Section § 12693.91

Explanation

Esta ley permite al Departamento de Servicios de Salud del Estado, junto con otras juntas y consejos, crear y operar hasta cinco proyectos piloto en áreas rurales de California con muchos niños sin seguro médico, como los de trabajadores temporales y migratorios. Estos proyectos tienen como objetivo mejorar el acceso a la atención médica a través de redes colaborativas. El departamento establecerá los criterios para estos proyectos, que incluyen financiación para el equipo y la infraestructura necesarios, pero no la adquisición de terrenos. Cualquier equipo o mejora comprada con fondos de subvención pertenecerá al beneficiario de la subvención, no al estado. Para que esta ley esté activa, requiere la aprobación federal y el apoyo financiero federal.

(a)CA Seguro Code § 12693.91(a) El Departamento Estatal de Servicios de Salud, en conjunto con la Junta de Seguros Médicos de Riesgo Administrado, la junta del Programa de Servicios Médicos del Condado y el Consejo de Política de Salud Rural, podrá desarrollar y administrar hasta cinco proyectos de demostración en áreas rurales que probablemente contengan un nivel significativo de niños sin seguro médico, incluidos los dependientes de trabajadores temporales y migratorios. Además de cualquier otro fondo proporcionado de conformidad con esta sección, las subvenciones para proyectos de demostración podrán incluir fondos de conformidad con la subdivisión (d).
(b)CA Seguro Code § 12693.91(b) El propósito de los proyectos de demostración será financiar redes colaborativas de atención médica rural para aliviar problemas únicos de acceso a la atención médica en áreas rurales.
(c)CA Seguro Code § 12693.91(c) El Departamento Estatal de Servicios de Salud, en conjunto con la Junta de Seguros Médicos de Riesgo Administrado y el Consejo de Política de Salud Rural, establecerá los criterios y estándares de elegibilidad que se utilizarán en las solicitudes de propuestas o solicitudes de aplicación, el proceso de revisión de solicitudes, la determinación del monto máximo y el número de subvenciones a otorgar, la preferencia y prioridad de los proyectos, y el monitoreo de cumplimiento después de recibir comentarios del público.
(d)CA Seguro Code § 12693.91(d) Las subvenciones podrán incluir fondos para la compra de equipo, la realización de gastos de capital y la provisión de infraestructura, incluyendo, entre otros, salarios y pago de arrendamientos. Los fondos bajo esta subdivisión solo podrán otorgarse a entidades de atención médica elegibles calificadas según lo determine el Departamento Estatal de Servicios de Salud. La titularidad de cualquier equipo o mejora de capital comprado o adquirido con fondos de subvención recaerá en el beneficiario de la subvención para el bien público y no en el estado. Los gastos de capital no incluirán la adquisición de terrenos. No obstante la subdivisión (e), esta subdivisión se implementará solo cuando se asignen fondos en la Ley de Presupuesto anual u otro estatuto para financiar el costo de implementar esta subdivisión.
(e)CA Seguro Code § 12693.91(e) Esta sección solo entrará en vigor previa aprobación federal del plan estatal o enmiendas posteriores para el programa y la aprobación de la participación financiera federal.

Section § 12693.915

Explanation

Esta sección explica la intención de la Legislatura de California de usar los recursos de manera inteligente al acceder a ciertos fondos para maximizar las oportunidades de financiación federal. La idea es utilizar dinero de un fondo específico de impuestos al tabaco para obtener más dinero federal a través del Programa Estatal de Seguro Médico para Niños. Los fondos combinados apoyarán proyectos en áreas rurales destinados a mejorar los servicios de salud para las familias. Además, esta sección modifica una parte de la Ley de Protección de la Salud y el Impuesto al Tabaco para permitir que estos fondos se utilicen según lo planeado.

(a)CA Seguro Code § 12693.915(a) Es la intención de la Legislatura utilizar los recursos fiscales de la manera más prudente y rentable y maximizar el uso de fondos federales para servicios cuando sea factible. Por lo tanto, la Legislatura tiene la intención de acceder a fondos de la Cuenta No Asignada en el Fondo de Recargo sobre Productos de Cigarrillos y Tabaco creado en la Sección 30122 del Código de Ingresos y Tributación, y según lo asignado en la Ley de Presupuesto anual, y utilizar estos fondos para obtener una contrapartida federal del 65 por ciento a través de la asignación de California del Programa Estatal de Seguro Médico para Niños (SCHIP). Estos fondos se utilizarán luego bajo el Programa Familias Saludables del estado específicamente para los proyectos de demostración rurales establecidos en la Sección 12693.91.
(b)CA Seguro Code § 12693.915(b) No obstante la Sección 30122 del Código de Ingresos y Tributación, la financiación para los proyectos de demostración rurales, según lo previsto en el Programa Familias Saludables, podrá provenir de los fondos asignados de la Cuenta No Asignada en el Fondo de Recargo sobre Productos de Cigarrillos y Tabaco y de los fondos recibidos de conformidad con el Título XXI de la Ley federal del Seguro Social. Estos fondos se utilizarán según lo previsto en la Sección 12693.91.
(c)CA Seguro Code § 12693.915(c) La subdivisión (b) constituye una enmienda de la Ley de Protección de la Salud y el Impuesto al Tabaco de 1988, según lo añadido por la Proposición 99.