Sustancias Controladas de ImitaciónDisposiciones y Definiciones
Section § 109525
Esta sección le da el nombre de 'Ley de Sustancias Controladas de Imitación de California' a este capítulo. No ofrece ningún detalle adicional más allá de la designación del título del capítulo.
Section § 109530
Section § 109535
Una “sustancia controlada” se refiere a un tipo específico de droga o sustancia química que se describe en otra sección, específicamente la Sección 11007.
Section § 109540
Esta ley define 'distribuir' como transferir, entregar o intentar dar una sustancia controlada de imitación a otra persona.
Section § 109545
Esta ley define 'fabricación' específicamente para las sustancias controladas de imitación. Incluye la elaboración, preparación, mezcla, procesamiento, encapsulación, y el envasado o reenvasado. También abarca actividades como el etiquetado o el cambio de etiquetas de estas sustancias.
Section § 109550
Esta sección define una "sustancia controlada de imitación" como un producto hecho para parecerse a una droga real de tal manera que una persona promedio no podría notar la diferencia solo con mirarlo, o un producto que no es una droga pero que, por su apariencia o comercialización, parece actuar como una droga real. Esto incluye productos que sugieren que podrían tener efectos estimulantes o depresores similares a los de las drogas en las listas oficiales de drogas, conocidas como Listas I a V.
Section § 109555
Esta sección de la ley básicamente establece que las normas de este capítulo se suman a los recursos legales existentes y no limitan ninguna otra solución legal disponible para nadie. Significa que todas las opciones legales permanecen abiertas y no están restringidas por este capítulo.