registro de esa manera específica.
(ii)CA Seguro Code § 38.6(b)(10)(A)(ii) Reenviar el registro inicialmente proporcionado por transmisión electrónica por correo ordinario al asegurado a la dirección que figura en la póliza, o, si el estatuto subyacente requiere la entrega de una manera específica, enviar el registro de esa manera específica.
(B)CA Seguro Code § 38.6(b)(10)(A)(B) Si el licenciatario envía el primer expediente electrónico dentro del plazo requerido por la ley y el licenciatario cumple con el párrafo (5) y el subpárrafo (A) de este párrafo, el expediente enviado conforme a la cláusula (i) o (ii) del subpárrafo (A) se considerará como si hubiera sido enviado por correo en cumplimiento con los plazos de entrega aplicables por correo ordinario establecidos por la ley.
(11)CA Seguro Code § 38.6(b)(11) El licenciatario no cobrará a ninguna persona que se niegue a optar por recibir un expediente mediante transmisión electrónica por recibir un expediente electrónicamente. El licenciatario no ofrecerá un descuento o un incentivo a ninguna persona para que opte por recibir expedientes electrónicos.
(12)CA Seguro Code § 38.6(b)(12) El licenciatario verificará la dirección de correo electrónico de una persona mediante un escrito en papel enviado por correo ordinario cuando hayan transcurrido más de 12 meses desde la última comunicación electrónica del licenciatario.
(c)CA Seguro Code § 38.6(c) Un agente o corredor de seguros que actúe bajo la dirección de una parte que celebre un contrato mediante un expediente electrónico o una firma electrónica no será responsable de ninguna deficiencia en los procedimientos electrónicos acordados por las partes en virtud de dicho contrato si se cumplen todos los requisitos siguientes:
(1)CA Seguro Code § 38.6(c)(1) El agente o corredor de seguros no ha incurrido en conducta negligente, imprudente o dolosa.
(2)CA Seguro Code § 38.6(c)(2) El agente o corredor de seguros no participó en el desarrollo o establecimiento de los procedimientos electrónicos.
(3)CA Seguro Code § 38.6(c)(3) El agente o corredor de seguros no se desvió de los procedimientos electrónicos.
(d)CA Seguro Code § 38.6(d) A más tardar el 1 de enero de 2022, el comisionado presentará un informe al Gobernador y a los comités del Senado y la Asamblea con jurisdicción sobre seguros y el poder judicial, con respecto al cumplimiento de los aseguradores con las leyes que rigen las transmisiones electrónicas de transacciones de seguros, incluyendo ofertas de renovación, avisos o divulgaciones. El comisionado se asegurará de que el informe aborde el uso de transmisiones electrónicas por parte de los aseguradores que realizan negocios de seguros, las acciones de cumplimiento del departamento relacionadas con esas transmisiones electrónicas y el impacto de esas acciones de cumplimiento en las tasas de cumplimiento de los aseguradores.
(e)CA Seguro Code § 38.6(e) No obstante el párrafo (4) de la subdivisión (b) de la Sección 1633.3 del Código Civil, un requisito legal para un reconocimiento, firma o inicial separado que no esté expresamente prohibido por la subdivisión (c) de la Sección 1633.3 del Código Civil puede realizarse utilizando una firma electrónica, o mediante una transacción electrónica, sujeto a todas las disposiciones aplicables de esta sección.
(f)Copy CA Seguro Code § 38.6(f)
(1)Copy CA Seguro Code § 38.6(f)(1) Siempre que el comisionado tenga motivos para creer que un licenciatario ha incurrido o está incurriendo en una conducta en este estado que viola esta sección, o si el comisionado cree que un licenciatario ha incurrido o está incurriendo en una conducta fuera de este estado que tiene un efecto en un riesgo de seguro ubicado dentro de este estado y que viola esta sección, el comisionado emitirá y notificará a dicho licenciatario una declaración de cargos y un aviso de audiencia que se celebrará en la fecha y lugar fijados en el aviso. La fecha de la audiencia no será inferior a 30 días después de la fecha de notificación.
(2)CA Seguro Code § 38.6(f)(2) En la fecha y lugar fijados para la audiencia, el licenciatario acusado tendrá la oportunidad de responder a los cargos en su contra y presentar pruebas en su defensa. Por causa justificada, el comisionado permitirá que cualquier persona afectada negativamente comparezca y sea escuchada en la audiencia por medio de un abogado o en persona.
(3)CA Seguro Code § 38.6(f)(3) En cualquier audiencia realizada de conformidad con esta sección, el comisionado podrá tomar juramentos, examinar y contrainterrogar a los testigos, y recibir pruebas orales y documentales. El comisionado tendrá la facultad de citar a testigos, compeler su asistencia y requerir la presentación de libros, documentos, registros, correspondencia y otros documentos que sean relevantes para la audiencia. Se hará un acta taquigráfica de la audiencia a solicitud de cualquiera de las partes o a discreción del comisionado. Si no se hace un acta taquigráfica y se busca una revisión judicial, el comisionado preparará una declaración de la evidencia para su uso en la revisión. Las audiencias realizadas bajo esta sección se regirán por las mismas reglas de evidencia y procedimiento aplicables a los procedimientos administrativos realizados bajo las leyes de este estado.
(4)CA Seguro Code § 38.6(f)(4) Las declaraciones de cargos, notificaciones, órdenes y otros procedimientos del comisionado bajo esta sección podrán ser notificados por cualquier persona debidamente autorizada para actuar en nombre del comisionado. La notificación de proceso podrá completarse de la manera prevista por la ley para la notificación de proceso en acciones civiles o por correo certificado o por un servicio de envío ofrecido por un tercero con capacidad de seguimiento que no sea más caro que el correo certificado. Se proporcionará una copia de la declaración de cargos, notificación, orden u otro procedimiento a la persona o personas cuyos derechos bajo esta sección presuntamente han sido violados. Una constancia de entrega verificada que establezca la forma de notificación, el acuse de recibo postal en el caso de correo certificado, o la documentación de recibo firmada será prueba suficiente de la notificación.
(5)CA Seguro Code § 38.6(f)(5) Si, después de una audiencia conforme a los párrafos (1) a (4), el comisionado determina que el licenciatario acusado ha incurrido en conductas o prácticas que violan esta sección, el comisionado plasmará sus hallazgos por escrito y emitirá y hará que se notifique al licenciatario una copia de los hallazgos y una orden que exija al licenciatario cesar y desistir de las conductas o prácticas que constituyen una violación de esta sección. Como parte de la orden, el comisionado podrá suspender a un licenciatario de proporcionar registros por transmisión electrónica si existe un patrón o práctica que demuestre que el licenciatario ha incumplido los requisitos de esta sección. Un licenciatario podrá apelar la suspensión y reanudar su transmisión electrónica de registros previa comunicación del departamento de que los cambios que el licenciatario realizó en su proceso o sistema para cumplir con los requisitos de esta sección son satisfactorios.
(6)CA Seguro Code § 38.6(f)(6) Hasta el vencimiento del plazo permitido utilizando el procedimiento establecido en el párrafo (7) para presentar una petición de revisión o hasta que la petición sea efectivamente presentada, lo que ocurra primero, el comisionado podrá modificar o anular cualquier orden emitida bajo esta sección. Después del vencimiento del plazo permitido bajo el párrafo (7) para presentar una petición de revisión, si no se ha presentado debidamente ninguna petición, el comisionado podrá, previa notificación y oportunidad de audiencia, alterar, modificar o anular, en todo o en parte, cualquier orden emitida bajo esta sección siempre que las condiciones de hecho o de derecho justifiquen dicha acción o si el interés público lo requiere.
(7)CA Seguro Code § 38.6(f)(7) Un licenciatario sujeto a una orden del comisionado bajo esta sección o una persona cuyos derechos bajo esta sección fueron presuntamente violados podrá obtener una revisión de una orden del comisionado presentando una petición en un tribunal de jurisdicción competente, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de notificación de la orden, de conformidad con la Sección 1094.5 del Código de Procedimiento Civil. El tribunal tendrá jurisdicción para dictar y registrar un decreto que modifique, confirme o revoque cualquier orden del comisionado, en todo o en parte.
(8)CA Seguro Code § 38.6(f)(8) Una orden emitida por el comisionado bajo esta sección será definitiva en cualquiera de los siguientes casos:
(A)CA Seguro Code § 38.6(f)(8)(A) Al vencimiento del plazo permitido para la presentación de una petición de revisión, si no se ha presentado debidamente ninguna petición. Sin embargo, el comisionado podrá modificar o anular una orden en la medida prevista en el párrafo (6).
(B)CA Seguro Code § 38.6(f)(8)(B) Tras una decisión final del tribunal, si el tribunal ordena que se confirme la orden del comisionado o que se desestime la petición de revisión.
(9)CA Seguro Code § 38.6(f)(9) Una orden del comisionado bajo esta sección o una orden de un tribunal para hacer cumplir la orden del comisionado no eximirá ni absolverá de ninguna manera a una persona o licenciatario afectado por dicha orden de responsabilidad bajo ninguna ley de este estado.
(10)CA Seguro Code § 38.6(f)(10) Un licenciatario que viole una orden de cese y desistimiento del comisionado bajo esta sección podrá, previa notificación y audiencia y por orden del comisionado, estar sujeto a una de las siguientes sanciones a discreción del comisionado:
(A)CA Seguro Code § 38.6(f)(10)(A) Una sanción civil de no más de diez mil dólares ($10,000) por cada violación, excepto que la sanción civil total por violaciones de esta sección en una sola investigación no excederá los doscientos cincuenta mil dólares ($250,000).
(B)CA Seguro Code § 38.6(f)(10)(B) Una sanción civil de no más de doscientos cincuenta mil dólares ($250,000) si el comisionado determina que las violaciones han ocurrido con tal frecuencia que constituyen una práctica comercial general.
(C)CA Seguro Code § 38.6(f)(10)(C) Suspensión o revocación de la licencia de un licenciatario si el licenciatario sabía o razonablemente debería haber sabido que estaba violando la orden de cese y desistimiento.

Section § 38.8

Explanation
Esta ley exige que las compañías de seguros tengan un sistema que permita a los tomadores de póliza elegir realizar transacciones electrónicamente. También debe permitir que los tomadores de póliza cambien de opinión y opten por no realizar negocios electrónicamente. La aseguradora debe conservar los registros electrónicos durante el mismo tiempo que conservaría los escritos.

Section § 39

Explanation
Esta sección significa que si una parte de este código se considera inválida o no aplicable a una persona o situación particular, el resto del código sigue siendo efectivo y aplicable a otras personas o situaciones. La validez de una parte no afecta al resto del código.

Section § 40

Explanation

Esta ley establece que las compañías de seguros creadas antes de la entrada en vigor de este código no serán cerradas ni afectadas solo por la promulgación del nuevo código. Sin embargo, en adelante, deberán seguir las normas del nuevo código.

La existencia de las aseguradoras constituidas antes de la fecha en que este código entre en vigor no se verá afectada por la promulgación de este código ni por la derogación de las leyes bajo las cuales se constituyeron, pero dichas aseguradoras operarán en adelante bajo las disposiciones de este código.

Section § 41

Explanation

Esta sección establece que todos los tipos de seguro dentro del estado están regulados por las normas y directrices establecidas en este código de seguros.

Todo seguro en este Estado se rige por las disposiciones de este código.

Section § 42

Explanation
Esta ley aclara que el hecho de que una cobertura de seguro se denomine "de grupo" en cualquier ley estatal que no sea el código de seguros no significa que pueda comercializarse como cobertura de grupo, a menos que esté específicamente definida como tal en el código de seguros o en las leyes del estado donde se emite la póliza. Esta norma se aplica específicamente a los seguros de vida, de incapacidad y de compensación para trabajadores.

Section § 44

Explanation

Si alguien difunde deliberadamente información falsa para perjudicar la salud financiera de una compañía de seguros en California, puede ser acusado de un delito menor y multado con hasta $1,000.

Cualquier persona que, de forma deliberada y a sabiendas, elabore, circule o transmita a otra persona cualquier declaración falsa escrita o impresa con el propósito de dañar la condición financiera o la estabilidad de cualquier compañía de seguros que opere en este estado es culpable de un delito menor sancionable con una multa no superior a mil dólares ($1,000).

Section § 45

Explanation

Esta ley define 'Transferencia electrónica de fondos' como cualquier método de transferencia de dinero que no se realiza con un cheque, sino que se enfoca en sistemas electrónicos como computadoras o teléfonos. Es una forma de mover dinero hacia o desde una cuenta bancaria; las aseguradoras pueden elegir el tipo de transferencia a utilizar.

Se explican varios términos clave: 'Cámara de compensación automatizada' (un sistema para transacciones entre bancos), 'Débito de cámara de compensación automatizada' (donde el estado toma los pagos de impuestos directamente de la cuenta bancaria de un contribuyente y cubre cualquier tarifa), y 'Crédito de cámara de compensación automatizada' (donde los contribuyentes inician una transacción para pagar al estado, cubriendo potencialmente cualquier tarifa). 'Fedwire' implica una transferencia directa de banco a banco utilizando un sistema nacional, que requiere la aprobación previa del estado y puede cobrar tarifas al contribuyente. Finalmente, la 'Transferencia internacional de fondos' utiliza SWIFT para transacciones transfronterizas para acreditar un banco de EE. UU. que acredita la cuenta del estado, con costos que posiblemente se transfieran al contribuyente.

(a)CA Seguro Code § 45(a) “Transferencia electrónica de fondos” significa cualquier transferencia de fondos, que no sea una transacción originada por cheque, giro o instrumento de papel similar, que se inicie a través de un terminal electrónico, instrumento telefónico, o computadora o cinta magnética, con el fin de ordenar, instruir o autorizar a una institución financiera a cargar o abonar una cuenta. La transferencia electrónica de fondos se realizará mediante un débito de cámara de compensación automatizada, un crédito de cámara de compensación automatizada, una transferencia bancaria de la Reserva Federal (Fedwire) o una transferencia internacional de fondos, a opción de la aseguradora.
(b)CA Seguro Code § 45(b) Para los fines de esta sección:
(1)CA Seguro Code § 45(b)(1) “Cámara de compensación automatizada” significa cualquier banco de la reserva federal, o una organización establecida por acuerdo con la National Automated Clearing House Association, que opera como una cámara de compensación para transmitir o recibir asientos entre bancos o cuentas bancarias y que autoriza una transferencia electrónica de fondos entre esos bancos o cuentas bancarias.
(2)CA Seguro Code § 45(b)(2) “Débito de cámara de compensación automatizada” significa una transacción en la que cualquier departamento del estado, a través de su banco depositario designado, origina una transacción de cámara de compensación automatizada que debita la cuenta bancaria del contribuyente y acredita la cuenta bancaria del estado por el monto del impuesto. Los costos bancarios incurridos por el contribuyente para la transacción de débito de cámara de compensación automatizada serán pagados por el estado.
(3)CA Seguro Code § 45(b)(3) “Crédito de cámara de compensación automatizada” significa una transacción de cámara de compensación automatizada en la que el contribuyente, a través de su propio banco, origina un asiento que acredita la cuenta bancaria del estado y debita su propia cuenta bancaria. Los costos bancarios incurridos por el estado para la transacción de crédito de cámara de compensación automatizada pueden ser cargados al contribuyente.
(4)CA Seguro Code § 45(b)(4) “Fedwire” significa cualquier transacción originada por el contribuyente y que utiliza el sistema nacional de pago electrónico para transferir fondos a través de los bancos de la reserva federal, en virtud de la cual el contribuyente debita su propia cuenta bancaria y acredita la cuenta bancaria del estado. Las transferencias electrónicas de fondos pueden realizarse mediante Fedwire solo si se obtiene la aprobación previa del departamento y el contribuyente no puede, por causa razonable, realizar pagos de conformidad con el párrafo (2) o (3). Los costos bancarios cargados al contribuyente y al estado pueden ser cargados al contribuyente.
(5)CA Seguro Code § 45(b)(5) “Transferencia internacional de fondos” significa cualquier transacción originada por el contribuyente y que utiliza “SWIFT”, el sistema internacional de pago electrónico para transferir fondos en la que el contribuyente debita su propia cuenta bancaria y acredita los fondos a un banco de los Estados Unidos que acredita la cuenta bancaria del estado. Los costos bancarios cargados al contribuyente y al estado pueden ser cargados al contribuyente.

Section § 46

Explanation

Esta ley establece que el término “compensación para trabajadores” debe ser referido ahora como “compensación para trabajadores”. Cada vez que se actualice una sección del código que utilice este término, deberá emplear el nuevo término. Este cambio aclara el término sin alterar la ley real.

La Legislatura por la presente declara su intención de que el término “compensación para trabajadores” se conocerá de ahora en adelante también como “compensación para trabajadores”. En cumplimiento de esta política, es el deseo de la Legislatura que las referencias al término “compensación para trabajadores” en este código se cambien a “compensación para trabajadores” cuando dichas secciones del código sean modificadas por cualquier motivo. Esta ley es declaratoria y no modificatoria de la ley existente.

Section § 47

Explanation

Un 'corredor de líneas excedentes' es alguien que tiene la licencia adecuada y está autorizado para operar bajo secciones específicas de las leyes de seguros. Se encargan de ciertos tipos de seguros que no pueden ser cubiertos por las compañías de seguros regulares en California.

“Corredor de líneas excedentes” significa una persona con licencia bajo la Sección 1765 y autorizada para operar bajo el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 1760) de la Parte 2 de la División 1.

Section § 48

Explanation

Un "certificado de corredor de líneas excedentes" es un documento que se entrega a alguien que compra un seguro. Demuestra que su seguro ha sido contratado con una aseguradora no admitida, lo que significa una aseguradora no autorizada en ese estado, pero que aún es elegible según reglas específicas mencionadas en otras secciones.

Un “certificado de corredor de líneas excedentes” significa un certificado emitido por un corredor de líneas excedentes a un comprador de seguros como prueba de la colocación de seguros con una aseguradora no admitida elegible de conformidad con los requisitos de las Secciones 1764, 1764.1 y 1764.2.