Altos ExplosivosDefiniciones y Ámbito de Aplicación
Section § 12000
Esta ley define lo que se considera un «explosivo» en California. Los explosivos son sustancias diseñadas principalmente para la combustión o detonación rápida, liberando gas y calor velozmente. La definición incluye elementos específicos como la dinamita y la nitroglicerina, así como otros clasificados por las regulaciones federales. El Jefe de Bomberos del Estado de California también puede designar ciertos materiales como explosivos basándose en estándares federales. Sin embargo, esta definición excluye dispositivos destructivos como ciertas municiones y cebadores de armas de fuego.
En general, la ley clasifica una variedad de sustancias como explosivos para regularlas, asegurando que estén controladas por motivos de seguridad.
Section § 12001
Esta sección de la ley describe exenciones de ciertas regulaciones relacionadas con explosivos. No se aplica a personas involucradas en el transporte de explosivos regulado por ciertas leyes de vehículos, ni a municiones de armas pequeñas de un calibre específico. Los fuegos artificiales, incluyendo la pirotecnia de efectos especiales y los fuegos artificiales especiales regulados, también están exentos si están bajo la regulación adecuada. El transporte de explosivos por diversos medios, si cumple con las regulaciones federales de transporte, está exento. Pequeñas cantidades de pólvora negra o sin humo tampoco están sujetas a estas reglas, pero los minoristas deben notificar a las autoridades de bomberos si almacenan pólvora negra.
Section § 12002
Section § 12003
Esta ley define quién es considerado el «jefe» para las responsabilidades de protección contra incendios en California. El «jefe» podría ser el Director de Silvicultura y Protección contra Incendios o sus representantes, un líder de un departamento de bomberos local, un representante del Servicio Forestal de los Estados Unidos, o un sheriff del condado cuando no haya una agencia de bomberos presente. En propiedades estatales, es el funcionario de la agencia de bomberos responsable del área o el Jefe de Bomberos del Estado si no existe tal agencia. Además, las autoridades locales pueden designar a alguien como «jefe» si lo solicitan los funcionarios pertinentes.
Section § 12004
Section § 12005
Esta sección de la ley establece que las reglas sobre el transporte y uso de explosivos no se aplican a ciertos funcionarios cuando están realizando sus funciones. Específicamente, esta exención cubre a personas de la Patrulla de Carreteras de California, agencias de investigación estatales, policía local, departamentos del sheriff, departamentos de bomberos y oficiales de paz que tienen permiso para hacer cumplir estas reglas.
Section § 12005.5
Esta sección de la ley explica que ciertos explosivos, utilizados para exploraciones sísmicas por el Departamento de Transporte, no están regulados por esta parte cuando son manejados correctamente por empleados autorizados. Se establecen límites específicos para la cantidad de explosivos, y se debe notificar a la autoridad local de bomberos 48 horas antes de que comience cualquier exploración. Esta autoridad debe asegurarse de que no exista un peligro irrazonable; de lo contrario, la actividad no podrá llevarse a cabo.
El estado será estrictamente responsable por las lesiones o daños causados por estas actividades. Las reclamaciones contra el estado deben seguir procedimientos específicos detallados en el Código de Gobierno.
Section § 12006
Esta sección de la ley establece que las normas creadas por el Jefe de Bomberos del Estado no se aplican cuando las actividades que implican el uso, manejo, posesión, almacenamiento y transporte ya están cubiertas por la División de Seguridad y Salud Ocupacional. Sin embargo, si las normas del Jefe de Bomberos cubren áreas que van más allá de lo que rige esta división, esas normas aún podrían aplicarse.
Section § 12007
Esta ley explica quién puede ser una "autoridad emisora" para ciertas responsabilidades, como la emisión de permisos. Puede ser el sheriff, el jefe de un departamento de policía municipal, o el jefe de un departamento de bomberos si tienen personal a tiempo completo. Cada gobierno local debe elegir uno y notificar al Jefe de Bomberos del Estado (State Fire Marshal) a quién eligieron.
Si no eligen, el Jefe de Bomberos del Estado (State Fire Marshal) designa automáticamente al sheriff del condado como la autoridad emisora.