(a)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(a)
Cualquier agencia estatal o local que haya participado en la investigación y aplicación de la ley conforme a esta parte será reembolsada por sus costos de investigación y legales antes y después del fallo.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(b)
No obstante cualquier otra disposición legal, a solicitud de la agencia de aplicación de la ley, el operador o los inquilinos, el tribunal podrá emitir una orden que resulte en la corrección de los defectos, en lugar del cierre de la vivienda para empleados. La orden podrá disponer, no obstante la subdivisión (a), que se paguen multas y sanciones para mejoras, o que se imponga un gravamen sobre la propiedad para pagar los costos de un administrador judicial independiente para completar las reparaciones, o cualquier otro procedimiento justo y razonable.
(c)Copy CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)
(1)Copy CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(1)
(A)
Si la vivienda para empleados se mantiene de una manera que viola cualquier disposición de esta parte, incluyendo cualquier norma, estándar o reglamento promulgado conforme a esta parte, y la violación es tan extensa y de tal naturaleza que la salud y seguridad de los residentes o del público está sustancialmente en peligro, y si el propietario u operador no corrige, dentro de un plazo razonable después de la emisión del aviso u orden por la agencia de aplicación de la ley, la condición que es la causa de la violación, la agencia de aplicación de la ley, el inquilino o la asociación u organización de inquilinos podrá, además de cualquier otro recurso previsto por la ley, solicitar el nombramiento de un administrador judicial conforme a esta subdivisión.
(B)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(1)(B)
En su petición al tribunal, la agencia de aplicación de la ley, el inquilino o la asociación u organización de inquilinos deberá incluir prueba de que la notificación de la petición fue entregada no menos de cinco días antes de presentar la petición, conforme al Artículo 3 (que comienza con la Sección 415.10) del Capítulo 4 del Título 5 de la Parte 2 del Código de Procedimiento Civil, a todas las personas con un interés registrado en la propiedad inmueble donde existe la vivienda para empleados en condiciones deficientes.
(C)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(1)(C)
Al nombrar un administrador judicial, el tribunal considerará si se le ha brindado al propietario una oportunidad razonable para corregir las condiciones citadas en el aviso de violación. El tribunal no nombrará a ninguna persona como administrador judicial a menos que la persona haya demostrado al tribunal su capacidad, disposición y experiencia para desarrollar y supervisar un plan financiero y de construcción viable para la rehabilitación satisfactoria de la vivienda para empleados. Si se nombra un administrador judicial, el propietario y su agente de la vivienda para empleados en condiciones deficientes tendrán prohibido cobrar alquileres a los inquilinos, interferir con el administrador judicial en la operación de la vivienda para empleados en condiciones deficientes, y gravar o transferir la vivienda para empleados en condiciones deficientes o la propiedad inmueble donde se encuentra la vivienda para empleados.
(2)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(2)
Cualquier administrador judicial nombrado conforme a esta sección tendrá todas las siguientes facultades y deberes en el orden de prioridad enumerado en este párrafo, a menos que el tribunal permita lo contrario:
(A)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(2)(A)
Tomar el control total y completo de la vivienda para empleados en condiciones deficientes.
(B)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(2)(B)
Administrar la vivienda para empleados en condiciones deficientes y pagar los gastos de operación de la vivienda para empleados en condiciones deficientes y de la propiedad inmueble donde se encuentra la vivienda para empleados, incluyendo impuestos, seguros, servicios públicos, mantenimiento general y deudas garantizadas por un interés en la propiedad inmueble. Sin embargo, el administrador judicial no operará la vivienda para empleados por un período más largo cada año que el período en que fue operada previamente como vivienda para empleados cada año por el operador o propietario.
(C)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(2)(C)
Obtener un presupuesto de costos y un plan de construcción de un contratista con licencia para las reparaciones necesarias para corregir las condiciones citadas en el aviso de violación.
(D)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(2)(D)
Celebrar contratos y emplear a un contratista con licencia según sea necesario para corregir las condiciones citadas en el aviso de violación.
(E)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(2)(E)
Cobrar todos los alquileres e ingresos de la vivienda para empleados en condiciones deficientes.
(F)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(2)(F)
Utilizar todos los alquileres e ingresos de la vivienda para empleados en condiciones deficientes para pagar el costo de rehabilitación y reparaciones determinadas por el tribunal como necesarias para corregir las condiciones citadas en el aviso de violación.
(G)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(2)(G)
Pedir prestados fondos para pagar las reparaciones necesarias para corregir las condiciones citadas en el aviso de violación y pedir prestados fondos para pagar cualquier beneficio de reubicación autorizado por el párrafo (4) y garantizar esa deuda, con aprobación judicial, con un gravamen sobre la propiedad inmueble donde se encuentra la vivienda para empleados en condiciones deficientes. El gravamen se registrará en la oficina del registrador del condado en el condado donde se encuentre la vivienda para empleados.
(H)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(2)(H)
Ejercer las facultades otorgadas a los administradores judiciales conforme a la Sección 568 del Código de Procedimiento Civil.
(3)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(3)
El administrador judicial tendrá derecho a los mismos honorarios, comisiones y gastos necesarios que los administradores judiciales en acciones de ejecución hipotecaria.
(4)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(4)
Si las condiciones de la vivienda para empleados o la reparación o rehabilitación de la misma afectan significativamente el uso seguro y sanitario de la vivienda para empleados en condiciones deficientes por parte de cualquier inquilino, en la medida en que el inquilino no pueda residir de forma segura en su unidad, entonces el administrador judicial proporcionará beneficios de reubicación de acuerdo con el párrafo (3) de la subdivisión (d).
(5)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(5)
La compensación por reubicación prevista en esta sección no anulará ninguna ordenanza local que prevea una mayor asistencia para la reubicación.
(6)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(6)
Además de cualquier informe requerido por el tribunal, el administrador judicial preparará informes mensuales para la agencia de aplicación de la ley estatal o local que contendrán información sobre al menos los siguientes puntos:
(A)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(6)(A)
El monto total del pago de alquiler recibido.
(B)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(6)(B)
Naturaleza y monto de los contratos negociados relativos a la operación o reparación de la propiedad.
(C)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(6)(C)
Pagos realizados para la reparación de las instalaciones.
(D)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(6)(D)
Progreso de las reparaciones necesarias.
(E)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(6)(E)
Otros pagos realizados relativos a la operación de la vivienda para empleados.
(F)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(6)(F)
Monto de los beneficios de reubicación de inquilinos pagados.
(7)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(7)
El administrador judicial será dado de baja cuando las condiciones citadas en el aviso de violación hayan sido subsanadas de acuerdo con la orden o fallo judicial y se haya entregado al tribunal una contabilidad completa de todos los costos y reparaciones. Una vez eliminada la condición, el propietario, el acreedor hipotecario o cualquier titular de gravamen registrado podrá solicitar la liberación de todos los fondos no utilizados por el administrador judicial para la eliminación de la condición y todos los demás costos autorizados por esta sección.
(8)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(8)
La parte vencedora en una acción conforme a esta sección tendrá derecho, a discreción equitativa del tribunal, a honorarios razonables de abogado y costas judiciales según lo fije el tribunal.
(9)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(9)
El registrador del condado podrá cobrar y recaudar tarifas por el registro de todos los avisos y otros documentos requeridos por esta sección conforme al Artículo 5 (que comienza con la Sección 27360) del Capítulo 6 de la División 2 del Título 3 del Código de Gobierno.
(10)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(10)
Nada en esta sección se interpretará como una limitación de los derechos disponibles para inquilinos y propietarios bajo cualquier otra disposición de la ley.
(11)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(c)(11)
Nada en esta sección se interpretará como una privación a un propietario de vivienda para empleados en condiciones deficientes de todos los derechos al debido proceso legal garantizados por la Constitución de California y la Constitución de los Estados Unidos, incluyendo, entre otros, la recepción de un aviso de la violación alegada y un período de tiempo adecuado y razonable para cumplir con cualquier orden emitida por la agencia de aplicación de la ley o el tribunal.
(d)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(d)
Si el tribunal determina que la vivienda para empleados se encuentra en una condición que pone en peligro sustancialmente la salud y seguridad de los residentes conforme a la subdivisión (a) de la Sección 17980.6, al dictarse cualquier orden o fallo, el tribunal hará todo lo siguiente:
(1)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(d)(1)
Ordenar al propietario que pague todos los costos razonables y reales de la agencia de aplicación de la ley incluyendo, entre otros, costos de inspección, costos de investigación, costos de aplicación de la ley, honorarios o costos de abogado, y todos los costos de procesamiento.
(2)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(d)(2)
Ordenar que la agencia local de aplicación de la ley proporcione a los inquilinos un aviso de la orden o fallo judicial.
(3)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(d)(3)
Ordenar que, si el propietario realiza reparaciones o rehabilitación como resultado de haber sido citado por un aviso bajo este capítulo, y si las condiciones de las instalaciones o la reparación o rehabilitación de las mismas afectan significativamente el uso seguro y sanitario de las instalaciones por parte de cualquier inquilino legal, de modo que el inquilino no pueda residir de forma segura en las instalaciones, entonces el propietario deberá proporcionar o pagar beneficios de reubicación a cada inquilino legal según lo especificado en la subdivisión (b) de la Sección 17060.2. Estos beneficios consistirán en costos reales y razonables de mudanza y almacenamiento y compensación por reubicación. Los costos reales de mudanza y almacenamiento consistirán en todo lo siguiente:
(A)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(d)(3)(A)
Transporte de los bienes personales del inquilino a la nueva ubicación. La nueva ubicación deberá estar muy cerca de las instalaciones en condiciones deficientes, excepto cuando el tribunal determine que la reubicación a una nueva ubicación más allá de una proximidad cercana está justificada.
(B)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(d)(3)(B)
Embalaje, encajonamiento, desembalaje y desencajonamiento de los bienes personales del inquilino.
(C)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(d)(3)(C)
Seguro de la propiedad del inquilino durante el tránsito.
(D)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(d)(3)(D)
El valor de reemplazo razonable de la propiedad perdida, robada o dañada (no por culpa o negligencia de la persona desplazada, su agente o su empleado) en el proceso de mudanza, cuando el seguro que cubre la pérdida, el robo o el daño no está razonablemente disponible.
(E)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(d)(3)(E)
El costo de desconectar, desmantelar, retirar, volver a ensamblar, volver a conectar y reinstalar maquinaria, equipo u otros bienes personales del inquilino, incluyendo los cargos de conexión impuestos por las compañías de servicios públicos para iniciar el servicio de servicios públicos.
(e)Copy CA Salud Y Seguridad Code § 17062(e)
(1)Copy CA Salud Y Seguridad Code § 17062(e)(1)
La compensación por reubicación será una cantidad igual a la diferencia entre el alquiler contractual y el valor de alquiler justo de mercado determinado por el Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos para una unidad de tamaño comparable dentro del área por el período en que la unidad esté siendo reparada, sin exceder los 120 días o la duración en que el campamento esté abierto, o el término del empleo, lo que sea menor.
(2)Copy CA Salud Y Seguridad Code § 17062(e)(2)
(A)Copy CA Salud Y Seguridad Code § 17062(e)(2)(A)
Si el tribunal determina que un inquilino ha sido sustancialmente responsable de causar o contribuir sustancialmente a las condiciones deficientes, entonces los beneficios de reubicación de esta sección no se pagarán a este inquilino. A cada otro inquilino en las instalaciones a quien se le haya ordenado reubicarse debido a las condiciones deficientes y que no sea sustancialmente responsable de causar o contribuir a las condiciones se le pagarán estos beneficios y costos de mudanza en el momento en que se reubique realmente.
(B)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(e)(2)(A)(B)
El tribunal determinará la fecha en que el inquilino debe reubicarse, y ordenará al inquilino que notifique a la agencia de aplicación de la ley y al propietario la dirección de las instalaciones a las que se ha reubicado, dentro de los cinco días posteriores a la reubicación.
(C)Copy CA Salud Y Seguridad Code § 17062(e)(2)(A)(C)
(i)Copy CA Salud Y Seguridad Code § 17062(e)(2)(A)(C)(i)
El tribunal ordenará que el propietario ofrezca el primer derecho de ocupación de las instalaciones a cada inquilino que recibió beneficios conforme al párrafo (3) de la subdivisión (d), antes de alquilar la unidad a un tercero. La oferta del propietario sobre el primer derecho de ocupación al inquilino deberá ser por escrito y enviada por correo certificado de primera clase a la dirección proporcionada por el inquilino en el momento de la reubicación. Si el propietario no ha recibido la dirección del inquilino por parte del inquilino según lo prescrito por esta sección, el propietario no estará obligado a proporcionar aviso bajo esta sección ni a ofrecer al inquilino el derecho a regresar a la ocupación.
(ii)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(e)(2)(A)(C)(i)(ii)
El inquilino notificará al propietario por escrito que ocupará la unidad. La notificación deberá enviarse por correo certificado de primera clase a más tardar 10 días después de que el propietario haya enviado la notificación.
(D)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(e)(2)(A)(D)
El tribunal ordenará que el incumplimiento de cualquier orden de mitigación bajo este capítulo será sancionable con multas por desacato civil bajo el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 17995) de la Parte 1.5, y cualquier otra sanción y multa disponible.
(f)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(f)
El inicio de un procedimiento o la emisión de un fallo conforme a esta sección o la Sección 17980.6 se considerará un “procedimiento” o “fallo” según lo dispuesto por el párrafo (4) o (5) de la subdivisión (a) de la Sección 1942.5 del Código Civil.
(g)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(g)
El término “propietario”, para los fines de esta sección, incluirá al propietario, incluyendo cualquier entidad pública que posea bienes inmuebles residenciales, en el momento del aviso u orden inicial y a cualquier sucesor en interés que tuviera conocimiento real o constructivo del aviso, orden o procesamiento.
(h)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(h)
Los recursos autorizados por esta sección serán adicionales a los previstos por cualquier otra ley.
(i)CA Salud Y Seguridad Code § 17062(i)
Nada en esta sección o en la Sección 17980.6 menoscabará los derechos de un propietario que ejerza sus derechos establecidos conforme al Capítulo 12.75 (que comienza con la Sección 7060) de la División 7 del Título 1 del Código de Gobierno.