Section § 8275

Explanation
Esta ley permite a las corporaciones privadas que tienen los permisos necesarios en sus documentos constitutivos crear y operar cementerios. Pueden administrar, mejorar u operar estos cementerios, y pueden hacerlo con o sin fines de lucro, beneficiando a los miembros o accionistas de la corporación.

Section § 8276

Explanation
Esta ley exige a los cementerios cobrar las mismas tarifas por la preparación de cimientos, la colocación o el mantenimiento de lápidas o monumentos, sin importar quién los venda. Los costos deben desglosarse en el contrato de venta cuando sea pertinente.

Section § 8277

Explanation

Esta ley exige que los contratos de cementerio sean por escrito y que incluyan todos los acuerdos entre las partes involucradas. El contrato debe detallar el precio total, las condiciones de pago y proporcionar una lista desglosada de los cargos. Estos pueden incluir los costos de la parcela de entierro, los servicios funerarios, los monumentos, las ceremonias religiosas, los fondos de mantenimiento, el seguro y cualquier otro cargo específico. Además, el contrato debe especificar el espacio y la ubicación vendidos.

Todo contrato de una autoridad de un cementerio, incluidos los contratos ejecutados en su nombre por un corredor o vendedor de cementerios, que prevea la venta por parte de la autoridad del cementerio de una parcela de inhumación o cualquier servicio o mercancía, deberá constar por escrito y contendrá todos los acuerdos de las partes. El contrato deberá incluir y revelar lo siguiente:
(a)CA Salud Y Seguridad Code § 8277(a) El precio total del contrato.
(b)CA Salud Y Seguridad Code § 8277(b) Las condiciones de pago, incluidos los pagarés u otras pruebas de endeudamiento.
(c)CA Salud Y Seguridad Code § 8277(c) Un estado de cuenta detallado de los cargos que incluya, según corresponda, lo siguiente:
(1)CA Salud Y Seguridad Code § 8277(c)(1) Cargos por una parcela de inhumación.
(2)CA Salud Y Seguridad Code § 8277(c)(2) Cargos por realizar el entierro, el sepelio o la inurnación.
(3)CA Salud Y Seguridad Code § 8277(c)(3) Cargos por un monumento o lápida.
(4)CA Salud Y Seguridad Code § 8277(c)(4) Cargos por cualquier servicio que se preste en relación con cualquier observancia religiosa o de otro tipo en el lugar de inhumación o en cualquier instalación mantenida por el cementerio.
(5)CA Salud Y Seguridad Code § 8277(c)(5) Cantidades a depositar en cualquier fondo de cuidado perpetuo o cuidado especial.
(6)CA Salud Y Seguridad Code § 8277(c)(6) Cargos por cualquier seguro que se proporcione en relación con el contrato.
(7)CA Salud Y Seguridad Code § 8277(c)(7) Cualesquiera otros cargos, que deberán ser detallados.
(8)CA Salud Y Seguridad Code § 8277(c)(8) Espacio y ubicación vendidos.

Section § 8278

Explanation

Esta ley le permite cancelar un contrato para una parcela de cementerio o servicios dentro de los cinco días posteriores a la firma sin enfrentar penalizaciones ni tarifas, siempre y cuando no se hayan proporcionado servicios o mercancías significativos. Para cancelar, solo necesita enviar un aviso por escrito al vendedor a la dirección indicada en el contrato. Incluso si envía el aviso por correo, cuenta desde el momento en que lo deposita en el buzón.

Su contrato debe indicar claramente su derecho a cancelar en negrita cerca de donde firma. Si cancela, cualquier dinero o propiedad que haya pagado debe ser devuelto dentro de los cinco días hábiles. Sin embargo, si ya se ha realizado un entierro o se han proporcionado servicios sustanciales, no puede cancelar. Esta ley anula algunas partes del Código Civil relacionadas con los derechos de cancelación.

Además de cualquier derecho de rescisión que el comprador pueda tener por ley, un comprador que celebre un contrato con un corredor de cementerios, vendedor o autoridad para la provisión de una parcela de entierro o cualquier servicio o mercancía, podrá cancelar dicho contrato sin el pago de una tarifa de revocación u otra penalización, dentro de los cinco días naturales posteriores a la firma por parte del comprador, mediante la entrega de un aviso de cancelación por escrito al vendedor en la dirección especificada en el contrato. El aviso no necesita tener una forma particular, pero deberá indicar la intención del comprador de no estar obligado por el contrato. El aviso de cancelación, si se envía por correo, es efectivo cuando se deposita en el correo debidamente dirigido con franqueo pagado.
Todo contrato de este tipo deberá contener, en las inmediaciones del espacio reservado para la firma del comprador, en un tamaño igual al de letra negrita de al menos 10 puntos, la siguiente declaración: “Usted, el comprador, puede cancelar esta transacción en cualquier momento antes de la medianoche del quinto día natural posterior a la fecha de esta transacción, siempre que no se haya proporcionado ningún entierro o servicio o mercancía sustancial en virtud del presente. Para cancelar, entregue o envíe por correo un aviso por escrito de su intención a (nombre y dirección de la autoridad del cementerio o corredor de cementerios).”
Al recibir un aviso de cancelación válido de conformidad con esta sección, la autoridad del cementerio o el corredor que tenga la custodia de cualquier dinero o propiedad pagados o transmitidos por el comprador en virtud del contrato de entierro anticipado deberá devolver dicho dinero o propiedad al comprador. La autoridad del cementerio o el corredor deberá notificar prontamente al fiduciario si dicho dinero o propiedad le ha sido transmitido antes de la recepción del aviso de cancelación. Será ilegal que cualquier persona retenga dinero o propiedad recibidos de un comprador en virtud de dicho contrato por más de cinco días hábiles después de recibir o ser informado de un aviso de cancelación válido.
No obstante otras disposiciones de esta sección, el derecho de cancelación otorgado por la presente no será aplicable si se ha realizado un entierro, o se han proporcionado servicios o mercancías sustanciales, según los términos del contrato. Esta sección anulará las disposiciones existentes de las Secciones 1689.6 a 1689.11, ambas inclusive, del Código Civil.

Section § 8279

Explanation

Esta ley establece que las autoridades de cementerio deben seguir las reglas establecidas en la Ley de Mausoleos y Columbarios. Esto asegura que manejen los mausoleos y columbarios de acuerdo con regulaciones específicas.

Una autoridad de cementerio deberá cumplir con la Ley de Mausoleos y Columbarios (Part 5 (commencing with Section 9501)).