ClínicasAdministración
Section § 1212
Si desea abrir una clínica u ofrecer servicios especiales en California, debe solicitar una licencia y proporcionar detalles específicos al Departamento de Salud. Esto incluye demostrar que es de buen carácter y proporcionar información sobre su organización y su gestión. También deben incluirse detalles sobre la clínica, los servicios y las instalaciones. Si hay un cambio, como la adición de servicios no especiales o la modificación de la clínica, se debe notificar al departamento con antelación. Los cambios importantes a menudo requieren documentación y tarifas adicionales. Las nuevas ubicaciones físicas tienen criterios de aprobación, como una administración compartida entre los sitios y el cumplimiento de los estándares de seguridad de los edificios. Además, si las clínicas se expanden dentro de una corta distancia y bajo una licencia consolidada, deben cumplir requisitos específicos y pagar tarifas por cada sitio.
Section § 1213
Si alguien quiere obtener una licencia para operar una clínica, no tiene que seguir las reglas del Capítulo 2, que comienza con la Sección 16000, ubicado en la División 12.5.
Section § 1214
Si está solicitando una licencia de clínica o su renovación en California, debe pagar una tarifa con su solicitud. Ya sea una licencia nueva, un cambio de titularidad o un permiso especial, la tarifa se determina según el tipo de clínica que opere. Las tarifas para clínicas de atención primaria, clínicas especializadas y clínicas de rehabilitación siguen las directrices de la Sección 1266.
Section § 1214.1
Section § 1214.5
Si solicita una licencia para una clínica de psicología en California, ya sea una licencia nueva, una renovación, una licencia por cambio de titularidad o un permiso especial, deberá pagar una tarifa de licencia según lo determinado por otra sección específica de la ley.
Section § 1215
Section § 1216
Toda clínica con licencia en California debe presentar un informe verificado antes del 15 de marzo de cada año al Departamento de Acceso y Información de Atención Médica. Este informe debe detallar el número de pacientes atendidos, la demografía de los pacientes, los tipos de servicios prestados, los gastos operativos y los detalles de los ingresos. Si una clínica no presenta este informe, corre el riesgo de que su licencia sea suspendida hasta que cumpla. Los formularios de informe deben considerar los diferentes tipos de clínicas y sus operaciones. Las clínicas que reciben fondos específicos de impuestos sobre cigarrillos y tabaco pueden necesitar proporcionar datos adicionales para la gestión de fondos. Este requisito se aplica a todas las clínicas de atención primaria y especializada y permanecerá vigente hasta el 1 de enero de 2027.
Section § 1216.1
A partir del 1 de enero de 2027, toda clínica con licencia y ciertas clínicas que normalmente no necesitan licencia deben enviar un informe verificado al Departamento de Acceso y Información de Atención Médica (HCAI). Esto se aplica incluso a las clínicas temporales operadas por clínicas con licencia. El informe debe estar de acuerdo con las secciones específicas mencionadas.
Si una clínica no presenta los informes requeridos a tiempo, el Departamento puede suspender su licencia hasta que la situación se corrija, es decir, hasta que todos los informes necesarios se presenten ante HCAI.
Section § 1217
Esta ley establece que una clínica de atención primaria puede obtener una licencia incluso si su edificio no cumple con todas las normas de construcción, siempre y cuando la instalación sea segura en cuanto a la seguridad contra incendios y de vida. Para calificar, la clínica debe demostrar que ha intentado cumplir con la mayor cantidad posible de normas de construcción y que planea realizar mejoras en un plazo de tres años.
Si no completan sus mejoras a tiempo, su licencia puede ser revocada a menos que obtengan una exención. Las exenciones se otorgan si cumplir con las normas es demasiado difícil o costoso, si las normas que faltan no son cruciales para la seguridad, y si otorgar una exención beneficia al público.
Section § 1218
Cuando alguien solicita una licencia o un permiso especial para una clínica, el departamento estatal debe revisar la solicitud y decidir en un plazo de 100 días. Verifican si la clínica y los servicios especiales que ofrece cumplen con las normas y los objetivos de la ley. Si todo está en orden, emiten la licencia o el permiso. Si no, lo deniegan.
Section § 1218.1
Si una clínica de atención primaria ha tenido un buen historial durante al menos los últimos cinco años, es decir, sin violaciones graves o problemas de licencia pendientes, la clínica puede solicitar abrir un nuevo sitio o una unidad de salud móvil sin necesidad de una verificación inicial in situ por parte del departamento. Esto se denomina solicitud de clínica afiliada. Para su aprobación, tanto la clínica existente como la nueva deben compartir los mismos directivos, ser propiedad de la misma organización sin fines de lucro y tener el mismo director médico, políticas y procedimientos.
La solicitud para la clínica afiliada debe incluir información básica sobre el nuevo sitio, como su ubicación, horas de operación, servicios y los documentos de seguridad y cumplimiento necesarios. Se debe tomar una decisión sobre la licencia en un plazo de 30 días, y si se aprueba, se otorga una licencia en un plazo de siete días. El departamento puede inspeccionar la nueva clínica en cualquier momento después de recibir la solicitud.
Peligro inmediato se refiere a un problema de incumplimiento que podría dañar gravemente a un paciente.
Section § 1218.2
Esta ley permite que las organizaciones sin fines de lucro que operan dos o más clínicas de atención primaria en California combinen sus tareas administrativas sin necesidad de aprobación del departamento estatal. Pueden usar ubicaciones externas para ciertos registros y funciones, pero deben poner estos registros a disposición del departamento en un plazo de 48 horas si se solicitan. Las funciones administrativas permitidas incluyen el almacenamiento de expedientes de pacientes antiguos, la gestión de expedientes de personal, el manejo de la facturación y la gestión de compras.
Section § 1218.3
Esta ley ayuda a simplificar el proceso para las clínicas de atención primaria al tratar con el departamento de California. Si una empresa gestiona varias clínicas, puede actuar como centro para todas las comunicaciones oficiales con el departamento. Esto incluye asuntos como solicitudes de licencia, renovaciones y cualquier cambio en el funcionamiento de las clínicas. El departamento mantiene un expediente detallado de cada corporación de clínicas, y la corporación no necesita volver a presentar ciertos documentos para cada clínica a menos que sea necesario. Todas las clínicas bajo la misma corporación también pueden presentar un único informe para ciertos cambios y realizar un pago combinado de renovación de licencia si tienen el mismo mes de renovación.
Section § 1218.4
Esta ley exige que las clínicas comunitarias de atención primaria o clínicas gratuitas con licencia informen datos específicos al renovar su licencia. Deben declarar si están operando una clínica intermitente, dónde se encuentra y sus horas estimadas de funcionamiento. Una 'clínica intermitente' se define basándose en una sección particular de otra ley.
Section § 1219
Esta sección establece las reglas para otorgar licencias provisionales a clínicas en California. Las clínicas que nunca han sido licenciadas antes, excepto las clínicas afiliadas, recibirán primero una licencia provisional válida por seis meses.
Antes de que esta licencia expire, la clínica será inspeccionada para ver si cumple con todos los requisitos necesarios. Si los cumple, la clínica obtiene una licencia regular. Si no los cumple, pero está cerca de hacerlo, la licencia provisional puede prorrogarse.
Si después de una inspección adicional la clínica aún no cumple con todos los requisitos, no se emitirán más licencias. Si a un solicitante se le deniega una licencia provisional, puede impugnar la decisión siguiendo procedimientos gubernamentales específicos.
Section § 1219.1
El departamento estatal puede otorgar una licencia temporal a una clínica si esta cumple en su mayoría con los estándares requeridos, no tiene violaciones graves de seguridad y tiene un plan para solucionar cualquier problema existente. Esta licencia provisional dura hasta seis meses y no puede ser renovada.
Section § 1220
Si se deniega su solicitud de licencia o permiso para una clínica en California, el departamento estatal debe notificarle por escrito. Tiene 15 días desde que le notifican para solicitar una audiencia. La audiencia seguirá procedimientos gubernamentales específicos.
El director puede emitir una licencia temporal para una clínica comunitaria o gratuita si cumple con todos los requisitos, excepto el de tener aprobada su exención de impuestos federales. Para obtener esta licencia temporal, debe compartir su solicitud de exención de impuestos con el director. La Junta de Impuestos de Franquicia verificará si es probable que obtenga esa exención. Si creen que sí, el director puede otorgarle una licencia temporal, que dura 12 meses o hasta que obtenga su exención de impuestos, lo que ocurra primero. Una clínica puede tener hasta tres licencias temporales consecutivas.
Section § 1220.1
Esta sección de la ley de California asegura que una solicitud de licencia profesional o una licencia existente no puede ser denegada, suspendida, revocada o limitada debido a problemas legales como sentencias civiles o condenas penales de otro estado, si esos problemas se deben únicamente a las leyes de ese estado que interfieren con el derecho de una persona a obtener servicios considerados legales en California.
También aclara que si el problema se basa en un comportamiento que sería problemático según las propias leyes de California, entonces esta protección no se aplica. El término "servicios sensibles" se define en el Código Civil.
Section § 1220.2
Esta ley protege a las personas y a los funcionarios estatales o locales de acciones legales relacionadas con el manejo de mifepristona o medicamentos para el aborto que son legales en California. También prohíbe al estado tomar medidas disciplinarias contra un titular de licencia, como suspender o revocar una licencia, por actividades relacionadas con estos medicamentos si son legales según la ley estatal.
Además, la ley garantiza que las solicitudes de licencia no serán denegadas, ni las licencias suspendidas o revocadas, únicamente porque el solicitante o titular de la licencia fue sancionado en otro estado por acciones relacionadas con estos medicamentos que no serían punibles en California.