Servicios de Atención DomiciliariaOperación
Section § 1796.61
Esta ley entró en vigor el 1 de enero de 2016 y afecta a las organizaciones y auxiliares de atención domiciliaria que solicitaron prestar servicios antes de esa fecha. Estos solicitantes pueden ofrecer servicios sin cumplir inicialmente ciertos requisitos, pero deben cumplirlos antes del 1 de julio de 2016 para seguir prestando atención.
Section § 1796.62
Section § 1796.63
Esta ley permite a un departamento de California crear, modificar o eliminar normas necesarias para cumplir con sus responsabilidades, siguiendo los procedimientos del código de gobierno. Hasta el 1 de enero de 2018, o cuando entren en vigor nuevas regulaciones oficiales, el departamento puede emitir directrices sin un proceso formal de reglamentación. Además, puede establecer reglamentos de emergencia relacionados con esta ley, que pueden promulgarse rápidamente para proteger el bienestar público. Estas normas de emergencia son temporales, duran 180 días y no necesitan una revisión detallada por parte de la Oficina de Derecho Administrativo, aunque deben presentarse para fines de registro.
Section § 1796.70
Esta sección define un 'centro de innovación en rehabilitación' como una instalación de rehabilitación sin fines de lucro o de propiedad gubernamental. Para calificar, debe ser reconocido por Medicare y Medicaid como tal, tener designaciones federales para investigación en rehabilitación cerebral, de médula espinal o de accidentes cerebrovasculares, y manejar al menos 200 altas de pacientes de Medi-Cal cada año.