Section § 15054

Explanation

Esta ley explica cuándo vencen las licencias y certificados relacionados con este capítulo y cómo renovarlos. Las licencias y certificados vencen dos años después del final del mes en que se emitieron por primera vez, pero los emitidos antes del 1 de enero de 2011 vencen el 31 de mayo de cada año par. Para renovar, el titular de la licencia debe presentar una solicitud de renovación y pagar la tarifa requerida antes de la fecha de vencimiento. Al renovar, el titular de la licencia recibirá la prueba de renovación actualizada y las tarjetas de bolsillo según lo especificado por el comisionado.

Toda licencia, certificado de sucursal y tarjeta de bolsillo expedida conforme a este capítulo vencerá el día dos años después del último día natural del mes en que se expidió la licencia inicial. Las licencias expedidas antes del 1 de enero de 2011 vencerán el 31 de mayo de cada año par. Para renovar una licencia o certificado no vencido, el titular de la licencia deberá, en o antes de la fecha en que de otro modo vencería, solicitar la renovación en un formulario prescrito por el comisionado y pagar la tarifa de renovación prescrita por este capítulo. Al renovar, la prueba de renovación de la licencia o certificado según lo prescriba el comisionado, y las tarjetas de bolsillo de renovación para las personas mencionadas en la Sección (15022) se expedirán al titular de la licencia.

Section § 15055

Explanation
Esta ley permite al comisionado de seguros establecer diferentes períodos de licencia y fechas de renovación para las licencias de seguros. El objetivo es hacer que el proceso de renovación sea más eficiente y rentable. Si se realizan cambios, las tarifas deben ajustarse para que las personas no paguen más de lo que habrían pagado con el sistema anterior.

Section § 15056

Explanation

Si tu licencia de seguro o certificado de sucursal vence en California, puedes renovarlo dentro de un año. Para hacerlo, debes presentar el formulario correcto y pagar tanto la tarifa de renovación como cualquier tarifa por retraso. La renovación se activa en la última fecha en que se completen todos estos pagos y la presentación del formulario. Una vez renovada, la licencia o certificado dura hasta su próxima fecha de vencimiento, a menos que se renueve de nuevo.

Sin embargo, renovar tu licencia no impide que se inicien acciones disciplinarias por cualquier cosa que hayas hecho mal antes de la fecha de renovación.

(a)CA Seguro Code § 15056(a) Salvo que se disponga lo contrario en este artículo, una licencia o certificado de sucursal vencido podrá renovarse en cualquier momento dentro de un año después de su vencimiento mediante la presentación de una solicitud de renovación en un formulario prescrito por el comisionado, y el pago de una tarifa de renovación vigente en la fecha real de renovación. Si la licencia o certificado se renueva después de su vencimiento, el titular de la licencia, como condición precedente para la renovación, también deberá pagar la tarifa por mora prescrita por este capítulo. La renovación bajo esta sección será efectiva en la fecha en que se presente la solicitud, en la fecha en que se pague la tarifa de renovación, o en la fecha en que se pague la tarifa por mora, si la hubiere, lo que ocurra último. Si se renueva de esta manera, la licencia o certificado seguirá vigente hasta la fecha establecida en la Sección 15054 que ocurra después de la fecha efectiva de la renovación, momento en el cual vencerá si no se renueva de nuevo.
(b)CA Seguro Code § 15056(b) La renovación de una licencia o certificado no prohíbe el inicio de procedimientos disciplinarios por un acto cometido antes de la fecha efectiva de la renovación.

Section § 15057

Explanation

Aunque se renueve una licencia suspendida o un certificado de sucursal, el titular no puede usarlo para realizar ninguna actividad hasta que se levante la suspensión. Renovarlo no permite infringir ninguna norma u orden que haya provocado la suspensión en primer lugar. En esencia, la renovación mantiene la licencia o el certificado válidos en papel, pero no para su uso real hasta que sea oficialmente restablecido.

Una licencia suspendida o un certificado de sucursal está sujeto a vencimiento y deberá renovarse según lo dispuesto en este artículo, pero la renovación de la licencia no autoriza al titular, mientras la licencia permanezca suspendida y hasta que sea restablecida, a participar en la actividad autorizada, o en cualquier otra actividad o conducta en violación de la orden o sentencia por la cual la licencia fue suspendida, y la renovación del certificado de sucursal no autoriza al titular, mientras el certificado permanezca suspendido y hasta que sea restablecido, a participar en la actividad autorizada en la ubicación para la cual se emitió el certificado, o a participar en cualquier otra actividad o conducta en violación de una orden o sentencia por la cual el certificado fue suspendido.

Section § 15058

Explanation

Si una licencia o certificado ha sido revocado, eventualmente vencerá como uno activo, pero no puede ser renovado. Sin embargo, si alguien quiere restablecerlo después de que venza, tiene que pagar una tarifa. Esta tarifa es la misma que la tarifa de renovación de la última vez que se suponía que debía renovarse, más cualquier tarifa atrasada que no se haya pagado en el momento de su revocación.

Una licencia revocada o un certificado de oficial de sucursal está sujeto a vencimiento según lo dispuesto en este artículo, pero no podrá ser renovada. Si se restablece después de su vencimiento, el titular de la licencia, como condición precedente para su restablecimiento, deberá pagar una tarifa de restablecimiento por un monto igual a la tarifa de renovación vigente en la última fecha de renovación regular antes de la fecha en que se restablezca, más la tarifa por mora, si alguna se acumuló en el momento de su revocación.

Section § 15059

Explanation

Si una licencia o certificado de sucursal no se renueva dentro de un año después de su vencimiento, no se puede renovar ni reactivar. La persona debe seguir todos los pasos para obtener una nueva licencia o certificado desde cero.

Una licencia o certificado de sucursal que no se renueve dentro de un año después de su vencimiento no podrá ser renovada, restaurada, rehabilitada o reexpedida posteriormente.
El titular de la licencia o certificado podrá obtener una nueva licencia o certificado únicamente si cumple con todas las disposiciones de este capítulo relacionadas con la expedición de una licencia o certificado original.

Section § 15059.1

Explanation

Si tienes una licencia de ajustador público de seguros en California, debes completar 24 horas de educación continua cada dos años, y tres de esas horas deben centrarse en ética. Esto debe informarse durante la renovación de tu licencia. Sin embargo, este requisito no se aplica si no has tenido la licencia por un año completo al final del período de renovación, o si tienes una licencia de no residente y has cumplido con los requisitos de educación de tu estado de origen.

(a)CA Seguro Code § 15059.1(a) Una persona que posea una licencia de ajustador público de seguros y que no esté exenta conforme a la subdivisión (b) deberá completar satisfactoriamente un mínimo de 24 horas, de las cuales tres horas deberán ser en ética, de cursos de educación continua pertinentes a los deberes y responsabilidades de una licencia de ajustador público de seguros, que deberán ser informadas al comisionado de seguros de forma bienal en conjunto con su ciclo de renovación de licencia.
(b)CA Seguro Code § 15059.1(b) Esta sección no se aplicará a:
(1)CA Seguro Code § 15059.1(b)(1) Un licenciatario que no haya estado licenciado por un año completo antes del final del bienio de educación continua aplicable.
(2)CA Seguro Code § 15059.1(b)(2) Un licenciatario que posea una licencia de ajustador público de seguros no residente que haya cumplido con los requisitos de educación continua de su estado o residencia designado.

Section § 15059.2

Explanation

Si una persona no cumple con ciertos requisitos y no obtiene una prórroga del comisionado, su licencia pasará a estado inactivo. Mientras la licencia esté inactiva, no podrá realizar actividades específicas descritas en otra sección. Si alguien no puede cumplir con los requisitos debido a una discapacidad u otras razones especiales, existe un procedimiento para mantener la licencia inactiva hasta que pueda volver a cumplir con las normas.

Una persona que no cumpla con los requisitos impuestos por la Sección 15059.1, y a quien el comisionado no le haya concedido una prórroga para cumplir, tendrá su licencia en estado inactivo hasta que demuestre a satisfacción del comisionado que ha cumplido con todos los requisitos de este artículo y con toda otra ley aplicable. Un titular de licencia en estado inactivo no podrá realizar las actividades descritas en la Sección 1631. Si una persona no puede cumplir con los requisitos de este artículo debido a una discapacidad o inactividad por circunstancias especiales, el comisionado proporcionará un procedimiento para que la persona ponga su licencia en estado inactivo hasta que la persona demuestre a satisfacción del comisionado que ha cumplido con todos los requisitos de este artículo durante el período de discapacidad o inactividad.

Section § 15060

Explanation

Esta sección detalla el cronograma de tarifas para varios procesos de licencia y certificación relacionados con los ajustadores públicos de seguros en California. Para tomar el examen de calificación para una nueva licencia, la tarifa es de $62. Solicitar un nuevo certificado de sucursal cuesta $35, mientras que la solicitud para una licencia original es de $240, aunque esta tarifa puede reducirse si la licencia vencerá en menos de un año. La renovación de la licencia para un ajustador público de seguros cuesta $240, y para una sucursal, es de $50. Si pierde su tarjeta de identificación, reemplazarla cuesta $25. También hay una tarifa por retraso del 50% de la tarifa de renovación si no renueva a tiempo. Finalmente, volver a tomar el examen cuesta $25.

El monto de las tarifas prescritas por este capítulo es el que se detalla en el siguiente cronograma:
(a)CA Seguro Code § 15060(a) La tarifa para el examen de calificación para una licencia original es de sesenta y dos dólares ($62).
(b)CA Seguro Code § 15060(b) La tarifa de solicitud para un certificado de sucursal original es de treinta y cinco dólares ($35).
(c)CA Seguro Code § 15060(c) La tarifa para una solicitud de licencia original es de doscientos cuarenta dólares ($240). Si la licencia vencerá en menos de un año después de su emisión, entonces la tarifa será un monto equivalente al 50 por ciento de la tarifa de renovación vigente en la última fecha de renovación regular antes de la fecha en que se emite la licencia.
(d)CA Seguro Code § 15060(d) Las tarifas de renovación son las siguientes:
(1)CA Seguro Code § 15060(d)(1) Para una licencia como ajustador público de seguros, doscientos cuarenta dólares ($240).
(2)CA Seguro Code § 15060(d)(2) Para un certificado de sucursal, cincuenta dólares ($50).
(e)CA Seguro Code § 15060(e) La tarifa para reemplazar una tarjeta de identificación es de veinticinco dólares ($25).
(f)CA Seguro Code § 15060(f) La tarifa por mora será del 50 por ciento de la tarifa de renovación vigente en la fecha de vencimiento.
(g)CA Seguro Code § 15060(g) La tarifa para el reexamen de un solicitante es de veinticinco dólares ($25).

Section § 15061

Explanation
Esta ley exige que el departamento gestione cualquier dinero recibido de las actividades relacionadas con este capítulo. Cada mes, el departamento debe informar la cantidad total al Contralor y luego transferirla al Tesorero, donde se abona al Fondo de Seguros.

Section § 15062

Explanation
Si solicitas u obtienes una licencia y pagas las tasas asociadas, esas tasas no son reembolsables.
Las tasas de solicitud o licencia no serán reembolsadas conforme a la Sección 1751.5.