Section § 1796.61

Explanation

Esta ley entró en vigor el 1 de enero de 2016 y afecta a las organizaciones y auxiliares de atención domiciliaria que solicitaron prestar servicios antes de esa fecha. Estos solicitantes pueden ofrecer servicios sin cumplir inicialmente ciertos requisitos, pero deben cumplirlos antes del 1 de julio de 2016 para seguir prestando atención.

(a)CA Salud Y Seguridad Code § 1796.61(a) Este capítulo se implementará el 1 de enero de 2016.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 1796.61(b) Los solicitantes de organizaciones de atención domiciliaria y los solicitantes de auxiliares de atención domiciliaria que presenten solicitudes antes del 1 de enero de 2016 estarán autorizados a prestar servicios de atención domiciliaria sin cumplir los requisitos de la Sección 1796.45, siempre que los requisitos de dicha sección se cumplan a más tardar el 1 de julio de 2016.
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 1796.61(c) Los solicitantes descritos en el apartado (b) deberán cumplir todos los requisitos de este capítulo a más tardar el 1 de julio de 2016 para poder seguir prestando servicios de atención domiciliaria.

Section § 1796.62

Explanation
Esta ley establece que las normas y reglamentos de este capítulo solo pueden ponerse en práctica si se les asignan fondos en el presupuesto anual del estado.

Section § 1796.63

Explanation

Esta ley permite a un departamento de California crear, modificar o eliminar normas necesarias para cumplir con sus responsabilidades, siguiendo los procedimientos del código de gobierno. Hasta el 1 de enero de 2018, o cuando entren en vigor nuevas regulaciones oficiales, el departamento puede emitir directrices sin un proceso formal de reglamentación. Además, puede establecer reglamentos de emergencia relacionados con esta ley, que pueden promulgarse rápidamente para proteger el bienestar público. Estas normas de emergencia son temporales, duran 180 días y no necesitan una revisión detallada por parte de la Oficina de Derecho Administrativo, aunque deben presentarse para fines de registro.

(a)CA Salud Y Seguridad Code § 1796.63(a) El departamento adoptará, modificará o derogará, de conformidad con el Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) del Código de Gobierno, cualquier norma, reglamento y estándar razonable que sea necesario o apropiado para cumplir con el propósito e intención de este capítulo y para permitir que el departamento ejerza las facultades y cumpla con los deberes que le confiere este capítulo, no inconsistentes con ninguna de las disposiciones de cualquier estatuto de este estado. No obstante las disposiciones sobre reglamentación de la Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno), el departamento podrá implementar y administrar este capítulo mediante directivas escritas, sin tomar medidas regulatorias, sujeto a las limitaciones establecidas en la subdivisión (b).
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 1796.63(b) La autoridad del departamento para implementar y administrar este capítulo mediante directivas escritas expirará a más tardar el 1 de enero de 2018, o en la fecha de entrada en vigor de los reglamentos promulgados de conformidad con la Ley de Procedimiento Administrativo (Capítulo 3.5 (que comienza con la Sección 11340) de la Parte 1 de la División 3 del Título 2 del Código de Gobierno), lo que ocurra primero.
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 1796.63(c) El departamento podrá adoptar reglamentos de emergencia para implementar y administrar las disposiciones de este capítulo. El departamento podrá readoptar cualquier reglamento de emergencia que sea igual o sustancialmente equivalente a cualquier reglamento de emergencia adoptado previamente. La adopción inicial y la readopción de reglamentos de emergencia para la implementación y administración de este capítulo de conformidad con esta subdivisión se considerarán una emergencia y necesarias para la preservación inmediata de la paz, la salud, la seguridad o el bienestar general públicos. Los reglamentos de emergencia iniciales y readoptados estarán exentos de revisión por parte de la Oficina de Derecho Administrativo. Los reglamentos de emergencia iniciales y readoptados se presentarán a la Oficina de Derecho Administrativo para su archivo ante el Secretario de Estado y cada adopción o readopción permanecerá en vigor por no más de 180 días.

Section § 1796.70

Explanation

Esta sección define un 'centro de innovación en rehabilitación' como una instalación de rehabilitación sin fines de lucro o de propiedad gubernamental. Para calificar, debe ser reconocido por Medicare y Medicaid como tal, tener designaciones federales para investigación en rehabilitación cerebral, de médula espinal o de accidentes cerebrovasculares, y manejar al menos 200 altas de pacientes de Medi-Cal cada año.

Para los fines de este capítulo, "centro de innovación en rehabilitación" significa una instalación de rehabilitación sin fines de lucro o de propiedad gubernamental que cumple con todo lo siguiente:
(a)CA Salud Y Seguridad Code § 1796.70(a) Está clasificado como una entidad sin fines de lucro o como una institución de propiedad gubernamental según el archivo de Proveedores de Servicios de los Centros de Servicios de Medicare y Medicaid.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 1796.70(b) Posee al menos una designación federal de investigación y capacitación en rehabilitación para proyectos de investigación sobre lesión cerebral traumática, lesión de la médula espinal o investigación en rehabilitación de accidentes cerebrovasculares de los Centros de Investigación y Capacitación en Rehabilitación, el Centro de Investigación de Ingeniería de Rehabilitación o los Sistemas Modelo de Lesión de la Médula Espinal del Instituto Nacional sobre Discapacidad, Vida Independiente e Investigación en Rehabilitación del Departamento federal de Salud y Servicios Humanos.
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 1796.70(c) Tiene al menos 200 altas de Medi-Cal por año.