Section § 6120

Explanation

Esta sección define los términos utilizados en el capítulo sobre instalaciones comunitarias y programas de asistencia relacionados. Una 'instalación comunitaria' incluye sistemas públicos de agua o aguas residuales. El 'Departamento' se refiere al Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunitario. Un 'beneficiario elegible' es un gobierno local o una organización sin fines de lucro que puede ofrecer apoyo técnico detallado.

Una 'comunidad de bajos ingresos' se define por tener un ingreso inferior al 70% del ingreso medio estatal, mientras que una 'comunidad rural' tiene menos de 5,000 habitantes. Los 'fondos semilla' se refieren a la financiación inicial para ayudar a desarrollar proyectos. La 'asistencia técnica' abarca diversas áreas como la organización de servicios sin fines de lucro, la gestión de responsabilidades comunitarias, el mantenimiento de instalaciones, el desarrollo de proyectos y la obtención de ayuda financiera a través de subvenciones de fondos semilla.

A menos que el contexto requiera lo contrario, las definiciones de esta sección rigen la interpretación de este capítulo.
(a)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(a)  “Instalación comunitaria” significa un sistema público o mutuo de agua, o un sistema de aguas residuales operado públicamente.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(b)  “Departamento” significa el Departamento de Vivienda y Desarrollo Comunitario.
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(c)  “Beneficiario elegible” significa una entidad gubernamental local o una organización privada sin fines de lucro que ha demostrado capacidad para proporcionar asistencia técnica en todos los temas especificados en la subdivisión (g).
(d)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(d)  “Comunidad de bajos ingresos” significa una comunidad en la que el ingreso medio de las personas en la comunidad, área o ciudad es inferior al 70 por ciento del ingreso medio en el estado.
(e)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(e)  “Comunidad rural” significa cualquier comunidad, área o ciudad con menos de 5,000 habitantes.
(f)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(f)  “Fondos semilla” significa fondos otorgados por el departamento de conformidad con las disposiciones de este capítulo para la organización y desarrollo de proyectos, pozos de prueba, ingeniería preliminar, honorarios profesionales y otros costos que sean necesarios para que un proyecto sea aprobado para financiación de fuentes locales, estatales o federales.
(g)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(g)  “Asistencia técnica” significa asistencia y asesoramiento sobre todos los siguientes temas:
(1)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(g)(1)  Organización, incluyendo la constitución, financiación y operación, de entidades de servicio públicas y privadas sin fines de lucro.
(2)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(g)(2)  Responsabilidades comunitarias, incluyendo la celebración de reuniones, el mantenimiento de actas de reuniones, la preparación y análisis de presupuestos, el mantenimiento de registros fiscales y la supervisión de personal.
(3)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(g)(3)  Operación y mantenimiento, incluyendo programas y técnicas relativas a todas las partes de una instalación, y sistemas de control de mantenimiento y registro de mantenimiento para asegurar que se realice un mantenimiento adecuado, incluyendo programas y técnicas relativas a todas las partes de una instalación, y sistemas de control de mantenimiento y registro de mantenimiento para asegurar que se realice un mantenimiento adecuado en una instalación.
(4)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(g)(4)  Desarrollo de proyectos, incluyendo, entre otros:
(A)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(g)(4)(A)  La preparación de planes para la expansión necesaria, la creación de servicios y los programas para reparaciones mayores o necesidades de reemplazo esperadas.
(B)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(g)(4)(B)  La negociación de contratos de servicios profesionales.
(C)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(g)(4)(C)  Un examen de diversas alternativas de financiación y la preparación de solicitudes de asistencia.
(D)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(g)(4)(D)  La revisión de planos y especificaciones de ingeniería para proyectos de desarrollo.
(E)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(g)(4)(E)  El cumplimiento de las regulaciones apropiadas relativas a las agencias de financiación.
(5)CA Salud Y Seguridad Code § 6120(g)(5)  Asistencia financiera disponible del departamento en subvenciones de fondos semilla de conformidad con este capítulo.

Section § 6121

Explanation
Esta sección explica que las pequeñas comunidades rurales tienen dificultades para acceder a programas de desarrollo de instalaciones debido a la limitada experiencia, personal y financiación. Los cambios en las regulaciones de agua y aguas residuales aumentan sus dificultades. La ley tiene como objetivo ayudar a estas comunidades a beneficiarse de los programas disponibles y a desarrollar habilidades para la autosuficiencia.

Section § 6122

Explanation
Esta sección exige que el departamento cree un programa llamado Programa de Asistencia Técnica para Instalaciones Comunitarias Rurales. El programa ofrecerá asistencia técnica a comunidades rurales y de bajos ingresos para gestionar y desarrollar instalaciones comunitarias. Esto se hará mediante contratos con entidades públicas y organizaciones sin fines de lucro, pero dependerá de que haya fondos disponibles.

Section § 6123

Explanation

Esta sección establece que el Director de Vivienda y Desarrollo Comunitario se encarga de administrar el programa.

El programa será administrado por el Director de Vivienda y Desarrollo Comunitario.

Section § 6124

Explanation

Este programa está diseñado para ayudar a las comunidades rurales y de bajos ingresos a acceder a financiación para desarrollar instalaciones comunitarias. El objetivo es asegurar que estas instalaciones sean duraderas y funcionen a largo plazo, manteniendo tarifas de uso razonables. El departamento que gestiona el programa busca maximizar el uso de los fondos combinándolos con otras fuentes de financiación siempre que sea posible.

El programa tendrá como propósito ayudar a las comunidades rurales y de bajos ingresos a aprovechar diversos programas de financiación locales, estatales y federales para desarrollar instalaciones comunitarias, asegurando que estas instalaciones se desarrollen y operen de tal manera que las instalaciones o servicios duren un período de tiempo normal, según lo determine el departamento, y asegurando que, siempre que sea posible, se cobren tarifas de usuario razonables por el uso de las instalaciones. El departamento dispondrá en la administración del programa que los fondos conforme a este programa se utilicen, en la mayor medida posible, con la mayor cantidad de fondos de contrapartida no del programa.

Section § 6125

Explanation

Esta ley establece el Fondo de Subvenciones para Instalaciones Comunitarias Rurales, que es un fondo especial en la Tesorería del Estado de California. El dinero de este fondo siempre está disponible, sin necesidad de una nueva aprobación cada año fiscal. Está destinado específicamente a subvenciones dirigidas a instalaciones comunitarias rurales y para cubrir los costos de funcionamiento del programa de subvenciones.

Por la presente se crea el Fondo de Subvenciones para Instalaciones Comunitarias Rurales en la Tesorería del Estado. El fondo se asigna de forma continua, sin consideración de los años fiscales, no obstante la Sección 13340 del Código de Gobierno, al departamento para su desembolso con el propósito de otorgar subvenciones de conformidad con las disposiciones de este capítulo y para sufragar los costos incurridos por el departamento en la administración del programa de subvenciones.

Section § 6126

Explanation

Esta ley describe las condiciones bajo las cuales el departamento entrega fondos a organizaciones o personas elegibles (beneficiarios). Exige que estos beneficiarios puedan ofrecer asistencia técnica completa en al menos todo un condado.

Los beneficiarios solo pueden usar hasta el 80% de esos fondos para cubrir gastos de personal y administración relacionados con esa asistencia. El departamento debe revisar y certificar que cada comunidad seleccionada es apta para recibir dinero inicial (capital semilla). Estas comunidades también deben recibir apoyo técnico.

El dinero inicial no puede ser más de $7,500 o $200 por familia en la comunidad, lo que sea menor. Además, el departamento y el beneficiario deben administrar conjuntamente el dinero inicial en una cuenta de ahorros que requiere la autorización de ambos para poder retirar los fondos.

El departamento otorgará fondos mediante contrato con beneficiarios elegibles bajo las siguientes condiciones:
(a)CA Salud Y Seguridad Code § 6126(a) Que los beneficiarios tendrán la capacidad de proporcionar todos los aspectos de asistencia técnica en al menos una base a nivel de condado.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 6126(b) Que los beneficiarios no utilizarán más del 80 por ciento de esos fondos para costos de personal y administrativos relacionados con la provisión de dicha asistencia técnica.
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 6126(c) Que cada comunidad designada por un beneficiario para recibir capital inicial será revisada y certificada por el departamento como elegible para esos fondos.
(d)CA Salud Y Seguridad Code § 6126(d) Que cualquier comunidad designada para recibir capital inicial también recibirá asistencia técnica.
(e)CA Salud Y Seguridad Code § 6126(e) Que ninguna comunidad recibirá capital inicial que sea superior a la suma de siete mil quinientos dólares ($7,500) o doscientos dólares ($200) por familia en dicha comunidad, lo que sea menor.
(f)CA Salud Y Seguridad Code § 6126(f) El departamento y el beneficiario colocarán los fondos de capital inicial en una cuenta de ahorros conjunta que requiere que tanto el departamento como el beneficiario den su autorización antes del retiro de esos fondos.

Section § 6127

Explanation
El departamento es responsable de crear las normas y reglamentos necesarios para poner en práctica este capítulo.