Licencias OcupacionalesEducación Continua
Section § 18056
Esta ley establece que todos los comerciantes y vendedores de viviendas prefabricadas en California deben cumplir con requisitos de educación continua para proteger a los consumidores, excepto aquellos que solo venden remolques comerciales.
El departamento encargado creará y aplicará estas normas rápidamente, considerándolas una emergencia para proteger la seguridad y el bienestar públicos.
Section § 18056.1
Section § 18056.2
Esta ley exige que las personas con licencia para vender casas prefabricadas o casas móviles completen un número específico de horas de cursos educativos antes de renovar su licencia. Para la primera renovación, se necesitan 24 horas; la segunda renovación requiere 12 horas, y después de eso, solo son necesarias seis horas.
Las regulaciones detallan cómo deben calificarse dichos programas educativos, incluyendo el contenido del curso y los requisitos para los instructores. Existe un proceso para evaluar si otras experiencias educativas son equivalentes. También hay un sistema para registrar la asistencia y las exenciones por circunstancias especiales como salud o servicio militar.
Se exige un mínimo de seis horas de cursos preliminares para los solicitantes de nuevas licencias de concesionarios o vendedores antes de que puedan realizar sus exámenes de licencia. El objetivo principal es mantener conocimientos actualizados para garantizar la protección del consumidor y altos estándares de servicio. Diversas entidades educativas calificadas pueden ofrecer estos cursos, incluyendo universidades y seminarios profesionales.