Instalaciones de SaludAdministración
Section § 1265
Si alguien desea obtener una licencia para operar un centro de salud, debe completar una solicitud especial ante el departamento de salud. Esto incluye detalles básicos como su nombre, el tipo y la ubicación del centro, y quién está a cargo. También deben demostrar que tienen una buena reputación, que pueden seguir las reglas y que tienen fondos suficientes para operar el centro durante al menos 90 días. Para los centros de enfermería, deben demostrar que tienen derecho a la posesión de la propiedad y enumerar a los propietarios. Se puede requerir información adicional, especialmente para los centros que atienden a personas con discapacidades del desarrollo, los cuales pueden necesitar una declaración de necesidad de una junta local. Los detalles de la solicitud son en su mayoría públicos, excepto la información de seguridad personal. Administrar un centro significa hacerse cargo de las operaciones, las finanzas y el personal.
Section § 1265.1
Si usted solicita una licencia para un centro de salud en California, el estado puede denegar su solicitud si ha sido condenado por ciertos delitos o ha mentido en su solicitud. Esto se aplica tanto si es una persona individual como si forma parte de un grupo más grande, como una empresa. Incluso si es alguien de alto rango en la organización, como un funcionario o director, quien tiene una condena, eso puede ser una razón válida para denegar la licencia. Si la persona a cargo del centro de salud dentro de las agencias gubernamentales es condenada por un delito, también puede resultar en la denegación. Los registros judiciales o las copias certificadas de la condena son prueba definitiva del delito.
Section § 1265.2
Esta sección define lo que se considera un "delito" y una "condena" para fines de licencia. Un delito es cualquier infracción relacionada con las responsabilidades laborales o el funcionamiento del negocio que posee la licencia. Una condena incluye declaraciones de culpabilidad y ciertos veredictos, incluso si hay acciones legales posteriores para cambiar o desestimar el registro de la condena.
El estado puede tomar medidas sobre una licencia basándose en una condena una vez que se agoten las apelaciones. Sin embargo, la prueba de una declaración de nolo contendere por delito menor no es válida en audiencias específicas.
Una solicitud de licencia no puede ser denegada o revocada únicamente por una condena si el director determina que la persona ha sido rehabilitada, quien considera todas las pruebas de rehabilitación presentadas.
Section § 1265.3
Esta ley describe los criterios que el departamento de salud de California debe considerar al evaluar las solicitudes para operar o administrar ciertos centros de salud con licencia. Examinarán si el solicitante tiene un historial de cumplimiento de leyes y reglamentos, con un enfoque en aquellos que afectan la seguridad del paciente. Esto incluye su historial de cumplimiento mientras operaba centros dentro de California o en otros estados, y su capacidad para seguir las reglas como profesional de la salud con licencia o como parte contractual con planes de salud o aseguradoras.
El departamento también puede solicitar documentos o información adicionales para asegurar el cumplimiento de las leyes de licencias.
Section § 1265.4
Esta ley exige que los centros de salud con licencia en ciertas categorías contraten a un dietista, ya sea a tiempo completo o parcial, para supervisar los servicios de dietética. Si el dietista no trabaja a tiempo completo, el centro también debe contratar a un supervisor de servicios de dietética a tiempo completo. Este supervisor debe cumplir con criterios específicos de educación y capacitación, que incluyen diversos títulos y certificaciones relacionados con la alimentación y nutrición o los servicios de dietética. El supervisor también debe recibir consultas frecuentes de un dietista calificado.
Existen siete caminos educativos diferentes que el supervisor puede seguir, incluyendo la obtención de títulos en alimentación y nutrición, la finalización de programas para técnicos o asistentes dietéticos, o la recepción de capacitación militar equivalente a estos requisitos. Además, la ley permite cierta flexibilidad: las personas con al menos cinco años de experiencia antes de 2009 pueden solicitar modificaciones a estos requisitos, siempre que estén inscritas en un programa adecuado. Esta flexibilidad puede extender el plazo para cumplir con los requisitos educativos hasta por seis meses si los cursos no se pueden completar a tiempo.
Section § 1265.5
Esta ley exige que cualquier persona involucrada en la administración o el trabajo en centros de cuidados intermedios específicos para personas con discapacidades del desarrollo apruebe una verificación de antecedentes penales antes de poder obtener una licencia o ser contratada. Esto incluye a administradores, gerentes, personal de atención directa u otros adultos que vivan en el centro. Deben presentar sus huellas dactilares al Departamento de Justicia para esta verificación, que cubre cualquier condena penal grave anterior. Si estas verificaciones revelan ciertos delitos graves, la solicitud de licencia o empleo puede ser denegada a menos que puedan demostrar rehabilitación o que los cargos hayan sido desestimados legalmente. Sin embargo, las infracciones de tráfico menores no se tienen en cuenta en contra de los solicitantes. También existen estándares de eficiencia específicos para procesar estas verificaciones y, en ciertos casos, si no se cumplen estos estándares, los centros pueden permitir temporalmente que los contratados trabajen después de presentar las huellas dactilares mientras esperan la autorización final.
Además, ciertos profesionales de la salud con licencia, como enfermeras o terapeutas, que ya han aprobado verificaciones similares para sus licencias profesionales, están exentos de verificaciones repetidas bajo ciertas condiciones. La ley describe lo que los solicitantes pueden hacer si tienen condenas anteriores, incluyendo la presentación de pruebas de rehabilitación a lo largo del tiempo.
Section § 1265.6
Esta sección del Código de Salud y Seguridad de California permite a las enfermeras registradas en ciertos centros de atención dirigir al personal para que realice pruebas de glucosa en sangre a residentes con discapacidades del desarrollo que tienen diabetes, pero deben cumplirse condiciones específicas.
Las pruebas deben ser ordenadas por un médico, y los resultados deben ser informados a una enfermera registrada. El personal de atención directa debe ser capacitado y demostrar competencia bajo la supervisión de una enfermera antes de realizar las pruebas. La capacitación incluye la comprensión de la diabetes, el uso seguro y el mantenimiento de los dispositivos de glucosa, y el control de infecciones.
La enfermera debe certificar por escrito la competencia del personal, y esta certificación es específica para cada procedimiento y cliente. Las enfermeras deben observar al personal realizar las pruebas cada tres meses y proporcionar educación continua sobre el manejo de la diabetes anualmente. Los centros deben tener políticas para las pruebas y conservar un certificado de exención federal antes de iniciar este proceso.
Section § 1265.7
Esta sección exige que el departamento estatal establezca normas para la concesión de licencias a las instalaciones de salud de vida colectiva, que atienden a personas con necesidades de salud complejas. Los reglamentos deben establecer normas mínimas de seguridad, limpieza, dotación de personal, capacitación del personal y calidad del servicio.
Las instalaciones que atienden a residentes dependientes de ventiladores deben crear un entorno de apoyo y mínimamente restrictivo adaptado a las necesidades individuales. Del mismo modo, los hogares para enfermos terminales o personas con discapacidad grave deben garantizar que los residentes reciban servicios de salud adecuados adaptados a sus necesidades en un entorno cómodo. Hasta que estas regulaciones específicas estén en vigor, las instalaciones pueden obtener licencias bajo las leyes existentes si cumplen ciertos criterios, a partir del 1 de julio de 1988.
Section § 1265.8
Section § 1265.9
A partir del 1 de julio de 2015, los hospitales psiquiátricos de agudos administrados por el estado en California pueden solicitar ofrecer un Programa de Tratamiento Mejorado (ETP) como un servicio adicional si cumplen con ciertos estándares. El Departamento Estatal de Salud Pública puede establecer regulaciones de emergencia para estos programas, u ofrecer orientación a través de comunicaciones oficiales.
Los ETP deben mantener estándares específicos: una proporción de personal por paciente de 1 a 5, un paciente por habitación con visibilidad del personal las 24 horas del día, inodoros y lavabos individuales en las habitaciones de los pacientes, puertas con cerradura por seguridad, salidas de emergencia y cumplimiento de las regulaciones si se utilizan aislamiento o sujeciones.
Cada ETP debe contar con un defensor de los derechos de los pacientes y desarrollar políticas para ayudar a los pacientes a mejorar y regresar a entornos de tratamiento estándar. Las directrices adicionales cubren los criterios de admisión de pacientes, la evaluación de necesidades y la planificación del tratamiento. Los pacientes en ETP mantienen sus derechos regulares, excepto en lo que respecta a las puertas con cerradura en caso de necesidades de seguridad. Esta sección será válida hasta el 1 de enero de 2030, a menos que se extienda o derogue antes de esa fecha.
Section § 1265.10
Los centros de salud deben ofrecer comidas completamente de origen vegetal, es decir, sin ningún producto animal, a los pacientes si sus médicos lo indican. Estas comidas deben ser saludables y variadas para satisfacer las necesidades de los pacientes.
Incumplir esta norma no se considera un delito, sin importar lo que digan otras leyes.
Se definen las 'comidas de origen vegetal' como aquellas sin carne, aves, pescado, lácteos o huevos.
Section § 1265.11
Esta sección de la ley de California asegura que una solicitud de licencia profesional o una licencia existente no puede ser denegada, suspendida, revocada o limitada debido a problemas legales como sentencias civiles o condenas penales de otro estado, si esos problemas se deben únicamente a las leyes de ese estado que interfieren con el derecho de una persona a obtener servicios considerados legales en California.
También aclara que si el problema se basa en un comportamiento que sería problemático según las propias leyes de California, entonces esta protección no se aplica. El término "servicios sensibles" se define en el Código Civil.
Section § 1265.12
Esta ley garantiza que no se pueda iniciar ninguna acción legal —penal, civil, profesional o de licencia— contra individuos o entidades en California en relación con actividades lícitas que involucren mifepristona u otros medicamentos utilizados para el aborto con medicamentos. Esto incluye actividades como el transporte, la distribución y el almacenamiento. Además, el departamento estatal no puede sancionar o denegar una licencia basándose únicamente en las acciones de una persona o entidad relacionadas con estos medicamentos, incluso si fueron disciplinados por acciones similares en otro estado, siempre que lo que hicieron sea legal en California.
Section § 1266
Esta ley asegura que el Programa de Licencias y Certificación en las instalaciones de atención médica de California se financie con fondos federales y especiales, a menos que se especifique lo contrario. Cada año, a partir de febrero de 2007, debe publicar una lista de tarifas estimadas, incluyendo las de licencia y otras tarifas de solicitud, que no está sujeta a los protocolos habituales de elaboración de normas. Para febrero de cada año, los informes sobre costos y personal, junto con estas tarifas, deben hacerse públicos, detallando todas las asignaciones financieras y de recursos relevantes.
La ley exige aumentos de tarifas para las instalaciones de enfermería especializada para apoyar el Programa del Defensor del Pueblo de Atención a Largo Plazo. A partir de 2018, se podrán cobrar tarifas adicionales a las instalaciones en el Condado de Los Ángeles para cubrir los costos regulatorios. Las listas de tarifas finalizadas se ajustan después de la promulgación del presupuesto, son accesibles en línea y forman parte de los paquetes de solicitud de licencia. Los departamentos estatales y las clínicas certificadas federalmente exentas de licencia estatal generalmente no están sujetas a estas tarifas a menos que haya fondos federales disponibles.
Otras disposiciones permiten cambios en las fechas de renovación de licencias para la eficiencia operativa, con un prorrateo de las tarifas si las fechas cambian. Además, existe una directriz para evaluar la reducción de los plazos de investigación, mejorando la gestión de recursos y la eficiencia en el manejo de quejas.
Section § 1266.1
Esta ley aborda las tarifas y los requisitos para obtener una licencia para centros de salud psiquiátrica en California. Las solicitudes de licencias nuevas o renovadas deben incluir una tarifa que cubra el costo de revisión e inspección de estos centros, pero las tarifas no deben exceder los costos reales. Los centros gestionados por entidades públicas como el estado, los distritos hospitalarios locales o las universidades están exentos de las tarifas anuales. Si se otorgan licencias a más centros psiquiátricos privados, las tarifas para aquellos con más de nueve camas podrían aumentar para cubrir costos administrativos adicionales. Además, los centros que busquen un permiso especial para ofrecer servicios ambulatorios estructurados deben presentar una solicitud separada con una tarifa. El permiso especial requiere personal adicional y un coordinador para supervisar los servicios. Los servicios ambulatorios estructurados pueden servir como una alternativa a la admisión de pacientes internos o proporcionar atención de seguimiento después del alta.
Section § 1266.5
Esta ley establece que si una entidad continúa operando después de que su licencia expire sin pagar las tarifas anuales requeridas, esas tarifas se consideran morosas. Si el pago se realiza con retraso, se añade una multa: 10% de la tarifa si el retraso es de hasta 30 días, 20% si es de 31 a 60 días, y 60% si es de más de 60 días. Las licencias no se renovarán hasta que se paguen todas las tarifas y multas. Se aplican reglas similares a las tarifas por informes de cambio o notificaciones, con la misma estructura de multas por pagos atrasados. Además, el Programa de Licencias y Certificación puede compensar los fondos adeudados al licenciatario de programas como Medi-Cal para recuperar cualquier tarifa y multa pendiente.
Section § 1266.7
Section § 1266.9
Esta ley crea un fondo especial en la Tesorería del Estado de California, dedicado al Programa de Licencias y Certificación del Departamento de Salud Pública del Estado. El dinero recaudado bajo una sección relacionada se deposita en este fondo. El fondo se utiliza, una vez aprobado por la legislatura, para ayudar a operar las actividades de licencias y certificación del departamento. Cualquier interés que genere el fondo también se reintegra a él para apoyar estas operaciones.
Section § 1266.10
Esta ley reserva más de $3 millones del presupuesto estatal para financiar un préstamo específicamente para el Departamento Estatal de Servicios de Salud. El dinero apoyará las operaciones del Programa de Licencias y Certificación. El préstamo se reembolsará con las tarifas ya recaudadas en tres pagos iguales a partir del 1 de julio de 2007, o cuando se apruebe el presupuesto de 2007, lo que ocurra más tarde.
Section § 1266.12
Esta ley describe las tarifas y los procedimientos para la concesión de licencias y la certificación de ciertos centros de atención médica en California, como los centros de enfermería especializada y los hospitales. A partir del 1 de enero de 2007, se da prioridad a la concesión de licencias a los centros de cuidados intermedios que atienden a personas con discapacidades del desarrollo. Una vez que estos centros obtienen la licencia, deben notificar al departamento cuando estén listos para una encuesta de certificación, la cual se programará dentro de los 60 días.
Section § 1267
En California, las licencias emitidas bajo esta ley caducan 12 meses después de su emisión, a menos que se apliquen reglas diferentes. Para renovar su licencia, debe presentar una solicitud y pagar una tarifa al menos 30 días antes de que su licencia caduque. Si no renueva a tiempo, su licencia vencerá.
Sin embargo, si una instalación es administrada por un gerente temporal designado por un tribunal (conocido como interventor), su licencia no caducará durante este período de administración ni durante los 30 días posteriores.
Si una instalación cumple con todas las leyes y estándares requeridos, la licencia de renovación puede durar hasta dos años. Para ciertas instalaciones de salud, puede ser de hasta tres años. A pesar de la duración de su licencia renovada, deberá pagar una tarifa cada año.
Section § 1267.5
Esta ley exige que cualquier persona que solicite una licencia para operar un centro de enfermería especializada o un centro de cuidados intermedios proporcione información detallada sobre la propiedad y la gestión al estado. Los solicitantes deben revelar los nombres y direcciones de las partes interesadas significativas, como socios o directores, si tienen una participación de propiedad del 5% o más. Si alguien vinculado a la solicitud ha estado involucrado con otra instalación, eso también debe ser revelado.
Las empresas de gestión que operan instalaciones también deben revelar información sobre la propiedad y el control de sí mismas y de sus empresas matrices. Los cambios en la propiedad o la gestión deben informarse con antelación. No proporcionar esta información o incumplir estas normas puede llevar a la revocación o denegación de la licencia.
A una persona que adquiere un interés sustancial se le requiere la aprobación del estado, y los problemas legales pasados pueden afectar la aprobación de la solicitud, a menos que la persona haya tomado medidas para prevenirlos o corregirlos. La ley también describe los derechos procesales si se deniega una solicitud de licencia.
Section § 1267.7
Esta ley exige que dos departamentos estatales de California colaboren para crear normas para la concesión de licencias y la gestión de centros de atención intermedia para personas con discapacidades del desarrollo. Estas normas deben garantizar que los residentes reciban servicios de salud y desarrollo adecuados en entornos que se sientan lo más normales y sin restricciones posible, según sus necesidades individuales. La ley también enfatiza el uso de recursos comunitarios locales y fomenta la participación de los residentes en actividades comunitarias.
Section § 1267.8
Esta ley garantiza que ciertos centros de atención para personas con discapacidades del desarrollo cumplan con normas específicas de seguridad contra incendios y sísmica. Estas normas son similares a las de los centros de atención comunitaria de tamaño y tipo de residentes comparables. Para los centros que atienden a seis o menos personas, se les trata como viviendas residenciales normales en cuanto a las regulaciones de zonificación y construcción.
Los residentes y operadores de dichos centros también se consideran miembros de una familia para las leyes de zonificación. Estos pequeños centros no requieren permisos especiales ni autorizaciones de zonificación diferentes a los necesarios para las viviendas unifamiliares. Además, su uso no se considera un cambio de ocupación, lo que les permite integrarse sin problemas en las zonas residenciales.
Section § 1267.9
Esta ley de California busca evitar que haya demasiados centros de atención médica, como los centros de atención intermedia para personas con discapacidades del desarrollo, demasiado cerca unos de otros en un vecindario, ya que esto puede afectar el carácter de la zona. Si se planea un nuevo centro de atención médica y estaría demasiado cerca de otros de su tipo—a menos de 300 o 1,000 pies, según el tipo—es posible que no obtenga una licencia.
La ley permite cierta flexibilidad en estas reglas de distancia si las autoridades locales de la ciudad o el condado lo aprueban. Antes de que cualquier nuevo centro reciba la aprobación, el estado debe informar a la autoridad de planificación local con 45 días de antelación.
Las ciudades o los condados pueden pedir al estado que deniegue una licencia si creen que la zona ya está saturada de centros similares. Sin embargo, esta ley no permite al estado denegar la renovación de licencias o el cambio de propiedad si el centro permanece en la misma ubicación. Los hogares de guarda familiar y los centros de atención residencial para personas mayores no se tienen en cuenta para esta regla de sobreconcentración.
Section § 1267.11
Esta ley exige que los centros para personas con discapacidades del desarrollo asignen personal de atención directa para supervisar el cuidado de los clientes durante al menos 56 horas a la semana. Estos supervisores contribuyen a cumplir con las horas de atención requeridas por el estado. Deben tener una licencia de enfermero vocacional o técnico psiquiátrico, haber completado 30 créditos universitarios en campos relacionados con seis meses de experiencia pertinente, o tener 18 meses de experiencia en servicios directos bajo supervisión cualificada.
Section § 1267.12
Si alguien quiere ser admitido o dado de alta de un centro de salud de vida colectiva, un médico debe ordenarlo. El departamento estatal debe revisar y aprobar los criterios de admisión del centro. Una vez admitida, la persona debe estar bajo el cuidado de un médico, y el médico tiene que ver al residente al menos una vez cada 30 días, o con mayor frecuencia si es necesario debido a problemas de salud.
Section § 1267.13
Esta sección describe los estándares para las instalaciones de salud de vida colectiva que atienden a personas con enfermedades terminales, discapacidades graves o mentalmente alertas pero con discapacidades físicas. Estas instalaciones deben garantizar la salud y seguridad de los residentes manteniendo una autorización de incendios válida y cumpliendo con las regulaciones estatales y del jefe de bomberos. Deben ser hogareñas, con espacio suficiente para los residentes, alojamientos adecuados para dormir y privacidad en los baños.
Los servicios de enfermería deben incluir enfermeras registradas o vocacionales de servicio, con proporciones específicas por número de residentes. Los administradores deben asegurar el buen funcionamiento de la instalación. Los voluntarios pueden ayudar, pero no reemplazar al personal requerido. Se pueden solicitar excepciones a ciertos estándares, pero los estándares de construcción no pueden ser comprometidos.
Section § 1267.15
Esta sección establece que las instalaciones de salud de vida comunitaria, que son esencialmente servicios de salud de vida en grupo, deben ser instituciones independientes incluso si están ubicadas en un campus hospitalario. Sin embargo, pueden agruparse en el mismo edificio de varias plantas si se cumplen ciertas condiciones.
Estas condiciones incluyen cumplir con todas las demás normas de construcción, estar físicamente separadas por estructuras permanentes y recibir el apoyo del departamento de salud local y de los supervisores del condado. Además, estas instalaciones pueden compartir algunas áreas comunes como ascensores o escaleras y deben estar ubicadas en edificios específicos dentro de las instalaciones de la Base de la Fuerza Aérea McClellan en California.
Section § 1267.16
Esta ley de California establece que los pequeños centros de salud residenciales colectivos, que albergan a seis o menos personas, se consideran propiedades residenciales según las leyes de zonificación. Estas instalaciones deben seguir las mismas reglas sobre alturas de edificios y estacionamiento que las viviendas unifamiliares.
Aunque pueden aplicarse ordenanzas locales sobre salud y seguridad, las ciudades y los condados no pueden imponer restricciones de zonificación adicionales dirigidas específicamente a estas instalaciones.
Las instalaciones más grandes con más de seis camas, que atienden a personas con enfermedades terminales o discapacidades graves, deben obtener permisos especiales a menos que hayan recibido su licencia de operación dentro de los (18) meses posteriores a la fecha de inicio de la ley y no aumenten su tamaño.
Section § 1267.17
Esta ley exige que cada centro de salud de vida colectiva debe exhibir su licencia, o una copia exacta de la misma, en un lugar donde el público pueda verla fácilmente.
Section § 1267.19
Esta ley establece que los centros de salud de vida colectiva no necesitan que sus planos arquitectónicos sean revisados por la Oficina de Planificación y Desarrollo de Salud Estatal. En su lugar, al solicitar una licencia, la instalación debe demostrar que cumple con los estándares del código de construcción local. Además, el entorno físico de la instalación debe ser suficiente para ofrecer la atención y los servicios necesarios a sus residentes, según lo determine el departamento.
Section § 1267.61
Esta ley exige que el titular de la licencia de una instalación, excluyendo ciertos hospitales, notifique a los residentes y a sus representantes al menos 90 días antes de cualquier cambio importante en la propiedad o la gestión. Dichos cambios pueden incluir ventas, traspasos, arrendamientos o incluso cambios de administración. El aviso debe incluir detalles como los nombres y direcciones de los posibles nuevos propietarios o gerentes, sus porcentajes de propiedad y la fecha prevista del cambio.
Además, este aviso debe publicarse en todas las puertas de la instalación y ponerse a disposición del público. Si la notificación se retrasa, la instalación puede ser multada con $100 por día. Este requisito se aplica a las solicitudes de licencia presentadas después del 1 de julio de 2020.
Section § 1267.62
Si una instalación como un centro de enfermería (pero no una que sea parte de un hospital) se vende o cambia de administración, el nuevo propietario debe mantener a todos los empleados actuales durante 60 días, excepto a los gerentes principales como el administrador y el director de enfermería. Se debe ofrecer a los empleados un puesto de trabajo de 60 días en su propio idioma, con al menos 10 días para aceptar.
Durante esos 60 días, el nuevo propietario solo puede despedir a los empleados por razones específicas de desempeño o conducta, y no puede reducir su salario o beneficios. La ley no hace que el estado sea responsable de manejar las disputas laborales. Esta norma se aplica a las licencias solicitadas después del 1 de enero de 2020.
Section § 1267.75
Esta ley permite que ciertos centros de cuidados intermedios con no más de seis residentes utilicen dispositivos de salida retardada, que ralentizan la salida por razones de seguridad, junto con perímetros cercados que cumplen estándares específicos. Está destinada a personas con discapacidades del desarrollo que podrían carecer de conciencia de peligros y control de impulsos, bajo ciertas condiciones y límites de edad, y con aprobación a través de procesos y evaluaciones específicos.
Los centros deben cumplir con los códigos de incendios y seguridad, tener personal capacitado, proteger los derechos de los residentes y contar con planes operativos detallados aprobados por los departamentos estatales. Existe un límite en el número de camas que pueden autorizarse en dichos centros a nivel estatal, y deben desarrollarse reglamentos de emergencia con las partes interesadas.
Section § 1268
Este estatuto establece las reglas para la emisión de licencias o permisos especiales para centros de salud en California. Para obtener una licencia, los solicitantes deben cumplir con todos los requisitos y regulaciones. Si no lo hacen, la licencia no será otorgada. Las licencias tampoco se pueden conceder para proyectos sin un certificado de necesidad válido, excepto para aquellos que han estado proporcionando ciertos servicios de rehabilitación desde 1979. Además, para obtener una licencia, los hospitales deben tener una política para informar a los pacientes sobre las leyes de seguridad de los niños pasajeros, incluyendo un resumen de las leyes, programas locales y los peligros del uso incorrecto. Los hospitales pueden cumplir con esto distribuyendo materiales gratuitos de la Patrulla de Carreteras de California, o demostrando que han solicitado dichos materiales.
Section § 1268.5
Esta ley permite al departamento estatal otorgar una licencia provisional temporal a ciertos centros de salud por hasta seis meses si cumplen en su mayoría con los estándares requeridos, pero tienen problemas menores que no ponen en peligro la seguridad del paciente. Para obtener esta licencia, el solicitante también debe tener un plan para corregir cualquier violación existente. El departamento puede extender esta licencia provisional por seis meses adicionales por razones específicas, como implementar un plan de corrección, cumplir con otras regulaciones, cambiar de propietario o establecer una administración judicial. Sin embargo, los estándares para esta licencia temporal son tan estrictos como para una licencia regular. La intención es asegurar la continuidad del reembolso de Medi-Cal cuando cambia la titularidad de un centro de enfermería o de atención.
Section § 1268.6
A partir del 1 de octubre de 2011, si desea abrir un nuevo centro de atención intermedia para personas con discapacidades del desarrollo en California, usted o su representante deben asistir a un programa de orientación de dieciséis horas. Este programa está aprobado por el Departamento Estatal de Servicios para el Desarrollo.
Las primeras ocho horas cubrirán temas como requisitos regulatorios, planificación local y los roles de varias agencias. Las siguientes ocho horas se centrarán en temas de gestión empresarial como informes de costos, principios contables y procesos de auditoría.
La orientación es impartida por organizaciones comunitarias calificadas y profesionales con títulos o experiencia relevantes. Si ya ha completado este curso anteriormente, no necesita volver a tomarlo para abrir un nuevo centro.
Section § 1269
Section § 1270
Section § 1271
Esta ley subraya la necesidad de una capacitación consistente para el personal estatal que aplica las normas sobre los centros de atención médica a largo plazo. Exige que el departamento estatal cree programas continuos de orientación y capacitación en el servicio. Estos programas deben cubrir habilidades básicas de aplicación, derechos del paciente, seguridad y regulaciones para centros de salud, junto con capacitación práctica. La ley también exige educación continua para asegurar que el personal se mantenga competente y aplique las regulaciones de manera consistente en todo el estado. Además, se debe establecer una función de revisión de programas para asegurar que las regulaciones y políticas se apliquen de manera uniforme y efectiva en toda California.
Section § 1271.1
Los establecimientos de salud en California pueden suspender temporalmente hasta la mitad de sus camas con licencia por tres años, previa notificación adecuada al estado. No pueden suspender todas las camas destinadas a servicios básicos o especiales que requieran un permiso especial. Si no hay necesidad local de estas camas, pueden solicitar una prórroga. Si surge una necesidad, podrían tener que reabrir las camas o convertirlas permanentemente para otros usos en el plazo de un año. Los establecimientos pueden reactivar las camas suspendidas a menos que no cumplan con los requisitos actuales. Las suspensiones temporales por construcción o proyectos certificados no se ven afectadas por esta ley. Se permiten las reclasificaciones de camas de los establecimientos, pero no pueden eliminar todas las camas para un servicio básico o especial durante la suspensión.
Section § 1271.15
Esta ley permite que un centro de salud en California deje de usar temporalmente algunas o todas sus camas con licencia para que el espacio pueda ser utilizado como un centro de rehabilitación de salud mental. El centro debe notificar al Departamento Estatal de Servicios de Salud y a la Oficina de Planificación y Desarrollo de Salud a Nivel Estatal. Durante este tiempo, el centro permanece bajo la jurisdicción de la oficina, que hará cumplir las normas pertinentes.
Si el centro de salud mental desea devolver las camas a su propósito original, solo necesita solicitar este cambio al Departamento de Servicios de Salud. El departamento generalmente aprobará esto a menos que el centro no cumpla con los estándares actuales para centros de salud.
El objetivo principal de esta regulación es permitir a los centros la flexibilidad de convertirse en centros de salud mental manteniendo abiertas sus opciones de licencia, siempre que sigan ciertos procedimientos.
Section § 1272
Esta ley describe el proceso y el cronograma para que los hospitales de cuidados intensivos generales y los hospitales psiquiátricos de agudos en California soliciten modificaciones, adiciones o ampliaciones de sus servicios. Cuando un hospital presenta una solicitud por escrito, el departamento debe evaluarla y aprobarla o denegarla en un plazo de 100 días. Tras la aprobación, una oficina regional realiza revisiones adicionales, incluyendo posibles visitas in situ, en un plazo de 30 días hábiles. Cualquier ampliación de servicio que esté actualmente aprobada debe procesarse en un plazo de 30 días hábiles, a menos que el hospital infrinja las leyes existentes. Estas ampliaciones se licencian por hasta 18 meses, a menos que se aprueben por un período más largo. El departamento no está obligado a inspeccionar el servicio para su aprobación, pero puede hacerlo en cualquier momento.
Además, los hospitales deben cumplir con todas las leyes pertinentes una vez que reciben una licencia para cambios en el servicio. También se desarrollarán un programa centralizado de asesoramiento sobre solicitudes y un sistema automatizado de solicitudes para ayudar a los hospitales con la documentación y el procesamiento antes de finales de 2019.