Section § 9010

Explanation

Esta sección de la ley establece que se puede crear un nuevo distrito de acuerdo con las normas de este capítulo.

Un nuevo distrito puede constituirse conforme a este capítulo.

Section § 9011

Explanation

Esta sección de la ley trata sobre la creación de un nuevo distrito en California mediante una petición. La petición debe describir cómo se financiará el distrito, proponer un nombre y detallar el tamaño y el nombramiento de la junta directiva inicial. También debe ser firmada por al menos el 25% de los votantes registrados en el área del distrito propuesto. Los procedimientos deben seguir las directrices gubernamentales existentes, pero si hay un conflicto, las reglas de este capítulo específico tienen prioridad.

(a)CA Salud Y Seguridad Code § 9011(a)  Una propuesta para formar un nuevo distrito podrá hacerse mediante petición. La petición deberá cumplir con todos los requisitos establecidos en la Sección 56700 del Código de Gobierno. Además, la petición deberá:
(1)CA Salud Y Seguridad Code § 9011(a)(1)  Establecer los métodos mediante los cuales se financiará el distrito, incluyendo, entre otros, impuestos especiales, evaluaciones de beneficios especiales y tarifas.
(2)CA Salud Y Seguridad Code § 9011(a)(2)  Proponer un nombre para el distrito.
(3)CA Salud Y Seguridad Code § 9011(a)(3)  Especificar el tamaño de la junta directiva inicial y el método de su nombramiento.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 9011(b)  Las peticiones, los proponentes y los procedimientos para certificar la suficiencia de las peticiones deberán cumplir con el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 56700) de la Parte 3 de la División 3 del Título 5 del Código de Gobierno. En caso de cualquier conflicto entre ese capítulo y este capítulo, prevalecerán las disposiciones de este capítulo.
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 9011(c)  La petición deberá ser firmada por no menos del 25 por ciento de los votantes registrados que residan en el área a ser incluida en el distrito, según lo determine la comisión de formación de agencias locales.

Section § 9012

Explanation

Si quieres formar un nuevo distrito, primero debes publicar un aviso de tu intención. Este aviso debe incluir una declaración, de hasta 500 palabras, explicando por qué se debe crear el distrito y cómo se financiará. El aviso debe publicarse en un periódico de amplia lectura en el área que se convertirá en el distrito. Si el área está en más de un condado, publícalo en un periódico de cada condado.

Posteriormente, un representante debe firmar un Aviso de Intención de Hacer Circular una Petición. Este aviso debe indicar por qué se está formando el distrito y detallar los métodos de financiación.

Dentro de los cinco días siguientes a la publicación del aviso, presenta una copia ante la comisión de formación de agencias locales e incluye una declaración jurada del periódico que confirme que la publicación se realizó. Solo después de este paso puedes comenzar a recolectar firmas para la petición.

(a)CA Salud Y Seguridad Code § 9012(a)  Antes de hacer circular cualquier petición, los proponentes deberán publicar un aviso de intención que incluirá una declaración escrita de no más de 500 palabras, estableciendo las razones para la formación del distrito y los métodos por los cuales se financiará el distrito. El aviso se publicará de conformidad con la Sección 6061 del Código de Gobierno en uno o más periódicos de circulación general dentro del territorio propuesto para ser incluido en el distrito. Si el territorio propuesto para ser incluido en el distrito se encuentra en más de un condado, la publicación del aviso se hará en al menos un periódico de circulación general en cada uno de los condados.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 9012(b)  Lo siguiente deberá ser firmado por un representante del proponente, y deberá tener sustancialmente la siguiente forma:
“Aviso de Intención de Hacer Circular una Petición
“Por la presente se da aviso de la intención de hacer circular una petición que propone la formación del __________________ [nombre del distrito]. Las razones para la formación del distrito propuesto son: __________________. Los método(s) por los cuales se financiará el distrito propuesto son: __________________.”
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 9012(c)  Dentro de los cinco días siguientes a la fecha de publicación, los proponentes deberán presentar ante el director ejecutivo de la comisión de formación de agencias locales del condado principal una copia del aviso junto con una declaración jurada hecha por un representante del periódico en el que se publicó el aviso, certificando el hecho de la publicación.
(d)CA Salud Y Seguridad Code § 9012(d)  Después de la presentación requerida de conformidad con el inciso (c), la petición podrá ser circulada para la recolección de firmas.

Section § 9013

Explanation

Este estatuto explica cómo un condado o una ciudad puede proponer la creación de un nuevo distrito mediante una resolución. El órgano legislativo debe adoptar una resolución que contenga detalles similares a los requeridos para una petición, según se describe en otra sección, excepto en lo que respecta a los firmantes y proponentes. Antes de aprobar la resolución, debe celebrarse una audiencia pública; el aviso de esta audiencia debe publicarse en periódicos locales y enviarse por correo a los funcionarios pertinentes con al menos 20 días de antelación, junto con una descripción del distrito propuesto.

Durante la audiencia, los miembros de la comunidad pueden expresar sus opiniones. Posteriormente, una copia certificada de la resolución debe presentarse al director ejecutivo de la comisión de formación de agencias locales.

(a)CA Salud Y Seguridad Code § 9013(a)  Una propuesta para formar un nuevo distrito también podrá hacerse mediante la adopción de una resolución de solicitud por parte del órgano legislativo de cualquier condado o ciudad que contenga el territorio propuesto para ser incluido en el distrito. Salvo por las disposiciones relativas a los firmantes, las firmas y los proponentes, una resolución de solicitud deberá contener todos los asuntos especificados para una petición en la Sección 9011.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 9013(b)  Antes de adoptar una resolución de solicitud, el órgano legislativo deberá celebrar una audiencia pública sobre la resolución. El aviso de la audiencia deberá publicarse de conformidad con la Sección 6061 del Código de Gobierno en uno o más periódicos de circulación general dentro del condado o la ciudad. Al menos 20 días antes de la audiencia, el órgano legislativo deberá enviar por correo un aviso de su audiencia al director ejecutivo de la comisión de formación de agencias locales del condado principal. El aviso deberá describir generalmente la formación propuesta del distrito y el territorio propuesto para ser incluido en el distrito.
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 9013(c)  En la audiencia, el órgano legislativo deberá dar a cualquier persona la oportunidad de presentar sus puntos de vista sobre la resolución.
(d)CA Salud Y Seguridad Code § 9013(d)  El secretario del órgano legislativo deberá presentar una copia certificada de la resolución de solicitud ante el director ejecutivo de la comisión de formación de agencias locales del condado principal.

Section § 9014

Explanation

Esta ley describe el proceso para formar un nuevo distrito en California a través de una comisión de formación de agencias locales. Primero, se necesita una petición suficiente o una resolución para iniciar el proceso. La comisión debe asegurarse de que la formación del distrito sea de interés público y de que el distrito tendrá fondos suficientes para funcionar. Sin embargo, incluso sin fondos suficientes, la comisión puede proponer la formación del distrito si los votantes o los propietarios de bienes inmuebles aceptan impuestos especiales o evaluaciones para recaudar el dinero necesario. Si esas medidas financieras no se aprueban, el distrito no se formará. Si hay una oposición pública significativa, determinada a través de una protesta, el plan se cancela. Si no, la formación puede proceder con la aprobación de los votantes o con condiciones financieras. Finalmente, si se ordena la formación, los funcionarios del condado llevarán a cabo las elecciones relacionadas con la creación del distrito.

(a)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(a)  Una vez que los proponentes hayan presentado una petición suficiente o un órgano legislativo haya presentado una resolución de solicitud, la comisión de formación de agencias locales procederá de conformidad con la Parte 3 (que comienza con la Sección 56650) de la División 3 del Título 5 del Código de Gobierno.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(b)  No obstante cualquier otra disposición de la ley, una comisión de formación de agencias locales no aprobará una propuesta que incluya la formación de un distrito a menos que la comisión determine ambos de los siguientes:
(1)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(b)(1)  Que el interés público requiere la formación del distrito propuesto.
(2)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(b)(2)  Que el distrito propuesto tendrá ingresos suficientes para cumplir sus propósitos.
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(c)  No obstante el párrafo (2) de la subdivisión (b), una comisión de formación de agencias locales podrá aprobar una propuesta que incluya la formación de un distrito cuando la comisión haya determinado que el distrito propuesto no tendrá ingresos suficientes, siempre que la comisión condicione la aprobación a la aprobación por los votantes de impuestos especiales o la aprobación por los propietarios de evaluaciones de beneficios especiales que generarán esos ingresos suficientes. La comisión dispondrá que si los votantes no aprueban los impuestos especiales o si los propietarios no aprueban las evaluaciones de beneficios especiales, el distrito propuesto no se formará.
(d)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(d)  Si la comisión de formación de agencias locales aprueba la propuesta para la formación de un distrito, entonces, no obstante la Sección 57007 del Código de Gobierno, la comisión procederá de conformidad con la Parte 4 (que comienza con la Sección 57000) de la División 3 del Título 5 del Código de Gobierno.
(e)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(e)  No obstante la Sección 57075 del Código de Gobierno, la comisión de formación de agencias locales tomará una de las siguientes acciones:
(1)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(e)(1)  Si existe una protesta mayoritaria de conformidad con la Sección 57078 del Código de Gobierno, la comisión dará por terminados los procedimientos.
(2)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(e)(2)  Si no existe una protesta mayoritaria, la comisión deberá:
(A)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(e)(2)(A)  Ordenar la formación sujeta a la aprobación de los votantes.
(B)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(e)(2)(B)  Ordenar la formación sujeta a la aprobación por los votantes de un impuesto especial o la aprobación por los propietarios de una evaluación de beneficio especial, de conformidad con la subdivisión (c).
(f)CA Salud Y Seguridad Code § 9014(f)  Si la comisión de formación de agencias locales ordena la formación de un distrito de conformidad con el párrafo (2) de la subdivisión (e), la comisión instruirá a la junta de supervisores para que instruya a los funcionarios del condado a llevar a cabo las elecciones necesarias en nombre del distrito propuesto.